Contribuciones a la Economía


"Contribuciones a la Economía" es una revista académica con el
Número Internacional Normalizado de Publicaciones Seriadas
ISSN 16968360

 

LA FUNCIÓN SOCIAL DE LA PROPIEDAD PRIVADA Y LOS INCENTIVOS DE AGENTES ECONÓMICOS EN EL SOCIALISMO DEL SIGLO XXI

 

Abelardo Posso Serrano (CV)

Universidad de los Hemisferios, Quito, Ecuador

AbelardoPosso@Hotmail.com

Alberto Posso (CV)

The Australian National University, Canberra, Australia

Alberto.Posso@ANU.Edu.Au


 

Resumen

Los gobiernos Socialistas del Siglo XXI hablan de promover una revolución de la propiedad, en la cual la propiedad privada debe cumplir una función social. Este artículo discute este tema definiendo primeramente la noción de la propiedad privada bajo paradigmas liberales, socialistas y neo-socialistas y así presenta una crítica económica de las propuestas de los nuevos socialistas. Esta crítica es simplemente basada en los incentivos que los agentes económicos pueden tener cuando consideran tomar decisiones optimas sobre cuanto trabajar y cuántos hijos tener. El artículo concluye que esta política cambiara los incentivos de los agentes económicos para que ellos consideren tener más hijos y trabajar menos. Las implicaciones macroeconomías de esto pueden ser muy graves y resultar en el uso exhaustivo de los recursos disponibles para los gobierno.

Abstract

The so-called Socialist governments of the XXI century promulgate a private property revolution, whereby this property must meet certain social needs. This paper discusses this issue by firstly defining private property under liberal, socialist, and neo-socialist paradigms and then providing an economic critique of the neo-socialist policies. This critique basically relies on the incentives that economic agents perceive when making optimal decisions about work and fertility choices. The paper concludes that these redistributive policies may lead to agents deciding to have a greater number of dependents while working less. We argue that this will result in serious macroeconomic pressures for governments already facing restrictions on the resources available to them.

JEL: K11, J13, O40, O43

Palabras claves: Propiedad privada, Socialismo, Fertilidad, Implicaciones macroeconómicas
 


Para citar este artículo puede utilizar el siguiente formato:
Posso Serrano y Posso: "La función social de la propiedad privada y los incentivos de agentes económicos en el socialismo del siglo XXI" en Contribuciones a la Economía, mayo 2009 en http://www.eumed.net/ce/2009a/



INTRODUCCIÓN

En épocas en las que se hacen evidentes necesidades sociales que apuntan al cambio de instituciones políticas, para superarlas, se vuelven recurrentes las enunciaciones de fórmulas que supuestamente recogen planteamientos filosóficos incuestionables y de altísimo contenido popular. Entonces, los proponentes de estas fórmulas, parten de la convicción de que contarán con el respaldo de las opiniones públicas, nacional (del país de origen del proponente) e internacional, por la confianza que puede dar el saber que las “causas” previstas como justas suelen despertar la solidaridad casi espontánea de los pueblos.

Es cierto que la interrelación de los pueblos, de las ciudadanías, en un mundo cada día más fácil de acceder, ha puesto en evidencia, en innumerables ocasiones, que ocurren estas solidaridades internacionales, cuando hay regímenes que demuestran una inclinación para buscar relaciones de gobernabilidad más justas y equitativas, mayores controles para los gobernantes autoritarios y consecuentemente, mayores garantías para los pueblos, que en épocas recientes solían ser sometidos sin despertar estas mencionadas solidaridades de las sociedades civiles, que ahora se presentan incluso de parte de algunas sociedades geográficamente muy distantes.

El desarrollo universal de las instituciones propias de los derechos humanos tiene que ser visto, por otro lado, como provocador de ciertas obligaciones inexcusables para los gobernantes, si pretenden proponer programas y proyectos sociales, y serán más ineludibles aún estas obligaciones, si los gobernantes proponen políticas de Estado, para alcanzar ciertas metas sociales, que, cabe repetir, tienen que ser comúnmente aceptadas y apoyadas, por considerarse como “causas justas” de la humanidad.

