ANÁLISIS JURÍDICO DOCTRINAL DE LA LETRA DE CAMBIO EN CUBA Y SU EFICACIA EN LA PROVINCIA DE HOLGUÍN
Yohandra María Hernández García y José Augusto Ochoa del Río
Esta página muestra parte del texto pero sin formato.
Puede bajarse el libro completo en PDF comprimido ZIP (106 páginas, 237 kb) pulsando aquí
PRIMERA: La letra de cambio como título valor, constituye una institución del Derecho Mercantil que tiene un tratamiento teórico y jurídico muy amplio, posee como institución jurídica los conceptos y principios fundamentales que conforman la doctrina general así como los presupuestos procesales para su materialización.
SEGUNDO: A nivel internacional existe un amplio tratamiento jurídico de esta institución y regulaciones jurídicas muy bien concebidas ya sea a través de leyes especiales o en otras normativas donde se regula esta institución, existiendo una fuerte tendencia a unificar, en un solo cuerpo legal, los preceptos jurídicos de esta materia.
TERCERA: En nuestro país no existe una legislación sustantiva en relación a la letra de cambio y los preceptos reguladores de esta institución están recogidos en el Código de Comercio, siendo antiquísimo y desactualizado, demostrándose que los mismos no siempre se aplican por no estar atemperados a la realidad vigente, por lo que no están en correspondencia a las circunstancias actuales de nuestro país debiéndose adaptar nuestra legislación a otros ordenamientos jurídicos que si lo regulan mediante leyes.
QUARTA: El Legislador debe pronunciarse, por la promulgación de una ley que regule los títulos valores y dentro de estos a la letra de cambio, ya que la regulación actual es insuficiente y escueta, para de este modo contribuir al logro de la seguridad jurídica comercial de nuestro sistema económico y deberá tener en cuenta en sus bases cómo en la práctica se ejecuta la misma y las propuestas que realizamos al respecto.
RECOMENDACIONES
A los Órganos Superiores del Poder Popular en Cuba:
Que se pronuncie en relación a la promulgación de una norma que regule los títulos valores y dentro de estos la letra de cambio.
A la Facultad de Derecho de la Universidad de Holguín conjuntamente con la Unión Nacional de Juristas en la provincia:
Que se difunda y generalice el estudio de esta institución a través de cursos, conferencias, seminarios, postgrados y cualquier otra forma para preparar a juristas, empresarios y personas interesadas en la materia, para lograr una justa apreciación de esta temática del Derecho Mercantil.