BIBLIOTECA VIRTUAL de Derecho, Economía y Ciencias Sociales

DERECHOS Y GARANTÍAS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD, ESPECIFICACIONES DE LA REGULACIÓN JURÍDICA EN CUBA

Walter Marrero Ballester y Yoannis Ballester Toranzo




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2.1.3 Neocolonia.

Período que se inicia con la creación de la República mediatizada en el año 1902, surgía un nuevo modelo político, económico y social, influenciado por los vecinos del norte y “nuevos dueños” de Cuba en esa época, lo cual se refleja entre tantos aspectos, en las normas creadas para la protección de las personas discapacitadas.

El 5 de noviembre de 1902 ante la Cámara de Representante se creó una enmienda a la Ley de Secretarías de Despacho en el cual pedían se incluyeran una Ley de sanidad y beneficencia.

La mencionada ley fue promulgada por Decreto No. 78 del Gobernador Provincial y apareció publicada en la Gaceta Oficial el 26 de enero de 1909. Desde ese instante el Departamento Nacional de Sanidad y todas sus dependencias municipales, la Junta Superior de Sanidad, el Departamento de Beneficencia y la Junta Central de Beneficencia con sus juntas municipales e instituciones dependientes, pasaron a formar parte de la nueva Secretaría, amparándose en la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, en la cual se definía la creación de una Junta.

La Junta Nacional de Sanidad y Beneficencia, era un organismo de carácter consultivo y asesor dentro de la Secretaría; al frente de la misma se encontraba un director que tenía los deberes y derechos inherente a la tutela de desvalidos, huérfanos y desamparados, acogidos por el Estado; con las mismas facultades y atribuciones que las leyes les debían al Consejo de Familia y a los tutores sin perjuicio del derecho que para el desempeño de la tutela legítima de los mismos confería el Código Civil.

Se evidencia la preocupación de algunos criollos por lograr una protección al menor y dentro de estos a los niños discapacitados que por este entonces se encontraban en su mayoría deambulando por las calles. La creación de la Secretaría y la Junta son muestras fehacientes de este movimiento que sentía la necesidad de actuar ante los males de la nación aunque todos estos esfuerzos fueron en vanos ya que los gobiernos de la época hacían caso omiso a la situación de los discapacitados sean niños, adolescentes, jóvenes, mayores o ancianos.

Situación que también se mantiene para los discapacitados físicos motores dentro de las relaciones laborales. El 31 de enero de 1904 el Programa del Partido Obrero de la Isla de Cuba solicitaba al gobierno mediante su órgano oficial ¨ La Voz Obrera:

solicitaba crear por el Estado las cajas de socorro y pensiones para los inválidos del trabajo”. Solicitud que quedó en el papel, pues el gobierno no se preocupaba por la protección de los obreros sino por enriquecerse con los fondos públicos encaminados a enmendar o resolver problemas de índole social de la época.

“Al fin el 12 de junio de 1916 fue aprobada la Ley de Accidente de Trabajo estando en vigor hasta 1923 que fue sustituida por el Decreto No 2687, que en su Título I artículo XI inciso b) reconoce el derecho a protección a los hijos mayores de edad e incapacitados mientras vivan en el abrigo de la víctima…”.

Muchos fueron los intentos por proteger a los inválidos por causas de accidentes laborales, nunca se contó con una norma general solo fueron sectores que lograron defender estos derechos; Ley del retiro militar, Ley de funcionarios y empleados de comunicaciones, Ley de los miembros del poder judicial, la Ley de pensiones y jubilaciones ferroviarias de 1923 entre otras.

El Abogado Fernando Ortiz en la Junta Cubana de Renovación Nacional lee un manifiesto a los cubanos donde explica que ¨ la beneficencia pública es deficiente. El manicomio nacional es tenido por andro de horrores. El mejoramiento de las condiciones de vida obrera ha sido desdeñado y el cumplimiento de las leyes protectoras del trabajo y las personas suelen ser una ilusión¨.

Tan despiadada era la vida de los discapacitados que la Revista Bohemia realizó diversas acusaciones por el trato a estas personas un ejemplo es la situación de los enfermos mentales de Mazorra: ¨Hacinados como cerdos en un corral, revolcándose en la suciedad y el hedor insoportable que producen los detritus y desperdicios de la comida malsana, repugnante a simple vista, contando además la falta de aseo, viven en patios y salas completamente desnudos y descalzos la mayorías de ellos y los otros con las vestimentas destrozadas, mugrientas, viejas hasta caerles a pedazos del cuerpo escuálido. Y así duermen, dos o tres en una cama de tipo individual, rotas sin colchón, sin ropas para vestirlas y muchos enfermos, muchísimos, en el piso, bajo las camas, en los rincones como un reto perenne a la piedad, a la justicia, al sentimiento humano de los hombres ¨.

Con la Constitución de 1940, la Secretaría o Departamento de Sanidad y Beneficencia cambió de denominación, desde aquella fecha comenzó a denominarse Ministerio de Salubridad y Asistencia Social, a este Ministerio le fue encargada la función que anteriormente le correspondía al ya desaparecido Departamento.

