LA ÉTICA PROFESIONAL DE LOS INVESTIGADORES EN TECNOLOGÍA DE LA INFORMACIÓN

Virginia Morales Sánchez

4.3.1.2. Recursos para proyectos de investigación


La aplicación de la normatividad para financiamiento de proyectos de investigación en el IPN está a cargo de la Coordinación General de Posgrado e Investigación (CGPI). En el instituto existen tres formas para canalizar los recursos de investigación, a saber, programas de inves­tigación, proyectos individuales y propuestas de estudio. Cualquiera de las formas anteriores pueden concursar por recursos, siempre y cuando, entren dentro de alguna de las áreas de in­vestigación definidas por CGPI: Ingeniería y tecnología, Ciencias Naturales, Ciencias Médicas, Ciencias Sociales, Ciencias Agrícolas, Humanidades y otras.
Los programas de investigación deben estar integrados por al menos cuatro proyectos que deberán tener coherencia e interrelación en cuanto a su temática, y ser congruentes con las ramas de conocimiento de las escuelas, centros o unidades (ECU), del instituto que formulen la propuesta. La participación de ECU no está limitada y puede ser desde una en adelante. El coordinador de un programa debe ser preferentemente miembro del SNI y sólo podrá dirigir un proyecto dentro del programa.
El financiamiento asignado es fijado con base en un tabulador y se asigna a cada uno de los proyec­tos que integran el programa. La solicitud formal de registro de programa debe hacerse mediante un protocolo del programa y un protocolo individual para cada proyecto, los cuales deben incluir:

  1. Estado del arte
  2. Objetivos y metas por cubrir.
  3. Metodología
  4. Recursos humanos del proyecto incluyendo alumnos becarios.
  5. Programa de actividades por participante por año.
  6. Productos de investigación esperados por año.
  7. Plan presupuestal de operación por año (no puede incluir compra de equipos).
  8. Requerimientos de equipo no disponible en el plantel.

El tiempo de duración de un programa puede ser de uno, dos o tres años, pero para lograr la recurrencia y el financiamiento deberán elaborar un informe de avances anual.
Las propuestas de proyectos individuales deberán ser congruentes con las ramas del conoci­miento de las ECU del Instituto, su solicitud formal debe contener los mismos elementos que los proyectos de programas, solo que deberán estar avalados por la academia. Su duración máxima debe ser de tres años, teniendo que ser evaluados anualmente para su recurrencia. El número máximo de participantes es de cuatro, los cuales deben justificarse por sus actividades.
Las propuestas de estudio deben comprender alguna propuesta de interés institucional (autoequi­pamiento, infraestructura, historia institucional, etc.), interés social (estudios regionales, apoyo a instituciones públicas, etc.), interés del sector productivo (prototipos, estudios de factibilidad de mercado, etc.). Las propuestas deben ser presentadas por un solo profesor adscrito a alguna ECU del IPN y únicamente puede haber dos participantes. No deberán requerir equipamiento adicional al disponible en el plantel. Las proposiciones deben ser avaladas por la academia.
Los requisitos a cubrir para ser coordinador de programa o director de proyecto de investi­gación son:
Ser profesor de tiempo completo adscrito al IPN.
Poseer el grado de Doctor o Maestro en Ciencias o un currículum sobresaliente.
Haber publicado en los últimos 3 años, al menos un trabajo científico en revistas nacio‑
nales o internacionales arbitradas o tener un producto académico equivalente (libros,
patentes, software registrado, etc.).
Haber titulado en los últimos 3 años al menos 1 alumno de Posgrado o a 2 de licenciatura
en alguna modalidad que implique realización de trabajo de investigación (tesis expe‑
rimental, trabajo terminal, etc.) [CGPI, 2005].
Para el caso de directores de propuestas de estudio:
Ser profesor de tiempo completo adscrito al IPN.
Tener experiencia en el tema que propone estudiar.
Haber titulado en los últimos 3 años al menos 1 alumno de licenciatura [CGPI, 2005].

En el proceso de evaluación para aceptación o rechazo de las propuestas en cualquiera de sus formas se considera:

  1. Los protocolos presentados que soliciten un monto superior al establecido en la convo­catoria para su realización, no serán considerados para su evaluación y posible apoyo.
  2. Tendrán prioridad para su aceptación y financiamiento las solicitudes presentadas por miembros del Sistema Nacional de Investigadores (SNI), en particular si forman parte de la planta docente de programas de posgrado inscritos en el Padrón Nacional de Posgrado, el Programa Integral de Fortalecimiento del Posgrado del IPN y/o las soli­citudes que incidan en las áreas sectoriales publicadas por el CONACYT, así como las que cuenten con financiamiento de organismos de apoyo a la investigación.
  3. El nivel de financiamiento de cada proyecto estará en función de la productividad del director del mismo y de la disponibilidad de recursos.
  4. En caso de no recibirse los formatos debidamente requisitados y firmados de produc­tividad, el proyecto o propuesta de estudio será descartado.
  5. Sólo se aceptarán solicitudes de investigadores que de acuerdo a los registros de la Coor­dinación General de Posgrado e Investigación (CGPI), no cuenten con investigaciones inconclusas y/o canceladas [CGPI, 2005].

Como se observa en las disposiciones anteriormente citadas, la canalización de recursos a programas y proyectos de investigación, está enlazada con la evaluación de los investigadores, al darse prioridad para el financiamiento a quienes son becarios del SNI, y aunque no se men­ciona, también a quienes tienen beca por exclusividad dentro del instituto. Decimos lo anterior porque en la solicitud para registro de programas y proyectos uno de los datos solicitados se refiere a los tipos de becas que poseen los solicitantes y los niveles en cada beca.

Veamos ahora cómo se realiza la evaluación de la investigación en otra institución de educación superior, la UNAM.

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