PROCEDIMIENTO DE CONTROL INTERNO PARA IMPLEMENTAR EL PERFECCIONAMIENTO EMPRESARIAL EN LA EMPRESA DE COMERCIO Y GASTRONOMÍA EN EL MUNICIPIO AMANCIO

Adela Amada Álvarez Fernández

1.2. Presupuestos teóricos y evolución del control interno como sistema del Perfeccionamiento Empresarial

La importancia de tener un buen sistema de control en las organizaciones, se ha incrementado en los últimos años, debido a lo práctico que resulta medir la eficiencia y la productividad al momento de implantarlos; en especial si se centra en las actividades básicas que ellas realizan, pues de ello dependen para mantenerse en el mercado.

El control es un elemento del proceso administrativo que incluye todas las actividades que se emprenden para garantizar que las operaciones reales coincidan con las operaciones planificadas. De tal manera, el control es un elemento clave en la administración.

El control es la función administrativa, por medio de la cual se evalúa el rendimiento.

Para Robbins Poch (1996) el control puede definirse como: "el proceso de regular actividades que aseguren que se están cumpliendo como fueron planificadas y corrigiendo cualquier desviación significativa" (p.654). Sin embargo Stoner J. (1996) lo define "el control administrativo, es el proceso que permite garantizar que las actividades reales se ajusten a las actividades proyectadas" (p.610)

En el Pequeño Larousse Ilustrado (1968), se define en una de sus acepciones el control como: “la comprobación, inspección, revisión, dirección, examen, crítica, dominio, supremacía….”.

En conclusión y coincidiendo con los criterios antes expresados, la autora define el control como: “la función que permite la supervisión y comparación de los resultados obtenidos, contra los resultados esperados originalmente, asegurando además, que la acción dirigida se esté llevando a cabo de acuerdo con los planes de la organización y dentro de los límites de la estructura organizacional”.

Para evaluar la eficiencia de procedimientos de control, es necesario definir los objetivos a cumplir. Robbins. Poch, (1992) , expresa: "el control aplicado de la gestión tiene por meta la mejora de los resultados ligados a los objetivos” y W. Leonard, (1990) asegura "los controles es en realidad una tarea de comprobación para estar seguro que todo se encuentra en orden. "

Es bueno resaltar que si los controles se aplican de una forma ordenada y organizada, entonces existirá una interrelación positiva entre ellos, la cual vendría a constituir un sistema de control sumamente más efectivo.

Dentro de este orden de ideas, F. Catácora, (1996) expresa que el control interno es "la base sobre el cual descansa la confiabilidad de un sistema contable, el grado de fortaleza determinará si existe una seguridad razonable de las operaciones reflejadas en los estados financieros. Una debilidad importante del control interno, o un sistema de control interno poco confiable, representa un aspecto negativo dentro del sistema contable".

Asimismo, A. Redondo, (1993) , plantea que: "se debe hacer un estudio y una evaluación adecuada de control interno existente, como base para determinar la amplitud de las pruebas a las cuales se limitarán los procedimientos de auditorías".

En Cuba, la Resolución No 297 del 2003, expresa cómo el Comité de Normas Cubanas de Contabilidad, estableció el concepto de control interno, en correspondencia con las condiciones de la economía cubana para su aplicación en todas las entidades del país.

La referida Resolución, define al control interno como "el proceso integrado a las operaciones efectuado por la dirección y el resto del personal de una entidad para proporcionar una seguridad razonable al logro de los objetivos como: confiabilidad de la información, eficiencia y eficacia de las operaciones, cumplimiento de las leyes, reglamentos y políticas establecidas y el control de recursos de todo tipo, a disposición de la entidad”.

En la definición, queda claramente establecido que, el control interno es un proceso, que se lleva a cabo por personas que actúan en todos los niveles jerárquicos de la entidad, que en cada área de la organización el máximo responsable responde por su cumplimiento, que debe facilitar el alcance de todos los objetivos propuestos, aporta un grado de seguridad razonable y coadyuva al desarrollo del autocontrol, el liderazgo, el fortalecimiento de la autoridad y la responsabilidad de los colectivos laborales.

El significado del control interno debe verse también desde un punto de vista financiero, donde A. Holmes, (1994) , lo define como: "una función de la gerencia que tiene por objeto salvaguardar, y preservar los bienes de la empresa, evitar desembolsos indebidos de fondos y ofrecer la seguridad de que no se contraerán obligaciones sin autorización".

Sin embargo es importante señalar que, para que un control interno rinda su cometido, debe ser: oportuno, claro, sencillo, ágil, flexible, adaptable, eficaz, objetivo y realista. Todo esto tomando en cuenta que la clasificación del mismo puede ser preventiva o de detección para que sea originaria.

