2.2 Atribuciones del Consejo de la Administración Municipal
En el acuerdo 6176 del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros en el Capítulo I artículo 13 se establecen las atribuciones del Consejo de la Administración Municipal; siendo las siguientes:
- Cumplir y hacer cumplir la legislación vigente y los acuerdos adoptados por la respectiva Asamblea del Poder Popular,
- Coordinar, controlar y fiscalizar en su demarcación la ejecución de las políticas, programas y planes aprobados por los órganos superiores del Partido, Estado y Gobierno para el territorio, dentro de los marcos fijados por la ley.
- Proponer al Ministerio de Economía y Planificación la creación, fusión y extinción de entidades administrativas, económicas, de producción y servicios de subordinación local que dirige y controla.
- Elaborar y proponer a la respectiva Asamblea del Poder Popular los proyectos del Plan Económico y Presupuesto de las actividades que dirijan, dentro de los marcos establecidos por el Consejo de Ministros y una vez aprobados, controlar su cumplimiento, sin perjuicio de la labor de la Asamblea correspondiente.
- Participar, en lo que concierna, en la elaboración de los proyectos de Plan Económico y Presupuesto que correspondan a las entidades subordinadas a otras instancias radicadas en el territorio.
- Controlar las plantillas de los cargos administrativos de entidades subordinadas, conforme a la política que fije el Consejo de Ministros, ajustándose al presupuesto aprobado por la Asamblea del Poder Popular correspondiente.
- Proponer la nomenclatura y la estrategia de preparación y superación de los cuadros de su subordinación a las respectivas Asambleas del Poder Popular, así como conocer de la información que sobre la política de cuadros y demás trabajadores le brinde el Presidente.
- Conocer, evaluar y decidir sobre los informes que le presenten las entidades administrativas y económicas que le están subordinadas, así como, en el marco de su competencia, lo que interese a entidades de otra subordinación, sobre actividades y temas que incidan en el desarrollo económico –social del territorio.
- Conocer, evaluar y proponer decisiones, según el procedimiento establecido, sobre los informes que le presenten las entidades no subordinadas, radicadas en el territorio.
- Rendir cuenta, una vez al año, por intermedio de su Presidente, a la respectiva Asamblea del Poder Popular sobre temas que ésta decida; y a los órganos Superiores de la Administración: al Consejo de la Administración Provincial, sobre sus actividades en general, en las ocasiones en que estos lo soliciten
- Adoptar las decisiones sobre las medidas para el mejor desarrollo del trabajo de prevención y atención social en el territorio, acorde con la política trazada al respecto.
- Prevenir y enfrentar las indisciplinas, ilegalidades y manifestaciones de corrupción.
- Adoptar decisiones que contribuyan de forma priorizada a la mejor atención de los planteamientos, las quejas y solicitudes realizadas por los electores a sus delegados.
- Exigir a las direcciones administrativas, organizaciones empresariales y unidades presupuestadas ubicadas en el territorio, que den soluciones adecuadas a los problemas planteados por la población, o explicación convincentes sobre los casos que no tengan solución inmediata o a corto plazo.
- Exigir a las direcciones administrativas, organizaciones empresariales y unidades presupuestadas ubicadas en el territorio, que brinden informaciones de calidad a los delegados de la Asamblea del Poder Popular cuando se les solicite.
- Proponer a la Asamblea del Poder Popular, por conducto de su Presidente, proyectos de normas, que regulen conductas de los ciudadanos con efecto en la actividad administrativa del territorio.
- Convocar a los dirigentes radicados en el territorio para que ofrezcan los informes pertinentes o reciban informaciones de interés para el territorio.
- Orientar y controlar el trabajo de las direcciones administrativas, organizaciones empresariales, unidades presupuestadas y establecimientos, dirigido a mejorar y perfeccionar las funciones, subsanar deficiencias y eliminar defectos e incumplimientos que se detecten en verificaciones fiscales, auditorias, inspecciones y controles, así como rectificar errores resultantes de las violaciones de las normas, regulaciones y demás disposiciones dictadas por dicha entidad dentro de las facultades, adoptando las medidas disciplinarias que correspondan.
- Interesar, por las vías establecidas, ante la Asamblea del Poder Popular o ante el Organismo de la Administración Central del Estado correspondiente, según el caso, la revisión de normas que haya dictado que no se ajusten a disposiciones legales vigentes o lesionen los intereses del territorio.
- Adoptar las decisiones que contribuyan al cumplimiento de las tareas relacionadas con la preparación para la defensa.
- Aplicar y generalizar los aportes de los resultados de la investigación científica y de innovación tecnológica en el desarrollo sostenible del territorio.
- Cualesquiera otra que le atribuyan las leyes.