INSTALACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE UNA PLANTA PROCESADORA Y COMERCIALIZADORA DE PRODUCTOS A BASE DE CARNE DE TILAPIA  (OREOCHROMIS SP,).EL CASO DE CODAGRO EN EL SUR DE COSTA RICA

INSTALACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE UNA PLANTA PROCESADORA Y COMERCIALIZADORA DE PRODUCTOS A BASE DE CARNE DE TILAPIA (OREOCHROMIS SP,).EL CASO DE CODAGRO EN EL SUR DE COSTA RICA

Geovanny Abarca Jiménez

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4.4 Estudio Legal

Para que el proyecto se formalice legalmente según la normativa de nuestro país debe cumplir con las regulaciones en materia legal, tributaria, laboral, ambiental y sanitaria, debido a que independientemente de las actividades que desarrollen los proyectos, existen leyes, decretos y reglamentos aplicables a cada una en particular.
Caso específico, es el proyecto que desea emprender CODAGRO referente a la instalación de una planta procesadora y comercializadora de productos derivados de carne de tilapia, actividad que no se excluye del ordenamiento jurídico, por lo cual los encargados de ejecución del mismo deben cumplir con todos los requisitos que las entidades competentes de nuestro país exigen para emprender el mismo.

4.4.1 Constitución Jurídica

La Asociación Consejo de Desarrollo Agropecuario de Coto Brus (CODAGRO) como su nombre lo indica fue constituida como una asociación con personería jurídica (cédula 3-002-519792), a partir del 12 de octubre del 2007 quedó facultada para el ejercicio de actividades productivas, contrayendo a su vez obligaciones por el desarrollo de las mismas ante terceros. En el año 2007 inició con 49 asociados fundadores, y actualmente cuenta con más de 509 asociados debidamente inscritos y con membresía propia.

4.4.2  Ley que regula la forma inscrita

CODAGRO como asociación civil sin fines de lucro es regulada por la Ley N° 218, de Asociaciones de la República de Costa Rica, del Ministerio de Justicia y Gracia.
Con respecto al funcionamiento de la Asociación, el artículo 21 de la Ley 218 (2010) indica “La asamblea se reunirá ordinariamente para oír los informes del Presidente, del Fiscal y del Tesorero, acerca de las gestiones durante el ejercicio inmediato anterior”(párr. 21).Por otra parte el artículo 24 denota el papel del presidente como presentante legal de la asociación (Ley 218, 2010, párr. 24). Con respecto a la Asociación el puesto de presidente lo desempeña el Sr. Víctor Méndez, mismo que por 7 años consecutivos ha sido nombrado en este cargo.

4.4.3 Obligaciones Legales

Para formalizar cualquier proyecto es necesario consultar a profesionales en el ámbito legal, además se debe revisar la normativa vigente de nuestro país con la finalidad de conocer, considerar y cumplir todos aquellos trámites y requisitos previo y durante la ejecución de los mismos, así como durante la etapa de operación en la cual se obtienen los bienes y/o servicios de manera continua.
Los aspectos legales también deben gestionarse con anticipación debido a que conllevan tiempo así como recursos económicos que pueden afectar la ejecución de los proyectos. A continuación se detalla brevemente cada uno de los requisitos necesarios para llevar a cabo el proyecto:
4.4.3.1 Inscripciones
Antes de iniciar con la puesta en marcha del proyecto los responsables del mismo deben recurrir a las entidades correspondientes para efectuar las siguientes inscripciones:

  • Inscripción como Contribuyente ante el Ministerio de Hacienda

Esta inscripción es una obligación que deben realizar todas aquellas personas físicas o jurídicas que desarrollan una o más actividades económicas en nuestro país, la Asociación por su parte se encuentra inscrita como contribuyente ante la Dirección General de la Administración Tributaria y tiene las siguientes obligaciones: pago del Impuesto de Renta-Régimen tradicional, Declaración Anual Resumen de clientes, proveedores y gastos específicos (D-151) y la Declaración Jurada del Impuesto General sobre las Ventas D-104.
Con respecto a la cancelación del impuesto Régimen Tradicional la Asociación ha estado exenta, debido a que ha recibido ingresos brutos inferiores a los aplicables para el pago de esta imposición,  en la tabla 7 se muestra los porcentajes por pagar según los ingresos brutos percibidos.

