Tesis doctorales de Economía


INSUFICIENCIAS LEGALES DE LA REDUCCIÓN DE CAPITAL EN LAS PEQUEÑAS EMPRESAS AGROINDUSTRIALES Caso Colima 2004-2005

Martín Álvarez Ochoa

 

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3.2 Los resultados

Los resultados de la entrevista guiada que se aplicó a las empresas agroindustriales fueron: Primera pregunta. En su empresa los ingresos ordinarios por ingresos del objeto social son superiores al millón y menor a los 5 millones de dólares Gráfica 1. Empresas pequeñas  La muestra incluyó a las pequeñas empresas de acuerdo a la clasificación de la Secretaría de Economía, teniendo ingresos de menos de 5 millones de USD, el instrumento otorga la certeza que el universo está en los parámetros, si bien es cierto, la comprobación de las hipótesis se realiza con las respuestas obtenidas y el marco teórico.

Es importante señalar que sólo una empresa no contestó en el plazo que se consideró factible para captura de resultados e interpretar los mismos, su argumento fue encontrarse ocupado en el proceso de una auditoria operacional, es decir, es válida la dispensa por ser cuestiones institucionales.

La segunda pregunta sobre si en la empresa hay parientes arrojó los siguientes resultados: Se puede observar que del universo seleccionado el 87% son empresas con capital familiar; de las cuales el 47% son al 100%, este dato subjetivo es primordial por que complica el tener una visión técnica de la legislación relativa al objeto de estudio, toda vez que la obligación de darse cuentas es complicada, además, que las decisiones sobre la capitalización son tomados de manera unilateral.

La siguiente pregunta de que si los socios solicitan créditos superiores a un año presentó los resultados que se grafican de la siguiente manera: Gráfica 2. Calidad de socios El resultado indica una gran indiferencia por una parte significativa de los empresarios hacia solicitar créditos a cuenta de utilidades, lo que presume entonces que no lo hacen por los costos fiscales que se tienen o bien, se puede inferir que están bien asesorados y conocen los efectos negativos de realizar actos de esta naturaleza, sin ser objeto de estudio que los socios no distribuyen dividendos.

Lo interesante del resultado, es que ante lo que pudiera ser una política financiera de los dividendos les resulta indiferente, lo que da desconcierto, pues el que presente los niveles muy bajos indica inferencia que este tipo de empresas pierde competitividad al limitarse a movimientos que requieren conocimientos integrales técnicos ante un mundo globalizado.

En el cuestionamiento número cuatro si se conocen los plazos para publicar el acto de reducción de capital la gráfica es la siguiente: Gráfica 3. Préstamos a socios Gráfica 4. Conocimiento de plazos legales

Esta pregunta complementa la anterior y se observa que la aplicación de la figura la desconocen, tan es así que el 87% desconoce la legislación que regula los plazos considerando que la indiferencia se da por ignorancia, y como inferencia adicional se presume que no conoce consecuencias legales se adquieren por los administradores o representantes legales, como consecuencia de hacer una violación a los términos técnico-legales por carecer de los conocimientos básicos, así las cosas, puede plantearse que el resultado resulta similar por ser empresas con capital familiar.

El quinto reactivo si en su organización cuando se solicitan créditos por parte de los socios y no cuenta con utilidades se presume la oportunidad de liquidarlos mediante reembolsos; visualiza los siguientes resultados: Aplica lo comentado en el reactivo dos, toda vez que el reparto de dividendos no hay programación, lo que ratifica la inferencia sobre las empresas familiares, toda vez, que se puede presumir que hay una carencia de conocimientos mínimos técnicos, es importante conocer el resultado sobre una hipótesis que se presume por no repartir, programar o determinar el decreto de éstos. Esto último nos permite determinar que se tiene un planteamiento para una nueva investigación, ya que es un objeto de estudio interesante, comparado con la conjetura de discrepancia fiscal de la autoridad. La cuestión número seis conoce los efectos y el costo fiscal de una reducción de capital. Permite en base a la siguiente grafica inferir: Gráfica 5. Préstamos que se convierten en reembolsos La indiferencia hacia los efectos que puede producir la aplicación de la reducción de capital es el punto mayor, que representa 53.33%, parámetro tomado por que ocho de quince empresas así lo manifiestan, sin embargo como se ha fundamentado en el marco jurídico y teórico, sólo el 26.67% y de manera específica más aún el 6.67% conoce plenamente las consecuencias de no aplicar correctamente la legislación de manera correcta y con certeza.

De ahí que si se desconocen ampliamente las consecuencias de la falta de seguridad jurídica, o bien, la elusión fiscal por medio de la reducción de capital, entonces el empresario se puede ver incidido por problemas judiciales al respecto, con un dilatado margen de culpabilidad, ya que el desconocer la ley no implica que no se le pueda aplicar el castigo pecuniario o corporal si es que no le asiste la razón.

