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La Empresa es su Resultado
El Beneficio editorial y la Contabilidad del Conocimiento.

Francisco Luis Sastre Peláez

 

EL ORDEN POLÍTICO: LA CRISIS DEL ESTADO FISCAL Y LA INTERNACIONALIZACIÓN DE LA ECONOMÍA.

Crisis del Estado Fiscal

La expresión “crisis del Estado Fiscal” proviene de un artículo escrito por Schumpeter en 1918(1), en el que se llama la atención sobre las restricciones a la capacidad de actuación del Estado motivadas por sus posibilidades recaudatorias: “La capacidad fiscal del estado tiene límites... Sin duda el Estado fiscal puede derrumbarse”.(2)

Esta limitación de ingresos produce una restricción en las actividades que se pueden llevar a cabo por el Estado(3). En palabras de O’Connor: “Nuestra primera premisa es que el Estado Capitalista debe tratar de cumplir dos funciones básicas, a menudo contradictorias: acumulación y legitimación... que sea posible la acumulación provechosa de capital. Pero el Estado también debe tratar de mantener o crear las condiciones de armonía social”(4).

Con todo, la construcción progresiva del llamado Estado de Bienestar produjo dos efectos paralelos:

a) por una parte la articulación de lo que hemos denominado, con Castells, “espacio de los flujos”(5), dando lugar a una superestructura en la que el peso de los servicios públicos ha llegado a ser considerable. La creación y mantenimiento de esta estructura ha sido, como ya hemos señalado, uno de los elementos impulsores del desarrollo de la tecnología de la información y de la comunicación.

Con el surgimiento de la “revolución de las expectativas en ascenso”(6), según la afortunada expresión de D. Bell, que el desarrollo del Estado de Bienestar produjo, el Gobierno sufre una presión continua de individuos y organizaciones tendente a ampliar el gasto público. Esta presión, aunque de naturaleza diversa, suele realizarse en favor de intereses privados (de individuos o instituciones), utilizando la intención de voto como arma principal.

b) Este proceso de gastos crecientes e ingresos limitados ha acabado por producir enormes déficit públicos en la casi totalidad de los Estados Occidentales.

La necesidad de una reacción en el control del gasto público, consagrado en los criterios de convergencia del Tratado de Maastrich para los países miembros de la UE., ha generado procesos de fuerte contención presupuestaria en todos los gobiernos europeos. Dicha restricción implica un reconocimiento por el Estado de sus propios límites de intervención. El Estado actual se configura, pues, como una organización gestora del poder social, sometida a su propio presupuesto y fines, y en absoluto exclusiva u omnipotente.

El efecto que esto tiene sobre el panorama económico y social es ambivalente :

a) Por un lado se produce un deslizamiento hacia funciones de acumulación en detrimento de las de distribución, antes prioritarias(7), privatización progresiva de sectores considerados en épocas anteriores como vitales para la supervivencia del Estado (entre ellos los medios de comunicación de masas, las telecomunicaciones y otros), freno al Estado de Bienestar, etc.

b) Por otro lado el Estado se “profesionaliza”, asumiendo sus funciones de manera más eficiente. Su actividad en la economía pasa del intervencionismo a la intervención estratégica y, en cuanto institución, se configura como una más de entre diversas organizaciones administradoras del poder social y económico: Comunidad Supranacional, Comunidad Autónoma, Empresa Transnacional, etc.


1. J. Schumpeter, “La crisis del Estado Impositivo”, International Economic Papers, Nueva York, MacMillan, 1954. Citado por Bell, (1982): 215. A la fecha de este artículo, Schumpeter hacía ya siete años que había publicado su Teoría del desenvolvimiento económico. Véase Ekelund y Hébert (1991): 602 y ss.

2. Como ya señalamos anteriormente, la capacidad recaudatoria del Estado tiene un límite (que Drucker sitúa alrededor de un tipo del 40%), sobrepasado el cual se produce un fuerte crecimiento en la “economía sumergida”.

3. No obstante, la crítica keynesiana al capitalismo había generado una cuarta obligación para el Estado (a añadir a las tres obligaciones clásicas atribuidas por A.Smith), la de conseguir el Pleno Empleo: es decir, la obtención de la paz social por la adecuada protección del acceso generalizado a la adquisición de renta y, por tanto, al consumo.

Las obligaciones tradicionales del Estado para el capitalismo laissez faire se vinculaban, como hemos apuntado ya anteriormente, con lo siguiente: a) el establecimiento de un orden social apropiado para el desarrollo del liberalismo, b) una actuación correctora cuando dicho orden era roto y c) el apoyo en el exterior al comercio nacional por una política colonial adecuada.

4. O’Connor (1994).

5. Es el ámbito en el que se desarrolla la red de interconexiones entre los sujetos económicos. La importancia, dentro de esas interconexiones, de la transmisión virtual (información verbal y en imágenes) en comparación con la transmisión física es cada vez más grande.

6. Una profunda creencia en los individuos de “tener derecho” a cierto nivel de vida, al progreso continuo en su bienestar, a prestaciones crecientes por parte del Estado, etc.

7. El efecto de la redistribución de la riqueza por el Estado (principalmente vía Seguridad Social, subsidios de desempleo, etc.) fue fuertemente criticada por las Escuelas Económicas de raíz más conservadora: Neoclásicos y Monetaristas. Ver Davidson (1992).


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