7.3 Efectos de los impuestos generales a  los consumos
7.3.1  Efectos sobre la integración vertical
El principal  argumento contra los impuestos multifásicos acumulativos, es que producen un  perjuicio discriminatorio de los bienes que requieren gran número de etapas; ya  que en cada una, el impuesto repercute en forma acumulativa. Ello puede inducir  artificialmente a adoptar modos de organización empresarial que busquen  economizar impuestos a través de la reducción del número de etapas del proceso  productivo; es decir, a través de la integración vertical.
7.3.2  Efectos sobre la inversión
  En el IVA, el  tratamiento que se otorgue a los bienes de capital fomentará o desalentará la  inversión. Se conocen diferentes formas:
7.3.3  Efectos sobre el comercio exterior
  Un impuesto en  etapa minorista no discrimina entre producción nacional e importaciones, ya que  ambas son gravadas uniformemente bajo el principio de destino. En cambio un impuesto en etapas únicas anteriores, o en  etapas múltiples acumulativas, tiene un sesgo antiexportador pues tiende a gravar las primeras etapas de bienes  que luego son exportados. De esta forma, los productores nacionales se  descolocan frente a la competencia de productores de otros países gravados a  nivel minorista o con reintegro de impuestos. Dichos impuestos, también tienen  un sesgo pro importador, porque  acumulan impuestos en las primeras etapas de la producción nacional, que queda  descolocada, frente a la producción extranjera.
  Si los países  que comercian entre sí, tienen sistemas fiscales análogos, no se plantea ni el  sesgo antiexportador ni el pro importador. Si tienen sistemas  diferentes, una solución estriba en reintegros impositivos sobre los montos  pagados por la actividad exportadora, en los procesos anteriores a la  exportación. En este caso, la gran ventaja del impuesto al valor agregado es la que permite un cálculo más fácil para los  reintegros a aplicarse sobre los valores agregados acumulados hasta la etapa de  exportación.
  La armonización  impositiva entre países que tienen mercados comunes como el caso del MERCOSUR,  es fundamental para que no se produzca dumping o especulaciones.
7.3.4  Efecto piramidación
  La aplicación  del impuesto multifásico acumulativo implica que en cada etapa se paga impuesto  sobre el valor de la producción, que incluye el valor de los insumos comprados,  dentro del cual figuran impuestos pagados en la etapa anterior. Esta  característica no aparece en el I.V.A., que pese a ser de etapa múltiple grava  únicamente el valor agregado en cada etapa.  
  El argumento  tradicional respecto al denominado efecto  piramidación ocasionado por un impuesto multifásico acumulativo, ha perdido  apoyo teórico al investigarse más a fondo los supuestos sobre los cuales se  basa. Parte de la hipótesis que los precios de venta se establecen en función  de un margen o porcentaje (Mark up)  que se le agrega a los costos. Ese mark  up constituye el beneficio del empresario.
  Si se establece  un impuesto multifásico acumulativo sobre el precio de cada etapa, el impuesto  aplicado en la etapa I aumenta el valor de los insumos de la etapa II y, por lo  tanto, los costos de dicha etapa. Al ensancharse la base de cálculo, por efecto  del impuesto de la etapa anterior, aumenta el monto del beneficio en la etapa  posterior, produciéndose así el efecto. Se estaría aplicando el mark up (beneficio) sobre el impuesto.
  Para  facilitar el análisis del efecto piramidación, supongamos que hay tres fases en  la cadena de producción:
Sin impuesto y con un margen de ganancias de 20%,  la cadena productiva es la siguiente:                    
  El efecto piramidación consiste en el incremento  del precio final, que termina siendo superior a la suma que se ingresa al  Estado en concepto de impuesto. La razón es que aquella etapa productiva que  soporta legalmente el impuesto, lo traslada al precio de venta. Como ya se  mencionara, ese precio de venta es parte de los costos en la siguiente fase del  proceso de producción, en la que se aplica el margen de beneficio sobre el  impuesto que se pagó en la etapa anterior.
  Para que se  produzca el efecto piramidación se  requieren tres condiciones:
  a) Fijación  de precios vía mark up
  b) Un  impuesto sobre una de las fases de la cadena productiva anterior al minorista o  un impuestos multifásico acumulativo
  c) Que los  empresarios trasladen el impuesto a la siguiente fase del proceso productivo
  Con un impuesto   monofásico de alícuota del 10% en las diferentes etapas de producción y  con un margen de ganancias de 20%; los valores en la cadena productiva son los  siguientes:
  Al aplicar  el impuesto en la etapa de Producción, el precio final del bien es de $1.900,80,  la diferencia entre el precio final con impuesto y sin impuesto asciende a  $172,80; de los cuales $120.- corresponden a la recaudación del impuesto y el  resto ($52,80) está dado por el efecto de aplicar el mark up al impuesto de la etapa anterior. 
  Si en  cambio el impuesto lo aplicamos a la etapa Mayorista, la recaudación del  impuesto asciende a $144.- y el efecto de aplicación del mark up a los impuestos los impuestos es de $28,80. Se verifica en  esta etapa un menor efecto que en el caso anterior, ya que cuanto más lejos del  final del proceso de producción se establezca el impuesto, mayor será el  efecto.
  Por último,  si el impuesto se aplica sobre la etapa Minorista no se produce efecto y la  recaudación es de $172,8, que coinciden con el sobreprecio. El impuesto en la  etapa minorista recordemos que tampoco afecta los precios relativos.
7.3.5 El efecto Cascada o Acumulación  de impuestos
  Este efecto  que se puede encontrar en el impuesto a los Ingresos brutos (multifásico  acumulativo), consiste en la aplicación de una alícuota impositiva a una base  imponible que tiene incorporada un impuesto. Simbólicamente sería el caso de la  aplicación de impuesto sobre impuesto. 
  En cada  etapa productiva de una cadena se compran bienes a otras que ya incorporaron el  impuesto en el precio. Por lo que cada fase al utilizar los insumos en la  propia producción e incorporarlos al precio final propio, hace que la base imponible  de ese período contenga algo del impuesto. 
  En el  cálculo del nuevo impuesto la alícuota se aplica a la nueva base, produciéndose  entonces el efecto de  impuesto sobre impuesto.
  No es  necesario que haya margen de beneficio para que haya efecto cascada; pero si  existe margen, entonces da lugar al efecto  cascada y al efecto piramidación, simultáneamente.
  Para que  produzca el efecto cascada o acumulación se requieren dos condiciones:
  a) Que el  impuesto se aplique sobre varias fases del proceso productivo
  b) Que cada  etapa productiva traslade el impuesto a la siguiente fase del proceso
  Con un impuesto de alícuota del 10% y con un margen  de ganancias de 0%, la cadena productiva es la siguiente: 
  En este  caso vemos que en ausencia de impuesto el precio final es de $1.000; con  impuesto $1.331, siendo la recaudación de: $331 = 10% sobre 1.000 + 10% sobre 1100  (impuesto en etapa de mayorista) + 10% sobre 1210 (impuesto en la etapa minorista). 
  Este efecto  genera incentivos a la integración vertical porque los productos con menos fases productivas no tienen tanta carga  impositiva; si hubiera una integración entre la etapa Mayorista y Minorista, la  primera de estas (unificadas) pagaría $100 de impuesto y no $110.