BIBLIOTECA VIRTUAL de Derecho, Economía y Ciencias Sociales

EL LIBRO Y EL BIOS: ALGUNOS MOMENTOS EN SU HISTORIOGRAFÍA. LECTURA DESDE EL PARADIGMA ECOLÓGICO
(VOLUMEN II)

Germán López Noreña



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4.1.3 La Santa Inquisición Española

Retomando una vez más los episodios sucedidos en el contexto histórico del siglo XV y relacionados con la emergencia de la imprenta y la historiografía del libro, es menester incursionar en el estudio de algunos aspectos de la creación de La Santa Inquisición Española, remitiéndonos específicamente al tema de la censura, obviamente sin desconocer la importancia que reviste el estudio de otros tópicos de la misma.

Aunque durante largo tiempo la España medieval había ofrecido un clima de respeto y tolerancia a las gentes de distintas religiones, la situación se enrareció progresivamente en los siglos XIV y XV. De esta forma, a la convivencia apacible de judíos, moros y cristianos, siguió en esas centurias una sociedad problematizada y recelosa, en la que fueron lugar común los enfrentamientos entre aquellas minorías religiosas y los cristianos mayoritarios. Puntos de referencia de esa marcha hacia la intolerancia fueron los concilios eclesiásticos de Zamora (1313) y Valladolid (1322), cuyos cánones apuntan a la marginación de las minorías, y donde se manifiesta ya ese sentimiento antisemita provocado por el acaparamiento por los judíos de importantes cargos públicos, de determinadas profesiones (la medicina, por ejemplo) y, en general, por su omnipresencia en el mundo financiero.

Escudo de la Inquisición española. A ambos lados de la cruz, la espada simboliza el trato a los herejes y la rama de olivo la reconciliación con los arrepentidos. Rodea el escudo la leyenda «EXURGE DOMINE ET JUDICA CAUSAM TUAM. PSALM. 73», que en latín significa Álzate, oh Dios, a defender tu causa. salmo 73 (74).

http://es.wikipedia.org/wiki/

En Navarra, a su vez, tras la muerte de uno de los príncipes franceses, Carlos el Hermoso, acaecida en 1328, cierto franciscano llamado fray Pedro Olligoyen soliviantó con su predicación al pueblo, llevándolo al saqueo de las aljamas y a una matanza que debió acarrear entre seis y diez mil víctimas.

En Aragón y Castilla, como en otras partes de Europa, la peste negra ocasionó la persecución y muerte de muchos judíos. Pero en este último reino las cosas fueron a peor, hasta que, en 1391, sobrevino una auténtica catástrofe. Otro exaltado predicador, Ferrán Martínez, arcediano de Ecija, excitó la animadversión popular hasta límites extremos y, aunque fue reconvenido por los propios reyes, provocó en 1391 un brutal levantamiento que asoló las aljamas de Sevilla, y que luego se propagó a otros lugares de Castilla, ocasionando un altísimo número de víctimas. Muchas sinagogas quedaron convertidas en iglesias cristianas. Los musulmanes fueron también perseguidos, aunque en menor grado, quizá por el temor a las represalias que pudieran producirse contra los cristianos cautivos en Granada y África.

(José Antonio Escudero; 1985: Pág. 5)

La Santa Inquisición Española o también llamada Tribunal Del Santo Oficio De La Inquisición fue fundada en 1478 por la reina Isabel y el rey Fernando de Aragón, conocidos en la historia como Los Reyes Católicos. Institución creada para preservar los dogmas y dar continuidad a la ortodoxia cristiana de sus reinos; tendiendo como antecedentes a las instituciones del mismo tipo creadas en Europa en el siglo XIII.

El primer tribunal inquisitorial para juzgar delitos contra la fe nació en el siglo XIII. Fue fundado por el Papa Honorio III en 1220 a petición del emperador alemán Federico II Hohenstaufen, que reinaba además en el sur de Italia y Sicilia. Parece que el emperador solicitó el tribunal para mejorar su deteriorada imagen ante la Santa Sede (personalmente era amigo de musulmanes y no había cumplido con la promesa de realizar una cruzada a Tierra Santa) y pensó que era un buen modo de congraciarse con el Papa, ya que en aquella época el emperador representaba el máximo poder civil y el Papa, el religioso y, era conveniente que las relaciones entre ambos fueran al menos correctas. El romano pontífice exigió que el primer tribunal constituido en Sicilia estuviera formado por teólogos de las órdenes mendicantes (franciscanos y dominicos) para evitar que se desvirtuara su misión, como de hecho intentó Federico II, al utilizar el tribunal eclesiástico contra sus enemigos.

