LA SOBERANÍA ALIMENTARIA DE SINALOA, MÉXICO Y LA APUESTA POR JATROPHA CURCAS

LA SOBERANÍA ALIMENTARIA DE SINALOA, MÉXICO Y LA APUESTA POR JATROPHA CURCAS

Rocío Esthela Urías Urías
Juan Manuel Mendoza Guerrero
Eduardo Meza Ramos
(CV)
Universidad Autónoma de Nayarit

Volver al índice

2.2 Soluciones al problema alimentario

2.2.1 De la seguridad alimentaria a la soberanía alimentaria

La crisis alimentaria mundial persiste y lleva a postular a la soberanía alimentaria como una solución indeleble, sin embargo antes de plantearla como la solución eficaz y permanente, es necesario hacer un recorrido por las políticas que han estado enfocadas en los últimos años a erradicar el hambre en el mundo.

En un escenario donde el hambre en el mundo cobra fuerza, se decreta en 1948 el Derecho a la alimentación en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, de la ONU, que en su artículo 25 plantea:

“Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado, que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene así mismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez, u otro caso de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes a su voluntad”.

El reconocimiento de la necesidad a la alimentación como parte de los Derechos Humanos conlleva la obligación por parte de los gobiernos, organismos internacionales y otros agentes sociales a estimular la protección y cumplimiento del decreto. Sin embargo, a pesar de la importancia del reconocimiento del derecho de la alimentación, la complejidad y relevancia del problema encaminó a organismos multilaterales y a la sociedad civil a establecer objetivos más concretos mediante políticas orientadas a erradicar el hambre y la desnutrición. 

Para la década de los 70’s, en un contexto de crisis económica y alimentaria se propuso a la seguridad alimentaria como acción concreta para erradicar el hambre. En 1974, algunos Organismos Multilaterales, Organizaciones No Gubernamentales (ONGs) y movimientos sociales reunieron fuerzas en la Cumbre Mundial Contra el Hambre donde quedó definido el concepto de Seguridad Alimentaria desde el punto de vista del suministro de alimentos, entendido como:“...que haya en todo tiempo existencias mundiales suficientes de alimentos básicos... para mantener una expansión constante del consumo... y contrarrestar las fluctuaciones de la producción y los precios” (FAO, 1996).

El concepto fue elaborado en respuesta al declive en la oferta de alimentos resultado de la crisis del petróleo que se suscitaba en la época, de la pérdida de cosechas y del incremento de la población mundial que demandaba mayor cantidad de productos alimenticios.  Para 1983 el análisis de la FAO se concentró en el acceso a los alimentos, lo que condujo a una redefinición enfocada al equilibrio entre la oferta y demanda de la seguridad alimentaria: “... asegurar que todas las personas tengan en todo momento acceso físico y económico a los alimentos básicos que necesitan” (FAO, 1983).

La definición generalmente aceptada surge de la Cumbre Mundial sobre la Alimentación en 1996 dando una fuerza multidimensional a la seguridad alimentaria pues ahora se incluye no sólo el acceso y disponibilidad de alimentos, sino también el uso y estabilidad del suministro. Quedando como sigue: “existe seguridad alimentaria cuando todas las personas tienen en todo momento acceso físico y económico a suficientes alimentos inocuos y nutritivos para satisfacer sus necesidades alimenticias y sus preferencias en cuanto a los alimentos a fin de llevar una vida activa y sana” (FAO, 1996). Esta noción llevó de la mano intervenciones normativas dirigidas a la promoción y recuperación de opciones en materia de medios de subsistencia, tales como los programas de desarrollo emitidos por organizaciones internacionales que son aplicados en contextos de emergencias, vulnerabilidad y en la afronta y gestión de riesgos (FAO, 1996).

Según el análisis contemplado en la Cumbre Mundial sobre la Alimentación (1996), las dimensiones que se incluyen en la seguridad alimentaria son:

Disponibilidad de alimentos: la existencia de cantidades suficientes de alimentos de calidad adecuada, suministrados a través de la producción del país o de importaciones (comprendida la ayuda alimentaria).

