Carlos Eduardo de Mira Costa  (CV)
            cadumira@gmail.com  
            Universidade Federal de Itajubá 
            Antonio Gil da Costa Júnior (CV)
            
            antonio.gil@gmail.com
Universidade Federal do Rio Grande do Norte 
          
		      
		
			
            
Resumen
El presente trabajo se ocupa de los riesgos de la tercerización en la gestión pública brasileña, en concreto las dirigidas a la vigilancia de la ejecución de los contratos administrativos con proveedores de servicios y sus repercusiones en las relaciones laborales conforme los aspectos jurídicos de la legislación del Brasil, teniendo en cuenta la responsabilidad subsidiaria y la responsabilidad conjunta del gobierno y su culpabilidad por cualquier incumplimiento de las obligaciones laborales debidas por la proveedora de servicios contratada a sus trabajadores. Para una mayor comprensión del tema, se realizó una búsqueda exhaustiva que abarca el estudio, el concepto, la integración de la gestión pública en la subcontratación, los conceptos de las políticas públicas y la gestión pública. Se mostrará iniciativas que pueden contribuir para la prevención en el combate de los puntos de vulnerabilidad, basado en las leyes, ordenanzas y la jurisprudencia, para mejorar la calidad de los servicios, mejorar el desempeño de la administración y economía de recursos públicos.
Palabras clave: Gestión Pública. Tercerización. Riesgos. Recursos Humanos. Prestación de Servicios.
JEL: H11. K31. L33.
Abstract
The present work deals with the risks of outsourcing in public management, specifically those aimed at monitoring the implementation of administrative contracts with service providers, and their implications for labor relations as legal aspects of legislation in Brazil, taking into consideration the subsidiary and several liability of Administration, as a direct borrowing of services provided by third party companies, and their guilt by any default of obligations owed by the providing labor services to their workers. For a greater understanding of the topic, was performed a thorough search encompassing the study, the concept, the integration of public management in outsourcing, the concepts of public policy and public management, demonstrating at the same time, initiatives that can contribute to prevention in combating the points of vulnerability, based on the laws, ordinances and case law, to improve the quality of services, aimed at improving the performance of public administration and public resources savings.
Keywords: Public Management. Outsourcing. Risks. Human Resources. Provision of Services.
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1 INTRODUCCIÓN
Este artículo se ocupa de la cuestión de los riesgos de la  tercerización para la gestión pública, un tema importante desde el punto de  vista de los estudios de área de la administración pública brasileña, que ha  estado utilizando esta práctica con el objetivo de minimizar los costos  directos de las actividades fines. La principal contribución de este trabajo es  alertar a los funcionarios públicos sobre los factores de vulnerabilidad de las  acciones contractuales de servicios subcontratados. La tercerización de  servicios es una tendencia mundial que tuvo su entrada en el sector privado y  en la actualidad se ha materializado en gran parte en la administración  pública. Se trata de una herramienta de gestión que se lleva a cabo a través de  contratos que permite la reducción de costes y la especialización, lo que  permite que el contratista se concentre en sus actividades principales,  convirtiéndose así más competitivos.
                                          Para entender el tema de los riesgos de la tercerización en la gestión  pública, este trabajo contextualiza, en principio, las políticas públicas de la  administración pública como articulador de las acciones realizadas por el  Estado hacia el desarrollo, trae importantes contribuciones con  conceptualizaciones históricas de gran relevancia, relata la trayectoria  histórico legal de este sistema de contratación, se centra en diversos aspectos  que ofrecen el debate, entrando en la administración pública como una alerta a  los riesgos que los servidores públicos corren con este tipo de contrato, dando  subsidios a la administración pública para que se pueda mejorar el desempeño a  través de los procesos de trabajo y por lo tanto pueden actuar con mayor  eficacia en el sector público.
                                          El servicio público que requiere la modernización en la gestión  pública se está ajustando sus gastos con el presupuesto y el modelo fiscal que  se dicta por la legislación. Así se utiliza de la tercerización de actividades  medio como una forma de satisfacer las necesidades derivadas de la escasez de  personal de lo cuadro de servidores públicos.
                                          La aplicación de la subcontratación en la gestión pública causa algunos  problemas, como las garantías de los derechos laborales de los empleados  involucrados en los contratos donde es necesario que se discutan las normas y  hay entendimiento jurisprudencial cuando las cuestiones se vuelven  controversiales. Es importante estudiar y entender los aspectos económicos,  legales, administrativos, sociales y financieros, así como familiarizarse con  el proceso de tercerización, que se resuelve por la legislación, la  jurisprudencia y sobre todo por la justicia del trabajo.
                                          Por lo tanto, es pertinente advertir a los funcionarios públicos  acerca de los factores de vulnerabilidad en el momento de la ejecución del  contrato de servicios subcontratados con el fin de garantizar el cumplimiento  cuanto a los encargos de trabajo, poniendo a la administración pública como  co-responsable. Aún así vale la pena destacar que la gestión pública brasileña presenta  dificultades cruciales en la gestión de los contratos, donde las adversidades  están en los incumplimientos de las contratadas dejando el estado con la  responsabilidad y la falta de servidores capacitados para gestionar la  supervisión de los contratos.
                                          Ante esta dificultad, la gestión pública requiere que haya una  sensatez para el uso de los recursos públicos, por lo que es necesario  controlar y supervisar los servicios contratados. La metodología utilizada para  el estudio del tema tuvo su cumplimiento a través de la investigación  exploratoria, de forma cualitativa, utilizando la investigación a través de  análisis de la literatura y documentos.
2 FUNDAMENTACIÓN TEÓRICA
Este artículo pretende poner de manifiesto la comprensión de los  riesgos de la tercerización en la gestión pública, abordando cuestiones  relacionadas con las ocurrencias derivadas de sus contratos. El tema se presenta  de forma dinámica, frente a la complejidad y amplitud de los debates al  respecto. Los riesgos de de la tercerización en la gestión pública es un tema  de reflexión, ofreciendo la oportunidad de verificar como ocurre la  participación del Estado en relación con la prestación de servicios a la  sociedad.
                                          La tercerización en la gestión pública se ha convertido en una  estrategia para la implementación de sus de actividades medio en las agencias,  departamentos y oficinas públicas, con el objetivo de reducir los costes con los  nombramientos y con la contratación directa de capital humano. Por lo tanto, la  contratación indirecta de servicios subcontratados se han convertido en una  oportunidad para que el Estado sea capaz de reducir el gasto de los fondos públicos.  Marcelino (2007, p.57) señala que "La tercerización [...] en los últimos  veinte años de de la historia del país, se convirtió en el recurso estratégico  más importante de las empresas en la gestión (y la reducción) del costo de la  mano de obra”.
                                          En este contexto, se presentan la tercerización de servicios como un  medio para que los recursos públicos sean empleados directamente. Es de  destacar que el Estado es directamente responsable de su contratación, donde la  empresa subcontratada debe proporcionar garantías y capacidad real de realizar  los servicios con calidad. Para ello, el Estado ha tratado de centrar la  ejecución de sus actividades fines y expandido la contratación de  subcontratadas para actividades medio. Esta práctica se ha convertido cada vez  más presente en las empresas públicas y privadas. Según Kotler (2000, p.63),
Las empresas están llegando a la conclusión de que algunos de los recursos bajo su control lo hacen desempeño menos satisfactorio que los que podrían obtenerse fuera de la empresa. Muchas empresas han optado por la tercerización de recursos menos esenciales, siempre que éstas se pueden adquirir fuera de la organización con mejor calidad o reducir los costos.
