Tesis doctorales de Economía

INSUFICIENCIAS LEGALES DE LA REDUCCIÓN DE CAPITAL EN LAS PEQUEÑAS EMPRESAS AGROINDUSTRIALES Caso Colima 2004-2005

Martín Álvarez Ochoa

 

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INTRODUCCIÓN

El análisis económico del derecho ha sido pieza importante en el desarrollo de los países ante la globalización, por lo que el Neoinstitucionalismo (NEI) alcanza una puntuación excelente en la escala, y ante la imagen de la aldea global, las legislaciones y los conceptos de soberanía queda en segundo plano, pues las fronteras en materia comercial son virtuales; sobre todo un estado como el mexicano que ha firmado doce tratados de libre comercio en treinta y nueve países y dos acuerdos comerciales con China y Japón.

El crecimiento económico se ha fundamentado en el libre mercado, y con ello buscan la competitividad que debe estar fundamentada en variables macroeconómicas para posteriormente descansar en la micro.

En un doctorado que se dedica a materias profesionalizantes en relación con el método científico crea situaciones que el investigador debe ser preciso y dar certeza, es por ello, que el diagnóstico se realizó de manera cuidadosa, primero en observar la manera en que se organizaban los agentes del comercio para posteriormente poder determinar el objeto de estudio así, se observan dos problemas que se pueden considerar de fondo una manera delimitada.

Las empresas pequeñas que deciden tomar la forma de organización como sociedad mercantil se constituyen por socios con relaciones puramente familiares en primer y segundo grado de acuerdo con el Código Civil Federal, lo que por consecuencia complica sus funciones con respecto a la toma de decisiones así como en la estructuración operativa, principalmente para separar la situación jurídica de la personal y carecer de bases metodológicas para realizar combinación de empresas, o bien, tener los elementos suficientes para tomar decisiones que les permitan que la empresa subsista en relación a una metodología planeada en el manejo del capital así como las utilidades, observando todas las consecuencias legales que son el objeto de estudio en una de las variables que es la reducción de capital.

El proyecto finaliza con una propuesta de las principales insuficiencias legales que contienen las leyes que regulan los actos jurídicos de comercio, inclusive, al inicio, en el protocolo, se planteó como iniciativa formular una redacción de manera que permita al fisco tener mayor certidumbre, control y seguridad jurídica en relación a la reducción de capital, pero se abortó, por que precisamente una de las delimitaciones del tema es que se enfoca en lo relativo a las leyes comerciales, civiles y de la bolsa de valores, situación que puede repercutir en otras insuficiencias por la reticencia del objeto de estudio.

Con lo descrito en los tres puntos anteriores suceden dos escenarios: “o nunca retiran dividendos o los retiran con alto costo fiscal”, todo por la falta de metodología y de la garantía social de seguridad jurídica (Suprema Corte de Justicia de la Nación, 2005,106-108) y si se considera que como se menciona en el inciso a) el accionista es familiar en casi todas las empresas y además en aportación es mayoritario al poseer más del 50% con derecho a voto, se complica entonces la toma de decisiones, por que no tiene contrapesos.

Precisamente de ahí la inquietud de realizar un estudio profundo que sirva a profesionales de la contaduría de éstas empresas para que mediante un plan científico repartan dividendos (que es una consecuencia), y a su vez no afecten el capital contable de la entidad, así como dejar sin liquidez la empresa por carecer de capital de trabajo y que a su vez se pueda hacer una aportación a la Secretaría de Hacienda y Crédito

Público y al Congreso de la Unión, si la normatividad contiene una redacción que no permita la elusión o evasión por expertos en derecho corporativo y fiscal, así como la aportación de las diferentes formas en que se presenta la reducción de capital, donde se incluye a las utilidades, razón de ser de los agentes del comercio.

