LA ÉTICA PROFESIONAL DE LOS INVESTIGADORES EN TECNOLOGÍA DE LA INFORMACIÓN

Virginia Morales Sánchez

4.3.3.2. Recursos a proyectos de investigación en la UAM


El Reglamento de Investigación vigente desde 1991 en la UAM, comprende las normas para: la presentación, aprobación, administración y evaluación de los programas y proyectos de inves­tigación5. Lo anterior se debe a que los recursos extraordinarios son canalizados a través de los programas, y en cada programa deben participar al menos dos Unidades (Iztapalapa, Xochimilco o Azcapotzalco) 6. El presupuesto asignado a un programa es proyectado para tres años y se des­glosa en forma anual para su ejercicio y evaluación. El número de proyectos que pueden integrarse a un programa no está restringido excepto por los recursos económicos que éste reciba, y aunque la evaluación para la continuación o cese de un programa es cada tres años, la evaluación del uso de los recursos y los avances de los mismos es anual. La evaluación considera:

  1. La productividad del programa, con referencia a los productos de trabajo establecidos en el factor investigación del tabulador para Ingreso y Promoción del Personal Aca­démico.
  2. Los informes proporcionados por el Comité del programa.
  3. La aplicación de los recursos humanos, materiales y financieros.

Para la aprobación de un nuevo programa se requiere su formulación por parte de profesores-investigadores, mismos que serán los responsables del mismo. La propuesta debe comprender los siguientes apartados:
I La evolución del conocimiento científico, humanístico o artístico y los principales avan­ces de la investigación en el campo respectivo en los niveles nacional e internacional.

II Los objetivos generales y particulares y las metas a corto, mediano y largo plazo.
III La justificación teórica.
IV La relación con la comprensión de problemas nacionales y su posible solución.
V La justificación del programa en función del objeto de la Universidad y de sus Políticas Generales.
VI Los beneficios académicos estimados para la Áreas de Investigación involucradas y para los programas docentes de licenciatura y posgrado relacionados.
VII Las principales metodologías, técnicas e instrumentos de investigación requeridos para el desarrollo del programa.
VIII Relación de proyectos de investigación con resultados satisfactorios en temas afines aprobados en los Consejos Divisionales y de los grupos activos de investigación que se ocupan del desarrollo de los mismos, incluyendo los currículos de los integrantes.
IX Los recursos humanos, materiales y financieros considerados indispensables para garantizar el inicio de la operación del programa.
X El presupuesto con prioridades de realización proyectado a los tres primeros años, desglosado en forma anual, para el cumplimiento de los objetivos y metas.
XI El presupuesto de financiamiento externo con prioridades de realización proyectado a tres años y desglosado en forma anual, para ampliar el alcance y el fortalecimiento del programa.”[UAM, 2005b].
El Colegio Académico, máximo órgano colegiado de gobierno, es el encargado de aprobar y evaluar los programas, tomando en consideración el objeto de la Universidad, sus Políticas Generales y la conveniencia institucional de llevarlos a cabo.
Para la incorporación o desincorporación de proyectos de investigación por los Consejos Divisionales a los programas, el Comité del programa considera:
I La adecuación entre los objetivos del proyecto y los del programa.
II La posibilidad de lograr avances en relación con los objetivos del programa;

III La posibilidad de lograr convergencia disciplinaria del proyecto con relación al pro­grama.
IV La disponibilidad presupuestaria.
V Los antecedentes académicos del personal involucrado en los proyectos de investiga­ción.
VI El dictamen del grupo de asesores técnicos” [UAM, 2005b].
De esta forma se reglamenta y se norma la actividad de investigación en la UAM.
Sin embargo, además de la obtención de recursos, por medio de los fondos de la propia UAM, también se promueve el uso de los fondos de apoyo extraordinarios para las universidades públicas y los fondos estratégicos como son: PIFI, PIFOP, PNP, PRONABES, PROMEP y el PRONAD.
Cómo se puede ver, en las tres instituciones la aceptación o rechazo de los programas y pro­yectos de investigación coinciden en criterios tales como el considerar importante la pro­ductividad de los investigadores al emplearla para decidir su aceptación o rechazo; también coinciden en acotar el formato de exposición del proyecto, definiendo punto por punto lo que debe contener la solicitud y la descripción del programa y/o proyecto y el orden de la expo­sición; y en definir el plazo de un año como unidad de medida para evaluar los resultados de programa o proyecto y supeditar su ampliación a dicha evaluación.
Como en el caso de los estímulos a investigadores se aprecia la existencia de un patrón uniforme en los criterios, acaso matizados por el lenguaje y las formas administrativas prevalecientes en cada institución, pero haciendo uso de medios y fines similares.

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