Es claro que la tercerización se ha convertido en una oportunidad para que la gestión pública y privada genere posibilidades de reducir el cuadro de personal de estas organizaciones. Este fenómeno se ha convertido en una iniciativa del mundo globalizado, lo que resultó en un incremento de la participación de empresas del sector de servicios ampliando subcontrataciones para abastecer las necesidades de los proveedores de servicios.
2.1 Políticas Públicas
Según Rua (2009, p.25), la política pública "se compone de todas  las decisiones y acciones relacionadas con la asignación obligatoria de los  valores. Una política pública generalmente implica más de que una decisión y  requiere de varias acciones estratégicamente seleccionadas”. El enfoque de la  política pública se basa en las opiniones, decisiones y análisis de objetivos. Después  de esta fase, el estado establece la planificación estratégica y la ejecución  de la decisión. Es importante que el gobierno tenga la información necesaria  para garantizar la viabilidad de las decisiones públicas.
                                          De acuerdo con Schmitter (apud Rua 2009, p.1), "[...] la política  es el conjunto de procedimientos formales e informales que expresan las  relaciones de poder y que están destinados para la resolución pacífica de los  conflictos en torno a los bienes públicos”. Es importante que la sociedad darse  cuenta de que las actividades políticas tienen el poder de influir en el  comportamiento de la sociedad, que tiene como objetivo reducir al mínimo las  diferencias de opiniones y acciones que pueden causar algún tipo de  perturbación del orden público o puede violar la ley.
                                          Es necesario poner de relieve algunos aspectos del enfoque histórico  de los cambios políticos, sociales y económicos experimentados en Brasil a  través de las influencias de la política internacional. Con los muchos cambios  en el sistema político, financiero y social sufrido por el Estado después de la  crisis de 1929, el gobierno adoptó una nueva posición destinado a desarrollar  la reestructuración organizativa de la administración pública, sobre la base de  las normas del capitalismo, donde se analizaron las necesidades de ampliar su  capacidad en la prestación de servicios y la formación de mano de obra.
                                          Además de estas acciones, el Estado comienza su prestación de  servicios sociales, a través de nuevas modificaciones, llegando a ser  reconocido como el Estado de Bienestar. Para Coelho (2009, p. 28)
[...] los servicios sociales, considerado hoy de interés público, como la salud, la educación y la asistencia social, fueron proporcionados por organizaciones privadas, por lo general por las instituciones caritativas, religiosas o laicas, con la notable excepción de la provisión de educación primaria, ya que proporcionada por las escuelas públicas desde el siglo XIX. A lo largo del siglo XX, otros servicios sociales también se ofrecerían por el gobierno, tales como el transporte, la vivienda y el ocio.
Brasil siguió a las nuevas directrices económicas y sociales marcando el comienzo a través de acciones administrativas, que dividen el poder del Estado en tres niveles: Federal, Estatal y Municipal. Cabe destacar que través de los años el papel que el Estado desempeña en nuestra sociedad, ha sufrido numerosas transformaciones durante los siglos XVIII y XIX, que tiene como uno de sus principales objetivos proteger a los ciudadanos por la seguridad pública y la defensa externa en caso de ataque enemigo. Con el tiempo la democracia amplió las responsabilidades del Estado volviéndose más diversa. Actualmente, el papel del Estado está vinculado a la promoción del bienestar de la sociedad. El estado se ha convertido en necesaria para la sociedad, ofreciendo una serie de acciones que beneficien a la población mediante la prestación de servicios en diferentes áreas como la salud, la seguridad, la educación, el medio ambiente, etc. Para que estos propósitos fuesen alcanzados, el gobierno utilizó las políticas públicas para resolver lo que se refleja en las demandas y expectativas de la población, que se forman a partir de la actuación de varios grupos a través de las declaraciones de interés público. Coelho (2009, p 92) señala que,
[...] El estado de desarrollo y la implementación de políticas sociales en Brasil estaban directamente relacionados con el desarrollo industrial del país. Aunque las primeras leyes sociales de Brasil se remontan a finales del siglo XIX - cuando el país aún estaba por comenzar el proceso de la industrialización - ésos serían casuales y aislados y no pueden ser consideradas como pertenecientes a una política social.
Las políticas públicas emergen de las necesidades derivadas de la  población y requiere de soluciones formuladas intencionalmente, que implican  procesos con definiciones claras lo que desea lograr cuanto a los objetivos  propuestos. El punto de partida es identificar el tipo de problema que las  políticas públicas desean corregir, que a su vez, implica algo más que una  decisión, siempre exigiendo acciones estratégicas, de proyectos organizado y la  definición de los roles que los individuos y las instituciones tendrán a través  de los actores a lo largo de su trayectoria. Los actores participantes de las  políticas son típicamente portadores de conflictos, cuyos intereses pueden  verse afectados positiva o negativamente. Estos conflictos también fueron parte  de las transformaciones en el escenario político brasileño. Para Coelho (2009,  p.92), "en las etapas de la industrialización de Brasil y la creación de  políticas sociales eran concurrente y coincidente con el estado de bienestar  social". Por lo tanto, esta nueva forma de Estado fue preferentemente  llamada aquí del Estado desarrollista.
                                          Cabe destacar que el Brasil a principios del siglo XX tenía  necesidades reales para la inclusión de las políticas públicas. A pesar de que  el país tiene sus actividades financieras relacionadas con el sector agrícola,  no hubo acciones públicas que beneficiasen a estos ciudadanos. En la década de  1930, Brasil asumió un nuevo posicionamiento político con características  orientadas al desarrollo industrial, por lo tanto, se ha planteado la necesidad  de concentrar los recursos humanos en los principales centros. Se inicia el  proceso de industrialización y el comienzo del éxodo, a partir de un despertar  a través de las necesidades de la población con cambios en el perfil, tanto en  la sociedad y en la economía.
                                          Con una mayor proporción de personas viviendo en las ciudades, en  consecuencia han surgido los problemas y conflictos propios de los avances  poblacionales, haciendo que el estado de bienestar social iniciado, reconocerse  que las intervenciones fuesen hechas en torno a las necesidades, debido a que  en este período el Estado estaba muy preocupado en promover el desarrollo  económico con el fin de acelerar el proceso de industrialización, con poca  actitud para el bienestar de la población. Según Coelho (2009, p 93),  "[...] a partir de 1930, comenzó el proceso de industrialización del  propio Brasil".
2.1.1 Conceptualización de Políticas Públicas
Según Rua, (2009, p.25), la política pública "se compone de todas  las decisiones y acciones relacionadas con la asignación obligatoria de los  valores. Una política pública generalmente implica más de una decisión y  requiere de varias acciones estratégicamente seleccionadas”. El enfoque de la  política pública se basa en las opiniones, decisiones y análisis de objetivos.  Después de esta fase, el estado establece la planificación estratégica y la  ejecución de la decisión. Es importante que el gobierno tenga la información  necesaria para garantizar la viabilidad de las decisiones públicas. Se debe  distinguir las acciones de las decisiones políticas y las acciones de política  pública, aunque estos términos sean diferentes, algunas personas no saben sus  conceptos y principios.
                                          Así, el concepto de política está conectada a los instrumentos  institucionales, que comprende un conjunto de acciones que tiene la  responsabilidad de resolver los conflictos que se administran por esta  política, que expresa relación de poder y tiene su papel clave en la resolución  de conflictos relacionados con los bienes públicos. De acuerdo con Rua, (2009, p.  16), "[...] el conflicto es una característica de la vida colectiva, sino  para la sociedad sobreviva y prospere, el conflicto debe estar dentro de  límites manejables".
