BIBLIOTECA VIRTUAL de Derecho, Economía y Ciencias Sociales
 

LAS REFORMAS DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR Y LAS IMPLICACIONES EN LA FORMACIÓN DE EDUCADORES.
FACULTADES DE EDUCACIÓN INFANTIL DE LA CIUDAD DE CARTAGENA. DECRETO 272/98.


ROBERTO CARLOS OÑORO MARTINEZ

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7.2 JUSTIFICACIÓN

La educación, tal como lo consagra la Constitución Política de Colombia, es un derecho fundamental y constituye una herramienta de primer orden en una época de transición, más aún en una sociedad como la nuestra, en la cual la democracia está apenas en proceso de construcción. A partir de los procesos educativos es posible la formación de un pensamiento propio, el desarrollo científico y cultural y la formulación de una política cultural que permita y propicie la pluralidad y la diversidad.

La Educación Superior hoy, está en el proceso de consolidar un proyecto que le confiera identidad y que la convierta en interlocutor válido de la cultura universal, en sus diversas expresiones: filosofía, arte, ciencia, tecnología, economía, política y demás componentes del contexto social del que es parte. Esta tarea no es fácil, entre otras razones, por el dinamismo y complejidad de sus interlocutores y por la superposición de modelos organizativos y académicos que en algunos casos han venido en hibridación, valga decir, en tendencias de esterilización académica. “La educación superior ha sito víctima de dos males paralelos ‘laxitud’ cuando se desvía hacia la educación ‘cuasi profesional’, excesiva rigidez cuando se aísla demasiado y sus planes de estudio se hacen estrechos y anticuados” Informe BID (1998).

La Universidad colombiana tiene un vacío en los currículos universitarios y las relaciones con la producción de conocimientos socialmente válidos que participen en la solución de los problemas, en especial con la formación de educadores, desde su función de investigación e innovación, desde las disciplinas y la intervención pedagógica y didáctica.

Las reformas mas universitarias en Colombia han generado implicaciones desde sus presupuestos y concepciones, en el período 92-94 dos normas ameritan ser estudiadas:

La Ley 30 de 1992 (artículo 1º). La educación superior es un “proceso permanente que posibilita el desarrollo de las potencialidades del ser humano de una manera integral, se realiza con posterioridad a la educación media o secundaria y tiene por objeto el pleno desarrollo de los alumnos y su formación académica o profesional”.

La Ley General de Educación (115/94) particulariza la formación de educadores (artículo 113), “con el fin de mantener un mejoramiento continuo de la calidad de los docentes, todo programa de formación de docentes debe estar acreditado en forma previa”; (artículo 116) “Para ejercer la docencia en el servicio educativo estatal se requiere título de licenciado en educación o de postgrado en educación o normalista superior”; el decreto 272 de 1998, ratifica estas normativas, creando un importante debate nacional en las facultades de educación; para esta investigación es un imperativo identificar las iniciativas que en el año 1998 puedan gestarse en las instituciones, en la perspectiva de una visión nueva de educación.

Como antecedente significativo a estas reformas se estudiará el Decreto Ley 80 de 1980 desde su carácter “coercitivo policivo” que privilegia la inspección, contrastada con la ley 30 de 1992 que promulga la autonomía universitaria para las instituciones de educación superior, mediante la cual se dan su gobierno y tienen la posibilidad de soñar sus propuestas académicas, en la corporatividad de saberes y métodos en un estilo nuevo de Universidad de Ciencia e Investigación.

“El saber educativo es de carácter eminentemente interdisciplinario por lo cual su generación requiere determinadas condiciones académicas e institucionales apropiadas a la constitución de ese saber. Colombia se encuentra sometida a la paradoja de requerir con urgencia el saber educativo que le permita elevar sustancialmente la calidad de la educación en todos los niveles y modalidades, mientras las tradicionales instituciones a cargo de la generación y reproducción del saber educativo no cuentan con las condiciones requeridas para que esta propuesta tenga vigencia en la formación de educadores.(*)

Conscientes de este hecho, algunas comunidades académicas y científicas como algunos sectores del propio Estado han promovido al interior de las facultades de educación del sistema de Educación Superior, políticas para fortalecer en ellos la cultura del conocimiento, la investigación y la innovación para dinamizar la apropiación y la generación de compromiso en torno a las reformas.

En este panorama de las reformas del 92, 94 y 98 deben crearse y funcionar los currículos para la formación de educadores, fortalecerlos con la investigación y la formación tales que permitan desarrollar las disciplinas que aporten nuevas formas de aprender de cada ciencia, desde la pedagogía como ciencia del maestro en el dominio del saber en la formación de pre y postgrado.

1992 - Ley 30 de Educación Superior

1994 - Ley 115 General de Educación

1998 - Decreto 272 – Ciencias y fundamentos de los principios de pregrado y especialización en educación.

El Decreto 272 de febrero 11 de 1998 introdujo, con el nombre de núcleos del saber pedagógico básicos y comunes, una organización académica o exigencias específicas en el contenido del currículo de formador de formadores de las instituciones de educación superior. Tales núcleos han estado presentes en la formación de los educadores, aunque no todos con la misma proyección investigativa y formativa en todas las unidades formadoras. Estos desequilibrios y la firme intención de hacer de la formación de los docentes un medio eficaz para el desarrollo del proyecto político inserto en la Constitución de 1991 son las razones que indujeron al Ministerio de Educación a plasmar en un acto legal, con los riesgos que la organización por decreto conlleva para el libre progreso intelectual de los docentes y los dicentes, la exigencia de los núcleos.

Esta investigación pretende entonces, identificar los aportes a la estructura de formación, a la organización académica de las facultades de educación, que desde la ley y los decretos reglamentarios se evidencia en cada una de las facultades de educación de la ciudad que cuenta con programas de Educación Infantil, específicamente de las siguientes Instituciones de Educación Superior:

Corporación Universitaria Rafael Núñez

Corporación de Educación Superior IAFIC

Universidad de San Buena Ventura

Fundación Universitaria Luis Amigó

Colegio Mayor de Bolívar.


* GOMEZ, V.M. Universidades de ciencias, investigación educativa y formación de docentes – junio 1994. Primer Seminario de Investigación Educativa en la Universidad Nacional.


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