El objeto de estudio se definió prácticamente desde una estructura dogmática, sólo al principio, se mencionó que se pensaba como estudio central en la combinación de empresas, sin embargo, era demasiado amplio y abstracto; por que por sí sola la combinación incluye entre diez y doce figuras jurídicas (fusión, escisión, transformación, amortización, etc., por mencionar algunas) así que se necesitaba delimitar aún 3 más, presentadas se llegó a la conclusión que el corazón de las empresas es el rubro del capital contable, por lo que sería excelente realizar un estudio científico de uno de los fenómenos que presenta: la obtención de utilidades, el aumento de capital o la reducción del mismo.

La reducción del capital fue el objeto de estudio seleccionado, ésta se encuentra regulada de manera muy lacónica en dos o tres normas de referencia real, en el Código de Comercio, en un artículo en Impuesto Sobre la Renta y redacción nula en el Código Civil, amén que no existe penalización al respecto en las leyes.

La necesidad de realizar un estudio de la reducción del capital para determinar sus insuficiencias legales va ahora mismo en función de la globalización de la economía, por que las empresas deben ser competitivas independientemente de las diversas cuestiones internas de la misma en función a la calidad operatividad del recurso humano, es la del fortalecimiento de su factor de producción así como de su patrimonio contable o social, para ser sujeto de mejora y desarrollo.

La evidencia empírica que implícita del planteamiento del problema, relacionado con la desestabilización presentada en un país, cuando el capital extranjero que obedece la globalización financiera e integración monetaria, se apoya actualmente por el desarrollo de las tecnologías de informática y las comunicaciones. Con la movilidad de flujo de capitales interno a través del neoliberalismo donde el Banco Mundial y el Fondo Monetario Internacional, e Instituciones como la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico, eliminan controles, quedando la soberanía reducida a límites para flujo de migración únicamente. (Mantey de Anguiano, Levy Orlik, 2002) El objetivo de la presente investigación pretende determinar, en primera que un país necesita instituciones eficientes para el desarrollo de sus actividades, así como su normatividad interna (neoliberal) se apegue a una realidad de globalización, y sus leyes le permitan a las empresas locales y trasnacionales ser competitivas, pero no lo es posible con un Código de Comercio Publicado en la década de los treinta del siglo pasado; donde la realidad social y ritmos de crecimiento fueron distintos con circunstancias diversas.

Seleccionado el objeto de estudio, se presentan limitantes; la primera de ellas fue en relación a la legislación, pues es indudable que los legisladores de los años treinta, ni siquiera imaginaron la eliminación de fronteras por aspectos comerciales e incluso de tránsito como en Europa, la economía del país era eminentemente agrícola, y se iniciaba el desarrollo petrolero, la nacionalización del mismo y de la Comisión Federal de Electricidad, por lo tanto, la delimitación se fue haciendo con reglas empíricas por lo que al regirse todas las entidades federativas por las mismas leyes, variará el resultado de interpretación si se realiza el estudio en una sola entidad, por lo tanto surgen las siguientes preguntas: A) ¿Que pasará si se delimita la aplicación de los instrumentos de información a una sola entidad federativa? B) ¿La geografía regional, que divide de manera natural al país, como incide en la industrialización y / o desarrollo regional? C) ¿Será representativa la entidad para sostener la hipótesis planteada, con alcance real para determinar las insuficiencias del marco legal? D) ¿El comportamiento y la cartografía de las pequeñas empresas constituidas como personas morales en cuanto a la formación de participaciones de los socios será diferente? Con ello, y según los datos del Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática (INEGI 2004-2006), el estudio se llegó, a lecturas preliminares que no existía diferencia alguna en la aplicación de la legislación puesto que ningún estado presenta legislación alterna a las corporativas, y en materia fiscal, se encuentran vinculados mediante un acuerdo de coordinación.

En relación a las empresas de la división que se presenta en este mismo apartado, entonces se pudo percibir que las micros y pequeñas carecen de capacidad económica para contratar abogados corporativos que permitan obtener beneficios a través de la elusión fiscal, es así como se delimitó sólo a una sola entidad que es el estado de Colima y las pequeñas empresas.