Dentro de esa línea, no se ve complicado elaborar una lista de las causas que, con fundamento, podrían ser más viables. Por ello, en la determinación de las mismas, de estas causas justas, parece imprescindible mencionar que un elemento infaltable de las mismas tiene que ser el bienestar común de las ciudadanías; sabiéndose que los componentes del bienestar común deben pasar por similares filtros de legitimidad interna y de respaldo internacional.

Cuando no puedan encontrarse posibilidades serias de que alguien pueda censurar uno o más de estos componentes; entonces, en la imposibilidad de que se produzca una censura de las sociedades civiles internacionales, igualmente espontánea, es el momento en que pueden los gobernantes abrigar la certeza de que son legítimos y viables los elementos diseñados en las acciones políticas conducentes al bienestar común.

En la correcta selección de estos elementos, deberá tomarse en cuenta, entre otros, el derecho a vivir con dignidad, a tener trabajo, educación, salud, protección social, a gozar de la paz, a participar en la administración de las sociedades, a que los regímenes de gobierno, sin importar sus tendencias políticas, garanticen un creciente respeto por las manifestaciones sociales de los derechos humanos, incluso entre estas manifestaciones, el derecho a participar en los procesos de toma de decisiones de los gobiernos y en fin, otros componentes de índole similar que serían parte de lo que puede llamarse bienestar común.

Por supuesto que es menester considerar que este bienestar común, en los últimos años, ha ampliado sus concepciones, según los énfasis que se quiera poner en las soluciones a los problemas que las distintas sociedades consideren como prioritarios de atención. En suma, se tiende a hablar ahora más que de un bienestar común, de un “buen vivir”, considerado como un cúmulo de las satisfacciones de necesidades básicas de la sociedad; necesidades que irán siempre creciendo, tanto en su aplicación como en sus alcances, conforme vayan alcanzándose metas provisionales.

La noción del “buen vivir”, en consecuencia con lo anterior, no podría ser una meta estática, sino, por el contrario, la superación progresiva y extendida de necesidades básicas de las poblaciones; necesidades éstas que irán apareciendo conforme las sociedades vayan alcanzando los niveles mínimos de despegue social. Las metas sucesivas, entonces, no únicamente que deben considerar una evolución social propia, interna, sino también los niveles exigidos de “buen vivir” que provengan de la vida de interrelación entre la sociedad internamente considerada y de las relaciones que la rodeen e involucren, esto es, las necesidades de las sociedades de los países vecinos, de las de los países de la región y también de las sociedades de los países del mundo, todo esto porque en el siglo actual ya no caben sociedades nacionales aisladas, como lo demuestran las manifestaciones frecuentes de las organizaciones de las sociedades civiles, que suelen reaccionar solidariamente a favor o en contra de las acciones e incluso de las pretensiones de los gobernantes.

Desde un punto de vista práctico, aún cuando no fuere por convicción, los patrones que deben buscarse para proponer las metas de acciones orientadas al buen vivir, tienen que ser guías de conductas y realizaciones inexcusables de los gobernantes y deben provocar las correspondientes acciones y conductas de los gobernados. Siendo así, debiendo tomarse en cuenta las acciones y conductas de los gobernados, no pueden plantearse soluciones sociales que no tuvieren esas condiciones que las hacen viables, en una apreciación que toque los ya mencionados requerimientos interna e internacionalmente coherentes.

En definitiva, habría que partir de la certeza de que los gobiernos contemporáneos no están aislados y que por tanto no pueden pretender conducir a las sociedades que gobiernan a situaciones incoherentes, siendo tales las que fueren ajenas a otras realidades nacionales, dentro de un complejo mundo de interrelación de la comunidad internacional.

De esa comunidad internacional, la que se perfiló en la segunda mitad del siglo pasado, es que surgió la posibilidad cierta de poner en ejercicio una función social de las instituciones jurídico-políticas nacionales, que deben concordar con una función social universal, que es la que mueve la solidaridad y la cooperación entre los pueblos del mundo, esto es de las distintas sociedades humanas, para la superación de las necesidades más gravitantes, en opiniones compartidas y que son las que despiertan, espontáneamente, aquellas solidaridades que distinguen a las sociedades civiles contemporáneas.

El concepto de función social, en consecuencia con lo anterior, dejó de tener un contenido ideológico, que antes fue bandera de una particular filosofía política, para convertirse en un imperativo categórico de toda la humanidad, que propugna solidariamente un buen vivir de todas las sociedades del mundo, bajo términos comparativos que son los que imponen las metas sucesivas, incluso en las funciones sociales de las instituciones.