                                          Las políticas públicas pueden ser la totalidad de las acciones, metas  y planes que los gobiernos nacionales, estatales o locales se asignan a lograr  el bienestar de la sociedad y el interés público. Las acciones que los  administradores públicos, líderes y tomadores de decisiones seleccionan que son  sus prioridades, son las que ellos entienden ser las demandas o las  expectativas sociales. Para Coelho (2009, p.21), "el poder del gobierno  también depende de su capacidad para identificar las necesidades y deseos  sociales y convertirlas en políticas públicas que producen resultados en la  sociedad".
                                          En este sentido, es esencial que la sociedad puede percibir y aprender  a separar el altruismo de algunos políticos percibiendo que las políticas  públicas practicada de una manera honesta, trae desarrollo al Estado y  beneficios necesarios para proporcionar de manera digna la supervivencia de las  personas, garantizando los directos fundamentales defendidos en el Constitución  Federal. Por lo tanto, Caldas (2008, p.5) expresa lo siguiente sobre el tema:  "[...] la política pública es un conjunto de acciones y decisiones de  gobierno, centradas en la solución o no de problemas de la sociedad".
                                          Las decisiones políticas se ven influidas por los participantes en las  manifestaciones, las poblaciones, los titulares de cargos públicos, los actores  internacionales (transaccionales), representantes de sindicatos, científicos  sociales y los medios de comunicación (herramientas utilizadas por el Estado  para divulgar o de conocer las necesidades de naturaleza material). Rua (2009,  p.5), pone de relieve la importancia de estos como agentes influenciadores en  las tomas de decisiones políticas:
                                          [...] Los periódicos y la televisión son importantes agentes de  formación de opinión que son capaces de movilizar la acción de otros actores.  De hecho, en especial la televisión, tiene un gran poder para dar forma a la  agenda de demandas del público, llamando la atención sobre diversos problemas,  a movilizar la indignación popular, de llamar e influir en las opiniones y  valores de las masas populares. Es importante tener en cuenta, sin embargo, un  actor, un recurso de poder y un canal de manifestación de interés.
2.2 Gestión Pública
Se entiende el término Gestión Pública como la forma de gestionar los intereses y activos de una determinada población, preservando la ley, la moral, el propósito, y también el hecho de la observancia de la gestión pública ser una organización como las otras, lo que deben orientarse para generar productos y servicios que sean en un determinado período disponibles a la población, con el objetivo primordial de satisfacer las necesidades de los ciudadanos. Por lo tanto, la gestión pública ha guiado sus acciones sobre la base de diversas características, por lo que el Programa Nacional de Administración Pública (2010, p.10) destaca los siguientes aspectos relevantes sobre este tema:
[...] Los organismos públicos se rigen por la  supremacía del interés público y la necesidad de la continuidad de la  prestación de servicio público.
                                          La administración pública no puede hacer  significados de las personas, deben tratar a todos por igual y con calidad. La  diferencia de trato se limita sólo a los casos previstos por la ley.
                                          La Administración Pública busca generar valor para  la sociedad y maneras de asegurar el desarrollo sostenible, sin perder de vista  la obligación de utilizar los recursos de manera eficiente.
                                          La actividad pública se financia con recursos  públicos procedentes de las contribuciones obligatorias de los ciudadanos y las  empresas, que deben ser dirigidas a la prestación de servicios públicos y  producción del bien común.
En base a estas características, la sociedad se da cuenta de que las  acciones que se rigen en la gestión pública se utilizan efectivamente para  satisfacer sus intereses. Por lo tanto, es de fundamental importancia la  comprensión por parte de los ciudadanos de los valores y principios que rigen  la administración pública, donde su foco debe dirigirse hacia el bienestar  social. Se entiende que las prioridades integradas en la sociedad deben ser  satisfechas a través de las agencias de asistencia pública. Con este fin, el  Plan Nacional de Gestión Pública (2010, p.18) reitera:
                                          Dirección de las acciones públicas para regular y  continuamente satisfacer las necesidades de los ciudadanos y la sociedad , en  condición de sujetos de derechos, beneficiarios de los servicios públicos y los  destinatarios de acción que surja del poder del Estado ejercido por las  organizaciones públicas.
2.2.1 Evolución Histórica de la Gestión Pública
Después de un largo periodo de cambios en el escenario político nacional, la sociedad fue testigo de varios acontecimientos económicos, políticos y sociales que llevaron a varios cambios influenciados principalmente por las políticas internacionales que reflejaban el sistema político, económico y social del Estado después de la crisis de 1929. Estos eventos se han convertido en un punto de referencia para el gobierno a asumir un nuevo puesto destinado a desarrollar la reestructuración organizativa de la administración pública, sobre la base de los patrones del capitalismo y analizar las necesidades de la ampliación de su capacidad en la prestación de servicios y la capacitación de la mano de obra. Leite Júnior (2009, p.20) explica que:
[...] la crisis económica golpeó a los EE.UU., se extendió por todo el mundo capitalista y sólo terminó con la Segunda Guerra Mundial. Este período de recesión económica provocó un alto desempleo, una reducción drástica en el producto interno bruto, con gran disminución de la producción industrial, precio de las acciones, en prácticamente todos los indicadores de la actividad económica en muchos países de todo el mundo.
A pesar de la disrupción de la economía mundial fue en los años 30 que  el Brasil celebró sus elecciones presidenciales para la instalación de la  República, con la nueva fase de la política brasileña con las inspiraciones de  carácter nacionalista iniciando el proceso de industrialización. Esta nueva  fase de la política brasileña ha creado la necesidad de adaptar la maquinaria  administrativa del Estado para cumplir con las nuevas expectativas políticas.
                                          La política nacional se prepara para el proceso de modernización, a  través del cual se crearon diversos organismos públicos para implementación de  las prácticas políticas, tales como el Ministerio de Justicia, la Justicia  Laboral, Patrimonio Cultural y las instituciones educativas. Sin embargo, la  organización del Estado hizo el crecimiento de la urbanización y el desarrollo  de los grandes centros urbanos, que también reflejan la obligación de cumplir  con los deberes del Estado hacia la sociedad. Por lo tanto, la población exigió  la presencia de un gobierno más eficaz, lo que le obligó a iniciar una nueva  etapa en la organización del Estado basado en el modelo burocrático weberiano  que se base en el mérito y la departamentalización.
                                          La modernización de la economía brasileña ya no era compatible con el  modelo de gestión basado en el paternalismo. Ante esto, la administración  patrimonialista fue sustituido por la administración pública burocrática. Fernandes  y Sales (apud Bresser Pereira, 2009, p.03) afirman que la reforma burocrática  se produjo en el primer gobierno de Vargas, "destinada a transformar la  administración pública brasileña, que hasta entonces era patrimonialista, en un  servicio profesional basado en el Estado de la ley y competencia técnica".
                                          El modelo burocrático trajo en su concepto características de una  estructura social donde las actividades del grupo están a cargo de una máquina  impersonal que fue organizado de forma jerárquica, debiendo actuar adoptando  criterios impersonales y métodos racionales. Este modelo burocrático de  administración mostró formas anómalas, produciendo una baja eficiencia, con  poca flexibilidad. La burocracia mostró buenas señales en la era industrial  pues funcionaba en un entorno estable, siendo necesaria la flexibilidad y la  profesionalización de la administración pública. Como afirma Bresser Pereira (1998,  p.175), "El Estado burocrático estaba preocupado principalmente no en ser  eficiente, pero eficaz, asegurar su autoridad y la ley."
                                          Con el advenimiento de la intervención directa del Estado en la  producción de bienes, se consideró un gran avance en la esfera pública sobre la  esfera privada. Como resultado, el período en que Vargas administró la  república fue un momento que proporcionó la modernización económica, política y  administrativa. En este nuevo panorama político, los ciudadanos trabajadores  tenían sus beneficios adquiridos a través de la creación de leyes que  favorecían a la clase obrera.
