BIBLIOTECA VIRTUAL de Derecho, Economía y Ciencias Sociales

ESTUDIO DE VIABILIDAD TÉCNICA Y FINANCIERA

Julio Mario Orozco Africano




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ANÁLISIS DE VIABILIDAD TÉCNICA

Evaluación jurídica

Creación de la ESE

La ESE Hospital Regional de Bolívar fue creada por la necesidad de simplificar la atención en salud de la población de algunos municipios que no pudieron acceder a la descentralización de la salud, con la buena intención de evitar la creación atomizada de muchas empresas sociales del estado de primer nivel pero que dependían del departamento.

La Ley 715 de 2001 en sus artículos 43 y 54 otorgan competencias a los departamentos para administrar el primer nivel de atención de los municipios no certificados en salud y estructurar redes integradas de prestadores de servicios de salud.

La Asamblea Departamental de Bolívar, mediante Ordenanza número 09 del 23 de abril de 2004, otorgó facultades al gobernador para la creación de una Empresa Social del Estado de carácter regional que integrara la atención en salud de primer nivel para los municipios no descentralizados del departamento.

En uso de esas facultades, el entonces gobernador del departamento, doctor Libardo Simancas Torres, expide el decreto extraordinario número 894 el 29 de diciembre de 2004, siendo secretario departamental de salud el doctor Nicolás Chedraui. El decreto crea la ESE Hospital Regional de Bolívar, la cual integra 5 unidades funcionales: Clemencia, Villanueva, San Cristóbal, El Guamo y Regidor. El domicilio de la ESE, según el decreto de creación está en la ciudad de Cartagena y cuenta con autonomía técnica, administrativa y financiera.

Junta Directiva

La Dirección y Administración está a cargo de la Junta Directiva y el Gerente. Cada unidad operativa contará con un director con funciones administrativas y de prestación de servicios.

Llama la atención que el decreto de creación establece una Junta Directiva muy numerosa e impar de 17 miembros, muy probablemente con la intención de dar participación a todos los 5 municipios, de modo que en lugar de simplificar la operación, la hace políticamente compleja.

El artículo 7 del decreto de creación de la ESE definió la conformación de la Junta Directiva de la siguiente manera:

El Gobernador o su delegado, quien la presidirá

Los Alcaldes de los municipios de Villanueva, San Cristóbal, Clemencia, El Guamo y Regidor

Cinco (5) representantes de los profesionales de la salud de cada uno de los 5 municipios

Cinco (5) representantes de los usuarios de la salud de cada uno de los 5 municipios

Un representante de los gremios de la producción

El Gerente hará labores de secretario, con voz pero sin voto, por lo tanto no puede contarse como miembro de la Junta Directiva.

Es de anotar que esta conformación no se atiene a la estructura tripartita que ordena el Decreto 1876 de 1994. Para que se respete esta prescripción deberían contarse 18 miembros así: 6 miembros del estamento político administrativo, 6 de la comunidad, 6 del sector científico.

Observamos por ejemplo que el estamento político administrativo cuenta con 6 miembros (el gobernador y los 5 alcaldes), el estamento de la comunidad cuenta con 5 miembros, no con 6 y el de los profesionales cuenta con 5. Además existe un miembro de los productores o industriales que no puede contarse como parte de los usuarios de la ESE.

Ahora, si examinamos esta junta directiva a la luz del artículo 70 de la Ley 1438 de 2011, que reforma el Sistema General de Seguridad Social en Salud, esta debería ajustarse a tan sólo 5 miembros, quedando así:

El jefe de la administración departamental, o su delegado, quien la presidirá.

El director de salud de la entidad territorial departamental o su delegado.

Un representante de los usuarios, designado por las alianzas o asociaciones de usuarios legalmente establecidas, mediante convocatoria realizada por parte de la dirección departamental de salud.

Dos (2) representantes profesionales de los empleados públicos de la institución, uno administrativo y uno asistencial, elegidos por voto secreto. En el evento de no existir en la ESE profesionales en el área administrativa, la junta directiva podrá integrarse con un servidor de dicha área con formación de técnico o tecnólogo.

Como vemos, es recomendable un ajuste de la estructura de la Junta Directiva, en vista de la reforma al sector salud promulgada recientemente.


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