A principios del siglo XIII aparecieron dos herejías (albigense y valdense) en el sur de Francia y norte de Italia. Atacaban algunos pilares de la moral cristiana y de la organización social de la época. Inicialmente se intentó que sus seguidores abandonaran la heterodoxia a través de la predicación pacífica encomendada a los recién fundados dominicos; después se procuró su desaparición mediante una violenta cruzada. En esas difíciles circunstancias nace el primer tribunal de la Inquisición.

(En http://www.conoze_.com)

De manera más explicita las posibles causas de la instauración de la maquinaria inquisitorial por parte de los Reyes Católicos serían las siguientes:

1) En la perspectiva religiosa. El lograr una unidad religiosa, como soporte fundamental de la creación y la operatividad de una real y efectiva maquina estatal. Lo anterior teniendo como evidencia la intervención de la monarquía en asuntos religiosos, sin la consulta e intermediación del Papa.

2) En lo político. La búsqueda del debilitamiento político de la oposición local a los Reyes Católicos.

3) El exterminio final de la poderosa minoría judeoconversa. En el reino de Aragón fueron procesados miembros de familias influyentes, como Santa Fe, Santángel, Caballería y Sánchez. Aspecto contradictorio, con el hecho de que el propio rey Fernando continuase contando en su administración con numerosos conversos.

4) Financiamiento Económico. Dada que una de las medidas punitivas de los condenados en los procesos de la Inquisición, era la incautación de sus bienes, no debe descartarse el haber podido ser lo económico una de las posibles causas de la aparición de la inquisición.

Índice De Libros Prohibidos Madrid, 1583

http://es.wikipedia.org/wiki/

Ahora veamos lo que le atañe a la Santa Inquisición con respecto a la Imprenta, y específicamente la censura . A la luz y en el marco de la Contrarreforma, la Inquisición Española trató de establecer control sobre todo tipo de publicación, en la que según ella presentara algún tipo de idea herética. Desde esta directriz fueron elaborados y publicados los llamados Índices, en los que se listaban las obras prohibidas, las que no eran acordes a la ortodoxia cristiana. El primer Índice publicado por la inquisición Española fue una copia del de la Universidad de Lovaina de 1550, con un apéndice dedicado a los libros españoles.

Elvia Carreño Velázquez, en su escrito El Control Del Libro Impreso Durante el Siglo XVI , nos ilustra sobre esta cuestión de la siguiente manera:

[…] en 1502 los reyes católicos dictaron una pragmática para todos sus reinos, dirigida a libreros, encuadernadores, impresores y mercaderes de libros, la cual en resumen dice: - No se puede imprimir ningún libro sin licencia real o de las siguientes personas: presidentes de audiencia, arzobispos y obispos - No se pueden vender libros del extranjero o aquéllos a los que les faltare licencia sin ser vistos y examinados por las personas citadas. - También se manda a libreros, impresores y mercaderes que hagan o traigan libros bien hechos, enteros, corregidos, de buena letra, tinta, márgenes y papel y no con títulos menguados, sino claros... en los que se hallaré el nombre del autor y el título de la obra (vid., Reyes Gómez, El libro en España y América..., pp. 96-97)

Las penas que imponía la pragmática eran la pérdida de libros y quema pública en la plaza, una multa en maravedíes equivalente al precio de los libros quemados, la prohibición de ejercer el oficio y la pena por incorrección de diez mil maravedíes

Estas disposiciones pronto fueron acatadas por libreros e impresores y se hallan presentes en la primera hoja de toda obra que se editaba, además del título claro, e incluso se ponía el contenido de la obra, así como el nombre del autor del que también se señala su ocupación, títulos nobiliarios o cargos para evitar confusiones.

Evidencia del cumplimiento por parte de autores y libreros de las anteriores disposiciones, lo constituye la siguiente imagen del trabajo ya referenciado de Elvia Carreño Velázquez:

“Alonso de Villegas, Comedia llamada Selvagia, Toledo, Joan Ferrer, 1554. Obsérvese como a través del uso de la tinta roja y negra el impresor marcaba las áreas del título, contenido, autor y algunos datos de él.”