El control interno contable representa el soporte bajo el cual descansa la confiabilidad de un sistema contable. Un sistema de control interno es importante por cuanto no se limita únicamente a la confiabilidad en la manifestación de las cifras que son reflejadas en los estados financieros, sino también evalúa el nivel de eficiencia operacional en los procesos contables y administrativos.

El control interno es un proceso, es decir, un medio para alcanzar un fin y no un fin en sí mismo, lo llevan a cabo las personas que actúan en todos los niveles, no se trata solamente de manuales de organización y procedimientos, sólo puede aportar un grado de seguridad razonable y no la seguridad total para la conducción o consecución de los objetivos.

El término es interpretado por muchas personas, como aquellos pasos que deben darse en una entidad para evitar que se cometan errores y fraudes en el transcurso de las operaciones que ocurren en la misma; aunque su propósito esencial es promover las operaciones eficientes dentro de la organización. Walter Meigs Larsen lo define expresando "el sistema de control interno consta de todas las medidas empleadas por una organización para: proteger los activos contra el desperdicio, el fraude y el uso ineficiente; promover la exactitud y la confiabilidad en los registros contables; alentar y medir el cumplimiento de las políticas de la compañía; y evaluar la eficiencia de las operaciones".

Como se aprecia, el concepto deja clara la relación existente entre la contabilidad y el control interno. Durante su estudio se demostró que, mientras la primera se ocupa del registro y análisis de transacciones de la entidad, el segundo se encarga de evaluar la calidad del cumplimiento de los mismos.

No obstante es necesario recordar que el control interno es tanto contable-acciones estructuradas, coordinadas e integradas a los procesos de gestión, con el objetivo de proporcionar un grado razonable de fiabilidad en relación con la información contable financiera, como administrativo, plan de organización, métodos y procedimientos relacionados con la eficiencia operativa y la adhesión a las políticas de la administración.

Los criterios expresados anteriormente permitieron a la autora, asumir en la tesis como concepto de control interno "el plan de organización, de todos los métodos y medidas coordinadas, para preservar y resguardar sus activos, verificar la exactitud y confiabilidad de los datos contables y sus operaciones, promover la eficiencia y la productividad en las operaciones y estimular la adhesión a las prácticas ordenadas para la empresa", tomando en cuenta que el control interno va a servir como base o instrumento de control administrativo, y que igualmente abarca el plan de organización, de procedimientos y anotaciones dirigidas con la única finalidad de custodiar los activos y a la confiabilidad contable.

Resulta preciso abordar la aplicación progresiva del control interno como elemento del Perfeccionamiento Empresarial, expresada en el Anteproyecto Ley de la Contraloría General de la República de Cuba , de la Asamblea Nacional del Poder Popular (2009) , la que en unas de sus partes plantea: “al triunfo de la Revolución, como consecuencia del acelerado proceso de transformaciones emprendidas y la aprobación de la Ley fundamental el 7 de febrero de 1959, se hizo necesaria la reorganización del Ministerio de Hacienda, para permitir la fiscalización de la gestión administrativa de las múltiples entidades que pasaron a manos del Estado”.

Consecuente con los principios del Gobierno Revolucionario, de encausar el proceso de desarrollo, mediante la planificación y el control de los gastos, el 20 de junio de 1961 se aprobó la Ley Nro. 943 “Ley de Comprobación de Gastos del Estado”, con el objetivo de regular las funciones de alta fiscalización del gasto corriente presupuestado, a través de la Dirección de Comprobación del Ministerio de Hacienda.

A finales de de 1965, se disolvió el Ministerio de Hacienda, pasando sus funciones más importantes al Banco Nacional de Cuba, entre ellas la Dirección de Comprobación, la que se desintegra en el año 1967.

En año 1976, mediante la Ley No 1323, “Ley de la Organización de la Administración Central del Estado”, se creó el Comité Estatal de Finanzas y, dentro de éste la Dirección de Comprobación, con la misión de efectuar la verificación de las actividades económico-financieras de los órganos, organismos, organizaciones del Estado, empresas y demás dependencias y organizaciones.

En el año 1994, como parte del Perfeccionamiento de la Administración estatal, y en cumplimiento del Decreto Ley No 147 del 21 de abril de 1994, “De la Reorganización de los organismos de la Administración Central del Estado”, se extinguió el Comité Estatal de Finanzas, asumiendo sus funciones el Ministerio de Finanzas y Precios, creado por dicho Decreto Ley.

Posteriormente, por el acuerdo 2914 del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, del 30 de mayo de 1995, se creó la Oficina Nacional de Auditoría, adscrita al Ministerio de Finanzas y Precios, la que se constituyó como Órgano de Fiscalización Superior del país.