                                          El gobierno de Vargas proporcionó al Brasil la creación de empresas de  carácter nacionalista en el sector primario, para eso se generaron estrategias para  la creación de la Compañía Siderúrgica Nacional, Petrobras, la minería y la  producción de motores. A mediados de los 50 el Brasil sufrió con el descontrolo  de las cuentas públicas emergiendo un crecimiento exacerbado de la inflación  que ha generado una deuda sin precedentes en el país. Según Leite Júnior (2009,  p.28), "[...] el buen desempeño de la economía fue acompañado por un  fuerte aumento de la inflación y un descontrolo de las cuentas públicas. En  este escenario, en el fin del gobierno, la inflación anual superó el 30% y el  déficit público superó el 25% de los ingresos”.
                                          Como resultado de la alta inflación que representó para el Brasil un  crecimiento de las inversiones en la industrialización, hubo en la escena  política nacional un avance para la fase de la industrialización. Para esto fue  necesario un reordenamiento de las finanzas públicas y la modificación del  perfil del contexto histórico brasileño. El gobierno elaboró una agenda  progresista basado en las ejecuciones de las grandes obras públicas. Esta fase  fue seguida por una planificación identificada como Planes y Metas dirigidos  por la propaganda política que se ha convertido en el lema de esta época  "50 años de proceso en 5 años de logros".
                                          Durante esta fase el Brasil transforma el perfil de una nación  beneficiadora de las actividades agrícolas, para iniciar las actividades  industriales. Pero este crecimiento se ha presentado a las arcas públicas un  desequilibrio en la gestión financiera generada por la alta inversión en  proyectos de infraestructura. De este modo, la crisis económica en Brasil se ha  instalado y arrastrado durante muchos años, causando falta de fe en la gestión  pública en la sociedad.
                                          Dadas las circunstancias, la administración pública buscó la manera de  eludir los problemas económicos y financieros, creando formas de asegurar los  ingresos fiscales. Para ello, se implementó el banco central y el consejo de la  moneda nacional. Estas agencias irían gestionar la regulación y supervisión de  las actividades comerciales, industriales y los demás medios de mercado. Por  una vez más el Brasil estaba buscando maneras de generar el superávit de las  arcas públicas. Según Leite Júnior (2009, p.35):
[...] Las reformas estructurales llevadas a cabo por el equipo económico del gobierno, llevaron el ajuste de las cuentas públicas, controlar el proceso inflacionario, organizar el sistema financiero, atraer los ahorros nacionales y extranjeros, las condiciones necesarias para la expansión económica, el período conocido como Milagro Económico de Brasil.
Las manifestaciones políticas que se produjeron a lo largo de los años  60, 70 y los 80 llevó el Brasil a desarrollar varios modelos económicos que  permitían el ajuste de los déficits públicos. Todavía permitió que las tasas de  inflación alcanzase porcentaje muy alta, como revela Leite Júnior (2009, p.48)  "en 1984, la inflación anual llegó a 201,7%", mediante a la situación  de crisis del petróleo instalado en Asia, que reflejó directamente en la  economía brasileña. Las maniobras políticas administradas por el régimen  militar provocaron la insatisfacción en la política y la sociedad civil.
                                          En 1983 empieza el movimiento "Directas" que tenía como  objetivo obtener la aprobación de la enmienda constitucional que promovería  cambios en el sistema de elecciones directas para presidente. En este contexto Leite  Júnior (2009, p.48) afirma que:
Las décadas de 1980 y 1990, consideradas desde el punto de vista del crecimiento económico, como décadas perdidas, fueron de gran importancia para la consolidación de los avances en el proceso de construcción del actual Estado nacional. Durante este período, se dice que Brasil creció hacia adentro, fortaleciendo las raíces que apoyarán la expansión de la importancia de la nación brasileña con una nueva orden política y económica que vislumbra para el período posterior a la crisis económica actual.
En la década de 1990 acontecieran algunos cambios económicos en el  mundo, que se hizo conocida como la década de las reformas estructurales. La  reforma del Estado y el modelo de privatizaciones han proporcionado cambios en  el marco social, ambiental, cultural y tecnológico, propiciando el aumento de  la participación de la sociedad civil en la definición de interés público,  surgiendo así un nuevo modelo de desarrollo cuanto al papel del Estado, se  tratando de garantizar y proteger los derechos de los ciudadanos y el Estado de  Derecho. Estos elementos dieron lugar a las agencias ejecutivas.
                                          A mediados de los años 90, Brasil ve otro cambio en la estructura de  la organización, tal como cita Leite Júnior (2009, p.65): "[...] el plan maestro  para la reforma del aparato administrativo de gestión de las áreas fin,  conservaban el modelo burocrático weberiano". El modelo de gestión se puso  en práctica para garantizar la ley al Estado y permitiendo que los servicios  públicos fusen ejecutados de manera eficiente. La literatura del Plan de  Reforma del Aparato del Estado (1995, p.14.) explica que:
[...] la administración pública burocrática surgió en el siglo pasado junto con el Estado liberal, así como una manera de defender el bien común contra el paternalismo. En la medida, sin embargo, que el Estado asumió la responsabilidad de la defensa de los derechos sociales y creció en tamaño, fue dándose cuenta de que el costo de esta defensa podría ser mayor que los beneficios del control. Por lo tanto, en este siglo, las prácticas burocráticas están siendo reemplazados por un nuevo tipo de gestión: una administración gerencial.
Las agencias reguladoras han surgido para equilibrar los mercados donde existen relaciones desiguales entre sus principales actores y grupos de interés, regulando servicios y monopolios públicos abiertos a la iniciativa privada a través de concesiones. Mediante la observación de la trayectoria y los modelos que han hecho presentes en la administración de los intereses de la sociedad, se da cuenta de que ocurrieran evoluciones en relación a la gestión pública, pero todavía hay un camino de dificultades, en el caso de la implementación de un modelo en la actualidad.
2.2.2 Conceptualización de Gestión Pública
La administración pública trabaja a través del sistema donde el  gobierno ejerce los principios constitucionales de legalidad, impersonalidad,  moralidad, publicidad y eficiencia, que se convirtieran en orientadores de las  iniciativas y prácticas de las políticas públicas para contener las  aspiraciones de la sociedad. Matias y Pereira (apud Sales y Fernandes, 2010. p.  09) definen la gestión pública como el "sistema de gobierno, todo el  conjunto de ideas, actitudes, normas, procesos, instituciones y otras formas de  la conducta humana, que determina la forma de distribuir y ejercer la autoridad  política y la forma en que sirven al interés público ".
                                          Aunque se puede conceptualizar la gestión pública como un instrumento  para lograr la política de gobierno, en el que se implementan constantemente  modelos, con la expectativa de la viabilidad de la atención eficiente y eficaz  orientada a satisfacer las demandas sociales.
                                          De acuerdo con Filippim y Gemelli (2010, p. 178), el concepto de la  administración pública se da de la siguiente manera:
En un sentido formal, la administración pública, es el conjunto de órganos establecidos para consecución de los objetivos del gobierno; en el sentido material, es el conjunto de funciones necesarias a los servicios públicos en general; en propósito operativo, es el desempeño perenne y sistemático, legal y técnicos, del servicios del propio Estado o tomado por él en beneficio de la sociedad. En una visión global, la administración pública es, por lo tanto, toda la maquinaria del Estado preordinado para llevar a cabo sus servicios, visando a la satisfacción de las necesidades colectivas.
