Contribuciones a las Ciencias Sociales
Diciembre 2009

 

LA PREVENCIÓN DEL FLAGELO DE LA DROGA Y SU IMPACTO EN LOS CENTROS DE EDUCACIÓN SUPERIOR EN CUBA


 

Yeslín Durañona Peña
yduranona@ult.edu.cu


 

INTRODUCCIÓN

Una de las epidemias sociales de mayor y más rápida extensión de nuestro siglo es el problema mundial que se presenta con el uso indebido de las drogas. Dicho fenómeno representa una grave amenaza para la salud y el bienestar de los seres humanos a la vez que resquebraja las bases económicas, culturales y políticas de la sociedad. Por otro lado convierte en víctimas a poblaciones enteras, apropiándose de los segmentos más débiles como adolescente, mujeres y niños. Está en juego la salud de la población, en especial, la salud mental; la educación; los modelos sociales a seguir por la juventud; los valores éticos compartidos por el conjunto de la población; el desarrollo económico.

Cuba no escapa a este fenómeno. El enfrentamiento al Tráfico y consumo de drogas ilícitas, ha sido siempre una prioridad del Gobierno Revolucionario. Hasta la década de los 80, este flagelo no representó ningún peligro para la sociedad cubana.

Ante este adverso fenómeno, la posición de la Revolución es categórica: no admitirá nada que atente contra la seguridad, la salud, la ética, la dignidad y los valores que hemos creado frente a todos los peligros. Disponemos de todas las fuerzas y los medios para combatir eficazmente este fenómeno y para educar y brindar tratamiento efectivo a quienes han sido presas de este mal.
 



Para citar este artículo puede utilizar el siguiente formato:
Durañona Peña, Y.: La prevención del flagelo de la droga y su impacto en los centros de educación superior en Cuba, en Contribuciones a las Ciencias Sociales, diciembre 2009, www.eumed.net/rev/cccss/06/ydp.htm


Los jóvenes son en su gran mayoría los más afectados, dada su edad y su característica de ser innovadores y que les gusta probarse y plantarse retos. Pero contamos con universitarios, maestros y dirigentes en la educación que están dispuestos a ayudar en esta gran batalla.

La vía fundamental para combatir este flagelo es la prevención; desde todos los ángulo y puntos de vista. Nuestro país lleva a cabo una gran campaña de prevención, desde todos los sectores del país. El sistema educacional cubano como parte del mundo donde se mueven nuestros jóvenes, no se ha quedado atrás en esta gigantesca campaña preventiva.

En tal sentido el Ministerio de Educación Superior estableció una Estrategia de prevención de la Droga para los centros universitarios del país a raíz de este fenómeno y sus incidencias en los jóvenes universitarios. Los resultados de la aplicación de dicha Estrategia en la Universidad de Las Tunas han sido favorables, pero a pesar de sus avances existen dificultades que necesitan ser valoradas y perfeccionadas.

El tema tratado en esta investigación es de indudable importancia e incuestionable actualidad porque representa un reto para el país lograr la disminución creciente, no solo en número de jóvenes que se involucran, sino en la complejidad y cantidad de sustancias empleadas y su difícil detección a través de la prevención, el enfrentamiento y la adopción de medidas eficaces para disminuir sus consecuencias.

El colaborar en algún grado con estos esfuerzos, es la pretensión fundamental de este artículo.

CAPITULO I: ANÁLISIS TEÓRICO-DOCTRINAL Y JURÍDICO SOBRE DROGADICCIÓN

1.1 CARACTERIZACIÓN DE LAS DROGAS

¿Que son las drogas?, es una pregunta fundamental para encarar el tema de la adicción a la droga, cuáles son las principales, qué daños causan, por qué se llega a las drogas y todo lo relacionado con este tema. Las características propias de las drogas hacen de ellas sustancias sumamente peligrosas. Los efectos que producen en el organismo no son siempre iguales y cambian según la clase de droga. También varían de acuerdo con la dosis pues la misma droga puede causar efectos diferentes según sea la cantidad consumida. Dichos efectos se relacionan con las características psicofísicas de cada persona y con las particularidades del medio en que se produce el consumo. Por estas razones, nunca existe certeza sino probabilidad de que la droga produzca el efecto buscado. Por tal motivo y por lo variado del tema de la droga debemos comenzar por:

DEFINICION DE DROGA: Toda sustancia química de origen animal, vegetal o mineral que introducida en un organismo vivo puede modificar una o más de sus funciones vitales. ESTUPEFACIENTES: Sustancia de origen vegetal cuyos principios activos no pueden ser aislados en estado puro o natural, sino después de un complejo proceso en un laboratorio especializado. Afecta directamente la psiquis del consumidor y crea una gran dependencia, su comercialización está regulada internacionalmente, son estupefacientes la marihuana, el opio y algunos de sus derivados, así como la cocaína. PSICOTRÓPICOS: Sustancias químicas, naturales o sintéticas que actúan sobre el ser humano modificando sus condiciones psicológicas, entre ellas se destacan los depresores, que actúan sobre el sistema nervioso central con efectos calmantes como algunos barbitúricos, las antidepresivas que provocan una acción estimulante (anfetamina) y los psicodislépticos que provocan cuadros psicóticos como es el caso de algunos alucinógenos más conocidos como psicofármacos.

Las adicciones implican tipos de dependencia: a) Dependencia física: es el estado de adaptación fisiológico de un organismo que requiere de una droga para continuar su funcionamiento normal. Al suprimir bruscamente el tóxico aparecen trastornos físicos intensos (síndrome de abstinencia) que obligan al organismo a buscar sustancias para que la misma llegue al nivel en sangre al que está adaptado el organismo. Al reiniciar el consumo desaparecen los síntomas. b) Dependencia psicológica: es la necesidad emocional y compulsiva de un individuo por consumir una droga, para experimentar un estado afectivo agradable (placer, bienestar, euforia, sociabilidad etc.) o librarse de un estado afectivo desagradable (aburrimiento, timidez, estrés, etc.). La dependencia psíquica requiere de cambios en la conducta y en las emociones del sujeto que le permitan funcionar sin necesidad de recurrir a las drogas. Es necesario destacar que en algunos sujetos existe la necesidad de consumir sustancias psicoactivas como manifestación de pertenencia a un determinado grupo social. A esto se le llama dependencia social.

Las relaciones con las drogas pueden ser muy variadas, pero se podrían establecer tres tipos básicos, el uso, el abuso y la ya explicada dependencia. Se entiende por uso aquella relación con la droga en el que por su cantidad, por su frecuencia, o por la propia situación física, psíquica y social del sujeto, no se detectan consecuencias inmediatas sobre el consumidor ni sobre su entorno.

Por abuso se entiende aquella forma de relación con las drogas en la que bien por su cantidad, por su frecuencia y/o por la propia situación física, psíquica y social del sujeto se producen consecuencias negativas para el consumidor y su entorno. El abuso conlleva al malestar clínicamente significativo y no requiere la presencia de tolerancia, ni síntomas de abstinencia al retirarse el consumo.

