SISTEMAS CONTABLES, FISCALES EN LAS SOCIEDADES DE PRODUCCIÓN RURAL, SOCIEDADES UNIPERSONALES, FUENTES DE FINANCIAMIENTO Y PYMES.

Rafael Espinosa Mosqueda
Emigdio Archundia Fernández
Ricardo Contreras Soto

El análisis general de la situación de las SPR y la identificación de las oportunidades de mejora.

Quedo evidenciado un fuerte interés de las SPR a mejorar su desempeño y ser más relevantes para la población objetivo, constituida tanto por socios directos a las respectivas organizaciones, como otros productores que comercializan por medio de éstas. Lo anterior permitió un trabajo claro y directo, orientado a la mejora.
Del análisis se deriva además que algunas áreas demandan mayor dedicación que otras como son:

Los detalles de los hallazgos en el área contabilidad y tesorería.

El contador externo marca una relación empresa-contador intermitente: esto no permite el uso frecuente de la información para la toma de decisiones.
La contabilidad llevada externamente no es regular en entrega y tienen como fin principal el tributario.
Ninguna de los informes contables de las SPR revisadas tiene el comparativo de los últimos dos años.
No es práctica común que los informes contables presenten las cédulas analíticas que brinden detalle de las cuentas de principales. Esto no permite su adecuada lectura y comprensión.
Los directores de la Junta Directiva rara vez utilizan los estados financieros para ser discutidos en Junta.
Los sistemas de información, a excepción de dos o tres casos, son hechizos y evidencian alto riesgo de pérdida.
Los estados financieros de las SPR en su mayoría están desactualizados y no registran todas las transacciones de las empresas.
Al menos una tercera parte de las SPR de la muestra no atiende bien sus deudas y no tiene claro cuáles son los costos en que incurre por tal morosidad.
La contabilidad de costos no está integrada con la contabilidad general. Esta integración hace falta hasta en los mejores casos.
La administración de las SPR expresan que conocen sus costos y que tienen acceso a estos datos en forma inmediata. Esto es prácticamente válido solo en las agroindustrias.
Algunos estados de resultados expresan un inadecuado registro de los ingresos y revelan utilidades muy por encima de la realidad. Esto es particularmente válido cuando se trata de ingresos por maniobras y por servicios a los productores agropecuarios.
En una parte significativa de los casos los estados financieros no reflejan todas las transacciones ni incluyen todos los activos de la organización.
Algunos estados financieros revelan diferencias importantes de propiedad de los activos: confusión entre propiedad de socios y propiedad de la SPR.

Las SPR están despertando, mejoran sus condiciones de información contable y están adquiriendo software especializado. Dos agroindustrias tienen dentro de su proyecto inmediato la integración de los costos en la contabilidad general.
Un buen número de SPR mantienen archivos de respaldo de los costos en cuadernillos personales, incurriendo en grandes riesgos de pérdida o deterioro.
Al menos un 50% de los entrevistados no está haciendo nada concreto para mejorar su problema de información contable.