La pregunta número siete y quince relativas a la elusión fiscal dieron como resultado lo siguiente: Gráfica 6. Conocimientos de costos fiscales Gráfica 7. Reducción de capital: Elusión fiscal

Si se parte que elusión fiscal es aprovecharse de las insuficiencias legales para omitir pago de impuestos de una manera dolosa, y se observa que a pesar que saben que existe así como sus consecuencias les es indiferente las penalidades que se pueden presentar, entonces lo hacen o lo aplicarían con conocimiento de causa, sobre todo el 40% del reactivo siete que es significativo, contra el 87% del reactivo quince (suma de casi siempre con siempre) que ampliamente tiene conciencia que se aproveche de tal circunstancia le va a crear un beneficio fiscal.

En relación a la pregunta número ocho conoce el proceso para realizar un reembolso de capital o una reducción de acuerdo a la Ley Mercantil son los siguientes resultados:

Gráfica 8. Conoce usted diferencia entre evasión y elusión fiscal Gráfica 9. Conocimiento del proceso de reducción de capital La situación particular mostrada en las preguntas cuatro y cinco presenta que el 66.67% conoce perfectamente la mecánica y el proceso legal para realizar los reembolsos y la reducción de capital, por lo que los resultados de los reactivos 7 y 15 arroja la premisa de aplicar esta figura va a ser con el conocimiento de pagos de impuestos, pero que es una elusión fiscal, ya que la insuficiencia legal no se los prohíbe pero sí puede llegar a interpretar como una forma artificiosa de aplicar la ley, con sesgo hacia la evasión fiscal y por lo tanto un castigo pecuniario y corporal.

La pregunta número nueve si cuenta con registros auxiliares contables de los accionistas, cuenta de capital de aportación, y su estructura de éste, para que no se presenten irregularidades por personas que los manejan. Arroja lo siguiente: El 100% de las empresas aseguraron tener sus registros de manera correcta para poder en el momento que decida la asamblea poder realizar sus movimientos en materia de reducción de capital, aquí es contundente, que los encargados de la información financiera están preparados para el uso de la misma y con ello la toma de decisiones con las posibles consecuencias.

La pregunta diez y doce, y la primera se plantea: conoce usted cuáles son los efectos legales-fiscales en reducción de aportaciones menores a un año; arroja los siguientes resultados: Gráfica 10. Registros auxiliares

Al cuestionarle si los efectos legales que implica el conocimiento de la reducción de capital, tanto en las operaciones con tenencia accionaría menores a doce meses, como en las que se encuentran en un plazo mayor, el 87% y el 100%, conoce los efectos de aplicar la reducción fiscal, incluyendo como se plantea anteriormente la elusión fiscal pero se conoce entonces que los beneficios son muy superiores a lo que pudiera tener un costo de un juicio.

La pregunta once se prevén los procedimientos que se van aplicar al momento de que la asamblea de socios va a determinar; reducción de capital proporciona el siguiente resultado: Gráfica 11. Aportaciones menores a un año Gráfica 12. Efectos fiscales y momentos de causación Igual que los anteriores, el 100% aplica en que conoce cual es el procedimiento mecánico que deben seguir ante el fedatario público para realizar de manera correcta la asamblea, así como los comunicados que se desprenden de la asamblea con respecto a terceros, acreedores y autoridades.

La pregunta trece en caso de amortizar las acciones con las utilidades que ha generado la empresa ¿se prevé un método para mantener un control exacto sobre todo para la emisión de acciones de goce o de trabajo que no tienen costo fiscal?, obtiene el siguiente resultado: Gráfica 13. Conocimiento de los procedimientos en reducción de capital: cambio de nacionalidad y objeto social Gráfica 14. Prevención de método al amortizar acciones

Se mantiene el resultado de indiferencia como se presentó en la pregunta tres, ello implica el fortalecimiento de la tesis que las empresas familiares programan de manera escasa decreto de dividendos, sin embargo el 47% sabe que puede aplicar en caso de decreto de dividendos sin cuenta de utilidad fiscal neta, por lo que esos retiros no causan Impuesto Sobre la Renta y entonces debiera reinvertir las utilidades con acciones a cuenta de amortización de utilidades contables.

La pregunta catorce establece que al realizar una reducción de capital todos los posibles efectos son previstos y atendido a los terceros involucrados en las empresas, así como los papeles de trabajo para los efectos de una fiscalización se tiene lo siguiente: De manera un poco parecida a la pregunta once, los profesionales conocen de significativamente cuales son los efectos legales que implica aplicar la reducción de capital pues es un 54% quienes conocen de también los efectos hacia terceros, y un 33% los ubica con toda certeza, lo anterior en conjunto suma el 87%, de ahí que se sigue observando que los profesionales de la contaduría en base a sus conocimientos fiscales saben que aplicar el procedimiento actual implica elusión fiscal.

En la pregunta dieciséis que dice que si se considera que la legislación en su conjunto que regula la figura de la reducción de capital es lo suficientemente clara, precisa y sencilla de aplicar, los resultados son los siguientes: Gráfica 15. Se prevé los efectos de la reducción de capital y se elaboran papeles de trabajo  En cuanto al cumplimiento del mandato constitucional sólo el 33 % señala que no es entendible, al menos al 20% es totalmente indiferente, sin embargo, entonces se interpreta que el 53% considera que si hay insuficiencias y que debieran corregirse, se puede ver que ningún profesional la considera lo suficientemente clara, es decir, se asegura que se detecta de manera significativa que existen insuficiencias legales.