Tolerancia: Necesidad progresiva de dosis cada vez mayores para obtener los efectos específicos de la droga. Síndrome de abstinencia: Constituye una serie de síntomas con los que el organismo responde ante la falta de una sustancia de la que el sujeto es dependiente, puede poner en peligro la vida del paciente en el caso de algunas drogas especificas. Por lo general esos síntomas pueden consistir en dolor de cabeza, dolor de las articulaciones, fiebre, escalofríos, ataques en casos extremos, ojos acuosos, congestión nasal, diarrea y profundos trastornos emocionales.

Clasificación de las drogas: Se clasifican en: legales ó ilegales, además pueden ser naturales ó sintéticas y médicas o no médicas. 1- Legales como: cola, té, café, tabaco y alcohol. 2- De prescripción médica: como los narcóticos, sedantes, tranquilizantes, hipnóticos, antiparkisonianos, simpático tónicos, vago líticos y antianoréxicos. 3- Ilegales: como la marihuana, chamisco o campana, cocaína, heroína, LSD, hongos, polvo de ángel y drogas de síntesis como el ICE, éxtasis y muchas más. 4- Inhalantes: como los derivados del tolueno presentes en los pegamentos plásticos, disolventes y barnices, así como otras sustancias donde se cuentan los combustibles, betunes y descongelantes. Existe también una clasificación según sus efectos sobre las funciones psíquicas: Drogas estimulantes o excitadoras: Cola, cacao, té, mate, café, metilfenidato, anfetaminas, simpático tónicos, metanfetamina (ICE), coca. Drogas depresoras, sedantes o inhibidoras: Alcohol, tranquilizantes, hipnóticos, morfina, heroína, meperidina, metadona, fentanil, inhalantes. Drogas distorsionantes, psicodélicas o alucinógenas: Antiparkisonianos, vago líticos, marihuana, chamisco o campana, dietilamida del ácido lisérgico (LSD), fenciclidina (polvo de ángel o PCP), peyote (mescalina), hongos (psilocibina), metanfetamina (ICE), metildioximetanfetamina (éxtasis, MDMA), Metildioxietilanfetamina (Eva, MDEA), Metilendioxianfetamina (Love, MDA). Drogas de efectos simultáneos estimulantes y depresores: Tabaco. Drogas de efectos simultáneos depresores y alucinógenos: Marihuana. Mediante tratados internacionales se controlan cuatro categorías de sustancias las que son identificadas a través de colores: a) Lista amarilla, estupefacientes. Son sustancias que engendran estupor, soñolencia, depresión del sistema nervioso central. Tienen un mayor potencial activo, entre este grupo podemos encontrar la cocaína y la heroína.

b) Lista verde, sicotrópicos. Afectan la psiquis y la actividad normal del organismo. Esta lista se divide a su vez en cuatro categorías: Categoría uno alucinógenos como por ejemplo el éxtasis, hongos, LSD, ninguna de estas sustancias tienen uso médico. Categoría dos estimulantes potentes como el caso de las anfetaminas. Categoría tres, incluyen sustancias como por ejemplo amobarbital, flunitrazepan, donozapam, entre otros. Categoría cuatro, incluyen sustancias como el diazepan, el fenobarbital, medazepan, meprobamato entre otros.

c) Lista roja, precursores y sustancias químicas básicas. Son aquellas que integran su molécula básica a la droga final. Precursores químicos: Son sustancias que se utilizan en la fabricación de estupefacientes, sustancias sicotrópicas o sustancias de efectos semejantes, por lo que resultan fundamentales para dichos procesos. Sustancias químicas Básicas o Esenciales: Son sustancias menos especificas que los precursores. En virtud de su utilización comprenden solventes, reactivos, catalizadores, que pueden ser empleados en la fabricación de estupefacientes.

Las drogas pueden consumirse por diferentes vías:

Fumadas, como por ejemplo el hachís o el tabaco. Ingeridas por vía oral, como el caso del alcohol o las drogas de síntesis. Aspiradas, como la cocaína y el speed. Inhaladas, como el caso de los pegamentos. Inyectadas, como la heroína en algunas ocasiones

1.2 SURGIMIENTO Y EVOLUCIÓN HISTORICA DE LA DROGA.

Desde tiempos inmemoriales el hombre buscó algún producto que exacerbara sus instintos de supervivencia. Se tiene conocimiento de tribus que utilizaban brebajes para obtener una rápida comunicación con sus dioses; en otros casos los estimulantes se empleaban para aumentar las fuerzas en el combate contra tribus enemigas o para realizar la caza de grandes animales.

A través de los años el hombre fue haciendo un uso sabio o desmedido de las drogas. En sus inicios se consumían en su origen natural; en algunos casos mascándola como la coca andina o en infusiones unida a ritos litúrgicos como el peyote azteca. En la medida en que la civilización se entronizó en cada una de las distintas capas sociales, el uso de la droga fue cobrando un auge cada vez mayor.

En el siglo XVIII, conocido como el del enciclopedismo, por todo el conocimiento humano que en el se pudo acumular, fue que la mayoría de las drogas hoy conocidas pudieron ser analizadas o sintetizadas en un laboratorio farmacéutico. En sus orígenes toda la gama de drogas que hoy podemos conocer tenían un uso terapéutico, muchas fueron utilizadas como anestésicas, antidiarreicas o estimulantes. En la medida que se generalizaban, el hombre comprendió que las secuelas y las contraindicaciones que generaban eran más perjudiciales que los beneficios médicos reportados, pues provocaban fuertes trastornos psíquicos o físicos y una determinada dependencia generadora de la adicción.

Esta dependencia y adicción propició que su uso ilícito fuera cobrando auge lentamente, sobre todo en las zonas donde se cultivan las plantas que originan las drogas. Tal es el caso del opio, oriundo de Asia e introducido y popularizado en China a inicios del siglo XIX.

Los ingleses que ya tenían colonizada la India y pretendían extender sus dominios hacia otras naciones asiáticas. Llevaron el opio a China, en sus comienzos como obsequios a los pobladores y más tarde, cuando ya en estos existía una fuerte dependencia a la droga, como forma de pago a los trabajadores que empleaban en sus diversos intereses en esa nación. Todo esto creó las condiciones para que se desatara en 1839 la “Guerra del Opio” entre China e Inglaterra, de la que como resultado, y a través del tratado de Nanking, los vencedores le impusieron a los chinos, que le cedieran al imperio británico el territorio de Hong Kong como colonia, estatus que mantuvo por más de 150 años esa ciudad.

Las primeras referencias escritas sobre la utilización del opio como medicamento aparecen en unas tablillas de arcilla sumerias cuya antigüedad es de 5,000 años y unos mil años después se registraron el vino, la cerveza, la mandrágora y los derivados de la Cannabis Sativa (marihuana). Ya desde esta época se reportan hojas de coca en enterramientos peruanos como testigos de la ancestral costumbre.

El auge en el consumo de la droga fue progresando muy lentamente durante todo el siglo XX; no es hasta finales de la década del 60 que este fenómeno comienza a tener proporciones alarmantes, a partir de entonces empezó a ocupar a muchas personas debido a los insospechados niveles de consumo que ha adquirido en la actualidad.

La derrota de las tropas yanquis en Viet - Nam y el regreso de los soldados desmoralizados, influyó negativamente en la juventud norteamericana, unido a la exaltación cada vez mayor a la cultura del individualismo, el dinero y el consumismo, propició que esa juventud buscara en el uso de las drogas, que muchos probaron por primera vez en el sudeste asiático, una evasión a la cruda realidad del capitalismo que hasta ese momento no había enseñado sus verdaderos instintos con toda la crudeza y maldad como lo hizo en la guerra de Viet – Nam.

