UN MODELO RACIONAL DE ORGANIZACIÓN TERRITORIAL. APLICACIÓN A CATALUÑA

UN MODELO RACIONAL DE ORGANIZACI?N TERRITORIAL. APLICACI?N A CATALU?A

Josep Maria Franquet Bernis

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10. EL CENTRO “NACIONAL” DE LAS MASAS DE RENTA

La determinación del punto de aplicación de la fuerza-peso de un territorio cualquiera -que, en nuestro caso, asimilaremos a la comunidad autónoma catalana- puede realizarse como resultante de los “pesos” de todas y cada una de las partes en que aquél se supone descompuesto, o sea, las regiones o veguerías. En este caso, el baricentro recibirá el nombre de “centro de masas nacional o autonómico”.

Se trataría de hallar el centro de masas de renta de todo el territorio catalán, compuesto, como ya hemos visto, por siete regiones nuevas, treinta y ocho comarcas clásicas (treinta y dos comarcas nuevas) y 944 municipios que contienen, a su vez, 54 entidades municipales descentralizadas. Obviamente, se tratará de un problema de masas de renta no homogéneas en el terreno discreto ; a mayor desagregación de los cálculos, mayor será también la precisión del resultado a obtener, por lo que podría partirse teóricamente de las 944 masas de renta municipales. No obstante, en aras de una mayor simplicidad operacional, consideraremos únicamente las siete rentas regionales en relación a un centro arbitrario de coordenadas cartesianas rectangulares, y que se suponen concentradas en la respectiva capital regional (ver mapa nº: 16 del Anexo nº: 1).

A dicho centro catalán de las masas de renta se refiere el estudio y determinación del “grado de conexión territorial” y otros parámetros complementarios llevado a efecto en otros apartados de nuestro estudio.

En base a la regionalización anteriormente efectuada con las comarcas clásicas, se tienen las siguientes rentas totales regionales referidas al ejercicio 1986 (FRANQUET, 1990):

, que pueden resumirse del siguiente modo, agregando, así mismo, el dato correspondiente a la altitud media regional absoluta expresada en metros sobre el nivel del mar:

- CONJUNTO DE CATALUÑA -

Por otra parte, los centros de masas de renta o de gravedad: G1 , G2 , G3 , G4 , G5 , G6 ,G7 de cada una de las regiones son conocidos, puesto que se suponen exactamente coincidentes con el centro urbano de la respectiva capital regional.

Como aplicación del teorema de Varignon, se tendrá el sistema siguiente de ecuaciones:

R i x i = R1 x1 + R2 x2 + R3 x3 + R4 x4 + R5 x5 + R6 x6 + R7 x7 = R•x0

R i y i = R1 y1 + R2 y2 + R3 y3 + R4 y4 + R5 y5 + R6 y6 + R7 y7 = R•y0

R i z i = R1 z1 + R2 z2 + R3 z3 + R4 z4 + R5 z5 + R6 z6 + R7 z7 = R•z0

con lo que, sustituyendo los valores de las rentas y altitudes ya conocidos, así como las distancias medidas sobre el mapa nº: 16 del Anexo nº: 1 (expresadas en km.), se tendrán las siguientes coordenadas del centro catalán de masas de renta, a saber:

Consultando, ahora, sobre los planos elaborados para el presente modelo de organización territorial, observamos que dicho punto o lugar geográfico se halla situado en el término municipal de Sant Cugat del Vallès, de la comarca del Vallès Occidental, aproximadamente sobre el eje recto que une los centros urbanos de Barcelona y Manresa, y a unos 11 km. de la primera capital catalana. Desde luego, para los conocedores de la realidad económico-social del Principado, este resultado concuerda plenamente con muchas de las consideraciones geo-económicas que se quieran establecer.

Los resultados obtenidos para la tercera coordenada o cota altimétrica pueden resultar algo distorsionados, al haberse considerado en el cálculo pertinente las altitudes medias regionales en vez de las del municipio capital de región. Esto último parece más lógico y acorde, dado que, en todo momento, hemos considerado toda la masa regional de renta concentrada espacialmente en el centro urbano de su respectiva capital regional. Pues bien, realizada la corrección oportuna, se tiene un valor de la altitud o cota taquimétrica del centro “nacional” de masas de renta de:

z 0 = 42’03 m.s.n.m. ,

que difiere substancialmente del hallado con anterioridad, aunque ello no suponga ninguna relevancia práctica.

Veamos, en fin, que, operando del mismo modo, podríamos repetir la determinación efectuada del centro catalán de masas de renta en base a la regionalización efectuada con las comarcas “nuevas” resultantes del modelo gravitatorio de comarcalización que propugnamos, alcanzándose resultados similares a los obtenidos con las comarcas “clásicas”.