NUEVO PARADIGMA DE LA DROGA EN CABO VERDE

Jorge da Costa Sousa Fernandes Semedo

Control Social y Derecho. Epistemología o Teleología Socio-Jurídica.


La categoría control social ha pasado a ser uno de los desafíos más polémicos  e interesantes de los análisis de la problemática social en sentido general, además de las reales posibilidades para abordar estos desde una perspectiva tanto histórica como determinante en muchas investigaciones que se realizan a nivel transdisciplinar.


Definición


El Control Social es el derecho y deber que tiene todo ciudadano considerado individual o colectivamente para prevenir, racionalizar, proponer, acompañar, sancionar, vigilar y controlar la gestión pública, sus resultados y la prestación de los servicios públicos suministrados por el Estado y los particulares, garantizando la gestión al servicio de la comunidad. El control social se puede entender también como una forma de autorregulación social.
Este derecho define el papel de la participación social en los asuntos públicos, consagrándolo como principio y deber en ejercicio por parte de los ciudadanos y como obligación por parte del Estado en garantizarlo.
Dentro del marco de Estado social de derecho, se propicia una búsqueda de participación ciudadana y comunitaria en los asuntos del Estado y una nueva manera de ejecutar los recursos públicos. De esta forma, el nuevo Estado demanda un nuevo ciudadano y una nueva comunidad donde hay espacios de concertación y debate colectivo y público que propenden por una adecuada y transparente gestión pública y donde la labor del funcionario público se entiende como servicio al ciudadano y a la comunidad.
Características
El Control Social surge como posibilidad para recuperar lo público por parte de los ciudadanos, por tanto:

El ejercicio del Control Social genera comportamientos colectivos que promueven:

El Control social se interesa por:
. El uso racional y honesto de recursos territoriales e institucionales, por tanto incide en la efectividad de la gestión pública, promoción de organismos de control y de procesos de participación comunitaria directa.
· La formación de "ciudadanos" como "seres políticos" que sean capaces con su participación de darle legitimidad a la gobernabilidad de la ciudad
· La adecuada formulación de proyectos acordes con las necesidades colectivas.
· La gestión transparente y comprensible para todos los ciudadanos.
· La prestación de servicios útiles y suficientes para todos.
· La promoción de la participación comunitaria y potenciación del servicio público con calidad.
· La gobernabilidad entendida como un ejercicio político a través del cual se deben conciliar elementos de distinto orden técnico, administrativo, ético y político que propenden por la creación de horizontes de desarrollo.
El Control Social se constituye en una forma de participación la cual para que sea efectiva requiere:
· Garantizar el acceso a la información de manera clara, completa, oportuna y equitativa sobre la gestión a controlar en contraste con las necesidades de la comunidad.
· Garantizar la formación ciudadana que permita su vinculación en la generación de iniciativas y propuestas para planes, programas y proyectos de carácter público.
· Generar en el ciudadano procesos de análisis, discusión y toma de decisiones sobre la realidad territorial y las acciones del Estado.
· Establecer mecanismos de control sobre los representantes elegidos popularmente, los servidores públicos y sobre la gestión pública, implicando a los sujetos que ejercen tales funciones como relaciones básicas dependientes de  las gestiones que se realizan en ese contexto.


Tipos de Control
El proceso de Control en términos generales pretende propiciar seguimiento y vigilancia a la gestión pública a través de la especialización del Estado (entidades) y de la ciudadanía o la sociedad organizada.
Desde esta perspectiva se diferencian dos clases de Control: el Institucional ejercido por las entidades sobre su gestión y el Control Social por la ciudadanía o la comunidad a través de mecanismos de participación formales e informales.
El siguiente cuadro hace referencia a los espacios de Control Institucional y Control Social:


TIPO DE CONTROL SOCIAL

QUIEN LO EJERCE

OBJETIVOS

POLITICO

Congreso

Prevenir el ejercicio arbitrario y negligente de la función pública de los miembros del gobierno

Asamblea,Consejos y Juntas Administradoras Locales

Control político sobre el manejo del ente territorial.