Unido a esto se van desarrollando en algunas latitudes de Suramérica y el Sudeste Asiático diversos grupos aupados por gobiernos corruptos o dictaduras militares, que de una insipiente organización al estilo mafioso, pasaron rápidamente a convertirse en cartels por sus conexiones y control económico de la cosecha, producción y venta de las principales drogas que se comercializan hoy en Norteamérica y Europa, dos de las principales plazas del planeta.

El incorporar de forma masiva la droga al estilo de vida hedónico que prolifera en las sociedades de consumo se establece con mayor nitidez a partir de la década del sesenta y coincide con la nefasta y progresiva caracterización de la droga como mercancía de comercialización altamente rentable y sólo superada por el tráfico de armamentos en un mundo regido por las actuales tendencias neoliberales, donde el estilo de vida consumista pretende establecerse como paradigma y las crudas leyes del mercado se priorizan sobre el bienestar individual y social.

En la actualidad el consumo de drogas ha alcanzado proporciones que lo hacen incontrolables, pues no es sólo un grave problema social, también es un problema político y económico, pues existen países que basan sus principales producciones y exportaciones en productos con los que se puede fabricar drogas, también hay que tener en cuenta las fabulosas sumas de dinero que se mueven alrededor de éste lucrativo negocio en el que se pone de manifiesto la primera Ley del mercado, siempre que haya una demanda habrá una oferta.

Para una mejor comprensión de éste fenómeno es necesario exponer que entendemos por drogas, los tipos que existen y terminologías utilizadas para definir estas sustancias.

1.3. ANTECEDENTES DE LAS DROGAS EN LAS TUNAS.

La provincia Las Tunas fue constituida como tal a partir de la división política administrativa de 1976. En esa fecha como en todo el territorio nacional las manifestaciones del delito de Tráfico de drogas eran prácticamente inapreciables y los esporádicos hechos que se suscitaban, eran vinculados al expendio y consumo de marihuana cosechada fundamentalmente en las montañas de la Sierra Maestra, y muy pequeños cultivos, de unas pocas plantas que eran detectadas en zonas rurales y suburbanas, así como el uso de Parkisonil mezclado con el alcohol. La población de Las Tunas no conocía la cocaína, ni los derivados de la marihuana como el Hachis o el aceite de Hachis, ni los derivados del opio, al no ser alguna u otra ampolleta de morfina, que no se le daba el uso terapéutico que tiene.

Esta situación se mantuvo estable hasta finales de la década de los 90 del siglo pasado, que comenzó a conocerse del escamoteo de recalos, ocurridos por la costa norte de los municipios Manatí, Puerto Padre y Jesús Menéndez.

Esta provincia posee una extensión de 6 591.2KM cuadrados, que representa el 6% de la superficie del país y la sitúa en la novena provincia por su dimensión, tiene una población estimada de más de medio millón de habitantes, ubicándose en el décimo lugar con una densidad poblacional de 80.5 habitantes por KM/2, dividida política y administrativamente en 8 municipios, siendo estos: Las Tunas, Puerto Padre, Jobabo, Manatí, Amancio Rodríguez, Jesús Menéndez, Majibacoa y Colombia. Limita al norte con el océano Atlántico, al sur con el golfo de Guacanayabo, al este con Holguín y al oeste con Camagüey. En el territorio predominan las zonas llanas con algunas elevaciones, entre sus principales accidentes geográficos figuran cinco bahías y treinta y cinco playas, cuenta con 27 cayos, cuatro en el norte y 23 en el sur.

Los recalos de drogas, producto a las actividades que desarrollan los narcotraficantes, al norte de la provincia, se ven reflejados en el incremento de los avistamientos aéreos, con indicios de la actividad de narcotráfico, arribos de drogas y la incidencia en puertos de motonaves sospechosas en la actividad; todo ello hace que exista con fuerza la incidencia de buscadores y escamoteadores de recalos procedentes de 16 asentamientos poblacionales en la Costa Norte.

Con relación al Canal Aéreo debemos señalar que se han producido 42 avistamientos de aeronaves sospechosas y 5 navales en el último trienio, produciéndose un cambio de las rutas tradicionales seguidas por estos, afectando con mayor fuerza en los últimos años el frente norte de nuestra provincia, fundamentalmente Puerto Padre. 1.4: TRATAMIENTO LEGISLATIVO DE LA DROGA EN CUBA.

Desde el 23 de mayo de 1879, regía en Cuba el Código Penal Español de 1870, el cual regulaba, en los artículos del 347 al 350 , figuras relacionadas con la elaboración y comercialización de sustancias o productos químicos nocivos a la salud, incluidas en los delitos contra la salud pública. En 1919 la ley antinarcóticos es la que responde a esta problemática y en 1931, se firma por el gobierno cubano la convención de estupefacientes.

En el Código de Defensa Social, vigente desde 1936, el delito de tráfico y uso de drogas se encontraba comprendido en la sección tercera del capítulo VIII del libro segundo, entre los delitos contra la Salud Pública y reproducía en lo fundamental las disposiciones del artículo 349 del Código Penal español y de la Ley de 25 de julio 1919, ampliándolas en algunos extremos y se configura en los apartados c) en relación con el d) y e) del artículo 461 del primeramente mencionado código, con elementos esenciales comunes, entre los cuales reviste especial relevancia la tenencia de las drogas tóxicas o estupefaciente sin autorización legal. Los incisos c, d y e) del artículo 461 del Código de Defensa Social contenía y reproducía las disposiciones de la Ley de 25 de julio de 1919, refiriéndose el primero a dos figuras del delito en las que puede ser sujeto activo cualquier persona, caracterizada, una por carecer de licencia o autorización para elaborar sustancias nocivas a la salud, y la otra por no cumplir las disposiciones legales en el despacho, venta o comercio, o tráfico de las mismas; el segundo inciso hace referencia a una circunstancia específica de agravación de la sanción, si se tratara de drogas tóxicas y estupefaciente, y el tercero a la simple tenencia de drogas de estas últimas clases. El marco sancionador que tenía la figura del inciso c) discurría entre seis meses y un día a dos años de privación de libertad y multa de cien a trescientas cuotas; el inciso e) contenía privación de libertad de seis meses y un día a dos años y multa de cien a doscientas cuotas, por lo que estos marcos sancionadores permitían un amplio arbitrio a los tribunales para la adecuación de las sanciones.

Estos delitos sufrieron modificaciones diversas como fue la del Decreto Ley No.13 de 1978 que le adiciona otros cuatro apartados, así como también se modificaría el artículo 462 incisos a) y b) del Código Penal.

La Ley 21 de 1979, recogió en su artículo 217.1, de forma clara los diversos verbos nucleares derivados de la Convención de La ONU de 1961, para calificar de tráfico la conducta del culpable; también se diversificó la relación de drogas o sustancias que en el Código de Defensa Social se denominaban “drogas tóxicas o estupefacientes” y en el nuevo texto legal se califican como “drogas tóxicas o sustancia alucinógenas, hipnóticas, estupefacientes u otras de efectos similares”. En los apartados 2 y 3 del artículo 217 se define una conducta que no aparecía en el Código de Defensa Social: el cultivo de la marihuana u otra planta de propiedades similares. En lo que respecta a las sanciones aumentó su severidad, introduciendo también una serie de agravaciones que permitían imponer las penas superiores en grado, cuando su volumen era relativamente grande, cuando se utilizaban a menores de 16 años de edad en la comisión de los hechos que recogía; así como incluía a los que de cualquier forma ayudaran o auxiliaran a realizar los hechos.