Sin embargo, un comentario adicional que es un tema deficientemente estudiado, en México y Latinoamérica, y que es una limitante importante, es que los expertos juristas (por causas que no se logró detectar en la elaboración del marco teórico) no realizan disertaciones a fondo, situación que provoca que las referencias empíricas sean escasas, pero que por otro lado permite realizar una investigación que sea capaz de generar alternativas futuras de estudio y aplicación, los anteriores sólo se citan en España e Italia, en México la investigación personal para obtener el grado de maestro en fiscal, con el enfoque al análisis que guardaba en relación al Impuesto Sobre la Renta, y en textos especializados en derecho corporativo sólo se anexan máximo tres o cuatro cuartillas.

Por lo tanto surgen preguntas con respuestas escasas o bien,nulas como: ¿por qqué las pequeñas empresas con capital trasnacional instaladas en latinoamérica realizan combinación de empresas en cualquiera de sus modalidades en estos territorios pero no en sus países de origen?, sita que da el Dr. Aníbal Affonso Neto, de la Universidad de Brasilia. En los primeros cuatro meses en Brasil se realizaron 109 combinaciones de empresas. (Memorias Congreso Sociedad Latinoamericana de Estrategia, 2007) ¿Cuál es la razón de la realización de operaciones similares en México entre 1994- 2002?, con la apertura de México al celebrar el Tratado de Libre Comercio con América del Norte y 2005 con la Unión Europea, se realizan fusiones como la de Banamex y City Group, adquisición de las acciones por una cantidad de $ 20 mil de millones de dólares sin causar impuestos, es decir, hubo elusión fiscal, por que a pesar de existir el ingreso hay una ley, la del Mercado de Valores en combinación con Impuesto Sobre la Renta que no es sujeta de causación.

Lo que se pretende como tarea de la investigación es demostrar que la falta de legislación acorde al enfoque globalizado que se tiene en la economía mundial, o bien que las regule pero con insuficiencias legales no causan tributos e implican que México así como los países latinoamericanos se conviertan en paraísos fiscales para este tipo de operaciones.

Por un lado, si la legislación está fuera de contemporaneidad, y su regulación debe ser local, con apego a los acuerdos de libre comercio, implica entonces que las leyes del Impuesto Sobre la Renta, General de Sociedades Mercantiles y la del Mercado de Valores que en ciertas operaciones tienen normatividad diferente en el marco teórico-jurídico, como ejemplo es la compra y recompra de acciones por la misma empresa emisora de los títulos.

Es indudable que la legislación tiene que ser adecuada a la realidad actual, incluso en la adquisición de negocios en cualquiera de sus modalidades, teniendo contratos inusuales como lo son las opciones, los warrants, futuros, donde se regula el derecho a voto, los derechos de minorías, las adquisiciones inversas… etc, (Guerrero Sevilla, Minaburgo Villar, 2006, págs. 90-96). Con todo ello entonces, se reduce al punto central que es el capital y su reestructuración, lo que conlleva invariablemente a un elemento a tomar la decisión necesaria para la corporación la posible reducción del mismo, reiterando entonces la prioridad de conocer las disposiciones legales.

Definido el problema, se inició el desarrollo del proyecto, estableciendo el objeto de estudio, tomando en cuenta las delimitaciones ya descritas con relación al alcance, que por características especiales no debería ser más amplio en el contenido sobre la combinación de empresas, de ahí que la decisión del objeto de estudio es en función de la reducción del capital.

El proyecto contiene en el marco teórico, los aspectos de eficiencia institucional, conceptos jurídicos, las dos vertientes que las instituciones requieren de un estudio racional, objetivo y sistemático, para poder comprender los fenómenos de elusión fiscal y soslayar la figura de evasión, toda vez que el segundo es delito que sí tiene que ver con una conducta de violación a la ley, mientras que el primero representa un reto amplio para la autoridad.