Dejándonos guiar, una vez más por la excelente investigación de Elvia Carreño Velázquez, en el ensayo ya citado, vemos como la aparición del Índice Inquisitorio en la producción del libro, la comercialización y lectura del mismo en el siglo XVI obedeció básicamente a tres aspectos:

1) la importancia adquirida por la imprenta al servicio de la difusión de las ideas, 2) el estallido de los conflictos religiosos desencadenados por el protestantismo y 3) las tendencias absolutistas y el fortalecimiento de los poderes del Estado.

Como ya se dijo, los Índices obedecen los lineamientos de los empleados por la Universidad de Lovaina, y además los preceptos de la Congregación del Índice gestada en Roma en 1562 en Roma, como también del Índex Librorum Prohibitorum promulgado en 1564 por Conte Angelo Onofrio Melchiorre Natale Giovanni Antonio Braschi dei Bandi, mejor conocido como el Papa Pío VI. Índice en el que por primera vez se estableció criterios -10 reglas a las que la inquisición española le incrementó una más- para la prohibición de un libro y darle categoría de hereje a su autor.

A decir de Carreño Velázquez las disposiciones contempladas por los índices españoles generó el malestar y grandes pérdidas en los libreros y propietarios de las imprentas. Como solución a esta situación se promulgó el Índice De Ibros Expurgados en 1570 por parte de Benito Áreas Montano. Categoría inquisitorial y conceptual, conocida como el Expurgo, la que consistió en la eliminación de párrafos, capítulos, partes, o imágenes que fuesen en contra de la ortodoxia cristiana.

Index expurgatorius, Madrid, Ibarra, 1707 y Novissimuslibrorum prohibitorum et expurgandorum index, Madriti, ex typographia musicae, 1707.

“Esta revisión la hacían los bibliotecarios y consistía en que además de eliminar las partes que el índice señalaba, en poner en la portada o en la guarda del libro, que esto se había hecho de acuerdo con el edicto inquisitorial, la fecha y firmarlo.”

“También si el autor era sospechoso de herejía debía ponerse a lado de su nombre la sentencia “auctor damnatus” (autor condenado), así como señalar si la obra era prohibida y que con el expurgo ya podía leerse”.

“De igual manera si se consideraba que alguna imagen era licenciosa podía quitarse, todo esto servía para que el revisor de libros hiciera su supervisión más ágilmente, situación que de alguna manera alteró el contenido de los libros”

No obstante aun ser el Expurgo lesivo y punitivo para la imprenta y el libro, como también para su autor ; de todas maneras representa un interesante avance en lo que a algunas consideraciones para la triada librero-autor-obra corresponde:

Existe una gran diferencia entre la prohibición y el expurgo de un libro, pues con lo primero desaparecía por completo la obra y era una acción que realizaba el inquisidor a través de la hoguera; mientras que lo segundo era desde una perspectiva moral, y en el caso de las imágenes y texto lo hacía el poseedor o bien el bibliotecario. Resulta, por tanto, que el libro durante el siglo XVI sufrió alteraciones desde el punto de vista estructural a través de las disposiciones civiles, como formales con el expurgo impuesto por la Iglesia.

(Elvia Carreño Velazquez)

Antes de dar paso al estudio de otro de los acontecimientos sucedidos en el marco histórico del Siglo XV, detengámonos en explorar las aproximaciones a las respuestas a preguntas como

¿Existió La Inquisición? ¿Por qué había Inquisiciones en algunos períodos de tiempo y otros no? ¿Por qué algunos países tenían Inquisición y otros no? ¿Por qué la Inquisición estuvo reducida a la Europa del sur, centro y oeste, mientras que la Europa del norte y del este no la conocieron? ¿Por qué sentir hostilidad hacia la Inquisición cuando la Inquisición simplemente dirigía su trabajo a la peligrosa pero ínfima minoría de herejes?