Para los cultivadores se le incluyó la sanción accesoria de confiscación de la tierra o perdida del derecho a su usufructo u ocupación.

Posteriormente en el año 1987 cambiaron las condiciones que dieron surgimiento a la Ley 21 por lo que queda derogada el 30 de abril del mismo año, por la Ley 62, la cual no introduce modificaciones sustanciales, solo que los marcos sancionadores se aumentan moderadamente en algunos de sus límites mínimos y máximos. Con relación a las medidas de seguridad, se mantienen en el mismo Título y Capítulo en este caso se faculta al Tribunal, para ordenar el internamiento de los narcómanos y dipsómanos en un establecimiento de desintoxicación antes de la ejecución de la sanción.

Luego de los sucesos relacionados con el narcotráfico que fueron juzgados en la causa 1/ 89, el incremento del turismo y la apertura a la inversión extranjera; teniendo en cuenta las recomendaciones que dirige la Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfico ilícito de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas de 1988, conocida por la Convención de Viena, el estado cubano conjuntamente con otras medidas, en la década del 90, introduce nuevas modificaciones a la Ley 62 mediante: el Decreto Ley 150/94 y luego a través del Decreto Ley 175/97.

El Decreto Ley 150/94, modifica el nombre del Título de los tipos delictivos de tráfico y tenencia de drogas e incorpora figuras que reprimen el tráfico ilícito internacional de drogas.

Las figuras delictivas de este tipo son recogidas en el Título: Delito contra la Seguridad Colectiva, Capítulo V de los delitos contra la Salud Pública, Sección 4ta, artículo 190 al 193 .

El artículo 190 establece sanción de 4 a 10 años para las conductas que tipifican el tráfico, producción, transportación, introducción, adquisición, extracción del territorio nacional de drogas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas u otros de efectos similares, también así al cultivador, diferenciando en cada caso el tipo de droga.

El ordinal 2 de este artículo se refiere a la cantidad de sustancia, presencia o utilización de menores de 16 años o el empleo de naves o aeronaves para violar el territorio nacional en actividades de narcotráfico ilícito internacional, estableciendo sanciones más severas: de 7 a 15 años de privación de libertad.

El ordinal 3, prevé sanciones de 15 a 30 años de privación de libertad, si se cometen los hechos por funcionarios públicos, autoridades o sus agentes, o que de forma alguna facilitaren su ejecución, si se le ocupan materias, sustancias o instrumentos explosivos o sustancias químicas, explosivas o armas de cualquier tipo y si el comisor participa en actos relacionados con el tráfico ilícito internacional.

El incumplimiento del deber de denunciar se sanciona para este tipo de conducta de forma especial, con sanción de 6 meses a 2 años de privación de libertad.

El artículo 191, sanciona la tenencia, diferenciando el tipo de droga, en el caso de la Marihuana de 6 meses a 2 años de privación de libertad, la Cocaína de 1 a 3 años de privación de libertad, en caso de otras sustancias de efectos similares de 3 meses a 1 año de privación de libertad o multa de 100 a 300 cuotas.

El artículo 192, hace mención con pena de 3 a 8 años de privación de libertad al profesional que obre con ánimo de lucro, o al personal que tenga que trabajar directamente con estos medicamentos y viole las disposiciones legales vigentes al efecto.

El artículo 193, impone para el que infrinja las normas establecidas de fabricación, preparación, distribución, venta, expedición de recetas, almacenaje y demás acciones relacionadas para estas sustancias, será sancionado de 6 meses a 2 años de privación de libertad o con multa de 200 a 500 cuotas o ambas.

El Decreto Ley 175/97, modifica el apartado 2 del artículo 313 aumentando el marco sancionador del delito de corrupción de menores, que se integra cuando se induce a un menor de 16 años al uso o consumo de sustancias consideradas drogas.

El artículo 314 , reprime con mayor severidad las conductas de las personas que teniendo la guarda y cuidado de un menor use o consuma droga.

El delito es uno de los factores que ha crecido en estos tiempos, a la vez que han surgido nuevas formas de ejecución a las que no estábamos habituados, posiblemente ni siquiera suficientemente preparados para combatirlos.

En los últimos años se ha advertido un incremento de determinadas modalidades de la actividad delictiva, así como, el surgimiento de nuevas formas de comisión de delitos, lo cual resulta totalmente incompatible con los generalizados principios éticos de la sociedad cubana y exige una respuesta adecuada y enérgica, tanto en orden a las medidas prácticas, como en la esfera de las normas jurídicas, en particular, en las concernientes al Código Penal; razones por la cual la Asamblea Nacional del Poder Popular, en sesión extraordinaria el 15 de Febrero de 1999, aprobó la Ley 87/99, modificativa de la Ley 62/88.

Esta Ley mediante su artículo 10, modifica al artículo 190 del Decreto Ley 150 en sus apartados 2, 3 y 4.

El apartado 2, varía sus límites mínimos y máximos de 8 a 20 años de privación de libertad; además suprime los incisos b y c.

En el apartado 3, se modifican sus marcos sancionadores de 15 a 30 años de privación de libertad o muerte, se incluyen los incisos b y c, suprimidos del apartado 2 (DL 150/94), y se suprime el inciso 3b. En el apartado 4, se agrava el marco penal de 2 a 5 años de privación de libertad.

Esta Ley también adiciona al título XIV del libro II del Código Penal un Capítulo el cual se refiere a una nueva figura delictiva definiéndola como Lavado de Dinero: El que adquiera, convierta o transfiera recursos, bienes o derechos a ellos relativos, o intente realizar estas operaciones, con conocimiento o debiendo conocer, o suponer racionalmente por la ocasión o circunstancia de la operación, de que proceden directa o indirectamente de actos relacionados con el Tráfico Ilícito de Drogas, el tráfico ilícito de armas o de persona, o relacionado con el crimen organizado, estableciendo para esta un marco sancionador de 5 a 12 años de privación de libertad.

En el artículo 18, apartado 4 se considera autor a todo el responsable penalmente, cualquiera que sea su forma de participación.