  • Inscripción al Régimen de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS)

Con respecto al seguro social de los trabajadores, la Constitución Política de nuestro país establece la composición obligatoria y tripartita (estado, patrono y trabajador) de la contribución, pagadera mensualmente en cuotas administradas por la Caja Costarricense del Seguro Social en beneficio de los trabajadores y sus familias (Asamblea Legislativa, 2000, pág. 17).
Además de la Constitución Política existen otras leyes y reglamentos que protegen al trabajador, de ahí que conforme a la normativa todo patrono debe proceder a realizar los trámites respectivos para la inscripción como patrono y contribuir con el pago de las cuotas obrero-patronales, según  la cantidad de trabajadores a su cargo, evitando de esta manera multas, problemas legales o hasta cierres del negocio. La Asociación CODAGRO no se excluye de dicha obligación, por consiguiente es necesario que se inscriba como patrono, trámite que puede realizar en la Sucursal Regional de la CCSS más cercana, que para efectos del proyecto es la que se ubica en San Vito de Coto Brus, y así mismo tomar en consideración los cambios que pueden ocurrir en las planillas de sus trabajadores para  informarlo inmediatamente a dicha entidad.
Entre los requisitos que se deben cumplir para la inscripción como patrono se encuentran: completar el formulario de Solicitud de Inscripción o Reanudación Patronal,  presentar original de la Certificación de la Personería Jurídica extendida por el Registro Nacional o por un notario público o certificación con no más de un mes de emitida, aportar la fotocopia de la cédula de identidad del representante legal, presentar la fotocopia de cédula de identidad de cada trabajador, aportar la fotocopia del recibo de electricidad, indicar a su vez el lugar o medio en el cual recibirá notificaciones, además de brindar correo electrónico para la presentación de planillas en línea
Una vez aportados todos los requisitos e información, personeros de la CCSS realizarán visitas a la asociación con la finalidad de verificar la veracidad de la información suministrada, la duración de los trámites de inscripción ante la Caja es de 15 días en promedio. A partir del 1 enero del 2015 las cargas sociales recaudadas por la CCSS mediante el cobro de planillas experimentaron un incremento y actualmente la contribución mensual patronal es de 26,33% y la cuota obrero es de 9,34%.
4.4.3.2 Patentes y permisos

  • Certificado del Uso de Suelos: constituye el permiso u aprobación que emite la municipalidad, de acuerdo a una serie de parámetros (estructurales, legales y ambientales) que debe cumplir el terreno que ha sido elegido para llevar a cabo cualquier actividad, una vez la entidad municipal emita la aprobación del uso de suelos, el terreno ha sido acreditado para el desarrollo de la misma.

CODAGRO se ubica en el cantón de Coto Brus específicamente en el distrito de Agua Buena, actualmente la asociación dispone de una propiedad de 14 hectáreas y para efectos de desarrollar el proyecto la Junta Directiva seleccionó un terreno considerando una serie de aspectos favorables para emprender la actividad en dicha área, por lo cual procedieron a presentar la solicitud para obtener el respectivo permiso municipal y de acuerdo al criterio extendido por técnicos de la municipalidad de Coto Brus, el terreno cumple con las condiciones de uso adecuadas según la normativa.

  • Permiso de Construcción, en nuestro país todo lo concerniente a construcciones está formalmente regulado por la Ley de Construcciones, por lo cual se requiere previo al inicio de las mismas el respectivo permiso emitido por la municipalidad local (Ministerio de Vivienda y Asientos Humanos, s.f, párr.1).

Ante el incumplimiento, la municipalidad puede proceder con la imposición de sanciones que van desde multas, paralización e incluso destrucción de las obras. La municipalidad no puede otorgar este permiso a menos que se presenten todos los documentos requeridos, entre los cuales se encuentran:

  • Presentar formulario de solicitud debidamente lleno y firmado por el Ingeniero responsable de la obra.
  • Presentar copia y original del plano catastrado de la propiedad visado por la municipalidad de Coto Brus.
  • Presentar copia y original de la escritura pública de la propiedad donde se construirá, de no poseer presentar carta de venta protocolizada junto a un estudio de registro de la propiedad extendido por el IDA, con menos de 3 meses de extendida.
  • Presentar tres juegos de planos constructivos debidamente aprobados por el Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos (C.F.I.A).
  • Presentar copia del contrato de consultoría C.F.I.A.
  • Declaración Jurada del Ministerio de Salud.
  • Copia de cédula del solicitante del permiso.
  • El solicitante debe estar a día con el pago de impuestos  municipales.
  • El solicitante debe presentar certificación de estar al día con las obligaciones de la caja.
  • Presentar el pago de la póliza de Riesgos de Trabajo emitida por el I.N.S.
  • Presentar certificación del A y A, o el acueducto que brinde el servicio de agua potable en la comunidad indicando que existe posibilidad de agua en la comunidad.
  • Presentar timbre fiscal de 12.50 colones o enteros de Gobierno por el mismo monto.
  • Presentar alineamiento del M.O.P.T para las vías públicas de su jurisdicción.
  • Señalar el lugar donde recibir notificaciones del perímetro administrativo de la municipalidad, con números de teléfono, correo electrónico, fax, así como el nombre de la persona que recibe la notificación.
  • Viabilidad ambiental en caso de que el proyecto lo amerite.
  • Para poder iniciar la construcción de la planta procesadora, la Asociación debe iniciar el trámite de todos los requisitos anteriormente mencionados con la finalidad de obtener el visto bueno de la municipalidad e iniciar las obras de construcción.
  • Licencia Comercial/Patente: le compete a la municipalidad de cada cantón conceder la patente o permiso de funcionamiento según lo establece el artículo 1 de la ley N°7325 Tarifa de Impuestos Municipales del Cantón de Coto Brus en donde se indica "las personas físicas o jurídicas, que se dediquen al ejerció de cualquier actividad lucrativa en el Cantón de Coto Brus están obligadas a pagar  a la Municipalidad un impuesto de conformidad con esta ley" (Asamblea Legislativa, 1993, p.19).

Por consiguiente para que el proyecto inicie sus operaciones adscrito a las normas tributarias y administrativas de dicho municipio debe disponer de la patente durante el tiempo de ejerza la actividad lucrativa. Asimismo el artículo 4 de la ley N°7325 Tarifa de Impuestos Municipales del Cantón de Coto Brus indica que la contribución por la obtención de la misma es de 1,5%  de los ingresos brutos anuales percibidos durante el tiempo de operación, este monto se divide en 4 para determinar el impuesto trimestral por pagar (Asamblea Legislativa, 1993, p.19).
La Asociación actualmente dispone de una licencia comercial para las líneas productivas que desarrolla, por lo que para emprender el proyecto de procesamiento y comercialización de carne de tilapia, se considera unificar todas las actividades comerciales  mediante el pago de una misma licencia, por lo que este gasto no será cubierto con recursos económicos generados por el presente proyecto. Por lo tanto es necesario iniciar con el proceso, obtener y presentar todas las certificaciones requeridas para poder comercializar  los productos.

  • Certificado Veterinario de Operación (CVO): le compete al Servicio Nacional de Salud Animal (SENASA) otorgar el CVO, dicho certificado debe ser adquirido por todos los sujetos que pretenden desarrollar actividades productivas en donde se involucren animales para la venta, procesamiento o cualquier otro fin comercial.

Por lo tanto los encargados del proyecto deben solicitar el CVO, para tales efectos deberán presentarse ante la oficina administrativa de SENASA ubicada en San Vito de Coto Brus y cumplir con los siguientes requisitos:

  • Presentar la Certificación de la Personería Jurídica.
  • Adjuntar fotocopia de la cédula de identidad física o jurídica según corresponda.
  • Adjuntar certificado de uso de suelos emitido por la municipalidad correspondiente.
  • Título de propiedad o documento idóneo.
  • Servicio disponible de agua (copia de recibo).
  • Reagente médico.
  • Certificado de viabilidad ambiental aprobada.
  • Aportar un plan de manejo de residuos/desechos sólidos y aguas residuales.

Otros requisitos son  presentar el diseño de la planta emitido por un profesional en la materia, además de diseñar el diagrama del flujo del proceso para cada uno de los productos, esta información será analizada en conjunto, sumado a esto se apersonaran expertos al área de interés con la finalidad de determinar si se otorga el CVO o por el contrario si se requiere cambios pertinentes, una vez se dé el visto bueno se tarda en promedio 10 días para otorgar dicho certificado, mismo que debe ser exhibido en las instalaciones de la planta procesadora una vez inicie las operaciones.

  • Registro  de la marca: el registro de la marca o propiedad intelectual corresponde al nombre bajo el cual se identificará el o los productos para ser reconocidos como propiedad única.

La Asociación actualmente dispone de una marca debidamente inscrita ante el Registro Nacional de Costa Rica, la misma corresponde a “CODAGRO” bajo este nombre se venderán los productos derivados de tilapia. Como se indicó está debidamente patentada, además posee código de barras, actualmente esta marca es utilizada por la Asociación para comercializar varios productos. (Méndez, comunicación personal, 16 de marzo, 2015).

  • Evaluación de Impacto Ambiental (EIA): todo proyecto o actividad genera efectos en el ambiente, de ahí que  requieren de EIA, misma que es comprendida como “un procedimiento administrativo científico-técnico que permite identificar y predecir cuales efectos ejercerá sobre el ambiente, una actividad, obra o proyecto, cuantificándolos y ponderándolos para conducir a la toma de decisiones”( SETENA, 2015, párr.1).