La situación anterior, es una preocupación para las mismas autoridades, así lo reflejan los estudios realizados por las mismas que reconocen estimaciones de grado de evasión (que si se lee la metodología aplicada representa también el fenómeno de elusión), publicados en el menú del servicio de administración tributaria en la página de Internet 7 www.sat.gob.mx/nuevo.htm, vigente al 13 de julio de 2007, donde se encuentra un estudio conjunto con el Instituto Tecnológico Autónomo de México a través del centro de economía aplicada y políticas públicas (noviembre 2006) que arroja el cuadro 1:

En dicho cuadro en la columna dos referente a Impuesto Sobre la Renta Personas Morales, se observa una estimación potencial del 26.09%, cantidad que representó el 0.61% del Producto Interno Bruto(PIB), ahora bien, la tasa ponderada global de 2001-2004 es del 27.02% que representa un 0.74% del PIB, y en estos años en el Diario Oficial de la Federación se autorizaron alrededor de 650 combinaciones de empresas, mismas que como se observa en lo expuesto en el marco teórico, conlleva a que siempre se realizará una figura de reducción de capital como la que se demuestra en este mismo texto.

El objetivo general al término de la presente investigación es demostrar que las insuficiencias legales influyen en la falta de seguridad jurídica del contribuyente al realizar actos que pueden ser tipificados como elusión fiscal, por que a pesar que tiene conocimiento de las posibles consecuencias jurídicas que con el manejo de la figura de reducción del capital al generarla, esta dispuesto a utilizarla por que se convence que si no está regulada en la legislación de manera prohibitiva como garantía constitucional le está permitido.

Como objetivos particulares o tareas principales de la investigación, están en primer lugar, producir conocimiento en las diversas modalidades de la figura así como la legislación que no las contempla y por lo tanto no las regula sobre la reducción de capital, algunas son obtenidas por la experiencia profesional y, la normatividad contable vigente a través de las Normas de Información financiera, Normas internacionales de Información Financiera así como las Normas Internacionales de Contabilidad, sin olvidar lo señalado en las Normas Internacionales Financieras; otra tarea importante es demostrar el error técnico de la Ley del Impuesto Sobre la Renta en su artículo 89 que estable que son equivalentes los reembolsos, la amortización de acciones y la reducción de capital propiamente dicho.

Las insuficiencias legales, son pues, una tarea que al ser desarrolladas en el marco teórico van a permitir que sean verificables y se demuestren las hipótesis, con las variables que sirvieron de eje para desarrollar el marco teórico, primero la demostración de por qué deben ser eficientes las instituciones, así como el aspecto legal, sin soslayar que los actos de comercio son regidos por leyes, que si bien dentro del trabajo se menciona (incluso en este apartado) que la soberanía de los países se reduce a ser virtual por el fenómeno de globalización en dichos actos, la realidad es que las leyes comerciales, civiles y fiscales son locales.

Ahora mismo, se está tratando de imponer una reforma fiscal que elimine la elusión fiscal, que es la hipótesis principal que enmarcada en la elusión fiscal como variable esencial se propone una nueva forma de tributo a través de una tasa única pero con la vertiente de enfoque al consumo, cuestión que no es nueva, pues los países desarrollados ya lo tienen en sus ordenamientos, que son principalmente: gravar el consumo con un impuesto bajo a las rentas obtenidas. La obligación de contribuir al gasto público de manera proporcional y equitativa, ésta de carácter constitucional misma que se refleja en una variable dependiente y se circunscribe al cumplimiento de las obligaciones tributarias que marcan las leyes específicas, sobre todo por la ganancia y los actos jurídicos que se realizan.

Un segundo enfoque de las variables (desde el punto de vista del objeto de estudio pero no menos importante) es el tratamiento de la hipótesis secundaria que es la condicionante de que se legisle de manera integral pues como se mencionó anteriormente, 9 un mismo concepto presenta diferentes redacciones, y una figura como la reducción de capital elemental en las sociedades capitalistas, permite evitar dudas a cerca del hecho imponible (operación por la que se pagan impuestos) cuya incidencia principal está en el aumento de recaudación de tributos por parte del Estado.

Una cuestión adicional relativa a la mencionada en el párrafo anterior, tiene que ver con las instituciones cuya variable relativa a los procesos de fiscalización, obliga a permitir al contribuyente que las autoridades verifiquen las operaciones realizadas en materia fiscal, una ley con insuficiencias ante la garantía de seguridad jurídica del artículo 16 de la Carta Magna, establece a su vez, que el proceso debe ser realizado por autoridad competente, y ello es que la autoridad tenga nombramiento como tal, y que haya un conjunto de normas jurídicas aprobadas por el legislativo y en su caso por el ejecutivo, cuando así sea permitido, por lo tanto, un principio general del derecho es que la autoridad puede realizar sólo lo que las leyes le permiten, de ahí la importancia de tal cumplimiento.

