Vocabulario de economía política

 

  Dr. D. José Piernas Hurtado

Exposición de la nomenclatura y de los principales conceptos de esa ciencia.

 

U

 

Unidad monetaria. —Es el tipo adoptado como base del sistema, para que á él se refieran siendo sus múltiplos ó divisores todas las monedas que circulan en un país.

La unidad monetaria debe fijarse conforme á la extensión de los cambios y buscando el término medio de los usuales, porque si es demasiado grande obliga á emplear de continuo las fracciones, y si es muy pequeña hay que valerse de muchos guarismos para expresar cantidades de poca importancia.

La fijación de la unidad monetaria divide las opiniones de los economistas entre dos sistemas: el monometalismo y el bimetalismo. Sostienen los monometalistas, que es menester optar por el oro ó por la plata, que la unidad no puede expresarse en ambos, y que uno solo debe tener curso legal y fuerza libertadora de las obligaciones; los bimetalistas creen, que los dos metales preciosos son necesarios para la facilidad de la circulación, que el abandono de uno de ellos haría frecuentes y muy temibles las crisis monetarias, que las oscilaciones de los precios en el oro y la plata no son tan considerables que impidan aceptar la relación legalmente establecida entre ellos, y por último, que la recogida de una de las dos monedas y la acuñación de la que subsistiese en la cantidad necesaria, impondrían un enorme quebranto á las naciones.

Es indudable que la unidad monetaria no puede consistir á la vez en una cantidad de oro y otra de plata, sin que resulten dos valores diferentes como medida para los precios. Dando curso legal al oro y á la plata hay que establecer entre ellos, con carácter obligatorio y permanente, una relación, que sólo es exacta en el momento mismo de determinarla; un instante después deja de serlo merced á las continuas alteraciones de los precios y entonces habrá un metal favorecido, porque tendrá más valor como moneda, que como mercancía y otro perjudicado, porque se hallará en la situación contraria. Cuando esto ocurre se cumple lo que algunos llaman la ley de Gresham, por ser este el nombre del que parece haberla formulado primeramente, según la cual, es imposible que circulen del mismo modo, una moneda que está favorecida y otra que está despreciada; la inferior hace que la buena desaparezca. En efecto, todos los deudores buscan la moneda de menos valor y hacen con ella sus pagos, los agiotistas recogen y exportan la perjudicada para realizar una prima y la circulación se perturba, y se ocasionan muchos daños é injusticias. Por eso con el bimetalismo es ilusorio el empleo simultáneo del oro y de la plata; con ese sistema nunca habrá de hecho en la circulación más que la moneda beneficiada por la ley, es decir, la que valga menos relativamente, mientras que en el monometalismo no excluye el uso de los dos metales; si el tipo ó patrón monetario está en el oro, la plata tendrá el  carácter de moneda auxiliar para los pequeños cambios, y si la unidad fuese de plata, el oro tendrá esa misma condición y servirá para las grandes transacciones.

Adoptado el tipo único, debe ser preferido el oro para establecerle, porque este metal es superior á la plata, como instrumento de cambio; su precio tiene más fijeza que el de ésta y su valor es mucho más considerable con relación al peso y al volumen.

Usura.—Su acepción propia es la de precio del uso; y equivale por consiguiente á interés de los capitales en el préstamo; pero se aplicó más bien al interés del dinero y de las cosas fungibles y como éste fué duramente condenado, la palabra usura tomó una cierta significación de vicio y de reproche. Por eso, admitida la legitimidad de los intereses y establecida su tasa, se llamó usurarios á los que pasaban del tipo legal y hoy se califica de ese modo á todo interés que tiene un carácter abusivo ó peca por exceso sobre el precio corriente de los capitales. (V. Interés).

Utilidad.—Es la condición del medio y se dice de lo que sirve para algún fin, aplicándose, por consiguiente, á toda clase de objetos y relaciones. Util es para el hombre todo lo que conduce á su destino.

Bajo el aspecto económico, la utilidad reside en las cosas de la Naturaleza y en los actos ó servicios de nuestros semejantes; en aquéllas de una manera inmediata, porque se aplican directamente á las necesidades, y en éstos de un modo mediato, porque nos sirven y auxilian para la adquisición de los medios materiales.

Sólo es económica aquella parte de la utilidad que depende del trabajo: las cosas que nos sirven por si mismas y sin que la actividad intervenga, tales como el aire, la luz y el calor del sol, no entran en el orden económico. El hombre, sin embargo, no crea la utilidad, que es inherente á la naturaleza de las cosas, y lo único que hace es obrar sobre ellas, modificándolas, para hacer efectiva la utilidad que contienen y apropiarla á la satisfacción de nuestras necesidades.

Referida la utilidad económica como medio á las necesidades humanas, como fin, es esencialmente relativa y sufre todas las alteraciones que éstas experimentan. Varia, pues, la utilidad en este sentido según las condiciones individuales, el estado de la cultura, etcétera; de suerte, que cosas útiles para unos dejan de serlo para otros, ó lo son en medida diferente, y otras, antes tenidas por inútiles, adquieren utilidad cuando su aplicación llega á ser conocida y necesaria. El progreso económico se realiza mediante la invención y el aprovechamiento de nuevas y cada vea mayores utilidades.

 


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