Pregunta diecisiete dice que si puede distinguir del resto de opciones usted el procedimiento legal para amortizar las acciones por reparto de utilidades a los socios.

El resultado anterior arroja que un 40% sería capaz de aplicar la opción toda vez que amortizar las acciones mediante reparto de utilidades es significativo pues da fortaleza Gráfica 16. Redacción clara y suficiente en operaciones de reducción de capital Gráfica 17. Diferencia entre amortización de acciones y utilidades sociales a los socios, pero además es una previsión que se hace en los estatutos Perdomo Moreno, 2002), sin embargo, surge una hipótesis para futuros estudios sobre la indiferencia a las insuficiencias de la ley; con la variable de cuales son los efectos que presentan las empresas por esa actitud.

Pregunta dieciocho dice que si considera usted que el procedimiento legal para reducir el capital por concepto de modificación del valor nominal de las acciones conservando el mismo capital si es reducción de capital real.

En cuanto a la reducción de capital por cambio de valor nominal de las acciones de manera objetiva los resultados de que el 7% cree que ésta es virtual, pues en su opinión casi nunca se presenta, contra un 20% cree que siempre existe, ello implica un movimiento significativo, sólo el 46% piensa que casi siempre hay excepciones, o sea, la tercera parte se oscila entre la indiferencia y la poca claridad o conocimiento, sobre el tema en particular; para los demás si reestructuras del patrimonio se presenta siempre.

En el cuestionamiento diecinueve dice que si considera usted que las instituciones encargadas de los manejos de los recursos de nuestro país son eficientes o ineficientes.

Gráfica 18. Reestructuración del valor de las acciones Esta pregunta eje es importante, por que sólo el 20% considera que las instituciones son algo eficientes, pero ninguno las considera totalmente eficientes, sin embargo, la misma cantidad es indiferente si son o no, cuestión que de manera significativa el 47% las considera casi siempre ineficientes, y el resto, que también es importante el comportamiento nunca son ineficientes, por tanto puede concluir que las instituciones que manejan los tributos en nuestro país son en gran medida ineficientes, trayendo consigo las consecuencias reales que preguntan y que de ello se desprenden.

Pregunta veinte de si considera correcto aprovechar las irregularidades de la ley en materia fiscal para provocar un acto de elusión fiscal, en una operación que debe pagar impuestos al reducir el capital.

Gráfica 19. ¿Son eficientes las instituciones? Gráfica 20. Aprovechar irregularidades legales ¿Es correcto?
Esta pregunta es de corte moral, y se establece que un 34% no lo considera tan adecuado el aprovecharse de las insuficiencias legales que benefician al contribuyente, sin embargo, otro porcentaje similar lo considera bien, y un tercero con la misma cantidad lo considera muy bien aprovecharse de los errores legales con miras a disminuir la carga tributaria, situación que implica que las instituciones a los contribuyentes y profesionistas en circunstancias especiales les son indiferentes.

De la segunda variable que se tomo en cuanto a la esencia de la agroindustria arrojó la siguientes graficas: Ello implica que el 47% son empresas que procesan limón, el 27% coco y el resto los otros productos (naranja, mango, etc.).

EN CUANTO AL CONTADOR SI TIENE PERSONAL A SU CARGO EL 100% LO TIENE:

La moda es parte de la estadística descriptiva cuyo resultado es la respuesta que más se repite con el número tres, cuyo significado la indiferencia, de hecho en la interpretación de los cuales un significado preciso que la figura de la reducción de capital en algunos aspectos les era indiferente.

Sin embargo el número que se encuentra al medio de las respuestas tanto en la mediana como en la media acotada es el cuatro, cabe aclarar que de manera general en relación a la hipótesis y objeto de estudio que casi siempre las leyes son claras y objetivas en la figura de la reducción de capital e implica de manera interesante parte de la comprobación de la hipótesis, es decir, lo que se intentó medir con el instrumento es el conocimiento de los profesionistas sobre la figura jurídica, y el número acotado es el cuatro es decir casi siempre.

Por otro lado, una distribución positiva, toda vez que la cuartosis comparada con la distribución normal está elevada en un 14.6%, lo cual implica que los resultados sobre el conocimiento del tema encuestado fueron positivos, ello idica que las entrevistas y los medios para comprobar las hipótesis planteadas son correctas y cumplen con la parte esencial.

La desviación estándar de los resultados es de 2.973, dentro de los márgenes permitidos, lo que significa que el instrumento de medición se apegó a lo previsto en la investigación y los resultados pueden considerarse válidos.

En cuanto a la varianza la aplicación del conocimiento sobre la figura de la reducción de capital, sus variables, así como el término de eficiencia de las instituciones se considera que está dentro de un margen válido para los resultados en relación a las variables que se manejaron en la entrevista, base de nuestro objeto de estudio.


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