Por otro lado, en materia jurídica según señala Villoro Toranzo (2003), es que la ciencia no es encontrar la verdad de los hechos sujetos a investigación, sino obtener el grado de certidumbre aceptable con los estados psicológicos siguientes hacia la certeza: • Estado de ignorancia: que es cuando se carece totalmente de conocimientos.

• Estado de duda: que es un estado intermedio del razonamiento donde el individuo no se atreve a tomar la decisión.

• Estado de sospecha: en dos situaciones contradictorias, opuestas completamente el investigador se inclina por una.

• Estado de opinión: un grado más avanzado que el anterior sin que desaparezca el temor a que la otra sea verdadera.

• Estado de Certeza: asienta el punto anterior, sin el temor que lo otro sea verdadero.

Para Lara Sáenz (2000, págs. 129-132) es importante establecer que en materia jurídica a diferencia de las ciencias exactas, la hipótesis es una conjetura probable, es una suposición entre estas y el problema a resolver, cuya capacidad para relacionar el 10 fenómeno y su resolución es la parte principal, es por ello, que los elementos y las nociones de las hipótesis en materia jurídica son:

• La base; que es el marco teórico.

• Y el cuerpo; constituido por los supuestos que otorgan la explicación y corroboran el planteamiento.

Por ello, las hipótesis planteadas son de carácter análogo, por los conflictos que existen entre las leyes fiscales, mercantiles y civiles que llevan a una problemática común a la alusión fiscal.

La metodología y el diseño de la investigación parte de ser una característica documental, y dentro de las técnicas al inicio se implementaron en primer lugar con un estudio sistemático apoyando en algunos casos en la exegética jurídica. La delimitación de tomar pequeñas empresas se realizó partiendo de la premisa que existen investigaciones diferentes, sobre todo en función de cuales son las empresas que son susceptibles de haber un departamento contable, y que pudieran aplicar la figura con la categoría de medianas para obtener datos y poder establecer una estadística lo más acercada a la realidad, la muestra se tomará únicamente en el estado de Colima.

El marco teórico inicia con un capítulo que de manera técnica, hace un estudio de las instituciones, situación que permite afirmar que son la base de cualquier sociedad, y deben en un primer plano, siempre estar en la formalidad, sin dejar de reconocer que las que no lo tienen sirven como marco regulador, para que los agentes económicos en cualquiera de sus ámbitos realicen las reformas necesarias.

En el capítulo primero, se describe la metodología que se utilizará, detallando la justificación de la presente tesis, el marco metodológico, los planteamientos del problema, así como las hipótesis con las cuales se trabajó, definiendo el objetivo general y los particulares al respecto, diseño de la investigación, constructo, etc.

Es importante señalar que el tamaño de las empresas para delimitarse es pequeña, ya que en México existen diversos criterios, entre los que están de acuerdo estudios de diversos investigadores, sin embargo, el contexto para la presente investigación y el 11 criterio que se tomó, fue el publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de diciembre de 2002, que a la letra dice:

Las pequeñas y medianas empresas son estratégicos en el desarrollo de las economías, pues contribuyen al 40% de la inversión y del PIB nacional, mientras que a nivel internacional esta entre 50 y 60%, así como el 64% de empleos a nivel nacional, el 60 y 70% de los empleos. (Morales Castro, 2004).

Otra clasificación que es de carácter económico, que adicionalmente a lo anterior supone que: • Microempresas; hasta 400 mil dólares, • Pequeñas empresas; de 400,001 dólares hasta cinco millones de dólares, • Medianas empresas superior a cinco millones de dólares pero menor a 20 millones de dólares.

