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Eduardo Jorge Arnoletto (CV)
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CAPITULO 4:
LA CRISIS DE LOS PARADIGMAS TRADICIONALES Y LOS NUEVOS PARADIGMAS DE DESARROLLO Y GESTION PUBLICA

Frente a todos los factores mencionados en el capítulo anterior es obvio que el paradigma tradicional del desarrollo económico sobre bases puramente economicistas, de libre competencia, “mano invisible” del mercado y uso irrestricto de los recursos naturales considerados gratuitos, infinitos y de libre acceso, no solo no es funcional ni conveniente para una buena calidad de vida humana, sino que es incluso causa directa o indirecta de muchos de los problemas señalados, y sobre todo de su agravamiento en tiempos recientes.

Otro tanto cabe decir de los modelos tradicionales de la gestión pública, como el modelo weberiano, que con su rigidez formal y su legalismo rutinario se muestra incapaz de enfrentar con éxito los problemas que día a día nos acosan con mayor intensidad.

No es extraño, pues, que ambos paradigmas tradicionales hayan entrado en crisis y se busquen nuevos planteos que apunten a resolver las situaciones mencionadas y lograr alcanzar un camino de desarrollo sustentable hacia un futuro más satisfactorio.

Ya existen sólidos fundamentos internacionales para darle vigencia efectiva al desarrollo sustentable y algunos intentos normativos bien orientados en el ámbito de los Estados. Entre los primeros cabe citar:

Con posterioridad se han firmado muchos compromisos internacionales sobre estos temas:

Convenciones, acuerdos y normas abundan: el problema es que se cumplan en la práctica.

El Protocolo de Montreal, por ejemplo, es un convenio, que en la actualidad es seguido por 157 países. Fue firmado en Montreal, Canadá en 1987, y tiene por objeto detener el deterioro de la capa de ozono estratosférico. El protocolo de Montreal estableció que para 1998 se reduciría a 50 por ciento la producción de (cloro-fluoro-carbonos) CFC, hasta su eliminación total en la primera década de este siglo, pero debido a que las tendencias no se veían disminuir, se enmendó el protocolo en 1992en Copenhague, con lo cual los países desarrollados se comprometieron a eliminar la producción yel uso de los CFC en 1996,añadiendo a la lista de sustancias controladas los HCFC halones y el bromuro de metilo. Los países en desarrollo tienen responsabilidades similares pero con un periodo de gracia de 10 años. También se establecen diferentes plazos para las demás sustancias, de tal manera que no se afecten las economías ni el desarrollo de los países implicados.

En varios países ha habido avances legislativos internos en materia ambiental, en consonancia con los tratados internacionales, como reconocer el derecho de los ciudadanos a vivir en un ambiente sano, adecuado para su desarrollo y bienestar, la obligación del Estado de promover un desarrollo integral y sustentable, etc. También se han hecho reformas y ampliaciones de alcance en leyes sobre equilibrio ecológico, desarrollo forestal, pesca, aguas nacionales, variedades vegetales, etc. En el trazado de Planes Nacionales de Desarrollo en general se reconoce el principio de la sustentabilidad, identificando los recursos clave y promoviendo la participación ciudadana en la toma de decisiones. Lo que falta es una mayor efectividad de esos principios.

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