Como se puede apreciar las soluciones legislativas penales adoptadas hasta la fecha se inclinan por la represión del problema, pero a la par de ellas se han ido poniendo en práctica medidas de prevención y de eliminación de las causas y condiciones que propician el delito, como por ejemplo, la de evitar que entre al territorio nacional cualquier tipo de droga, medidas que a partir del año 2000 se fueron fortaleciendo y desde el 2002 se han perfeccionado mucho más, pues el Derecho Penal en esta materia solo puede conseguir un mínimo de eficacia preventiva, si la prevención general intimidatoria no va acompañada de otras medidas jurídicas y sociales de finalidad primordialmente preventivas especiales, resocializadoras y terapéuticas. Normas administrativas que complementan las Leyes Penales: Resolución No.58 de fecha 14 de abril de 1967 del MINSAP: establece el control de los estupefacientes en nuestro país, teniendo en cuenta lo regulado en la convención de Nueva York de 1961. Resolución No.64 de fecha 30 de septiembre de 1975 del MINSAP: creada a partir de la Convención Internacional celebrada en Viena en 1971, la cual puso en vigor las medidas a tomar para el uso de los estimulantes psicotrópicos. En 1982 se incluye en esta resolución el Parkisonil, aunque no esta sujeta al control de la Junta Internacional de Fiscalización de Estupefacientes. Resolución No.428 de 1963 se reguló la existencia de estas sustancias en el país, así como su manipulación en hospitales y policlínicas. Resolución No.252 de 1964, sobre el control de narcóticos en buques u aeronaves internacionales. Resolución No.258 de 1964, sobre su distribución a centros de ventas y asistenciales. Resolución No.251 de 1965, que reguló el uso del Elixir Paregórico, que contiene extracto de opio. Resolución No.41 de 1983, para el control de la producción, venta, almacenamiento y distribución. Resolución No.72 de 1990, puso en vigor las disposiciones para el control de las sustancias psicotrópicas. Es el instrumento jurídico fundamental para el control de esta actividad; donde se regula entre otras cosas: Todo lo relacionado con las sustancias psicotrópicas previstas en la Convención de Viena de 1971 y además contempla las que se anexaron posteriormente en otras resoluciones. Establece el sistema de que para la elaboración de estas sustancias es necesaria la presencia de un inspector. Establece el sistema de doble receta para las sustancias de la lista 2, incluyendo además, el Amobarbital y el hidrato de coral de la lista 3. Las recetas de las sustancias antes señaladas son válidas por término de 72 horas, etc. Resolución No.74 de 1990, sobre la prohibición para viajeros internacionales y envíos sin carácter comercial. Resolución No.131 de 1990, regula las importaciones no comerciales de medicamentos. Resolución No.20 del 2003, aprueba y pone en vigor la lista de sustancias consideradas de efectos similares a las drogas estupefacientes y psicotrópicas. Resolución 115 del 2003, adiciona nuevas sustancias a la lista aprobada por la Resolución 20/2003. Decreto Ley No. 232 del 21 de enero del 2003, sobre Confiscación por hechos relacionados con las drogas, actos de corrupción y otros comportamientos ilícitos: establece la confiscación de viviendas, locales, tierras y bienes agropecuarios, relacionados con la comisión de hechos delictivos de drogas, corrupción y otros. Además A partir de Enero del 2003, se dispuso por el Fiscal General de la República, la posibilidad de aplicarle a los involucrados en delitos de drogas, las disposiciones del Decreto Ley 149 de 1994, sobre confiscación de bienes. Ambos Decretos Leyes pueden ser aplicados, paralelos al proceso penal originado por las mismas conductas.

CAPITULO II: ANÁLISIS TEÓRICO-DOCTRINAL Y JURÍDICO SOBRE LA PREVENCIÓN

El tema de la prevención del delito resulta un paradigma al cual muy pocas sociedades consiguen acercarse y que requiere de conocimientos, estructuración de medidas audaces, políticas y recursos que posibiliten los resultados pretendidos, que, además, están relacionados con no pocos problemas y fenómenos sociales que abaten a la mayoría de las naciones del orbe, como la pobreza, las desigualdades económicas y sociales, la incultura, el hambre y la insalubridad, todo lo cual, mezclado junto con otros males, provoca variadas conductas delictivas.

2.1: DEFINICIONES DE PREVENCIÓN

 prevención. (Del lat. praeventĭo, -ōnis). f. Acción y efecto de prevenir. || 2. Preparación y disposición que se hace anticipadamente para evitar un riesgo o ejecutar algo. || 3. Provisión de mantenimiento o de otra cosa que sirve para un fin. || 4. Concepto, por lo común desfavorable, que se tiene de alguien o algo. || 5. loc. adv. Por si acaso, por prevención, para prevenir.

 Es la adopción de medidas encaminadas a impedir que se produzcan deficiencias físicas, mentales y sensoriales o a impedir que las deficiencias, cuando se han producido, tengan consecuencias físicas, psicológicas y sociales negativas.

 ... la capacidad que posee el ser humano y su grupo social para anticipar (prever, prevenir) la posible presencia de hechos que les puedan ocasionar bienestar o daño, permitiéndoles así crear y/o fortalecer participativamente, con antelación, los conocimientos, actitudes, estrategias, habilidades, valores y acciones, que les ayudarán a impedir o minimizar el daño previsto o a fortalecer el logro del bienestar esperado.

2.1.2: OBJETIVO DE LA PREVENCIÓN GENERAL

El conjunto de normas jurídicas está respaldado por la coerción o amenaza de sanción que conllevaría el incumplimiento de tales normas. Esta coerción tiene como fin último el disuadir al individuo de que no ejecute el comportamiento legalmente prohibido, de manera que la persona, a sabiendas de las consecuencias negativas que supondría una determinada actitud, se abstiene de incumplir lo dispuesto en el ordenamiento jurídico.

2.2: ANTECEDENTES DE LA PREVENCIÓN

La historia de la prevención y de los conceptos relacionados con ella, es mucho más antigua que lo que reconoce la bibliografía existente. Considerando que la misma no es más que la historia contra el sufrimiento humano, ya que siempre se ha tratado de buscar mecanismos mágico-religiosos o racionales para reducir la probabilidad de aparición de una determinada patología o proceso doloroso. Durante mucho tiempo el concepto de prevención estuvo ligado a la medicina, ya que surge como un complemento de la asistencia individual.

Las transformaciones inducidas por la Revolución Industrial en el siglo XIX y el proceso de urbanización, las deficientes condiciones de vida de los trabajadores, y los descubrimientos de Pasteur sobre el origen bacteriano de muchas enfermedades y el desarrollo de las vacunas, orientó parte de las investigaciones hacia acciones preventivas de carácter comunitario.

Progresivamente, las concepciones unicausales de los problemas se han transformado en modelos multicausales, y al mismo tiempo, se han diferenciado distintos niveles de prevención.

El análisis del surgimiento y desarrollo del enfoque preventivo (comunitario) cubano, no puede deslindarse del contexto histórico, social, político y económico existente en nuestro país en cada una de sus etapas, por ello al examinar la evolución de la prevención en dicho contexto es necesario tener en cuenta las características propias de la sociedad cubana en el decursar de su historia.

Las raíces del trabajo preventivo en nuestro país están en el mismo inicio del triunfo revolucionario, con el cual se dejan atrás las causas fundamentales de la criminalidad y se comienza una lucha consciente sistemática y planificada cuyo propósito es la eliminación gradual de la antisocialidad como fenómeno negativo. De esta forma la sociedad cubana se enfrenta a la posibilidad real y objetiva de eliminar gradualmente las conductas negativas antisociales y delictivas.

La Revolución cubana considera al ser humano como el fundamento de su razón de ser, y encauza sus esfuerzos al desarrollo integral de todos los ciudadanos, y en especial de aquellos que por razones económicas, sociales, culturales y de otra índole, requieren de una atención diferenciada.

En el último decenio se ha incrementado notablemente en el ámbito internacional el uso indebido y el tráfico ilícito de drogas en todas sus manifestaciones, lo que llega a constituir un grave peligro, no solo para la salud física y mental del individuo, sino también para toda la sociedad.

