UN MODELO RACIONAL DE ORGANIZACIÓN TERRITORIAL. APLICACIÓN A CATALUÑA

UN MODELO RACIONAL DE ORGANIZACI?N TERRITORIAL. APLICACI?N A CATALU?A

Josep Maria Franquet Bernis

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5. OTRAS CONSIDERACIONES RESPECTO DE LA COMARCALIZACIÓN

El debate territorial también debería estar enfocado hoy en día a ver cómo armonizamos el papel de los consejos comarcales a la nueva realidad. Estos últimos entes probablemente deberían perder su peso político y convertirse en organismos de gestión de servicios, con el fin de mancomunar, suplir y crear nuevos servicios supramunicipales que los ayuntamientos no pueden asumir en solitario. Los consejos comarcales deberían de ser un órgano de representación de todos los municipios, no un órgano de representación de los partidos políticos, como sucede en la actualidad.

Hay que destacar el «déficit» de representación institucional y de autonomía financiera de las comarcas, creadas en 1987 con las LOT. Sin embargo, la solución no pasa por hacer tabula rasa de la actual división comarcal. Es perentorio adecuar la representación política en los consejos comarcales a la realidad sociológica del territorio, como ya hemos señalado en algún otro punto, y reforzar la presencia de los alcaldes en la organización de la comarca. Asimismo, debe plantearse una modificación de la ley de haciendas locales al objeto de incrementar los recursos de las comarcas.

El modelo de comarcalización que proponemos, partiendo de la experiencia acumulada en los últimos tiempos, se enfrenta a un nuevo ciclo en el que ha de responder a los desafíos de las nuevas tecnologías desde el ámbito comarcal. Esta fase debe centrarse, fundamentalmente, en la consecución de seis objetivos:

1. La planificación estratégica comarcal.

2. La ampliación de la cobertura territorial y el inicio de los trabajos en las comarcas urbanas.

3. La difusión y aplicación de las oportunidades que las nuevas tecnologías ofrecen para la promoción y comercialización de los recursos.

4. La puesta en marcha de aulas comarcales virtuales para la implantación de un sistema de teleformación.

5. La difusión del uso de las nuevas tecnologías entre los pequeños productores, los artesanos y las microempresas.

6. La aplicación de las nuevas tecnologías a la representación cartográfica (SIG) y la creación de redes especializadas en información territorial (internet e intranet).

La existencia de comarcas en Cataluña, en cuanto realidades geográficas, económicas, culturales e históricas con características e intereses comunes, es un hecho que acreditan los vínculos y relaciones existentes entre los municipios de determinadas zonas y en torno a diversas ciudades, y que espontáneamente es sentido por sus poblaciones respectivas como bases comunes de convivencia. Ahora bien, la creación de un nivel territorial supramunicipal como entidad local diferenciada del municipio y de la región o veguería plantea cuestiones políticas, administrativas y financieras que es preciso abordar con prudencia por sus repercusiones en el conjunto del territorio. Pero, al tiempo, es necesario acometerla ya porque así lo exige una mejor organización territorial de los servicios públicos, el acercamiento de su gestión a los ciudadanos, el impulso a nuevas tareas públicas acordes con los tiempos y un mejor equilibrio de las condiciones de vida de los ciudadanos. En ese sentido, la comarca puede ser el más adecuado y activo protagonista y gestor de las directrices de política territorial.

La creación de la comarca como entidad local no pretendió cuestionar ningún otro nivel de la Administración local. Es cierto que, limitadas las competencias públicas, su puesta en marcha llevó consigo una cierta redistribución de las funciones y actividades ejercidas por otras Administraciones, como ya admitió la sentencia del Tribunal Constitucional de 28 de julio de 1981. Pero si ello supone una más eficaz prestación de los servicios públicos, habrá de afrontarse. Las Administraciones públicas están al servicio del ciudadano -no al contrario- y en ello encuentran su justificación. La organización comarcal que se propugna trata, en primer lugar, de hacer posible la pervivencia institucional, democrática y representativa de aquellos pequeños municipios cuya subsistencia carece de sentido como Administraciones públicas de competencias generales. Respetar el valor de esos núcleos de población como entidades representativas, evitando su desaparición por consunción, fusión o incorporación a otros, es lo que puede conseguir la comarca, al prestar subsidiariamente al conjunto de aquellas funciones y servicios, creando economías de escala o acumulación, que aisladamente a muchos municipios les es imposible hacer realidad. Por otra parte, la comarca vendrá a recoger, consolidar y potenciar las experiencias de aquellas mancomunidades intermunicipales de fines generales y ámbitos geográficos adecuados que han sido precursoras en la organización de servicios supramunicipales. Al mismo tiempo, la comarca ha de ser, por el conjunto de territorio y población que supone, una instancia que haga posible la descentralización de algunas competencias por parte de las regiones y de la Administración de la Comunidad Autónoma.

6. RESUMEN

En el presente capítulo, una vez fijados los objetivos y el contexto de la investigación a desarrollar en nuestro estudio, se anuncia la elaboración de un conjunto de instrumentos de cuya aplicación, mediante el empleo de una metodología rigurosamente objetiva, surgirán delimitaciones territoriales ("comarcas" o “regiones”) basadas en la hipótesis exclusiva de equilibrio económico-espacial. No se trata, pues, de "comarcas o regiones naturales", en tanto que no vendrán definidas exclusivamente por sus elementos fisiográficos o naturales.

También se analiza el concepto de “territorio” y “suelo” desde sus diferentes acepciones, así como se realiza una breve reseña histórica de las diferentes divisiones geopolíticas y administrativas acaecidas en España, centrándose en los conceptos de “comarca” y “provincia” así como su regulación legal, con especial referencia a Cataluña.