Las NIIF y las PyMEs

Como se puedo  observar la importancia que tiene la información financiera para cualquier tipo de organización, más hay que tomar en cuenta los cambios turbulentos que muestran las economías en todo el mundo, y como ya se menciono el lenguaje contable común entre las organizaciones, son las Normas Internacionales de Contabilidad (NIC) / Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF). Pero qué sucede con las dimensiones de las organizaciones en este mundo cada día más globalizado, al grado que se emiten normas para la emisión de información ad hoc a las PYMES; debemos cuestionarnos si éstas realmente son necesarias o basta solamente con las NIIF, tal situación debe ser analizada para poder aseverar  que la Información financiera es un factor de desarrollo de las Sociedades de Producción Rural.
En México las normas oficiales en lo relativo a la generación de la información financiera es regulada por la NIF, y que desde el año 2006, emite  el Consejo Mexicano de Normas de Información Financiera, A.C. (CINIF). Las normas van enfocadas a las empresas del sector financiero, siendo su objetivo el brindar una mejor certeza a los usuarios de la información, debido a que ellos ponen en juego sus capitales al invertir en esos entes económicos.
En julio de 2009, el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB) publicó la Norma Internacional de Información Financiera para Pequeñas y Medianas Entidades (NIIF para las PYMES). La NIIF para las PYMES tiene como objeto aplicarse a los estados financieros con propósito de información general de entidades que no tienen obligación pública de rendir cuentas y publican estados financieros con propósito de información general para los usuarios externos.
Valdría la pena preguntarnos por qué una norma de información financiera global para las PYMES; debemos entender como contadores que las normas de información financiera globales, aplicadas coherentemente, mejoran la comparabilidad de la información financiera, y que las diferencias contables pueden oscurecer las comparaciones que los inversores, acreedores, el estado y otros hacen. Al exigir la presentación de información financiera que sea relevante, fiable, comparable, etc.; las normas de información financiera globales de alta calidad mejoran la eficiencia de la distribución y el precio del capital. Esto beneficia no sólo a quienes proporcionan deuda o capital de patrimonio sino también a quienes buscan capital porque reduce sus costos de cumplimiento y elimina incertidumbres que afectan a su costo de capital. Las normas globales también mejoran la coherencia en la calidad de las auditorías y facilitan la educación y el entrenamiento.
Los beneficios de las normas de información financiera no se limitan a entidades cuyos títulos cotizan en bolsa. A juicio del IASB, las PYMES —y quienes utilizan sus estados financieros— se pueden beneficiar de un conjunto común de normas contables.
Los principales grupos de usuarios externos de los estados financieros de las PYMES incluyen:
• Instituciones de Crédito que efectúan préstamos a las PYMES.
• Proveedores que venden a las PYMES y utilizan los estados financieros de las PYMES para tomar decisiones sobre créditos y precios.
• Instituciones de calificación crediticia y otras que utilicen los estados financieros de las PYMES para calificarlas.
• Clientes de las PYMES que utilizan los estados financieros de éstas para decidir si hacer negocios.
• Accionistas de las PYMES que no son también gestores de sus PYMES.
En Bolivia se creó del Consejo Técnico Nacional de Auditoria y Contabilidad (CTNAC), una Comisión de Estudio denominada “Comisión Nacional de Transición de Normas Nacionales a Normas de Información Financiera” (CONTRANIF) en el marco de su reglamento interno, la cual tiene el propósito general de desarrollar un diagnóstico, estudio y clasificación de entidades que aplicarán en sus actividades las NIF completas, la NIF para las PYMES y otras normas contables de propósito general, al momento de la transición y durante todo el desarrollo de la entidad mientras se encuentre en marcha, en concordancia con lo que establece el Artículo Quinto de la Resolución del CTNAC No. 02/2010 “Normas de Información Financiera-NIF(Incluye Marco Conceptual y Normas de Contabilidad) de fecha 30 de octubre de 2010. El CONTRANIF y el CTNAC, mediante Resolución No. 01/2011 