Dicho lo anterior, la función social también es un concepto en permanente desarrollo, que tiene que partir de una condición mínima de despegue social e ir progresivamente proponiéndose logros sistémicamente superiores, acordes con ese buen vivir que tiene también metas sucesivas.

Debido a que todas las instituciones jurídico-políticas de las sociedades entran en las consideraciones relativas al buen vivir; todas estas instituciones deberían partir de un concepto universalmente admitido de “función social”.

El disfrute de los derechos previstos en las instituciones jurídico-políticas es el que se considera que debe cumplir una función social, que no es la suma de los bienestares individuales ni los objetivos coyunturales de un determinado gobierno, sino un concepto virtuoso de constante desarrollo, que toma en cuenta las realidades nacionales y la realidad internacional.

El papel fundamental de los pueblos, que es igual que decir que es el papel que corresponde a las sociedades, es el lograr que el disfrute de esos derechos sea racional, equilibrado, equitativo y solidario. Las eventuales limitaciones en el disfrute de esos derechos, puede legítimamente venir exclusivamente de parte de los individuos y de los grupos sociales, que son los que determinarán las prioridades para la satisfacción de las necesidades reales de las sociedades humanas, tomando siempre en cuenta las interrelaciones de las sociedades locales con las de sus vecinos, con las de la región y con las del mundo.

Dado esto, varios estados modernos en América Latina han hablado de propagar los derechos de los pueblos considerados oprimidos; particularmente los Socialistas del Siglo XXI en algunos países de América del Sur hablan de promover una revolución de la propiedad, en la cual la propiedad privada debe cumplir una función social. Este artículo discute este tema definiendo primeramente la noción de la propiedad privada bajo paradigmas liberales, socialistas y neo-socialistas y así presenta una crítica económica de las propuestas de los nuevos socialistas. Esta crítica es simplemente basada en los incentivos que los agentes económicos pueden tener cuando consideran tomar decisiones optimas sobre cuanto trabajar y cuántos hijos tener. Estas decisiones son sumamente importantes para países en vías de desarrollo y pueden determinar el proceso de crecimiento económico.

EL DERECHO DE PROPIEDAD

Dentro del desarrollo histórico de las sociedades humanas ha evolucionado la institución jurídica relativa a la propiedad, desde la ausencia de un sentido real del derecho de propiedad, en las primeras sociedades humanas, hasta el abuso rapaz de los propietarios de tierras en épocas feudales o dentro de sociedades, como algunas precolombinas latinoamericanas, en las que la tierra no era susceptible de apropiación por parte de los individuos, que ni se les ocurría disputar al monarca hijo de Dios, una pequeña parcela de esa propiedad sagrada.

La evolución del derecho de propiedad tuvo que obedecer a la satisfacción de una necesidad prioritaria de las sociedades modernas, que terminaron siendo abusadas por los concentradores de la propiedad, fueren estos concentradores los descendientes de los señores feudales, los capitalistas surgidos a raíz de la revolución industrial, los mandarines chinos, los señores de la guerra o los propios caudillos, caciques modernos, latinoamericanos.

En esas circunstancias, la reivindicación social fue propuesta por las izquierdas políticas que se apropiaron prácticamente de las razones que motivan las causas justas relacionadas con la distribución equitativa de las riquezas, con la eliminación de los abusos de los terratenientes y de los empresarios, con el derecho al trabajo de los individuos y en fin con el derecho al desarrollo de los pueblos.

No puede negarse actualmente el valor de esas razones para combatir las concentraciones de poder de los terratenientes, de los señores de la guerra, de los mandarines y de los caudillos trasnochados y es dable aún admitir que es éticamente fundamentado sostener la necesidad de una función social de la propiedad, pero esa función social debería encuadrarse en la superación de los malos usos, de los atropellos, de las inequidades que provoque una concentración antinatural de la propiedad, aquella que niegue, por ejemplo, el derecho de las comunidades indígenas a tener como propias las tierras que sirven de sustento a la comunidad.