De acuerdo a los datos obtenidos de la Oficina de Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (ONUDD); se obtuvieron elementos que caracterizaron el estado de la producción, comercialización y consumo de las drogas a nivel internacional.

En la actualidad las organizaciones criminales se han equipado con nuevas herramientas para extender sus actividades más allá de las fronteras nacionales. Se observó un incremento notable en el ámbito internacional, del uso indebido y el tráfico ilícito de drogas en todas sus manifestaciones. El mercado de la droga ilícita moviliza aproximadamente 320 mil millones USD al año, con alrededor de 200 millones de consumidores de drogas ilícitas, lo cual representa una amenaza real a las sociedades en los aspectos, político, económico y social.

En Cuba en la década de los años noventa la reaparición de las manifestaciones de drogas, estuvo relacionada a varios factores: agudización de la crisis económica, manifestaciones en el desequilibrio financiero; la libre circulación del dólar; la apertura al turismo internacional, incluida la presencia de nacionalidades de riesgos; las dificultades presentadas en el proceso de la formación de valores éticos y morales en determinados sectores de la adolescencia y juventud.

2.3: TRATAMIENTO JURIDICO DE LA PREVENCIÓN EN CUBA

La Constitución de la República de Cuba reconoce, que el Estado y la sociedad “…tienen el deber de prestar especial atención a la formación integral de la niñez y la juventud”, a la vez se prioriza la prevención como fenómeno general y como principio garantiza que “…la niñez y la juventud disfrutan de particular protección”

Se cuenta con herramientas institucionales como el Programa Nacional de Prevención a las Drogas en Adolescentes y Jóvenes, determinado por la Comisión Nacional de Droga del Comité Central del Partido Comunista de Cuba ; el cual establece que las instituciones socializadoras tengan entre sus funciones, una de carácter educativo, que es prevenir las conductas antisociales y delictivas. En especial aquellas que conducen al tráfico, expendio y consumo de drogas.

Por lo que el Consejo de Estado el 30 de marzo del 2007 aprueba el Decreto-Ley 242 del “Sistema de Prevención y Atención Social” instituyéndolos en los niveles: Nacional, Provincial, Municipal, en los Consejos Populares y Circunscripciones. La misma quedó constituida en la sede del Comité Central, ante la presencia de José Ramón Machado Ventura, miembro del Buró Político.

Adscripta al Consejo de Ministros, la Comisión está presidida por la ministra de Trabajo y Seguridad Social. Se conforma desde el nivel nacional hasta las comunidades, quedando integrada por los diferentes factores para su mejor funcionamiento, para de forma preventiva responder a las necesidades de cada comunidad, quedando constituida por representantes permanentes de los ministerios de Educación, del Interior, Salud Pública, Trabajo y Seguridad Social, Cultura, Educación Superior, Justicia y del Instituto Nacional de Deportes, Educación Física y Recreación; además de las organizaciones estudiantiles y de masas.

El nuevo sistema unifica las funciones de las ya derogadas comisiones de Prevención y Atención Social, y del Sistema Único de Vigilancia y Protección, con el propósito de alcanzar mayor racionalidad e integralidad en la labor que ambas venían desarrollando por separado.

Sus objetivos van encaminados, esencialmente, a la prevención y a la detección de causas y condiciones que generan problemas de conductas, por lo que centra la atención en el trabajo con la persona, la familia, la comunidad, y en los sistemas de la Salud y la Educación.

No se trata de suplantar las tareas de los CDR, la Federación o la CTC, sino de impulsar y coordinar de manera integral los esfuerzos de todos los organismos y de las organizaciones estudiantiles y de masas, dándole participación también a los trabajadores sociales, aprovechando las experiencias que han adquirido.

Definiéndose este sistema como un centro de coordinación de los esfuerzos de las instituciones que lo integran, para lograr los objetivos que se proponen.

En Cuba se ha estudiado mucho la prevención a través del Sistema Penal, entre los juristas y en su formación universitaria. Se ha vinculado también la prevención al control social informal. Teóricamente nuestra posición está relacionada con el estudio de la estructura social y del Desarrollo, concibiéndolo como Desarrollo Social y Humano y Sostenible.

La Prevención implica múltiples instancias o niveles. Significa la acción de ejercer influencia sobre macro procesos criminógenos, en las condiciones de desarrollo de distintos tipos y grupos de comportamientos antisociales y delictivos, de desviaciones de las normas vigentes que caracterizan a la población en determinados territorios o implican creencias o mitos de contingentes o grupos de población por indicadores estructurales socio –demográficos, de género o etáreos y las particularidades de procesos victimológicos o de formación personológica, en el nivel concreto individual.

La prevención social se inserta en las tareas generales del desarrollo social, del entramado socioeconómico y sociocultural, así como en las especiales que implican decisiones anticriminógenas por su esencia. Reviste fines ramificados en su jerarquía y en determinados territorios, en el tiempo, y aplicadamente a cada eslabón del sistema estatal. No se reduce a la actividad del control social formal o el Sistema Penal, que incluye la Fiscalía, la Policía, los Tribunales, los Establecimientos Penitenciarios y otros órganos que desarrollan especialmente la lucha contra la delincuencia, sino que incluye en sí misma, sistémicamente, un círculo más amplio de medidas que influyen sobre las causas y las condiciones y sobre los procesos criminógenos y anticriminógenos interactuantes que determinan la delincuencia, las indisciplinas sociales, las transgresiones de la ley y otros comportamientos antisociales.

El Decreto Ley 95/86 es una expresión globalizada de la prevención que incluye multifactorialmente; sectores e instituciones sociales en todos los órdenes, como respuesta a necesidades generales de la sociedad. Está representado por 21 entidades entre ellas el MINED y el MININT. Su estructura tiene niveles de competencia desde la Asamblea Nacional, Provincial, Municipal hasta el Consejo Popular en la comunidad, en cada uno de los casos da solución a las necesidades ya sean particulares y/o generales. Solo ascienden al nivel inmediato superior aquellas necesidades que por su magnitud o implicación no sean de la competencia en la que se produzca la necesidad.

La cooperación e interrelación de ambas leyes afirman su interdisciplinariedad, donde todos enseñan, aprenden y trabajan juntos y es, sobre esta base, donde está la clave de la eficiencia en la prevención que tiene su inicio en la labor educativa y multicultural que debe realizar el Consejo Popular y el Consejo de Escuela, núcleos centrales de la comunidad donde interactúan los individuos que inciden directamente en la célula básica de la sociedad, la familia.

La exhaustiva coordinación y enriquecimiento de la labor preventiva sobre la base de las necesidades identificadas dan respuesta y potencian la integración social de todos y cada uno de los sujetos susceptibles de una atención determinada.

Cuba tiene suscritos 29 acuerdos bilaterales de cooperación antidroga, lo cual demuestra la voluntad política del país de contribuir a la lucha mundial contra ese flagelo, en la cual tiene ganados prestigio y autoridad.

Esos valores están avalados por los hechos y realizaciones, en la coherencia del programa de prevención y enfrentamiento, según lo han manifestado autoridades y personalidades internacionales conocedores del tema y reconocido por la Junta Internacional de Fiscalización de Estupefacientes.