De los puntos anteriores se decidió por ambos, es decir, se delimitó a empresas de un sólo sector: el industrial, con trabajadores de once a cincuenta trabajadores con ingresos máximos a cinco millones de dólares, además, se tomó un criterio adicional sobre su aportación al PIB, a la economía del estado de Colima, según datos del Instituto Nacional de Geografía e Historia 2004-2005.

Las consideraciones son las siguientes: 12 Se escogieron empresas con rango de ingresos superiores de uno hasta cinco millones de dólares.

Empresas que tienen cumplimiento de sus obligaciones fiscales.

Las empresas que desarrollan actividades industriales, relacionados con la agroindustria que son la fuente principal de la economía en el estado de Colima.

Se excluyeron las empresas de servicios y comercio, por que la organización y la información disponible no se encuentra en sus reportes, toda vez que las dieciséis industrias agroindustriales suman veinte veces el presupuesto de gasto público del gobierno del estado de Colima, mientras que las 1,089 empresas de los otros dos sectores constituidos como personas morales sólo contribuyen al PIB con diecisiete veces el ingreso aportado por la federación.

Sólo se enfocó al estado de Colima debido a que en la fase de búsqueda de información se encontró el caso del estado de Jalisco que presentó problemas de localización de las empresas que se tenían registros de su existencia, y al tratar de localizarlos de acuerdo a un estudio compartido con el Centro Universitario de Ciencias Económicas Administrativas de la Universidad de Guadalajara alrededor de 90% de las empresas no se encontraban en el lugar que decía debían estar, en relación al estado de México y Distrito Federal, su problemática es superior, por eso se realizó únicamente en el estado de Colima.

Los datos se contrastaron con la CANACINTRA de Colima.

La elección del estado de Colima, quien realiza la presente investigación habitante en él da certidumbre a las personas que facilitan la información saber y conocer a la persona a la que le facilitan la información.

En cuanto a la muestra, el universo total era de dieciséis empresas y al tratarse de un estudio totalmente novedoso se tomó la decisión de aplicar al 100% de las empresas el instrumento de investigación por lo que se eliminó la aplicación del procedimiento para determinar el segmento.

Los instrumentos de investigación se analizaron después de revisar la literatura que se presenta en el capítulo segundo, se ha optado por la utilización de cuestionarios 13 y al ser piloteada presentó problemas de comprensión significativos por los profesionales a los que se les aplicó, la modificación para convertirla en entrevista dirigida.

Como método de interpretación para el análisis por el número de variables pero el bajo verso de instrumentos aplicados no se permite el análisis multivariable por decisión es el análisis mediante la aplicación de la estadística descriptiva; este cuestionario debió tomarse como una entrevista guiada, por que analizando la página de la Secretaría de Educación Pública (SEP), solamente el doce porciento de los profesionales de la contaduría pública tiene estudios de maestría, además que de acuerdo al pilotaje del cuestionario en cuarenta personas se detectó que los conceptos eran poco conocidos por que eran eminentemente técnicos.

Si bien, se puede presumir que las investigaciones jurídico-contables son de carácter cuantitativo, Mario Bunge citado por Jorge Witker (2002, pág. 155) señala que “las ciencias formales, la lógica y las matemáticas, demuestran o prueban, que las ciencias fácticas, confirman o rechazan las hipótesis, que en su mayoría son provisionales. La demostración es completa y final; la verificación es incompleta y por ello temporal”.

Es importante mencionar que el problema planteado en la investigación se resuelve por sí mismo, aunque es un problema complejo que requiere solución, por ello el constructo implica el uso de razonamientos que pueden caer en un conocimiento nuevo para personas o especialistas en el ramo, es entonces que cuando se responde la encuesta hay ciertos problemas por el grado de estudios académicos; además de la falta de conocimiento de los alumnos y de los egresados sin preparación adicional especializada.

El capítulo segundo describe la parte medular del marco. El tema maneja los aspectos del derecho económico (esencia básica de la economía institucional), su importancia radica en señalar que inicia con la economía constitucional, para después hacer énfasis en la necesidad de la eficiencia de las instituciones, donde de manera práctica a través de la esquematización, por razones técnicas, se dejan explícitos los derechos de propiedad, las restricciones que se presentan dentro de su vida institucional, no sin antes terminar con un estudio de los contratos; todo ello se incluye porque los países funcionan por la calidad de éstas.