En cuanto a la educación podemos decir que pocas aulas existían para la atención a los deficientes, algunas en el Hospital Nuestra Señora de las Mercedes. En 1948 se creó la primera escuela especial que culminó en 1952 María Luisa Dolz. En muchas provincias no existían centros de atención para estos marginados o discapacitados, solo la Iglesia Católica en su afán de ayudar a los más pobres fue quien recogió en sus sedes a algunos discapacitados desamparados.

Teniendo en cuenta las entrevistas realizadas a historiadores se conoció que en los primeros años de la década del 50 la Superintendencia de Santiago de Cuba creó la primera clínica psicopedagógica, cuyo fin era realizar el diagnóstico, evaluación y las recomendaciones que requerían los escolares con deficiencias. Los datos oficiales informan que en el país existían 134 alumnos matriculados en la educación especial, ubicados en 8 escuelas 3 para retrazados mentales, 4 para sordos y 1 para ciegos, las que eran financiadas fundamentalmente por los padres. En la provincia de Holguín las religiosas crean el convento de las carmelitas descalzas que atendían los hogares sociales, gracias a las caritativas donaciones de los ricos; allí permanecían las personas discapacitadas deficientemente atendidas de la república.

En esta etapa prerrevolucionaria, el estado de la salud, la educación, el empleo y la vida civil en general era bastante deficiente, ya que los gobernantes y funcionarios públicos más preocupados por su riqueza que por el bienestar del pueblo, malversaban los fondos públicos de forma tal que las inversiones y las instituciones estatales para la atención al pueblo se encontraban carentes de recursos.

En sentido general, primó en toda esta etapa la atención a algunos casos de discapacitados de una u otra característica pero no se abarcaba a la gran mayoría existente dada la precaria situación de las instituciones creadas para estos fines y la falta de organización. Esta situación se crea por las caducas estructuras socioeconómicas de la colonia y la neocolonia, reflejándose que las escasas políticas sociales ejecutadas estaban al servicio de la oligarquía dominante y en específico llevaron el sello característico de los gobiernos de turno. Se demuestra que el Derecho, parte integrante de la superestructura respondía a la base económica imperante siendo sus preceptos reflejos de esas relaciones, por lo que en esta etapa no se aprecia una regulación exacta e integradora de la protección a las personas discapacitadas.

2.1.4 Período de 1959 hasta 1984.

Los profundos cambios en la estructura económica, política y social del país operados con el triunfo revolucionario originaron posibilidades para todos, en especial para las personas discapacitadas.

Como primera ley que materializó el carácter progresista del triunfo revolucionario entró en vigor el 7 de febrero de 1959 la Ley Fundamental, teniendo un carácter transitorio, incorporó principios enunciados en la Constitución de 1940 y se inició una práctica social justa, un ejercicio humanista verdadero que prioriza atenciones a los discapacitados en todas las esferas de la vida.

En el propio año y caracterizado por profundos y radicales cambios se promulga la Ley 49 de 1959, donde se crea el Ministerio de Bienestar Social con la finalidad de atender la asistencia social y cuenta dentro de sus objetivos la erradicación de la mendicidad especialmente en discapacitados mentales y mendigos, la orientación rehabilitadora a los antiguos reformatorios, modificando los medios físicos y los métodos educativos, y poner en práctica el Sistema Nacional de Salud. Había comenzado la gran obra por la dignidad humana. Muy pronto la utopía dejaría de serlo. Nacieron hospitales, escuelas e instituciones para el cuidado de las personas discapacitadas, surgiría una nueva seguridad social de cobertura a los trabajadores y sus familias, se luchaba por crear nuevas fuentes de empleo, la práctica masiva del deporte y la cultura.

En cuanto a la educación, la Resolución No 3 de 1962 estableció la creación del Departamento de Enseñanza Diferenciada. Se incrementó las matrículas a centros especiales, se elevó el nivel técnico de especialistas que laboraban en estas escuelas se crearon en este periodo 50 centros especiales. En 1963 se dictó la Ley 1100 la que incorporó a la legislación múltiples beneficios con relación a los subsidios por enfermedades o accidentes, la cual es derogada por la Ley 24/79 más conocida como Ley de Seguridad Social la que beneficia a las personas discapacitadas y al resto de la sociedad.

En 1971 se cambió la estructura del Ministerio de Educación y se constituyó la Dirección de Educación Especial. Con la Ley 64 de 1982 se crean aulas para alumnos con deficiencias múltiples, círculos infantiles especiales, centros para alumnos con trastornos del lenguaje, para estrábicos y ambliopes, para adultos con deficiencias visuales y auditivas, aulas para retardados psíquicos y maestros ambulantes para discapacitados físico motores.

En este orden fue creado por Resolución Ministerial No 247 perfeccionada luego por la resolución ministerial 160 de 1991que dispuso la aplicación para los niños discapacitados de un plan correctivo educativo que posibilite la corrección y compensación de los defectos que poseen y orienta la creación de los salones especiales, además del trabajo de orientación a los padres.

La nueva Constitución de 1975 abrió un camino para la defensa de los derechos inalienables de los ciudadanos e inició un período de grandes transformaciones en la defensa de las personas con discapacidad, inscribiría la igualdad de derechos y deberes sin excepción de persona alguna.

Fue ardua la labor normativa del gobierno revolucionario respecto a esta problemática. La creación de instituciones para recoger a las personas discapacitadas en pos de salvaguardar sus derechos y garantías como muestra de las prioridades de la Revolución.


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