aprobó la NIF para las PYMES que tiene treinta y cinco secciones y un glosario y mediante Resolución No. 02/2011 quince Interpretaciones de Normas de Información Financiera (incluyen Interpretaciones de Normas Contables), en convergencia con las NIIF para PYMES del Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB por su sigla en inglés), y las Interpretaciones de Normas Internacionales de Información Financiera del Comité de Interpretaciones de Normas Internacionales de Información Financiera-CINIIF (IFRIC por su sigla en inglés) anterior Comité de Interpretaciones-SIC, ambos dependientes de la Fundación del Comité de Normas Internacionales (IASCF por su sigla en inglés).
En Colombia el Despacho “Villa Auditores Consultores”, junto con otros especialistas realizaron una encuesta virtual a nivel Iberoamericano en la participaron profesionales que laboran en el área financiera contable de diversas empresas y países.
Parte de la encuesta fue la determinación de la existencia de la suficiente difusión de la nueva norma NIIF para Pymes en los países Iberoamericanos. Aquí se incluye a los países de Latinoamérica, España y Portugal. Del total de datos analizados se observó que un 34 % afirma que no existe suficiente difusión y conocimiento de las NIIF para Pymes, y un 61% sostuvo que existe difusión pero ésta es insuficiente, sólo el 5% señaló que existía suficiente difusión e información; la suma de los dos primeros resultados arrojan un 95% de los encuestados, percibiendo que no existe difusión o que esta es escasa e insuficiente.
La información anterior es preocupante y deben servir como alerta para el IASB, ya que esto es un indicio de que los Colegios, Federaciones, Asociaciones de profesionales del área contable e inclusive Universidades de muchos países aún no han divulgado masivamente las NIIF para PYMES a través de campañas informativas y educativas del beneficio y alcance de esta nueva norma internacional.
Con relación a la percepción que tienen los profesionales del área contable financiera respecto de sus asesores y/o consultores en el conocimiento técnico de las NIIF para PYMES, se puede decir que un 32% percibe que sus asesores tienen un buen nivel de conocimientos, un 45% percibe que sus asesores tienen un conocimiento intermedio de las NIIF para PYMES y un 23% señala que éstos no tienen los conocimientos suficientes. Si se analizan estos datos, los profesionales que se desempeñan en el área de asesoría o consultoría deberían ser críticos con el fin de aprender técnicamente las NIIF para PYMES, con el objetivo de saber transmitir los conocimientos a los clientes.
Otra de las preguntas que aplicaron fue en relación a si los Contadores Públicos conocen de las NIIF para PYMES; los resultados fueron que, un 12% reconoce tener un conocimiento técnico profundo de las normas, un 51% tiene un conocimiento intermedio y un 37% está entre los que no tienen conocimiento o un muy bajo conocimiento.
Para el país de Chile se ha autorizado expresa y exclusivamente al Colegio de Contadores de Chile A.G. para la emisión del  Boletín bajo la denominación: Normas de Información Financiera de Chile (NIFCH),  facilitando de esta forma el cumplimiento del mandato conferido al Colegio en virtud de la Ley 13.011, que le asigna la responsabilidad de emitir las normas profesionales que se deben observar en el país; entre estas normas se encuentran las Normas de Información Financiera – Chile  (NIFCH) para Entidades Pequeñas y Medianas (EPYM).
Con relación a las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF), el Consejo Mexicano de Normas de Información Financiera, A.C. (CINIF) sobre la NIIF para PYMES ha  concluido  que  en  México  no  se  adopte  estas normas para   PYMES   emitida   por   el   Consejo   de   Normas   Internacionales   de Contabilidad   (International   Accounting   Standards   Board-IASB)   y   que   sus   disposiciones tampoco deben considerarse como supletoria (otros países que han decidido no adoptar la NIIF para PYMES son: Alemania, Australia, Canadá, China, Corea del Sur, Eslovenia, España, Francia, Holanda, Italia, Japón, Malasia, Malta, Nueva Zelanda, Polonia, Suecia, Suiza y Uruguay).
Esta decisión es el resultado del consenso de las opiniones obtenidas de diversos usuarios de la información financiera así como de los organismos profesionales  y  empresariales que están asociados al CINIF.