Así, los aspectos del análisis económico del derecho (AED) son fundamentales para comprender el marco institucional en el que cohabitan las empresas y los agentes del comercio.

Una descripción del marco teórico, partiendo de la premisa de obligatoriedad constitucional de contribuir al gasto público, por lo que principia con comentarios al respecto, así como el análisis de la eficiencia en la legislación comercial, con un estudio particular de las agrupaciones lucrativas, además de señalar las posibilidades que marca la Ley General de Sociedades mercantiles (LGSM).

Sin embargo, se describe de manera integral por los efectos en las otras leyes relacionadas como Impuesto Sobre la Renta (LISR) Ley de Mercado de Valores (LMV), Ley de Concursos Mercantiles (LCM) que de alguna manera se presentan y no están reguladas, pero que de manera indirecta si están correlacionadas a la LISR, partiendo de una reducción simple, hasta algunas de carácter abstracto como la amortización de utilidades, por mencionar solo alguna.

En este mismo capítulo se analizan los aspectos contables, requisito indispensable para evitar asuntos de evasión de impuestos y con ello multas pecuniarias o corporales, pero siempre en función de la reducción del capital.

En el capítulo tercero, se hace un análisis de los resultados y se presenta la discusión del tema al respecto, se incluye también un detalle pormenorizado de la encuesta a entrevista guiada por la complejidad técnica, y que como se mencionó representa al final la decisión fue correcta pues como se puede ver en tal apartado, el 80% de los profesionales de la contabilidad sólo tiene estudios de licenciatura y solo el 20% con algún estudio de posgrado.

Un punto complejo fue el definir cual de los tres sectores se iba a tomar como universo para la muestra, aspecto ampliamente comentado en este apartado, al seleccionar el sector industrial y de éste escoger el de más impacto en el PIB del estado. Se concluyó en el ramo agroindustrial, por la simple razón que es una industria que impacta a nivel mundial, su aportación al PIB es significativo y su tamaño considerado fueron las dieciséis empresas con ésta actividad, por lo que al ser factible aplicar el instrumen- 15 to al 100%, éstas entidades se encuentran concentrados en cuatro municipios: Colima, Villa de Álvarez, Tecomán y Armería; de acuerdo a otros datos los obtenidos del INEGI1 y del SIEM2 en 2004-2005.

Los resultados a los que se llegaron son importantes, pues en un porcentaje mayor al 80% consideran que las instituciones son ineficientes, y un 100%, (considerando las escalas 4-5 como conjunto) son un medio de elusión fiscal, la actual legislación que regula la figura de reducción de capital, situación que confirma la hipótesis principal, toda vez que están de acuerdo que no es clara, pero que utilizarían de ser necesario la figura de elusión fiscal para evitar las cargas tributarias.

En las conclusiones se proponen las modificaciones que permiten cumplir con las hipótesis planteadas como principal y secundaria, con el detalle de realizar las reducciones implícitas no reguladas, ello le permitirá a la autoridad hacer más eficiente el cobro de impuestos que se generan, así como dar variedad en la liquidación en cuanto a la forma de reembolsar a los socios sus aportaciones, y con ello aumentará la recaudación, pero el socio de la empresa, (razón de ser como agente empresarial) tendrá certeza jurídica en el cumplimiento de obligaciones.

La tercera hipótesis queda demostrada en el marco conceptual así como en los resultados, al ser totalmente indiferentes en la regulación, tal es el caso que el número que más apareció (moda) fue el tres de una escala de valores del uno al cuatro, sin embargo, la varianza se presenta en la interpretación resulta trascendental como se detalla en las insuficiencias se tienen que modificar las leyes para que se beneficie el contribuyente con la aplicación de la figura así como las autoridades para evitar la elusión fiscal.

Finalmente la investigación acaba con un apartado de conclusiones donde se destacan los resultados de la investigación y se enfatiza los supuestos y condiciones bajo los que se mantienen y son válidos dichos resultados.


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