Admitidas las premisas, sobre la validez de una causa justa para la humanidad, no resulta coherente sostener que exista una exclusividad en la propuesta del socialismo marxista para terminar con los atropellos y los abusos; puesto que este es un objetivo compartido y una razón comúnmente válida y legítima de toda la humanidad, para limitar el derecho de propiedad, a través de una concepción racional de la “función social” de la misma.

No es, asimismo, coherente el sostener que debe cambiarse a unos abusivos por otros, para que los nuevos atropellos se justifiquen, debido a que se crearían nuevas inequidades que moverían a la formulación de otras “causas justas”, las que atraerían el solidario apoyo de la sociedad civil internacional. En la práctica eso ocurre, los atropellos de monarcas absolutistas promueven censuras populares propias y de sociedades vecinas, regionales y mundiales, en la misma medida que un dictador asumiría el papel del monarca abusivo depuesto. La sociedad atropellada se mantendría en la misma necesidad imperiosa de liberación.

El traspasar los excesos de la concentración de la propiedad a otros terratenientes, guardando concordancia con lo dicho anteriormente, no podría ni de lejos justificar los atropellos y los abusos de los nuevos terratenientes, aún cuando se dijere que los nuevos atropellos responden a una “función social”. Los buenos propósitos de los nuevos jerarcas no son suficientes, tampoco bastaría conocer que existen tales buenos propósitos frente inclusive a riesgos inminentes de que los abusos podrían provocarse, por las mismas razones que se provocaron antes, esto es por la concentración antinatural de poderes.

La causa justa, en conclusión, se basa en principios que son compartidos por la humanidad, localizada en distintas y variadas latitudes, y esos principios son válidos para combatir atropellos y excesos promovidos por personajes de mentalidades cavernarias, al igual de que fueren promovidos por personajes que se autoproclamen como modernos y progresistas.

La función social de la propiedad no tiene que ver únicamente con la propiedad heredada en manos de terratenientes ociosos, también debería tener que ver con la propiedad de Estados omisos, más aún de usufructuarios de regímenes absorbentes e incluso tendría que tomarse en cuenta para propiedades comunitarias que desperdicien o que mal utilicen sus derechos y facultades.

Concebida de esta manera coherente, las limitaciones al derecho de propiedad que puedan originarse en la necesaria función social de la misma, tienen que justificarse en los enderezamientos y en las correcciones que las sociedades requieren; enderezamientos y correcciones que tienen que basarse en necesidades reales y deben responder a consideraciones éticas y a cálculos técnicos sobre los impactos de las limitaciones, para no provocar mayores daños que los que se quiso remediar.

LAS TESIS SOCIALISTAS SOBRE LAS LIMITACIONES DE LA PROPIEDAD

La propiedad sobre los medios de producción se convierte en un axioma de filosofía política, al aplicar las interpretaciones materialistas de la historia y sobre todo las comprobaciones de las realidades imperantes en la sociedad capitalista que devino de la revolución industrial. La necesidad social de cambiar a los propietarios abusivos de los medios de producción, descansa en la convicción de que la detentación de la propiedad debe caer en las manos de quienes sacan los frutos, con su trabajo. Esos trabajadores se da por descontado que harían que la propiedad auténticamente cumpla la función social que debe.

Los trabajadores, teóricamente, ejercen los derechos de propiedad de los medios de producción directamente, sin intermediarios y precisamente en este ejercicio directo, que aún reclaman algunos idealistas, estaría la porción cándida, la noción ingenua, que algunos gobernantes actuales quieren ver en la pretensión. La realidad fue que se tornó insustituible la intermediación de un gobierno, que fuere de manos limpias, de mentes claras y de corazones ardientes, para representar a los nuevos propietarios.

En la aplicación práctica de la filosofía marxista no aparecieron estos gobernantes providenciales, inmaculados y bien intencionados, para que sustituyan a los propietarios abusivos, fueren los empresarios ávidos de la pos revolución industrial o terratenientes feudales de las sociedades no industrializadas; en su lugar, los gobernantes surgidos por la inspiración marxista demostraron tener tanta inclinación al abuso, como los antiguos detentadores del poder y sus peones, los burócratas, vendieron prestamente sus servicios, a cambio de cuotas de ese poder y de canonjías que precisamente fueron en contra de la esencia de la función social.