Cuestionamientos ya abordados por Henry Kamen (1992 Y 1998) en los que respectivamente, entre otros, se involucra aspectos sobre la existencia de la Inquisición, el aspecto temporal de la misma, las diferencias nacionales, y la hostilidad hacia la Inquisición. En este sentido a decir de Kamen sobre la primera indagación:

[…] ¿Existió la Inquisición? Todos los estudios de Henri Charles Lea, Vacandard y otros hablan libremente de ésta como si fuera un cuerpo con forma y funciones claras. Estudios más reducidos, como el de Turberville, no dejan tampoco duda de que existió. Una «Inquisición» era, esencialmente, una Inquisitio o investigación, para determinar si existía alguna herejía. La fecha habitual que se da para la fundación de la Inquisición de la Edad Media es la de 1233, cuando Gregorio IX distribuyó poderes a los inquisidores dominicos para empezar sus funciones. Si observamos esto más de cerca advertiremos que los historiadores especializados son poco más precavidos a la hora de dar techas.

Aunque el papado continuó distribuyendo poderes, principalmente en Francia, Alemania e Italia, tales poderes eran puramente temporales y estrictamente locales; no había una estructura organizadora que dictara funciones ni había reglas precisas. A pesar de que sobrevive un manual de inquisidores franceses del año 1248, no apareció ningún libro de reglas hasta el manual de Bernard Gui, un siglo más tarde, en 1324. En sentido real no había una inquisición organizada hasta la española de 1480 y la romana de 1542. Aun entonces, su permanencia no era siempre deseada; parece que el tribunal de Castilla se considera temporal, lo cual podría ayudar a explicar por qué no tenía una fuente de ingresos regular y tenía que confiar completamente en las confiscaciones. En resumen, ningún tribunal de la Inquisición puede ser discutido sin tener en cuenta el contexto local que es el que lo desencadena.

Auto De Fe

http://www.pachami.com/Inquisicion/Espa.htm

De la segunda indagación, sobre la cuestión cronológica de la aparición de la Inquisición en unos períodos si y en otros no, el experto hispanologo, epicentro de las explicaciones a los cuestionamientos antes planteados, nos argumenta de la siguiente manera:

Este problema del tiempo es, quizá, el más interesante de todos. Es importante determinar por qué a lo largo de la historia de la Iglesia no hubo Inquisición hasta el siglo XIII. H. C. Lea, cuyos volúmenes están dominados por el énfasis sobre la importancia de los sistemas legales como una explicación del pasado, afirma que el aumento del estudio del derecho romano desde el siglo XII condujo a un mayor uso de los procedimientos legales y como consecuencia produjo un aumento de las persecuciones. Lea establece de esta manera que fue el aumento de la herejía Jo que provocó la persecución. ¿Acaso antes del siglo XIII no hubo herejías? ¿Es que sólo desde el siglo XIII hubo una persecución seria de las herejías? La clave de la respuesta—que ha sido examinada por varios estudiosos, principalmente Jaeques Le Goff, Kickhefer y Moore— parece estar en que había dos rasgos completamente nuevos que distinguían la represión del siglo XIII de otras persecuciones anteriores:

1. Las autoridades seculares (principalmente la de Alemania y Francia) habían entrado por primera vez en los asuntos religiosos, y consideraban una forma de herejía al catarismo y al valdesianismo, por ser socialmente subversivos.

2. Por primera vez se introdujo la pena de muerte como castigo regular para los casos de herejía.

Así podemos afirmar categóricamente que, aunque la herejía era conocida y castigada desde bastante tiempo atrás, no existía antes del siglo XIII como ofensa religiosa y social y, por tanto, no había petición de investigación —esto es, Inquisitio— de la ofensa antes de este momento. Sólo con la determinación de la ofensa como tal se exigió el castigo.

Del por qué de la acentuada presencia de la Inquisición en los territorios de Europa Central, Sur y Oeste, y no en las otras partes de este continente, Kamen escribe:

Quizá hay dos maneras de formular la respuesta. En primer lugar, las Inquisiciones de la Iglesia Católica medieval no eran tanto instituciones como comisiones papales, de modo que la jurisdicción del tribunal coincidía por completo con los límites de la autoridad papa); esto explicaría porqué en la Europa del este, donde se detectaban también herejías, no había Inquisiciones. En consecuencia, la Inquisición sólo tuvo arraigo en aquellos lugares en los que el papado tenía una cooperación estrecha con el poder secular, como en el asunto de los cátaros del sur de Francia. En segundo lugar, las Inquisiciones utilizaban un sistema legal completamente nuevo que era una adaptación de los principios del derecho romano. Este no podía ser introducido en países como Inglaterra donde el derecho romano no se conocía. Sirva como ejemplo un caso de la Inglaterra del siglo XIV donde los inquisidores, en un juicio frente ala Orden de los Templarios, no pudieron hacer uso del procedimiento de la tortura, porque en las leyes inglesas la tortura no existía. Estas dos explicaciones también nos ayuda a resolver un problema afín: por qué la Inquisición era aceptada en la Corona de Aragón medieval y no en Castilla.