Acceso a los alimentos: acceso de las personas a los recursos adecuados (recursos a los que se tiene derecho) para adquirir alimentos apropiados y una alimentación nutritiva. Estos derechos se definen como el conjunto de todos los grupos de productos sobre los cuales una persona puede tener dominio en virtud de acuerdos jurídicos, políticos, económicos y sociales de la comunidad en que vive (comprendidos los derechos tradicionales, como el acceso a los recursos colectivos).

Utilización: utilización biológica de los alimentos a través de una alimentación adecuada, agua potable, sanidad y atención médica, para lograr un estado de bienestar nutricional en el que se satisfagan todas las necesidades fisiológicas. Este concepto pone de relieve la importancia de los insumos no alimentarios en la seguridad alimentaria.

Estabilidad: para tener seguridad alimentaria, una población, un hogar o una persona deben tener acceso a alimentos adecuados en todo momento. No deben correr el riesgo de quedarse sin acceso a los alimentos a consecuencia de crisis repentinas (por ej., una crisis económica o climática) ni de acontecimientos cíclicos (como la inseguridad alimentaria estacional). De esta manera, el concepto de estabilidad se refiere tanto a la dimensión de la disponibilidad como a la del acceso de la seguridad alimentaria.

El abordaje de estas dimensiones cobró sentido a partir de que 39 países del mundo experimentaban emergencias alimentarias. Tan solo 25 países de África, 11 de Asia y el Cercano Oriente, 2 de América Latina y 1 de Europa.  El propósito fue reducir a la mitad la cifra de personas que sufren hambre para el 2015 (FAO, 1996). Sin embargo, la solución adoptada continúa cuestionándose. Que un país cuente con disponibilidad de alimentos mediante la apertura a las importaciones, no significa que se erradique la problemática, tan solo representa un parche disimulado que atrae mayores efectos negativos, ya que las importaciones estabilizan el suministro alimenticio de forma temporal, pero a mediano y largo plazo las repercusiones se ven palpables en la salud (debido a la dudosa calidad de los productos importados), y en la improductividad y estancamiento del sector productivo nacional que incrementa de forma clara su dependencia alimentaria (Medina, 2012).

Por otro lado, el ritmo paralelo de la producción de agrocombustibles ha pronunciado de forma indirecta la crisis alimentaria debido a su competencia con tierra y agua, aunado al claro desplazamiento de campesinos y pequeños agricultores1 . En la lógica dual de capital y territorio del capitalismo (ver Harvey 2004), los efectos estructurales de la promoción de los agrocombustibles se rastrean al observar los cambios que la industria deja, tanto en los espacios físicos como en los espacios políticos y económicos del sistema alimentario.

Así, bajo este contexto se empezó a cuestionar la Seguridad Alimentaria como la solución efectiva, dejándola como un mecanismo ineficaz para erradicar el hambre, ya que su comportamiento va en paralelo a los intereses del capital y de los Organismos e Instituciones Financieras Internacionales que impulsan el modelo neoliberal. Es por tal que la seguridad alimentaria mundial debe quedar fuera del ritmo de la hegemonía del neoliberalismo, en el que se asegura la alimentación a la población a través de la liberalización del comercio de alimentos, cuando lo único resultante de esto es la apertura para hacer de la alimentación un lucrativo y gran negocio (Stedile y Martins, 2010).

En contraparte, La Vía Campesina (2008) postula a la soberanía alimentaria como una solución indeleble señalando que “otra transición agraria es posible”.  En este sentido la transición debe responder no a la lógica del capital, sino a la lógica redistributiva de la soberanía alimentaria, el derecho de los pueblos a la comida sana y culturalmente apropiada, producida a través de métodos sanos y ecológicamente sostenibles así como el hecho de definir sus propios sistemas alimentarios agrícolas.

