La Sociedad de Solidaridad Social de acuerdo a la ley se constituye con un patrimonio de carácter colectivo, cuyos socios deberán ser personas físicas de nacionalidad mexicana, en especial ejidatarios, comuneros, campesinos sin tierra, parvifundistas y personas que destinen una parte del producto de su trabajo a un fondo de solidaridad social y que podrán realizar actividades mercantiles. Los socios deciden con autonomía sus actividades, para cumplir las finalidades de la sociedad, sus objetivos son la creación de fuentes de trabajo, practicas de conservación y mejoramiento de la ecología, explotación racional de los recursos naturales, educación de los socios y sus familias en la práctica de la solidaridad.