Las dictaduras de los proletarios, acondicionados a los campesinos y agricultores, no lograron el ideal filosófico de la eliminación de los abusos y de los atropellos y, por ende, de poner en ejecución la función social de la propiedad, precisamente porque el pago de la asistencia de los apoyadores del poder, consistió en romper las normas que se suponía de aplicación universal, para gozar de privilegios y tratamientos especiales en el disfrute de los derechos de propiedad.

Probablemente estos privilegios, contrarios al concepto de función social, ocurrieron porque se trastocaron los contenidos de lo que debería entenderse como tal, como función social, y se trató de repartir equitativamente lo que no existía. En ese reparto entraron las propiedades excesivas y las que se encuadraban dentro de los límites racionales de la sociedad, porque las circunstancias hicieron necesario repartir también la escasez y la miseria.

LA FUNCIÓN SOCIAL DE LA PROPIEDAD DENTRO DEL SOCIALISMO DEL SIGLO XXI

Debido al inocultable descalabro de las recetas marxistas para diseñar y aplicar las limitaciones al derecho de propiedad, han surgido planteamientos que parecen innovadores, para revivir la función social en los esquemas de las sociedades actuales. La aspiración de los ideólogos reformistas del socialismo marxista del siglo XIX sería la de lograr enderezar las instituciones políticas y conseguir la erradicación de los atropellos y de los abusos de la concentración, sin crear nuevos beneficiarios contradictorios de la función social.

Las recetas de nuevo cuño no pueden descuidar las repercusiones de las reformas que implican las restricciones jurídicas a los derechos de propiedad, en las sociedades propias y dentro de los contextos derivados de la relación internacional. Particularmente debería tomarse en cuenta que hay una tendencia universal al aperturismo económico y que las recetas del socialismo marxista condujeron al aislamiento de las sociedades, que no pudieron competir, en igualdad de condiciones, con sociedades abiertas.

Por fortuna, para los ideólogos del socialismo del siglo XXI, no existen modelos que deban seguirse inflexiblemente, puesto que cada sociedad diseñará sus propias fórmulas, según sean sus necesidades más apremiantes. Esta liberalidad doctrinaria, permite imaginar variables dentro de los componentes del buen vivir, que en esencia es un concepto subjetivo, y el desarrollo de las instituciones que se fueren poniendo en marcha, dentro de épocas y circunstancias coyunturales, permitirá, por esa misma liberalidad, dar pasos que dentro de la ortodoxia del marxismo de base hubieran podido considerarse como retrocesos o será dable adoptar medidas capitalistas.

Todo, más o menos, es posible en una determinación de acciones dentro de un marco político tan amplio, como el planteado dentro del socialismo del siglo XXI, pero no son tan fácilmente excusables los conceptos relativos a la proporción y a la coherencia y no podrán ser tan fácilmente obviadas las demandas sociales, que fijan sus propias prioridades.

Una demanda social tiene que ver con la seguridad que debe rodear a los ciudadanos, que no pueden temer por cambios súbitos inconexos o por aplicaciones caprichosas de los contenidos de la función social de la propiedad, incluso concediendo como válidas las observaciones relativas a la evolución progresiva y sistemática de la función social, puesto que esa evolución tiene que estar precisamente determinada por las necesidades reales de la sociedad propia y de las sociedades con las que se interrelaciona.

Los mandatos constitucionales debidos a las reformas impulsadas por gobiernos autocalificados como progresistas en América Latina, en Venezuela, en Bolivia y en el Ecuador, por ejemplo, reviven las limitaciones a la propiedad debidas a la función social de la misma, pero no indican, a lo largo de todos sus nuevos preceptos, los componentes esenciales para poder definir a la función social. Estos componentes, en consecuencia, quedarían librados a la decisión de los gobiernos de turno que otra vez, como en el viejo socialismo marxista, se espera que sean bien intencionados, sabios, honestos e incorruptibles.

No hay antecedentes científicos que puedan hacer confiar en que la humanidad de estos primeros años del siglo XXI sea en esencia mejor que la que pobló la tierra hace 200 años. Muy posiblemente las sociedades contemporáneas arrastradas por las novedades del socialismo del siglo XXI se encaminen a una nueva frustración por el carácter poco angelical de los gobernantes de ahora o estén dando paso a nuevos abusivos, aquellos que, como ayer, siguen rodeando a las autoridades y siguen apoyando sus propuestas mesiánicas.