3. La Vía campesina: Soberanía alimentaria

El movimiento internacional “La Vía Campesina” aparece de manera oportuna discutiendo y abogando por las problemáticas que atañen sobre la pequeña producción agrícola.  Surgió en 1993 en Mons, Bélgica en una conferencia sobre investigación política,  reunidos ahí los principales líderes agrícolas de todo el mundo y organizada por una ONG alemana aliada con la Federación Internacional de Productores Agrícolas (IFAP por sus siglas en inglés). El movimiento está conformado por organizaciones de campesinos, pequeños y medianos productores, trabajadores agrícolas, mujeres rurales y pueblos indígenas de todas las regiones del mundo (Holt, 2009). Esto en el entendido que la seguridad alimentaria no puede lograrse sin tomar en cuenta a quienes producen los alimentos.

Su definición cobra fuerza en la conferencia mundial de soberanía alimentaria realizada en Mali (2007) donde se afirmó que:

“la soberanía es un derecho de los pueblos a alimentos nutritivos y culturalmente adecuados, accesibles, producidos de forma sustentable y ecológica, y su derecho de decidir su propio sistema alimenticio y productivo.  Eso coloca a aquellos que producen, distribuyen y consumen alimentos, en el centro de los sistemas y políticas alimentarias, por encima de las exigencias de los mercados y las empresas”.

No importa a qué grupo se aplique, bien sea en países del Sur que tratan de recuperar la producción nacional de alimentos, agricultores que se protegen de las semillas transgénicas, o comunidades urbanas y rurales que establecen su propio sistema de mercado directo, simple y sencillamente la soberanía alimentaria busca democratizar y transformar los sistemas alimentarios construyendo un modelo a partir de la soberanía popular, yendo en contra de cualquier estrategia que intente retomar los intereses privados de lucro antes que los intereses de la población (Ibíd.).

La definición más reciente se concretó en la Conferencia de los Pueblos sobre Cambio Climático realizada en Cochabamba en abril de 2010 quedando ratificado que:
 “Soberanía Alimentaria se refiere al derecho de los pueblos a controlar sus propias semillas, tierra y agua, garantizando, por medio de una producción local y culturalmente apropiada, el acceso de los pueblos a alimentos suficientes, variados y nutritivos en complementariedad con la Madre Tierra y la profundización de una producción autónoma, participativa, comunitaria y compartida de cada pueblo y nación”.

Holt (2009) indica que la Vía Campesina ha tenido gran éxito en la creación de un espacio político para promover su plataforma de soberanía alimentaria, sacar a la agricultura de la Organización Mundial del Comercio (OMC), defender los derechos de las mujeres y la agricultura sustentable, prohibir organismos genéticamente modificados (OGM) y promover una reforma agraria redistributiva.

Actualmente el movimiento tiene mayor influencia en la redefinición de las políticas agrarias nacionales. Es ahora una de las principales voces críticas sobre la respuesta institucional internacional ante la crisis alimentaria global. Como en la reunión de Alto Nivel de Fuerzas de Tareas sobre la crisis alimentaria realizada en Madrid, España. En ella la Vía Campesina emitió una declaración exigiendo que las soluciones de la crisis alimentaria estén libres de la influencia de las instituciones responsables de crear la crisis2 . Además reclama se suspendan las apropiaciones de tierra para la producción extensiva de agrocombustibles y comida de exportación, llamando también a rechazar la Revolución Verde (Holt, 2009).

La soberanía alimentaria surge como medida de confrontación entre básicamente dos modelos de desarrollo rural y agrícola: un modelo basado en la economía familiar campesina y otro de tendencia e inspiración neoliberal. Mientras que un modelo ve a la agricultura familiar y campesina como un anacronismo ineficiente que debería desaparecer, el otro lo visualiza como la base de las economías locales y del desarrollo económico nacional (Rosset, 2004).

Mientras el modelo dominante se basa en monocultivos a gran escala que requieren de gran cantidad de insumos químicos y se basan principalmente en la utilización de semillas genéticamente modificadas (OGMs), el modelo de soberanía alimentaria establece las prácticas agrícolas industriales como las que destruyen o alteran los recursos básicos de la agricultura (tierra, agua, germoplasma, conocimientos) para las generaciones futuras. Por tanto, en su caso propone una reforma agraria auténtica, así como una tecnología de producción que combine el conocimiento tradicional con nuevas prácticas basadas en la agroecología (Ibíd.)