La Isla es signataria de la declaración política resultante de la Asamblea General de Naciones Unidas dedicada a la acción común para contrarrestar el problema mundial de las drogas y que plantea los principios rectores para la reducción de la demanda y las medidas de fomento y cooperación.

La Comisión Nacional de Drogas (CND) de Cuba impulsa varios programas y el pasado año fueron capacitados más de 100 mil funcionarios y especialistas en temas relativos a la prevención y enfrentamiento al uso indebido de estupefacientes.

2.4: LA PREVENCIÓN EN EL SISTEMA EDUCACIONAL CUBANO

La adopción de un Programa para fortalecer el trabajo preventivo en el Sistema Nacional de Educación implicó la reflexión obligada de las razones que lo motivaron; así como el dominio de los fundamentos políticos y pedagógicos que avalan su puesta en práctica.

Si bien históricamente esta labor de prevención ha estado presente en el contexto educacional y en los últimos años se ha fortalecido y perfeccionado, no es menos cierto que los retos y desafíos que enfrentamos, imponen enfoques renovados y por ende métodos y estilos de dirección educacional en correspondencia con los cambios que objetivamente se producen en nuestra sociedad.

La prevención tiene como objeto la persona, impedir el consumo y evitar la propagación hacia otros en un determinado lugar; porque se habla de la destrucción de un ser humano que potencialmente puede sumar a otros, aspecto que en Cuba se le presta especial atención.

La esencia del trabajo preventivo consiste en evitar que, quienes no consumen se mantengan alejados de las drogas y los que consumen dejen de hacerlo.

La prevención enfocada de este modo satisface la expansión y la ampliación de la conciencia personal, social, jurídica, económica y política, al educar las dimensiones política, la visión individual y la dimensión humana, conjuntamente con los problemas sociales. Es una prevención de carácter humanista, que debe ir emergiendo íntegramente, que sea de y para todos, que perdure, y permita la participación de los múltiples sectores que conforman la sociedad.

Las acciones preventivas deben fortalecerse y perfeccionarse de forma integral, en interés no solo de prevenir la salud, sino potenciar la dignidad, los valores y la ética en general.

Prevención del consumo de drogas en ambientes juveniles y centros de enseñanza. La prevención debe ser considerada como un proceso, cuyo objetivo es despertar y mejorar la comprensión de las causas mediatas e inmediatas que inducen a recurrir a las drogas y ayudar a los jóvenes, prevenir no es solo informar, la verdadera prevención es una labor educativa permanente que comienza en la casa y continúa en la institución educativa.

A la universidad, como parte de la comunidad, también llegan reflejos de expresiones negativas de conducta social que, entre otras, se manifiestan en la disminución de la edad de inicio en el consumo de bebidas alcohólicas, tabaco y ahora drogas más fuertes.

Para Cuba, país socialista con indicadores de Educación y Salud propios del mundo desarrollado, un sólo caso de joven con estas manifestaciones u otros factores de riesgo que atentan contra una adecuada conducta ciudadana, se convierte en un foco de atención inmediata y esmerada por todos los agentes sociales.

Hoy en materia de drogas, mucho hemos tenido que aprender, pero indiscutiblemente, ha estado a nuestro favor, la capacidad organizativa de nuestros docentes, su preparación y enfoque en la comunicación con los estudiantes, la familia y la comunidad. De lo que se trata es de fortalecer la función de la universidad y de lo más importante, evitar el inicio de estas prácticas, que se conozcan los riesgos a que nos sometemos todos como parte de la sociedad y en particular los consumidores incluyendo su familia, la que a su vez, también se convierte en víctima.

Prevenir el uso indebido de drogas constituye hoy una de las prioridades de la lucha contra ese flagelo. A través de planes o programas de prevención las naciones han logrado estructurar diversos proyectos que recogiendo la experiencia internacional y nacional, tienen como fin la prevención, la reducción del consumo, la represión a su práctica, la fiscalización y control y la aplicación de medidas legales de mayor rigor. La experiencia internacional ha demostrado que el éxito de dichas estrategias está garantizado por el trabajo coordinado y unificado de instituciones, organizaciones e individuos con responsabilidades en esta labor.

El entorno social es fundamental para la prevención, ya que de él depende en gran medida el éxito de cualquier programa que se elabore al respecto.

La regla de oro ante el enfrentamiento al problema de las drogas es que la prevención del consumo de las sustancias ilegales comienza por evitar el consumo de las de carácter legal y utilizar las de prescripción médica solamente cuando sean imprescindibles y por tanto indicadas por el médico. Esto se explica por el efecto portero de las drogas legales y de prescripción cuando se utilizan de forma irresponsable.

Un entorno lleno de sustancias toxicas legales en nada ayuda al trabajo de prevención de las ilegales, ya que ello es fundamental para formar en el individuo la conciencia de lo dañino que resulta para su salud el consumo de estas. El consumo indiscriminado de sustancias toxicas legales, puede ser el inicio del deterioro de la salud física y mental de cualquier individuo.

La prevención en la Educación Superior, es de gran importancia y trascendencia en el marco de la lucha contra el uso indebido de drogas y las adicciones, por lo que se hace necesario establecer programas de prevención amplios, eficaces y técnicamente aplicables.

La prevención debe ser considerada como un proceso, cuyo objetivo es despertar y mejorar la comprensión de las causas mediatas e inmediatas que inducen a recurrir a las drogas y ayudar a jóvenes y adultos para hallar soluciones a sus dificultades y vivir sin tener que consumir drogas.

Es conveniente velar por que la prevención, no se convierta en una asignatura más del programa, se debe prestar atención a su integración progresiva, en los programas, en las actividades extracurriculares, y en el marco de las actividades relacionadas con el mejoramiento de la calidad de vida, de una nueva dimensión relativa a la prevención del uso indebido de drogas, la cual podría incluirse en las asignaturas y los programas ya existentes.

Para comprender las causas del consumo de drogas es fundamental señalar que el ser humano vive en la búsqueda constante de la satisfacción de sus necesidades, entre ellas: afecto, seguridad, respeto, auto confianza, reconocimiento, realización personal, etc.

La insatisfacción de una ó más de ellas, puede predisponer al consumo de drogas y a la separación de la familia, la escuela y la sociedad. En la literatura consultada se plantea que existen múltiples causas por las cuales algunos jóvenes consumen drogas, entre ellas podemos señalar:

a) Deficientes relaciones afectivas en la familia.

b) Ausencia ó inadecuada comunicación con y entre padres, maestros

y estudiantes.

c) Deseo de escapar de la realidad: dolor, ansiedad, desesperación,

frustración.

d) Necesidad de aceptación ó presión del grupo de amigos.

e) Curiosidad y fácil acceso a la droga.

f) Inadecuada información sobre las drogas.

g) Insuficiencias en el proceso de educación del hogar y centros educativos.

Como se puede apreciar entre las causas señaladas, hay algunas que se relacionan directamente con nuestro trabajo de formación y educación de los jóvenes universitarios, de ahí la importancia de conocer las mismas a fin de poder accionar con ellas y desarrollar un mejor trabajo en la prevención.

Los estudiantes que consumen drogas, por razones obvias, tienen mayores fracasos al tratar de alcanzar las metas y beneficios socialmente legítimos ó carecen de las facilidades para aprovechar las oportunidades que les ofrece la sociedad.