Finalmente de la hostilidad hacia La Santa inquisición Española, parafraseando unas veces al experto anglo birmano se fundamentó en las notables diferencias e innovaciones que ésta presentó con los antecedentes inquisitorios; aspectos que en su momento fueron criticados en la Francia del siglo XIII y en la Castilla del siglo XV. Kamen nos comenta algunas de ellas:

Del uso la pena de muerte por herejía, como una novedad a la que muchos se resistían:

[…] En Inglaterra, por ejemplo, la pena de muerte por herejía no existió hasta el estatuto De herético comburendo de 1400, estatuto que un siglo más tarde fue revocado por el rey Enrique Viii en 1533 y reintroducido por María Tudor en 1553. No es necesario recordar que cuando la Inquisición introdujo la pena de muerte, el secretario real Hernando del Pulgar comentó: «los Inquisidores no harán tan buenos cristianos con su fuego como los obispos antiguos hicieron con su agua». Tradicionalmente los historiadores católicos solían negar cualquier responsabilidad de la Iglesia respecto a la pena de muerte, ya que la autoridades seculares habían sido siempre las encargadas de llevarla acabo. Hoy en día, nadie se arriesga a mantener este argumento, puesto que es evidente que la Iglesia creó el castigo, aun cuando no lo administrase.

Del uso de la tortura que a su parecer fue desconocido en los inicios de La Edad Media durante mucho tiempo:

Tres de los muchos Instrumentos de Tortura Utilizados por la Santa Inquisición Española

La Picota En Tonel

Especie de vergüenza pública que se aplicaba sobre todo a los borrachos. Había dos clases de "picotas en tonel": las del fondo cerrado, en las que la víctima se colocaba dentro, con orinas y estiércol o simplemente con agua podrida, y las abiertas para que las víctimas caminaran por las calles de la ciudad.

Las Jaulas Colgantes

En el siglo XVIII, en los paisajes urbanos de Europa no era extraño encontrar abundantes jaulas de hierro y madera adosadas al exterior de los edificios municipales, palacios ducales o de justicia, catedrales, murallas de las ciudades o en altos postes cerca de los cruces de caminos. Las víctimas, desnudas o semidesnudas, eran encerradas en las jaulas y colgadas

Morían de hambre y sed; por el mal tiempo y el frío en invierno; y por el calor y las quemaduras solares en verano.

Collar de Púas

Pesaba más de cinco kilos, se cerraba en el cuello de la víctima, y a menudo se convertía en un medio de ejecución: la erosión hasta el hueso de la carne del cuello, hombros y mandíbula, la progresiva gangrena, la infección febril y la erosión final de los huesos […] conducen a una muerte segura.

http://www.taringa.net/posts/info/5234577/Maquinas-de-tortura.html

[…] Sólo a principios del siglo XIII los tribunales seculares empezaron a hacer uso de ella. En 1252 Inocencio IV autorizó, por primera vez, el uso de la tortura en las inquisitiones en casos de herejía. Normalmente había sido usada como castigo para confirmar una información. Pero, para los inquisidores adquirió un nuevo significado: se usaba como medio de asegurar el arrepentimiento, esto es, era una penitencia más que un castigo.

Otras innovaciones lo fueron: el ocultar la identidad de los testigos, contraviniendo las normas legales para ese tiempo de Europa, medida tomada a partir de la experiencia de la inquisición con los Cátaros . Se negó el derecho a la defensa, no permitiendo que el acusado recurriera a los oficios e un abogado defensor; El sometimiento a la burla y al escarnio público de los condenados.

Ya vistos los anteriores aspectos De La Santa Inquisición Española, predispongámonos a abordar algunos elementos del contexto cultural en el que se dio la invención de la imprenta.


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