En cuanto a la erradicación del hambre, según Rosset (2004) un modelo promociona las exportaciones como una forma de generar divisas para importar alimentos baratos, evitando que un mayor número de menores muera de hambre, argumentando además que los cultivos de exportación generan mayor empleo que la producción local para consumo interno. Por el contrario, la soberanía alimentaria defiende la preservación de las tierras, cuidando que el campesinado haga prevalecer la producción tradicional de alimentos (debido a que el 50% de la producción mundial proviene de campesinos) (ETC group, 2007), mediante una autonomía de producción, distribución y consumo, contribuyendo a estabilizar el suministro de alimentos para la población local.
Algunas experiencias en América Latina marcan la pauta de la gran posibilildad de trascender a nuevos y más eficientes modelos de producción agrícola. Sólo por citar, Ecuador puso en marcha la Ley Orgánica de la Soberanía Alimentaria apegada al proyecto del nuevo modelo de desarrollo basado en el buen vivir “SUMAK KAWSAY”, en el contexto de la apropiación del Estado de las áreas estratégicas como el petróleo, la electricidad y el agua:
“El régimen de la soberanía alimentaria se constituye por el conjunto de normas conexas, destinadas a establecer en forma soberana las políticas públicas agroalimentarias para fomentar la producción suficiente y la adecuada conservación, intercambio, transformación, comercialización y consumo de alimentos sanos, nutritivos, preferentemente provenientes de la micro, pequeña y mediana producción campesina, de las organizaciones económicas populares y de la pesca artesanal así como microempresas y artesanías; respetando y protegiendo la agrobiodiversidad, los conocimientos y formas de producción tradicionales y ancestrales, bajo los principios de equidad, solidaridad, inclusión, sustentabilidad social y ambiental (LORSA, 2009, citado por Rubio, 2010).

En la siguiente tabla (véase tabla 1) se puede comprobar la diferente visión del modelo agroindustrial y el de Soberanía alimentaria, así como las diferentes implicaciones que conlleva la defensa de un modelo u otro:

2.2.2 Principios de La Vía Campesina para lograr la soberanía alimentaria

Durante la declaración de “Soberanía Alimentaria. Un futuro sin Hambre” realizada en Roma, Italia en 1996, se estipulan siete principios fundamentales para el logro de este nuevo modelo alternativo sustentable cuyas líneas de acción más que enfrascar concepciones políticas y académicas, van encaminadas concretamente a contrarrestar la expansión de la agricultura capitalista que ha impactado directa e indirectamente al campesinado en todo el mundo con el apoderamiento de sus recursos (Holt, 2009; La Vía Campesina, 1996).

Alimentación, un Derecho Humano Básico

La alimentación es un derecho humano básico, por tanto todos y cada uno deben tener acceso a una alimentación inocua, nutritiva y culturalmente adecuada en cantidad y calidad suficientes para mantener una vida sana con plena dignidad humana. Cada nación debería declarar que el acceso a la alimentación es un derecho constitucional y debería garantizar el desarrollo del sector primario para asegurar el cumplimiento de este derecho fundamental.

Reforma Agraria

Es necesaria una reforma agraria auténtica que proporcione a las personas sin tierra y a los productores, especialmente a las mujeres, la propiedad y el control sobre la tierra que trabajan y devuelva a los pueblos indígenas sus territorios, así como el aprovisionamiento de créditos, tecnología, mercados y servicios de extensión cuidando que los gobiernos establezcan y apoyen sistemas descentralizados de crédito rural que prioricen la producción de alimentos para el consumo doméstico. El derecho a la tierra debe estar libre de discriminación de género, religión, raza, clase social o ideología. La tierra le pertenece a aquellos que la trabajan, por lo que se deberá cuidar que los campesinos no sean obligados a producir cultivos comerciales en lugar de alimentos.

Protección de los recursos naturales

La Soberanía Alimentaria implica el cuidado y uso sostenible de los recursos naturales, especialmente tierra, agua, semillas y razas de animales. Las personas que trabajan la tierra deben tener el derecho de practicar la gestión sostenible de los recursos naturales y de preservar la diversidad biológica libre de derechos de propiedad intelectual restrictivos. Esto solamente puede lograrse desde una base económica sólida, con seguridad en la tenencia, con suelos sanos y uso reducido de agroquímicos.