Fundamento

La  orientación   del   CINIF   se debe  a   que   se   considera   que   los   mismos   principios   de reconocimiento  y  de  valuación  son  aplicables  a  todas  las  entidades  que  emiten  estados financieros cualquiera  que sea su tamaño, sean  o no emisoras  listadas en alguna  Bolsa de Valores.
El  CINIF  ha  iniciado  un  proceso  de  simplificación  de  las  NIF eliminando algunos requerimientos de presentación y de revelación para las entidades privadas; esta simplificación se considera necesaria para las entidades que aplican las NIF.  Este enfoque se puede denominar Régimen de Revelaciones Reducido (RRR) el cual ha sido establecido por algunos países que no han adoptado la NIIF para PYMES.
Se  considera  que  no  es  necesario  emitir  por  separado  normatividad  específicamente  para PYMES, pues con el enfoque antes descrito, estas entidades seguirán aplicando las mismas disposiciones sobre reconocimiento y valuación que se establecen en las NIF, sólo que con menores revelaciones.

Bases de conclusiones

Los argumentos que apoyan la decisión del CINIF son:
Según lo establecido por el IASB, la NIIF para PYMES no es obligatoria por lo que en cada jurisdicción los emisores de normas contables locales son quienes establecen a qué entidades se les requiere o permite utilizar esta norma.
De  acuerdo  con  el  IASB,  el  término  PYME  no  tiene  relación  con  el  tamaño  de  las entidades, por lo que la NIIF para PYMES puede utilizarse por entidades de cualquier magnitud que no tienen obligación pública de rendir cuentas (“public accountability”) y que emiten estados financieros para información general. Esto puede provocar falta de comparabilidad entre entidades públicas y no públicas.
La NIIF para PYMES prohibe algunos tratamientos contables que son obligatorios bajo NIIF completas, tales como:

  1. La capitalización de intereses en activos calificables.
  2. La  capitalización  de  costos  de  desarrollo.
  3. El  someter  el  crédito  mercantil  sólo  a pruebas  de  deterioro  requiriendo  su  amortización  en  línea  recta,  a  pesar  de  que  no exista deterioro.
  4. La posibilidad de que, al consolidar estados financieros, los estados financieros  de  las  subsidiarias  puedan  ser  a  fechas  diferentes  de  la  fecha  de  los estados financieros de la controladora (no mayor a tres meses);
  5. No permite cumplir el  objetivo  de  simplificación,  pues  da  la  opción  de  aplicar  la  NIC  39  de  las  NIIF completas, respecto a los instrumentos financieros.

Adicionalmente, si se adopta la NIIF para PYMES, deben ajustarse retrospectivamente los  estados  financieros  para   eliminar  los  efectos  de  los  tratamientos  aplicados anteriormente y no permitidos por la nueva norma.  Si posteriormente, por el interés de entrar  a  una  bolsa  de  valores,  la  entidad  decide  o  está  obligada  a  adoptar  las  NIIF completas,   deben   ajustarse   nuevamente   en   forma   retrospectiva   sus   estados financieros para dar efecto a lo que requieren las NIIF completas y que es diferente de las disposiciones de la NIIF para PYMES.

Solución

La NIIF para PYMES:
 a) Puede causar confusión, pues si se aceptara su aplicación existirían tres grupos de normas: las NIF, las NIIF completas y la NIIF para PYMES.
 b) Puede impedir la comparabilidad  entre  entidades  similares  que  apliquen  diferentes  normas  contables.
  c)  Se contrapone  en  algunos  aspectos  con  los  marcos  conceptuales  de  las  NIIF  y  de  las  NIF  e incluso  con  algunas  NIIF  individuales.
 d)  No  constituye  un  puente  amigable  que  permita transitar  en  el  futuro  a  la  adopción  de  las  NIIF  completas,  por  lo  mencionado  en  el  párrafo anterior.
e) Puede complicar la capacitación al tener que incluir en los planes de estudio de las universidades un grupo más de normas contables.
El  CINIF  considera  que,  además  de  los  problemas  que  la  implementación  de  la  NIIF  para PYMES ocasionaría, el enfoque de reducir las revelaciones para las NIF mexicanas que se explica  en  párrafos  anteriores  permitirá  que  los  mismos  principios  de  reconocimiento  y valuación se apliquen a todas las entidades, lo que se considera el enfoque más adecuado; por estas razones, se reitera que en México no debe adoptarse la NIIF para PYMES.

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