JUDICIAL

Magistrados, Jueces y fiscales

Prevenir y sancionar conductas típicas, antijurídicas y culpables

FISCAL

Contraloría General de la República Contralorías territoriales: departamentales, municipales y distritales.

Vigilancia fiscal, posterior y selectiva.Control financiero, de gestión y de resultados.

DISCIPLINARIO

Ministerio Público

Guarda y promoción de los Derechos Humanos, del interés público y vigilancia a la conducta de servidores públicos.

JERARQUICO

Autoridad superior sobre funcionarios inferiores

Control disciplinario en la persona del funcionario y control sobre los actos del funcionario (Revocatoria)

ESPECIALIZADO

Superintendencias

Control, inspección y vigilancia de las entidades que prestan algunos servicios.

DE TUTELA

Poder central sobre entidades y autoridades descentralizadas

Se ejerce control sobre las entidades descentralizadas territorialmente, o por servicios, a la persona del funcionario y sus actos.

INTERNO

Todos los servidores públicos de la dependencia Obligación de las entidades públicas.

Desarrollar estrategias gerenciales que conduzcan a que la administración sea eficiente, eficaz, imparcial, moral y transparente.

CONTROL SOCIAL

Ciudadanos, organizaciones sociales y comunitarias, usuarios y beneficiarios, Veedurías, Comités de Vigilancia, entre otros.

Vigilar y controlar la gestión pública, los resultados de la misma y la prestación de los servicios públicos suministrados por el Estado y por los particulares.


El Estado ha definido órganos autónomos e independientes de las ramas del poder público encargado del control institucional, y  cumplimiento de funciones del Estado como la Contraloría General de la República Nación, departamental y municipal; la Procuraduría y otros.
El Control Social cumple los mismos fines pero fuera de la estructura estatal, se ha desarrollado a través de diversos mecanismos de participación ciudadana y comunitaria tales como las Veedurías, Comités de Vigilancia entre otros.
A nivel territorial se cuenta entonces con propuestas de Control a la Gestión Pública tanto Estatal como Social, lo cual requiere procesos de coordinación en términos de funcionamiento como una red permanente donde converjan los distintos y variados actores de control social.
Estos espacios invitan a acercar al gobierno a los gobernados, creando espacios de encuentro e interacción permanente y posibilitando la vinculación de nuevos actores en la responsabilidad y transparencia en la gestión pública.


EJERCICIO DEL CONTROL SOCIAL
El Control Social lo ejerce directamente el ciudadano y la comunidad, implica el conocimiento y desarrollo de capacidades para el manejo de herramientas de participación, lejos de prácticas institucionales que impongan su aplicación como medio de sobre vivencia o posicionamiento de las instituciones por sí mismas y no por la finalidad de servicio que cumplen.
El efectivo ejercicio del Control Social debe lograr interlocución entre instancias de participación ciudadana, comunitaria e institucional y órganos de control estatal para lograr incidencia en la formulación de políticas, la ejecución de planes, programas y proyectos y la prestación de servicios con calidad.
El Derecho como institución socializadora, se va introduciendo en determinadas estructuras culturales, no solo a través de la normativa que representa y los impulsos al desarrollo de esta, sino también, mediando como iniciador de relaciones con otras ciencias que en el orden de su propia apertura promueven dicho carácter, en ocasiones, fuente determinante de acciones para atenuar algún fenómeno o interactuar conjuntamente a partir de esta, ya convertida naturaleza de su perfeccionamiento mismo.
Las anteriores topologías permiten comprender cuan ha sido su repercusión en el ámbito social y los alcances ya específicos que ha logrado estructurando sus funciones, sin que por ello se caiga en la excesiva autonomía de si pertenecen a la sociología o al derecho.

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