2.5: TÁCTICAS PARA AMPLIAR LA PREVENCIÓN

Prevenir no es solo informar, la verdadera prevención es una labor educativa permanente que comienza en la casa y continua en la institución educativa.

Dentro de las múltiples actividades que se realizan para prevenir el consumo de drogas, se recurre comúnmente a las conferencias, mesas redondas, películas, etc. También a la participación de fármaco dependientes que con buena voluntad visitan los establecimientos educativos para exponer sus experiencias personales. Los tópicos abordados se refieren frecuentemente a las drogas y sus efectos o consecuencias, en términos orgánicos, psicológicos y sociales. Se busca crear con ellos una actitud de aversión frente a las drogas.

Cuando el enfoque es más integral, se hace alusión a la calidad de las relaciones en la familia, barrio, y escuela, determinando o favoreciendo la aparición del problema.

Si bien estas informaciones son prudentes y necesarias, es bueno advertir a los rectores, orientadores, profesores y guías de las instituciones educativas, como a los padres de familia y estudiantes, que esta no es tarea única en materia de prevención de drogas.

No se puede creer que una charla, una película o un ciclo de conferencias sean suficientes, si no se atienden, en la práctica, las fallas en las relaciones del hogar y la escuela, tales como: la ausencia del diálogo, el irrespeto, el mal ejemplo, el maltrato; además, si no se estimula la creatividad, el uso adecuado del tiempo libre o la capacidad de los estudiantes para tomar decisiones acertadas; y no se fomenta la autoestima. Estas razones conllevan a que resulte débil e insuficiente el esfuerzo de la información.

La prevención no se hace un día, sino adoptando una conducta cotidiana que facilite el crecimiento, en un ambiente de seguridad para el desarrollo de la autoestima, proceso en el cual el afecto, el diálogo, la comprensión, las oportunidades para una real participación y toma de decisiones, son las mejores herramientas.

También a veces en los centros educacionales no se realizan programas de prevención por suponer que los problemas no existen. Es preferible anticiparse, pues ésta es la esencia de la prevención.

La eficacia de un programa de prevención puede juzgarse en función de tres esferas de resultados pertinentes: Eliminación o reducción del alcoholismo y el tabaquismo. Mejoramiento de la salud y la función social Reducción de las amenazas para la salud y la seguridad publicas. El entorno social debe emprender acciones para: Reducir cada vez más el consumo de alcohol y tabaco.

Enseñar, modelar y apoyar comportamientos que fomenten el mejoramiento de la salud personal y de la función social y reduzcan las amenazas para la salud y seguridad publicas.

Enseñar y estimular cambios de comportamientos y formas de vida que sean incompatibles con el abuso de sustancias.

El asesoramiento periódico sobre el abuso de sustancias puede contribuir considerablemente al compromiso y participación de la comunidad en los programas de prevención.

Cuando se trate de dar información sobre drogas, es importante asegurarse de la idoneidad de las fuentes. No todo el mundo está en condiciones apropiadas para hacerlo, pues podría causar efectos contrarios en el oyente, como por ejemplo el despertar la curiosidad e inducir al consumo en forma involuntaria: por lo que recomendamos prudencia al tratar esta temática, sino se cuenta con elementos de juicio científicos suficientes.

La educación preventiva debe utilizar metodologías alternativas en el abordaje de la problemática de las drogas. La metodología tradicional se muestra poco efectiva.

La verdadera misión educativa debe orientarse hacia una actitud comprensiva. Comprender no significa aprobar, ni consentir, sino actuar con equilibrio, con razón, con exigencia y autoridad; es decir, evitar la permisividad y el autoritarismo.

Gran parte de nuestros esfuerzos los dedicamos a conseguir de los alumnos una serie de objetivos que estimamos importantes para su formación, como: rendimiento académico satisfactorio, sociabilidad, honradez y respeto.

Con frecuencia nos olvidamos que lo anterior no se consigue con premios o castigos, sino conduciendo al educando a aceptarse a sí mismo, aprovechando sus energías y cualidades reales; y enseñándoles el respeto a las personas y a la sociedad.

El rendimiento académico es fundamental para la formación del educando, pero no son menos importantes otros factores y valores que moldean su personalidad, a los que muchas veces no les concedemos la importancia y trascendencia que tienen. Es cierto, que hay muchos profesores que se preocupan por informar a sus estudiantes sobre los efectos y consecuencias del uso de las drogas, pero, aprovechan cualquier ocasión para festejar el más mínimo acontecimiento ingiriendo bebidas alcohólicas sin ningún tipo de control.

Aquí la teoría está desvinculada de la práctica, por lo que se pierde todo lo que en un momento pudo haberse logrado, ya que no tiene lógica una actitud así, pero sabemos que sucede y eso es lo que debemos evitar, si realmente queremos que nuestros jóvenes lleguen a ser agentes de cambio en esta sociedad. Es bueno recordar, que se es educador siempre, aún cuando no estamos frente al estudiante.

2.6: ACCIONES DE PREVENCIÓN EN LOS CENTROS DE EDUCACIÓN SUPERIOR

a) Creación para la Educación Superior de una Comisión de Trabajo encargada de coordinar la ejecución del programa para la atención de las actividades de prevención del uso indebido de drogas.

b) Coordinar y orientar el programa específico de prevención para todos los Organismos con CES adscriptos a través de la Comisión de Trabajo presidida por el MES.

c) Realizar visitas a los CES para evaluar y controlar el trabajo de la implementación del Programa.

d) Promover y ejecutar por diferentes vías la actualización y capacitación permanente para docentes, educadores y dirigentes juveniles, estudiantiles y sindicales responsabilizadas con la ejecución del Programa. e) Aplicación de una estrategia de capacitación a nivel nacional. f) Aplicar programas específicos de actualización, superación y perfeccionamiento del personal que directamente debe ejecutar las acciones de prevención. g) En los programas docentes-educativos, tanto curricular como extracurricular, enfatizar en la formación de valores éticos, morales, patrióticos y humanos como defensa cultural ante los vicios, el tabaquismo, el alcoholismo y el consumo de drogas. h) Organizar talleres, conferencias y eventos científico-docentes vinculados a la temática de prevención de drogas con la participación de especialistas de diferentes disciplinas relacionadas con el tema incluidos los propios estudiantes.

i) Diseñar e implementar acciones dirigidas a la identificación de alumnos con conductas de riesgo al uso indebido de drogas y precisar las medidas para su atención y seguimiento. j) Desarrollo de investigaciones que permiten diagnosticar y localizar los casos proclives al uso indebido de drogas para proponer las soluciones correspondientes y proyectar la estrategia a seguir. k) Promocionar actitudes saludables y creativas en los alumnos, que los alejen de la posibilidad de acercarse al uso indebido de drogas. i) Fortalecer la calidad y diversidad de las actividades deportivas, culturales, recreativas, científicas e investigativas. j) Contribuir a la preparación del personal encargado de la divulgación, así como al diseño y calidad de la confección de materiales promocionales de hábitos de vida saludable. k) Elaboración de materiales, folletos, artículos dirigidos a docentes y alumnos. l) Propuesta de utilización de videos y otros medios promocionales que reflejen el negativo y grave impacto que tiene el consumo de drogas en la salud y en el ámbito social. m) Búsqueda de información nacional e internacional; así como de bibliografía especializada como soporte a la labor de prevención en materia de drogas.

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