2.3 Tercerización en la Gestión Pública
2.3.1 Origen de la tercerización
Puede describir que, históricamente, la subcontratación tiene sus orígenes en los Estados Unidos en los años 50, específicamente en el área industrial, como destacan Leiria y Saratt (1995, p.22), "surgió en los Estados Unidos antes de la Segunda Guerra Mundial y consolidó como una técnica de administración de empresas a partir de los años 50 a través del desarrollo acelerado de la industria". En Brasil fue introducida por las empresas multinacionales en la industria automotriz alrededor de los años 50 y 60, que buscaban centrar su negocio sólo en el montaje de vehículos, dejando a terceros la tarea de fabricación y fornecimiento de los componentes. A partir de entonces cobró impulso con la aparición de empresas que prestan servicios de mantenimiento y limpieza y luego las empresas de seguridad, ampliando progresivamente a otros sectores de actuación.
2.3.2 Conceptualización de tercerización
Teniendo como visión especializada y organizacional, los autores  Fontanella, Tavares y Leiria (1995, p.19), definen la tercerización como  "una tecnología de administración que consiste en la compra de bienes y/o  servicios especializados de una manera sistemática e intensiva para integrarse  en condición de actividad medio en la actividad principal de la empresa".
                                          La tercerización es vista por Giosa (2009, p. 140), "como un  proceso de gestión a través del cual se repasan algunas de las actividades a  terceros se estableciendo una relación de colaboración y dejando la empresa  concentrada en su actividad principal". Giosa también hace hincapié en la  necesidad de conocer los diferentes aspectos de la organización vista como  condicionantes para el logro de la tercerización. Estos aspectos se pueden  considerar así: estratégico, cuando se trata de saber cuál es la declaración de  la misión, de las razones de la existencia, que se propone llevar a cabo cuanto  a los objetivos y directrices; conocer a sus proveedores; conocer sus  competidores reales en el mercado y los que tienen el potencial de que sean; ser  consciente de cuáles son los productos/servicios que pueden ser reemplazados.
                                          Las conceptualizaciones realizadas en la temática tercerización hasta  ahora están relacionadas con los conceptos generales refrendados por muchos  autores, sin embargo, específicamente dirigido a empresas privadas. Teniendo en  cuenta la tercerización en el sector público, esta puede ser clasificada como  la combinación de las actividades que se desarrollarán en las diferentes  esferas de gobierno y realizada por terceros. En este contexto, Ramos (2001, p  37) conceptualiza la tercerización en la gestión pública: "Función  Administrativa, considerado en su sentido objetivo, que puede llevarse a cabo  por los poderes ejecutivo, legislativo y judicial, así como la terceros,  autorizados para actuar en nombre del Estado, como es el caso de los  licenciatarios y concesionarios de servicios públicos".
2.3.3 Principios y Evolución de la Tercerización en la Gestión Pública
La Administración Pública de Brasil pasó a vivir graves problemas  relacionados con la gestión, principalmente en el área de recursos humanos,  tanto en lo referente a la cuestión de la calificación del servidor, al igual  que con respecto a los asuntos financieros que minan las estructuras de  personal en relación al mantenimiento de las contrataciones y el personal en el  servicio especificado.
                                          Para reducir el tamaño del Estado a través de su aparejamiento, para  que sea más flexible y eficiente cuanto a sus obligaciones, a partir de los  años 80 la Administración Pública de Brasil inició un proceso de reforma. En  este punto viene la privatización de las empresas, que incluía la ruptura de  monopolios de actividades realizadas exclusivamente por el gobierno, la  delegación de los servicios públicos a la contratación externa, que surgió con  el objetivo de colaborar realizando actividades auxiliares de la  administración.
                                          La forma de la contratación de mano de obra subcontratada fue una  manera encontrada por las autoridades públicas en Brasil, con el objetivo de  satisfacer las dificultades encontradas con la escasez de personal causadas por  reducción de costos en las tres esferas de gobierno, siendo interrumpida la  realización de concurso público en la esfera del Poder Ejecutivo, que era el  único medio de ingreso del servidor público. En este contexto surgió, por regla  general, la contratación de mano de obra subcontratada para llevar a cabo las  actividades medio de la administración pública.
                                          Haciendo una rápida evolución histórica, el primer proyecto de reforma  en Brasil ocurrió durante el gobierno de Getúlio Vargas, en las décadas  1930-1940, donde se estructuró el estado administrativo moderno. Esta reforma  tuvo como puntos principales la reforma del sistema de personal, la  implementación de sistemas administrativos y de las actividades del  presupuesto. En este período, se creó el Departamento de Servicio Público  Administrativo (DASP). Esta reforma también tuvo como objetivo equilibrar las  finanzas públicas, preparándolas para servir como una estrategia de crecimiento  para aquella época.
                                          En la década de 1960, llegó la segunda reforma administrativa, que  sustituyó al estado anterior, institucionalizando el Estado y su función de  intervenir en la vida productiva nacional. Cabe señalar que estos modelos de  administración, se han basados en el modelo weberiano, que tenía como objetivo  dar más eficiencia a la Administración Pública Federal, tiendo se desarrollado  en períodos autoritarios. El DASP fue la agencia responsable de la  universalización del sistema de mérito. Se creó la Secretaría Civil de Personal  (CEPEC) y la Secretaria de Servicios Generales-SESG en un intento de  estandarizar y simplificar la compra de los materiales de consumo y  permanentes, de acuerdo con el presupuesto federal.
                                          Con la Constitución de 1988, se observa que la función social del  Estado se amplió mediante el establecimiento del pacto federal, con la  descentralización de los recursos públicos y dando privilegios a los  municipios. No se solucionó el problema de los Estados que ya estaban en deuda  y con dificultades de financiación. Así concentró el desequilibrio fiscal de la  Unión. Las reformas propuestas entre 1985 a 1989 por parte del gobierno Sarney  y de 1990 a 1992 por el gobierno de Collor, además de fallaren, agravaran aún  más la situación administrativa del país.
                                          En el final de 1995 el Presidente Fernando Henrique Cardoso presentó  el "Plan Maestro para la Reforma del Aparato del Estado" que figuraba  en una concepción de Estado y su funcionamiento dividido en dos funciones  principales, una en el nivel estratégico y el otro en el nivel ejecutivo. La  citada reforma tuvo como directrices y principios satisfacer las demandas  sociales, la reducción del tamaño del Estado y de la contención del gasto  público.
                                          En la página 12 del Plan Maestro para la Reforma del Estado, consta  que la reforma del Estado debe ser entendida en el contexto de la redefinición  del papel del Estado, que deja de ser el responsable directo del desarrollo  económico y social a través de la producción de bienes y servicios, para  fortalecer el papel de promotor y regulador de dicho desarrollo.
                                          En cuanto a la tercerización en el servicio público hecho necesario  que el Estado organizase como se daría la descentralización de los servicios,  en el que se estableció de dos maneras (concesión y permisión), donde la  gestión estratégica recae en el gobierno, siendo delegadas la gestión operativa  y la ejecución directa de la actividad. La descentralización de los servicios,  cuando el Poder Público delega mediante ley, la ejecución de un servicio  público a una entidad jurídica de derecho público o privado creado para tal fin  (municipios, fundaciones, empresas públicas, sociedades anónimas), las  entidades recibe la propia titularidad del servicio público. Según Ramos (2001,  p. 116-118) en la tercerización (en sentido estricto), el gobierno no delega la  gestión estratégica u operativa, simplemente pasa a la ejecución material de un  determinado servicio.