En el caso del proyecto referente al procesamiento de tilapias que desea emprender la Asociación, de acuerdo a la actividad, tamaño, ubicación y magnitud es considerado como B2 Impacto Moderado Potencial por lo cual debe presentar el Formulario D2 ante la plataforma de servicios de SETENA ubicada en San José, posteriormente con base en la información suministrada e inspecciones de campo el equipo multidisciplinario de dicha institución concederá o negará la viabilidad ambiental, el tiempo de respuesta es de diez días después de recibir completo el  D2 ( SETENA, 2015, párr.20-27).
La Asociación debe iniciar con este trámite, debido a que actualmente esta licencia es exigida por otros entes como requisitos para formalizar otros permisos y certificados.

  • Póliza de Riesgos de Vida: como patrono, CODAGRO tiene el deber de asegurar a sus trabajadores según lo establece el Código de Trabajo. La suscripción de la póliza debe realizarse desde el inicio de las operaciones y debe mantenerse en el transcurso del desarrollo de las mismas.

Entre los requisitos para suscribir la póliza de Riesgos del Trabajador se encuentran: presentar fotocopia de la cédula jurídica, adjuntar fotocopia de la cédula de identidad del representante legal y completar y presentar el formulario de inscripción (Riesgos del Trabajador). Una vez presentados todos los documentos, el agente o funcionario del INS define la tarifa y el cálculo de la prima, el trámite dura alrededor de una hora. Mensualmente el patrono debe remitir al INS el detalle de los trabajadores, trámite que puede realizar por correo electrónico, ante incumplimiento el INS no brindará asistencia en caso de alguna eventualidad, e incluso el patrono puede ser sancionado con suspensión temporal o cierre del establecimiento.
La Asociación no dispone en este momento de la póliza de riesgos, sin embargo una vez que inicie con el proyecto es necesario que proceda con la suscripción ante el INS, de esta manera al contar con una póliza de seguros, la Asociación tendrá un respaldo financiero ante posibles eventualidades, el trámite lo puede ejecutar en las oficinas de INS más cercanas, mismas que corresponde a las ubicadas en Ciudad Neilly. En el cuadro 103 se refleja en detalle el monto a pagar por la póliza de riesgos, donde anualmente la prima es de ₡ 1.386.621 con una tarifa de 3.87%.

  • Permiso Sanitario: Le compete al Ministerio de Salud emitir el permiso sanitario para aquellos proyectos que se pretenden elaborar y comercializar productos comestibles. Por lo tanto la Asociación como interesada en comercializar este tipo de producto debe solicitar el permiso sanitario, entre los requisitos por cumplir se encuentra:
  • Formulario de solicitud de registro completo y legible, firmado por el representante legal de la empresa.
  • Permiso de funcionamiento vigente.
  • Etiqueta original o proyecto de etiqueta para aquellos productos que no hayan salido al mercado. Las etiquetas de los alimentos para regímenes especiales deben presentar la declaración del valor nutritivo del producto.
  • Certificación vigente de personería jurídica.
  • Pago del arancel fijado para el registro, según lo establece la normativa vigente.

Una vez se otorga el permiso, el Ministerio de Salud establece un número único de registro, mismo que debe presentarse en la etiqueta del producto, así mismo si ocurren modificaciones en el producto se debe comunicar inmediatamente, debido a que  el ministerio de salud puede someter los productos a pruebas y en caso de dudosa procedencia puede tomar alguna de las siguientes medidas: retención, retiro del comercio, decomiso, destrucción de bienes materiales, la clausura de establecimientos, la cancelación de permisos y de registros, medidas que son adoptadas con la finalidad de proteger el interés general y la salud pública (Ministerio de Salud, s.f, párr.27-65).

  • Sistema de tratamiento de aguas residuales: Con la finalidad de reducir el impacto negativo en el medio ambiente, los interesados en el desarrollo de actividades productivas que generen aguas residuales en sus procesos deben construir un sistema de tratamiento, el mismo es definido como “la combinación de procesos y de operaciones de tipo físico, químico y biológico destinados a eliminar el residuo sólido, la materia orgánica, los microorganismos patógenos y, en ocasiones, los elementos nutritivos contenidos en el agua residual” (Poder ejecutivo, 2005, párr. 36).

Para construir y operar un sistema de tratamiento se debe obtener el permiso de ubicación y construcción, mismos que serán emitidos por el Ministerio de Salud (Poder ejecutivo, 2005, párr. 38).