DECISIONES ECONOMICAS Y LA PROPIEDAD PRIVADA

Al cumplir una mayor función social, la propiedad privada puede dejar de ser privada y convertirse en propiedad del Estado y así puede ser utilizada por personas de bajos recursos y mayores necesidades. Aunque socialmente hablando esto puede ser una meta muy noble, es importante considerar las implicaciones económicas que una política así puede tener.

Aquí dejamos a un lado las implicaciones que esto puede tener para gobiernos que históricamente suelen ser corruptos. No obstante, si un gobierno es corrupto la propiedad puede ser utilizada para metas ilícitas y el costo de esta política seria aun más obvio. Partimos de esta hipótesis y aquí nos concentramos en dos temas menos obvios pero que pueden tener consecuencias muy serias. Primeramente, en esta sección, analizamos y como los agentes privados pueden reaccionar a este tipo de políticas. En la siguiente sección nos concentramos en las implicaciones macroeconomías que esta política puede tener.

Para simplificar el tema nos basamos básicamente en la decisión de trabajar y tener hijos de agentes económicos. También, simplificamos el análisis suponiendo que el estado llevara a cabo una reforma basada en el tamaño de las viviendas. Los cambios legales, por ejemplo, estuvieran basados en que una vivienda de cinco habitaciones deberá ser utilizada por familias que tengan cinco o más miembros. Es decir, ignoramos las implicaciones que esta política puede tener para el sector productivo y nos concentramos en una análisis simplemente de la hacienda en el sector privado.

Empezamos nuestro análisis con la función económica de un agente sin ingresos económicos que tiene acceso a educación y por ende puede elegir cuando empezar a trabajar y cuántos hijos tener. Análisis formales sobre este tema han sido presentados previamente en la literatura, el más famoso es probablemente Barro Y Becker (1989) (*). Este artículo se basa en las conclusiones de ese modelo sin formalizar el problema presente. No es necesario formalizar el problema en este caso porque las conclusiones del modelo de Barro y Becker alimentan naturalmente a las conclusiones que presentamos ahora.

El modelo esta simplemente basado en un agente económico que decide cuántos hijos tener y cuanto tiempo dedicar al consumo y al trabajo tomando en cuenta varios factores económicos como el sistema de impuestos, los costos asociados con tener hijos, el costo del capital y el capital disponible en la economía.

El agente económico va a tomar en cuenta los eventuales beneficios que pueden surgir por trabajar. Suponemos que el propósito de sus decisiones va a ser determinadas por estos beneficios. En fin, suponemos que el principal incentivo que prevé el individuo es el de acumular bienes y poder brindarle a su familia comodidad económica. Podemos medir la comodidad económica simplemente como el valor de los bienes acumulados por el individuo.

En una sociedad moderna el individuo decide un nivel óptimo de consumo y cuántos hijos tener. Si los costos en la economía son muy altos el individuo va a decidir consumir menos y tener menos dependientes. Al mismo tiempo, el individuo se va a ver confrontado entre la decisión de tener hijos y acumular mayores bienes para su propio consumo. Es decir, el agente económico siempre va a ver una relación negativa entre su propia acumulación de bienes (y consumo) y cuántos hijos debe tener. Mientras más dependientes tenga un individuo, menor va a ser su propia acumulación de bienes para su consumo personal y mayor va a tener que ser el tiempo que este individuo dedica al trabajo para satisfacer las necesidades de sus dependientes.

Suponiendo ahora que el estado decide que familias más grandes requieren de mayores propiedades, la función económica que el agente fuese a optimizar cambia radicalmente; en este caso el agente sabe que trabajar no le va a brindar mayores bienes; por el contrario, sabe que al ser considerado como pobre y al tener una familia relativamente grande, el estado le otorgará bienes de mayor valor. Es decir, ahora existe una relación positiva entre el consumo personal del individuo y el numero de dependientes (en este caso hijos) que este individuo decide tener. Al mismo tiempo, el sabe que ya no va a ser necesario trabajar para poder acumular estos bienes.

Al llevar a cabo estas políticas, entonces, el estado cambia los incentivos que los agentes económicos perciben antes de tomar una decisión. Si ser pobre y de una familia grande atrae mayores bienes económicos, entonces el agente económico racional pierde los incentivos de trabajar y tiene mayores incentivos para tener un mayor número de dependientes.