2.3.4 Legislación de la Tercerización en la Administración Pública
La legalidad de la tercerización en la Administración Pública ocurrió por el Decreto-Ley 200/67, que establecía que el gobierno utilizase siempre que sea posible la aplicación indirecta de algunas actividades mediante contrato que satisficiese ciertas condiciones.
La ejecución de las actividades de la Administración Federal debe ser ampliamente descentralizada. § 7 Para el mejor cumplimiento de sus funciones de planificación, coordinación, supervisión y control, y con el fin de evitar el crecimiento excesivo de la maquinaria administrativa, la Administración tratará de desvincularse de la ejecución física de las tareas ejecutivas, utilizando, cuando sea posible, la ejecución indirecta, por contrato, a condición de que, haya en el área la iniciativa privada suficientemente desarrollada y calificada para llevar a cabo las tareas de aplicación (artículo 10, Decreto-Ley 200/67) .
El decreto ley 200/67 también estableció un plan indicativo  conteniendo conceptos y principios que facilitaron el desarrollo del programa  de reforma administrativa que al ser implementado consolidó el modelo de  "Administración para el Desarrollo".
                                          La Constitución Federal de 1988, a través del inciso XXI del artículo  37, permitió la contratación de servicios de terceros por parte de del  gobierno, siempre que exista una ley específica previendo la licitación y  existe establecimiento de reglas que son recomendados por la Ley 8.666/93 de  licitaciones y contratos.
                                          Los fundamentos jurídicos y normativos de la tercerización en la  Administración Pública Federal en la actualidad es Ley 8.666/93, el Decreto  Federal 2.271/97, IN 2/2008- SLTI (Enunciado Normativo de la Secretaría de  Logística y Tecnología de Información) y sus modificaciones, además de la  planilla 331 - TST (Tribunal Superior del Trabajo) y, aunque no constituye una  norma, también se debe considerar los entendimientos contenidos en las  resoluciones de la TCU (Tribunal de Cuentas de la Unión).
2.3.5 Las limitaciones impuestas a la Tercerización en la Gestión Pública
Considerando los conceptos y las afirmaciones que se han preparado  hasta el momento, se puede decir que hay un conjunto de actividades que el  Estado puede conducir sin su ejecución, sin embargo, no todas las tareas  consideradas accesorias pueden ser subcontratados. Como recuerda Kian (2006, p.11)  que afirma que no pude ocurrir la tercerización cuando en la estructura  administrativa del gobierno hay cargos creados para satisfacer esas  necesidades.
                                          La Administración Pública sólo puede adoptar formas de tercerización  previstas por la ley, bajo pena de ilegalidad del acto y la responsabilidad del  agente que practicó y, por regla general, debe ser precedida de licitación (MARTINS,  2005, p.152). Mirando más allá de la legalidad de los actos, Ramos (2001,  p.135) señala "la importancia de observar los principios de eficiencia y  economía en la limitación del uso de la tercerización en el sector  público." La eficiencia citada se reporta a la excelencia de los medios  utilizados para alcanzar los objetivos que son visados por la Administración.
                                          La Ley 8.666/93 también establece límites cuando define la  contratación de servicios por la Administración Pública presentando lista  orientativa de las actividades que pueden ser subcontratadas. Ramos sugiere que  la tercerización puede extrapolar la actividad medio del gobierno, desde que  bajo el amparo de la ley, debido a que su acción debe basarse en el estricto  respeto de la legalidad. Según Ramos (2001, p.126)
                                          Para mejor alcanzar el objetivo público de su institución, sin  apartarse de las funciones que le hayan sido asignados legalmente, observados  los instrumentos formales impuestos por la ley, a principio parece posible  concebir una tercerización que se confunda con las facetas de la actividad fin  del organismo o entidad.
3 LOS RIESGOS DE LA TERCERIZACIÓN EN LA GESTIÓN PÚBLICA
3.1 Ventajas
En todos los modelos de gestión existen ventajas y desventajas a la organización. Con la tercerización esto no es diferente. Estos factores deben ser analizados sobre todo cuando se trata de la organización pública. Imhoff y Mortari (2005, p.85), al comentaren sobre los beneficios de la tercerización, destacan en el siguiente que ellos consideran que es la principal ventaja de la tercerización de servicios:
La principal ventaja en el aspecto administrativo sería tener alternativa para mejorar la calidad del producto o servicio y también la productividad. También sería una forma de obtener un control total de la calidad dentro de la empresa, siendo que uno de los objetivos básicos de los administradores es la disminución de los gastos laborales y de seguridad social, además de la reducción del precio final del producto o servicio.
Con el uso de la tercerización, la organización tiene la oportunidad  de dirigir todos los recursos y esfuerzos para su propia actividad fin, en que  es especializada, donde se puede obtener una mejor calidad de productos y/o  servicios a la sociedad, y en consecuencia de estos resultados, la obtención de  un fortalecimiento competitivo. La tercerización cuando se utiliza de la manera  correcta, es decir, cuando sus contratos de servicio se hacen cumplir,  especialmente cuando implican mano de obra, se hace muy ventajoso para la  empresa o organismo público contratante, en función de los diferentes  beneficios que se generan con su uso, que van desde los beneficios de las economías  de escala y la reducción del espacio que ocupa en la empresa.
                                          Imhoff y Mortari (2005, p.88) señalan que: "[...] se ocurrirá la  creación de puestos de trabajo externalizados, con una mejora de la mano de  obra, la distribución del ingreso entre los participantes del proceso, la  concentración de los esfuerzos en la actividad fin de la empresa,  especialización en el servicio, la competencia y la productividad para todo el  mercado".
                                          La gran ventaja de la tercerización para la administración pública es  la posibilidad que le es dada de poder transferir actividades (medios) consideradas  como no esencial en la política económica de la empresa para ser ejecutada por  un tercero. Esta posibilidad motiva la creación de nuevas empresas y, por  tanto, nuevos puestos de trabajo, que a su vez va a generar un aumento en la  recaudación de impuestos en el área de servicios. La tercerización es cada vez  más utilizada para el sentido práctico y la economía que trae al Estado, sin  embargo, hay algunos factores que dificultan la consecución del principio  constitucional de eficiencia previsto en el artículo 37 de la Constitución de  1988. Este principio sostiene que la administrada más allá de la obligación que  tiene de prestar los servicios también tiene el deber de suministrar de manera  satisfactoria, de forma rápida y eficaz.
3.2 Desventajas
Este tipo de contrato de servicio puede ser extremadamente importante.  Sin embargo, para conseguir éxito a través de él es necesario tomar algún tipo  de atención sobre las normas y metodologías básicas utilizadas en el curso de  su ejecución. Se observa que uno de los principales riesgos que los gestores  públicos corren en los procesos de la tercerización es contratar empresas que  no cumplan con sus obligaciones contractuales de manera satisfactoria. Muchas  de estas empresas no tienen la competencia necesaria y la probidad financiera,  que les dará el debido respeto y crédito sin restricciones por retrasar el pago  de los salarios y ausencia de depósitos del FGTS (Fondo de Garantía por Tiempo  de Servicio) de sus empleados.
                                          Otro riesgo bastante común que ocurre en la contratación de servicios  externos es la falta de visión estratégica de los que van a preparar la  planificación de lo que quiere subcontratar. El logro de un buen contrato sólo  se obtiene cuando el proceso de tercerización se inicia a través de una  planificación bien elaborada. Algunos gestores públicos creen que obtendrán un  ahorro de costes a través de la tercerización, sin embargo, si no hay una  planificación adecuada, las fallas ocurren inevitablemente que contribuyen a la  ocurrencia de un inevitable fracaso de todo el proceso.