Se ha demostrado científicamente que los sistemas agrícolas basados en principios ecológicos pueden ser más productivos, resistir mejor a la sequía y a otras manifestaciones del cambio climático, aunado a que son económicamente más sostenibles ya que utilizan menos combustible fósil como insumos para la producción (Altieri, 2012).  De esta manera, el investigador chileno enfatiza en que debemos cambiar las prácticas tecnológicas dominantes en la agricultura por una agricultura basada en principios agroecológicos que sea sostenible, y se base en el respeto y el equilibrio con la naturaleza, las culturas locales y el conocimiento agrícola tradicional.

Reorganización del Comercio de Alimentos.

Antes que cualquier otra prioridad, la alimentación es una fuente de nutrición y no un artículo de comercio. Las políticas agrícolas nacionales deben priorizar la producción para el consumo interno y la autosuficiencia alimentaria local. Las importaciones de alimentos no deben desplazar la producción local ni reducir los precios. Por tanto, el dumping por productos subsidiados para la exportación es inaceptable.

De ser la erradicación del hambre y la reducción de la pobreza el fin deseado, una solución duradera es a través del desarrollo agro-económico local a través de la creación de circuitos locales de producción y consumo, donde las familias campesinas puedan vender sus cosechas a precios justos y compren los productos alimenticios básicos en poblaciones locales, pues según Rosset (2004), el dinero tiende a circular dentro de lo local, generando empleo en los pueblos y permitiendo al campesino una vida digna.  Por el contrario, si la producción campesina es totalmente exportada a precios abaratados, y si la mayor parte de los alimentos comprados para el consumo local son importados (a precios altos), entonces todas las ganancias son extraídas de la economía local contribuyendo solo al desarrollo de economías desarrolladas (Rosset, 2004).

Eliminar la Globalización del Hambre.

La Soberanía Alimentaria está socavada por las instituciones multilaterales y por el capital especulativo. El control cada vez mayor de las empresas multinacionales sobre las políticas agrícolas ha sido facilitado por las políticas económicas de las organizaciones multilaterales tales como la OMC, El Banco Mundial y el FMI. Por lo tanto, se requiere de la regulación y el establecimiento de impuestos sobre el capital especulativo y el cumplimiento estricto de un Código de Conducta para las empresas transnacionales.

Paz Social.

Todos tenemos el derecho de estar libres de violencia. La alimentación no debe ser utilizada como un arma. Los niveles cada vez mayores de pobreza y marginalización en el área rural, conjuntamente con la creciente opresión de las minorías étnicas y poblaciones indígenas, agravan las situaciones de represión y desesperación. El desplazamiento continuo, la urbanización forzada, la represión y el racismo cada vez mayor hacia los productores de pequeña escala no pueden ser tolerados.

Control Democrático.

Los productores de pequeña escala deben tener una intervención directa en la formulación de políticas agrícolas en todos los niveles. La Organización de Naciones Unidas y las organizaciones relacionadas tendrán que pasar por un proceso de democratización para permitir que esto se haga realidad. Todos tenemos derecho a información certera y franca y a un proceso de toma de decisiones abierto y democrático. Estos derechos forman la base de una buena gobernanza, responsabilidad e igualdad de participación en la vida económica, política y social, libre de cualquier forma de discriminación. En particular se debe garantizar a las mujeres rurales la toma de decisiones directa y activa en cuestiones alimentarias y rurales (La Vía Campesina, 1996).

1 Como caso claro, en el Cabo del Este de Sudáfrica se cercaron 500,000 hectáreas de tierra de labranza comunales para producir biodiesel mediante canola. Ahí sus habitantes fueron obligados a renunciar a sus huertos diversificados y tierras de pastoreo, lo que vino a declinar la producción alimentaria local (African Centre for Biosafety, 2008). 

2 Como el Fondo Monetario Internacional (FMI), Banco Mundial, OMC y CGIAR.