IMPLICACIONES MACROECONÓMICAS

Uno no necesita utilizar los teoremas de crecimiento económico de Solow para darse cuenta que cambios en los incentivos que perciben los agentes económicos, tienen consecuencias importantes para la economía. Si el estado lleva a cabo una reforma en la cual los incentivos de trabajar se disminuyen y hay un crecimiento en la población, entonces es obvio que va a haber menor producción económica y menor crecimiento.

Al haber menor crecimiento va a ser imprescindible que el estado siga buscando las formulas de mantener el sistema. Esta fórmula va a tener que estar basado en el mayor crecimiento del estado. Este, va a tener que apoderarse de un mayor número de bienes productivos y manejarlos para financiar el sistema. Al hacer esto, los gastos fiscales se van a multiplicar y esto va a llevar a cabo un encarecimiento general, el cual resulta en menores inversiones privadas y en una caída general del consumo. Esto, en sí, debería causar una reducción en el número de hijos que un agente económico decide tener; pero esto solo va a ser un cambio minúsculo y de segundo grado comparado al crecimiento en la población inicialmente visto..

Los estados de los gobiernos Socialistas del Siglo XXI han crecido de una manera radical y ahora requieren un mayor número de recursos para mantenerlos. Aquí hemos argumentado que una política de redistribución basada en la noción de la función social de la propiedad va a causar mayores dificultades financieras para los estados y van a causar mayores presiones en el sector privado.

Para países como el Ecuador, donde los bonos gubernamentales tienen poco valor y el Banco Central tiene recursos limitados, esto solo pudiera acabar en crisis. Bajo este tipo de presión el gobierno va a tener que dejar a un lado el pragmatismo y llevar a cabo la desdolarización de la economía, para así financiar esta política a través del Banco Central. Esto retornaría la hiperinflación al país y acabaría por detener el crecimiento del sector privado.

CONCLUSIONES

Aún partiendo de una inexistente confianza en la verticalidad creciente y en la mejor capacitación de los gobernantes actuales, las sociedades ciertamente exigen mayores definiciones, que en el pasado, sobre conceptos que tocan con la gobernabilidad, con la seguridad jurídica y con su vida de relación internacional.

Esas mayores demandas, conforman las inexcusables responsabilidades de los gobernantes actuales de definir primero los contenidos esenciales del buen vivir y las razones, asimismo esenciales, para haber diseñado las limitaciones jurídicas que se espera que el pueblo las acepte, porque ayudan al desarrollo de ese bienestar común.

Las reformas sociales que conllevan serias limitaciones, como las de la función social de la propiedad, no pueden únicamente responder a enunciados de una filosofía que inclusive se ha adelantado que prevé enmiendas, ajustes y modificaciones conforme avance la solución de necesidades sobrevinientes. Los elementos de la función social tienen que ser adelantados y discutidos.

Con plena conciencia de que no le es dable al gobierno de turno aconsejar la aplicación pura de las recetas del capitalismo, para impedir la acumulación y el acaparamiento de los derechos de propiedad, se hace evidente también que la receta del marxismo aplicado no puede reputarse como exitosa, al punto que probablemente deban diseñarse acciones que sin permitir las distorsiones de la dictadura, pongan en marcha fórmulas similares a las utilizadas por el capitalismo, pero con límites más estrictos para evitar las distorsiones que pueden ocurrir, si se obvian los conceptos derivados de la función social de la propiedad.

Nuestro relato demuestra que al tomar a cabo reformas que incluyen en su plataforma política ideas sobre la función social de la propiedad privada el estado va a tener que tomar en cuenta que los agentes económicos actúan basándose en incentivos que pueden tener repercusiones mayores para el crecimiento y el desarrollo económico de un país. Aquí hemos sugerido que al cambiar los incentivos que enfrentan los agentes económicos es posible que las economías que se hacen llamar socialistas encuentren problemas macroeconómicos muy graves, los cuales van a demandar mayores recursos de sus gobernantes y posiblemente acabaran resultando en crisis.

* Barro, R.J. y G.S. Becker. 1989. “Fertility choice in a model of economic growth”, Econometrica
57, 481-501.


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