El 8 de junio de 1995 se dictó el Decreto Ley No 159 “De la Auditoría”, el que declaró como tarea fundamental del Estado, el fortalecimiento del control económico y administrativo de las entidades, dirigido a prevenir el uso indebido de los recursos, rescatar la disciplina y la responsabilidad, así como lograr la máxima transparencia en la información económico-contable e, igualmente, verificar la honestidad de personas naturales y jurídicas, en la administración de los recursos del Estado.

En el año 2001, respondiendo al desarrollo alcanzado por nuestro país en el control económico-administrativo, mediante el Decreto Ley No 219 del 25 de abril del 2001, fue creado el Ministerio de Auditoría y Control, como el organismo de la Administración Central del Estado encargado de dirigir, ejecutar y controlar la aplicación de la política del Estado y del Gobierno en materia de Auditoría Gubernamental, Fiscalización y Control Gubernamental, así como para regular, organizar, dirigir y controlar, metodológicamente, el Sistema Nacional de Auditoría, teniendo como base de soporte la anterior Oficina Nacional de Auditoría.

Según Gladys Bejerano Portela (2007) , “El control interno, es el proceso integrado a las operaciones efectuadas por la dirección y el resto del personal de la empresa” y precisa que los objetivos son: la confiabilidad de la información; la eficiencia y eficacia de las operaciones; el cumplimiento de las leyes, reglamentos y políticas establecidas de dirección y gestión; y el sistema de control interno, es creado en la empresa para garantizar el funcionamiento de la misma en óptimas condiciones y evitar afectaciones a sus medios materiales, equipos y demás activos.

Esta autora precisó con claridad, que los elementos que integran el control interno son: Ambiente de control; Evaluación de los riesgos; Actividades de control; Información y comunicación; y Supervisión y monitoreo.

En el XIX Congreso Obrero, el Segundo Secretario del Partido Raúl Castro (2006) expresó, que la clave del éxito radica en trabajar con organización, constancia y disciplina, educarnos sencillamente en el estricto cumplimiento del deber, buscar constantemente la mayor efectividad en cada tarea y las vías para eliminar las deficiencias, pensar con cabeza propia cómo resolver los problemas, tratando además de evitar que nos sorprendan, y consolidar cada paso que demos.

Esta reflexión es, sin dudas, la idea esencial y la mejor conclusión acerca de los objetivos del sistema de control interno. No obstante y a pesar de estar bien definido y orientado el control interno, sus objetivos, principios y los elementos que lo integran, existe una manifestación permanente de insuficiencias y deficiencias en el sector empresarial, que al entender de esta investigadora, tienen su origen en las fallas en la aplicación de procedimientos no apropiados en cada entidad que pretenden implementar y desarrollar el proceso de perfeccionamiento empresarial.

La Ley 107 (2009) de la Contraloría General de la República, sin dudas asumió determinadas vertientes conceptuales en su capítulo III, que ya la Resolución No. 297/03 del Ministerio de Finanzas y Precios había argumentado, y es que el control interno, no es en sí solo nada, no es un hecho o circunstancia, sino una serie de acciones relacionadas con las actividades, pero con una ineludible condición, “que debe ser diseñado desde adentro y no por encima de ellas”.

Los trabajadores e incluso los funcionarios y cuadros, pese a que tienen como uno de sus objetivos el cumplir con las auditorias, supervisiones y cualquier tipo de revisión interna o externa a las funciones que realiza, aún no han interiorizado que el mejor revisor es el mismo, porque el autocontrol es la base fundamental de la prevención. Sin dudas el propio actor de cada puesto y centro de trabajo, es el mejor conocer y revisor de lo que hace, pero no se logra interiorizar eso y mucho menos ejecutarlo, aunque sea una vez por semana.

Debe recordarse que el control interno no será nunca un proceso perfecto, mantiene solamente una seguridad razonable, por ende su aplicación consciente y acorde a las características de la entidad, de alguna manera minimizará cualquier hecho de indisciplina, ilegalidad o corrupción que se pretenda cometer. Por tanto deberá constantemente ser monitoreado y actualizado, acorde a los riesgos y sus diferentes modalidades que asumen en un período o ejecución de cualquier actividad.

En esta investigación, se ha considerado pertinente tratar especialmente el componente relacionado con el sistema de control interno, establecido dentro de los 18 sistemas para su estudio, al defender los principios de vivir con lo que se recibe sin violar la legalidad ni la moral socialista y administrar los recursos económicos del país, en cualquiera de sus niveles, de acuerdo con la política económica trazada por el Partido y el Estado y en correspondencia con la situación económica que hoy existe en el mundo.

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