3.3 Encargos Laborales y de Seguridad Social
La administración pública al contratar servicios tercerizados debe  tener cuidados redoblados con los encargos laborales y de seguridad social  relacionados con el personal asignado a estos servicios en sus instalaciones a  través del instrumento contractual. Estas precauciones son necesarias para  preservar el gobierno de tener que responder por las deudas laborales y de  seguridad social de los empleados que trabajan en sus instalaciones, incluso si  están vinculados a los proveedores de servicios. Para Almeida (2009, p. 56),  esto ocurre "porque, en el caso de los encargos laborales, se configura la  responsabilidad subsidiaria de la administración. En el caso de los encargos  sociales, la situación es aún peor, estableciendo la responsabilidad solidaria  de la entidad contratante".
                                          Según Almeida (2009, p. 56), "las obligaciones laborales incluyen  cuotas pagadas directamente al empleado, tales como salarios, horas extras, 13º  salario, vacaciones, insalubridad y peligrosidad. Se forma como ya se ha dicho,  la responsabilidad subsidiaria de la gestión de las obligaciones  laborales". El Pronunciamiento 331 del TST, revisión de la declaración  256, que trata de la legalidad de los contratos de servicios en su párrafo IV  aclara que:
IV - El no pagamiento de las obligaciones laborales por el empleador implica la responsabilidad subsidiaria del contratante de los servicios, que dichas obligaciones, incluso con respecto a los órganos de la administración directa, las autoridades locales, fundaciones públicas, empresas públicas y empresas mixtas, siempre que hayan participado en la relación procesal y también se incluye en la aplicación judicial (Art. 71 de la Ley N º 8666 de 21.06.1993).
La autorización de los gastos debe tener un cuidado especial con respecto a los encargos de seguridad social, ya que son ocasionadores de muy grave responsabilidad mutua para la administración pública.
3.4 Riesgos en Relación con la Legalidad
La tercerización puede ser aplicada en todas las áreas de la  organización que son definidas como actividad medio, pero aquel que desea  contratar debe tener mucho cuidado para dejar bien definido las áreas que  pueden ser subcontratadas, en base a la actividad fin de la organización  pública que administra.
                                          La CLT (Consolidación de las Leyes Laborales) en su § 2 del artículo  581, establece que: "Se entiende por actividades primarias la que  caracteriza la unidad de producto, funcionamiento o meta final, para el cual la  obtención de todas las demás actividades convergen, en exclusiva, en el esquema  de conexión funcional". Por lo tanto, conforme destaca Teixeira (2010,  p.1) "es ilegal la tercerización relacionada directamente con el producto  final, es decir, la actividad fin. Aislando la actividad fin, todas las demás  pueden ser legalmente subcontratadas".
3.4.1 Vínculo del Trabajo
Al externalizar, es muy importante definir de manera clara y objetiva  a través de un instrumento contractual de prestación de servicio, las  actividades fines y las obligaciones aplicables al contratante y contratadas,  estableciendo reglas de relación adecuadas para ambas partes, evitándose, el  vínculo laboral (subordinación) entre la contratante y la contratada. Si fique  probado el vínculo de trabajo por el juez, el Tribunal de Trabajo determina al  contratante la responsabilidad solidaria por el vínculo de empleo, teniendo que  pagar por todos encargos laborales al que el trabajador tenga derecho.
                                          La subordinación es típica de la relación laboral con el vínculo de  trabajo, siendo estrictamente prohibido en el caso de la tercerización. Se  caracteriza por el ejercicio del poder por el contratante directamente sobre el  trabajador subcontratado. La sujeción indirecta es la que caracteriza la  relación de tercerización, y es admitida por la Justicia del Trabajo, sin  establecer vínculo de trabajo. En la tercerización, la relación  empleado-administración se da en la figura del prepuesto (VIEIRA, 2006).
3.4.2 Evitando Riesgos en la Tercerización
La tercerización para ser legal, tiene que seguir los principios jurídicos y la legislación. El respeto de las normas, la ocurrencia del vínculo directo con el empleado subcontratado con la empresa u órgano contratante, incluso en el caso de cualquier subordinación directa, caracterizado irregularidad grave. El Pronunciamiento 331 del Tribunal Superior del Trabajo (TST) en la declaración revisada 256 establece los siguientes parámetros sobre el tema:
I - La contratación de trabajadores a través de una  empresa intermediaria es ilegal, se formando vínculo directo con lo  contratante, salvo en el caso de trabajo temporal (Ley N º 6019, de  01.03.1974).
                                          II - El empleo ilegal de trabajadores, mediante una  empresa intermediaria, no genera una relación de trabajo con los órganos de la  administración pública directa, indirecta o fundacional (artículo 37, II, de la  CF/1988).
                                          III - No forma una relación de trabajo con el  contratante la contratación de servicios de vigilancia (Ley N º 7.102, de  20.06.1983), y de servicios de mantenimiento y limpieza, así como servicios  especializados relacionados con las actividades medio del contratante, desde  que inexistente la personalidad y la subordinación directa.
4 CONSIDERACIONES FINALES
El propósito de este artículo fue realizar un acercamiento a la  cuestión de los riesgos de la tercerización en la administración pública,  tratando de analizar las diversas situaciones que se dan en el universo del  tema en sus diferentes aspectos, dando por supuesto la necesidad de profundizar  el contexto dirigido a los riesgos a sí mismos.
                                          Se sabe que, en el sector privado, la tercerización es vista como una  manera de gestionar dentro de un modelo moderno de las relaciones laborales,  llegando a destacar en cuanto a la cuestión de la reestructuración de las  empresas, proporcionando reducción de los costos operacionales. En relación con  el sector público, la tercerización se utiliza con el fin de reducir la  estructura administrativa del aparato estatal, por lo que hay a transferencia  de las actividades auxiliares para que sean ejecutadas por empresas privadas a  través de contratos, con el objetivo de economía y eficiencia en la prestación  de servicios.
                                          Se procuró dejar claro, a través de un extenso material bibliográfico  y documental presentada en el artículo, que es autorizada a la administración  pública delegar sus actividades auxiliares (o actividades medio) a terceros,  pero sólo la organización pública puede realizar sus actividades principales (o  actividades fines). Por otra parte, es necesario destacar la importancia de la  planificación y el estudio preliminar antes de la por la tercerización. Esto no  debe ser visto sólo por el factor de costo, pero teniendo en cuenta una serie  de particularidades inherentes a la propia administración pública. El propósito  de un servicio público es la satisfacción de las necesidades de los ciudadanos  y una tercerización mal ejecutada puede poner en duda la credibilidad del  órgano y incluso perjudicar el bon funcionamiento de la organización.
                                          Para que esta forma de contratación de servicios sea benéfica desde el  punto de vista de la administración pública y de contribuir al buen desempeño,  es necesario un profundo proceso de seguimiento de todas las etapas de la  contratación. El monitoreo como lo requiere la ley de licitaciones y contratos  debe ser realizada por un representante de la administración debidamente  capacitado para este fin.
                                          La tercerización es una sociedad entre la empresa contratante y la  empresa proveedor de servicios, y para tener éxito en el logro de la unión de  esta asociación es de suma importancia que exista autonomía entre los socios. Sin  embargo, aquel que busca tener éxito en un proceso de tercerización, tenga en  cuenta que no sólo necesita de un proveedor de servicios sino también un socio  que le dará el apoyo adecuado a las actividades encomendadas. Para ello, es  necesario disponer de métodos para evaluar la competencia de que ese socio  deberá tener para proporcionar bienes y/o servicios con la calidad deseada.
