TEXTOS SELECTOS

CURSO DE ECONOMÍA SOCIAL

 

R. P. Ch. Antoine

 


 

 

 

Grupo austriaco.

Los principales representantes de esta escuela que se llaman cristianos unidos o conservadores feudales, son los barones de Vogelsang, de Depauli y de Zaliuger, los condes de Belcredi, de Falkenstein, de Blome y de Then, el príncipe de Liechtenstein y el demócrata Lüger.

Estrujados por el semitismo, los católicos de Austria-Hungría han creído que el único medio de salud para ellos era confiar todo el orden económico social en manos de la dinastía católica de los Habsbourg (1). El inspirador de las doctrinas de la escuela católica austriaca ha sido el barón C. de Vogelsang. La reforma social de este grande e intrépido defensor de los intereses católicos en Austria, comprende los siguientes puntos:

1.º La determinación por vía legislativa del salario mínimo y la limitación de la jornada de trabajo para los adultos;

2.° La reglamentación por el Estado de la producción industrial en interés de la colectividad;

3.° El Estado no sólo debe regular directamente la producción, sino también la distribución de la riqueza, de manera que se disminuyan las desigualdades sociales;

4.° El régimen del salario conduce a los mismos resultados que la esclavitud antigua; el Estado, pues, debe reemplazarlo progresivamente por la cooperación;

5.° El Estado debe reprimir la usura y reducir, además, el interés de los capitales que los capitalistas no apliquen directamente y por sí mismos al trabajo.

6.° El Estado debe ampliar la esfera de sus atribuciones y obligar a los patronos a construir casas para sus obreros, instituir cajas de retiro o de socorros alimentadas por cuotas que pagarán por mitad el patrono y los obreros reunidos.

En el Congreso de católicos austriacos celebrado en 1889, el príncipe de Liechtenstein declaró que el principio en que se basa la reforma social, reclamada por los católicos austriacos, es el de que el legislador tiene derecho de regular las condiciones de trabajo para coordinarlas al bien social.

Las principales medidas pedidas al Estado son las siguientes:

1.° Establecimiento de una justa relación entre la producción y el consumo.

2.° Garantizar un empleo estable para los trabajadores con la posibilidad de un salario progresivo y de un ascenso profesional.

3.° Garantizar derechos pasivos a los trabajadores de edad o inválidos, así como las viudas y huérfanos.

4.° El Estado no tiene el deber directo de procurar alojamiento a las clases obreras; pero las circunstancias actuales hacen que constituya para él una obligación el que considere seriamente esta cuestión y recurra, en interés público, a las medidas legales necesarias.

5.° Gremios afianzados por el Estado o los grandes establecimientos financieros a fin de que los obreros puedan aprovecharse de la fabricación mecánica y de la producción en vasta escala (2).

Es de notar que los que reclaman estas reformas ya gozan de una legislación obrera bastante completa, que contiene entre otros artículos, la agremiación obligatoria para la pequeña industria y la limitación de la jornada de trabajo.


(1) Por lo menos esto es lo que en repetidas ocasiones afirma el barón Vogelsang —Gessammelte Aufsätze über sccialpolitische und verwandte Themata.—Le Clerge et la question sociale, por Sheicher.

(2) Kolb, Conferenzen über die sociale Frage, apéndice.—Ass. cath., 1889, t. I, p. 867.


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