                                          Es importante dar a conocer que desde el año 2010, la Contraloría  General, en cumplimiento de la Ley 9.312/2009, de 19 de Enero de 2010, creó un  sitio web (http://www.portaldatransparencia.gov.br/ceis) que permite al gestor  público a tener acceso al Registro de Empresas Inaptas y Suspendidas (CEIS),  una base de datos con una lista de empresas que cometieron fraudes en  licitaciones públicas o en contratos de tercerización, que practicaban acciones  de burlar las autoridades fiscales o actos ilícitos cometidos contra el  Gobierno. Por lo tanto, se espera que el gestor público responsable por las  licitaciones o las tercerizaciones se mantenga informado de estas empresas con  el fin de evitar que participen en los procesos de adquisición, contratación y  subcontratación de productos y servicios del Estado.
                                          Llegamos a la conclusión de que el proceso de contratación y  tercerización en la administración pública puede aportar claros beneficios para  el sistema público, sin embargo, mucho debe hacer para que este proceso se  convierta de facto en una herramienta para ayudar a la administración pública. Existen  varios riesgos que ponen vulnerable si no cumple con las normas y reglamentos  que están orientados hacia la excelencia en el servicio público. Los riesgos  inherentes a tercerización son variados, tales como fraudes, no pagamientos de  la contratada, encargos laborales y sociales, la corrupción, el vínculo de  trabajo, entre otros. Cabe al gestor público acompañar meticulosamente, tanto  en el proceso de contratación de la empresa que presta el servicio, cuanto los  servicios prestados en el día a día, recordando siempre que la finalidad del  servicio público es proporcionar un servicio de calidad y que satisfaga las  necesidades de los ciudadanos.
REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS
ALMEIDA, C. W. L. Fiscalização contratual: “Calcanhar de Aquiles” da execução dos contratos administrativos. Revista do Tribunal de Contas da União, Brasília, DF, v.38, n.114, p.53-61, 2009. Disponível em: < http://portal2.tcu.gov.br/portal/pls/portal/docs/1338830.PDF> Acesso em: 20 nov. 2013.
BRASIL. Consolidação das leis do trabalho. Decreto – lei nº 5.452, de 1 de maio de 1943. Aprova a consolidação das leis do trabalho. Lox – Coletânea de legislação: edição federal, São Paulo, v. 7, 1943. Disponível em: < http://www.superdownloads.com.br/download/154/clt-consolidacao-leis-do/ >. Acesso em: 20 nov. 2013.
BRASIL. Decreto- lei 200, de 25 de fevereiro de 1967 . Dispõe sobre a organização da Administração Federal, estabelece diretrizes para a reforma administrativa e dá outras providências. Disponível em: < http: www.presidencia.gov.br/legislacao/ >. Acesso em: 20 nov. 2013.
BRASIL. Lei nº 8.212, de 24 de julho de 1991 . Dispõe sobre a organização da Seguridade Social, institui Plano de Custeio, e dá outras providências. Presidência da República. Disponível em: < http://www.planalto.gov.br/ccivil_03/Leis/L8212cons.htm >. Acesso em: 20 fev. 2013.
BRASIL. Lei nº 8.666, de 21 de junho de 1993. Regulamenta o art. 37, inc. XXI da constituição federal institui normas para licitações e contratos da Administração Pública e dá outras providencias. Disponível em: < http://www.planalto.gov.br >. Acesso em: 20 nov. 2013.
BRASIL. Tribunal de Contas da União. Acórdão nº 89/2000, Plenário. Relator: Ministro Adhemar Paladini Ghisi. Sessão 16/10/2002. Disponível em: < http://contas.tcu.gov.br/portaltextual/PesquisaFormulario >. Acesso em: 20 nov. 2013.
BRASIL. Tribunal Superior do Trabalho. Súmula nº 331. Contrato de prestação de serviços, legalidade, revisão do Enunciado nº 256. Diário Oficial da União, Brasília, DF. 21 dez 1993 e 04 jan 1994.
CALDAS, Ricardo Wahrendorff. Políticas Públicas: conceitos e práticas. Belo Horizonte: SEBRAE/MG, 2008.
COELHO, Ricardo Corrêa. O público e o privado na gestão pública. Florianópolis: Departamento de Ciências da Administração/ UFSC, CAPES – UAB, 2009.
DI PIETRO, Maria Sílvia Zanella. Parcerias na administração pública: concessão, permissão, terceirização, parceria pública privada e outras formas. 6ª edição São Paulo: Atlas, 2008.
FONTANELLA, Denise; TAVARES, Eveline; LEIRIA, Jerônimo Souto. O lado (des) humano da terceirização: o impacto da terceirização nas empresas, nas pessoas e como administrá-lo. Salvador: Casa da Qualidade, 1995.
GEMELLI, Inês Maria Picole, FILIPPIM, Eliane Salete . Gestão de pessoas na administração pública: o desafio dos Municípios. Revista de Administração RACE, Unoesc, p. 153 – 180, Jan./dez. 2010.
GERENCIAL. Rio de Janeiro: Fundação Getúlio Vargas, 1998. Ministério da Administração. Plano diretor da reforma do aparelho do estado. Brasília: Novembro de 1995.
GIOSA, Lívio. Terceirização: Uma abordagem estratégica. São Paulo; Editora Meca, 2007.
IMHOFF, Márcia; MORTARI Moraes. Terceirização, vantagens e desvantagens para as empresas. Revista eletrônica de contabilidade, Curso de Ciências Contábeis – UFSM, Edição especial – julho de 2005.
KIAN, Tatiana. Terceirização na administração pública. Revista de Direito Público UEL, v. 2, n. 1, p. 1-17, 2006.
KOTLER, Philip. Administração de Marketing. São Paulo: Prentice Hall, 2000.
LEIRIA, Jerônimo Souto; SARATT, Newton. Terceirização: uma alternativa de flexibilidade empresarial. São Paulo: Gente, 1995.
LEITE JÚNIOR, Alcides Domingues. Desenvolvimento e mudanças no estado brasileiro. Departamento de Ciências da Administração/ UFSC, CAPES – UAB, 2009.
MARCELINO, P. Afinal,  o que é terceirização? Em busca de ferramentas de análise e de
                                          ação política, Revista Pegada. v.8, n.2, dez/2007.
MARTINS, Sérgio Pinto. A terceirização e o direito do trabalho. São Paulo: Atlas, 2005.
MEIRELLES, Hely Lopes. Direito administrativo brasileiro. São Paulo: Malheiros, 2004.
PEREIRA, Luis Carlos Bresser. Reforma do estado e administração pública. Rio de Janeiro: Editora Getúlio Vargas, 1998.
RAMOS, Dora Maria de Oliveira. Terceirização na administração pública. São Paulo: LTr, 2001.
ROBERTELA, Luiz Carlos Amorim. Desconcentração produtiva. Terceirização no moderno direito do trabalho. S.d
RUA, Maria Graças. Políticas públicas. Florianópolis: Departamento de Ciências da Administração/UFSC. Brasília, CAPES: UAB, 2009.
SALES, Janeilza Márcia; FERNANDES, Sergio Araújo. Gestão Pública no Rio Grande do Norte: Experiências em análise. Motivação em organizações públicas: um estudo de caso no Tribunal Regional Eleitoral do RN. Capítulo 10. EDUFRN, Editora da UFRN, 2010.
TEIXEIRA, Paulo Henrique. Cuidados na terceirização de atividades. Disponível em: < http://www.guiatrabalhista.com.br/tematicas/perigosdeterceirizar.htm >, 2010. Acesso em: 20 nov. 2013.
VIEIRA, Antonieta Pereira e outros. Gestão de contratos de terceirização na administração pública: teoria e prática. Belo Horizonte: Editora Fórum, 2006.