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RELACIONES DE PODER: UN ANÁLISIS CUALITATIVO A PARTIR DEL PROCESO DE ELECCIÓN DE MODALIDADES EN ESCUELAS PÚBLICAS DE RAFAELA EN EL MARCO DE LA REFORMA DE LOS '90

Gabriela Virginia Andretich


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7.2. “Yo tengo el poder”: la perspectiva unidireccional.

Para hablar de relaciones de poder resulta interesante hacer una génesis del término desde las concepciones más convencionales y jurídicas de la modernidad hasta las de los actuales pensadores.

Etimológicamente, poder proviene del infinitivo latino posse, cuyo significado remite a la capacidad de realizar algo, al hecho de tener la fuerza para hacerlo, respalda una primera representación del poder que atraviesa el pensamiento moderno. En una célebre definición enunciada tempranamente en el Leviathan, Thomas Hobbes considera el poder que alguien tiene como “sus medios presentes para obtener algún futuro y aparente bien” . La cantidad de recursos disponibles a los cuales es posible recurrir para alcanzar un objetivo supuestamente deseable, resume así esta representación cuantitativa del poder que va a suscitar posteriormente no sólo adhesión sino también crítica y reservas.

En la perspectiva hobbesiana del poder lo que interesa fundamentalmente es su ejercicio potencial o efectivo: “tener la capacidad o la potencia para hacer algo, ejercer el poder para realizarlo”. Mediante su teoría contractualista, Hobbes ha resuelto ab initio el problema de su justificación o de su legitimidad. Ante la inseguridad que habría privado en el estado natural, fruto del estado permanente de guerra en que habrían vivido, los hombres renuncian a sus libertades en forma prácticamente irreversible e incondicional ante la figura del soberano, que más que un monstruo bíblico se convierte, según las palabras de Hobbes en un “dios mortal” que brinda así la paz y la protección para todos los que han suscrito ese pacto indisoluble. Para él, por consiguiente, la institución originaria de ese pacto asegura la legitimidad del poder soberano: no sin razón Hobbes ha sido visto como un teórico legitimador de la monarquía absoluta. Lo que resulta en todo caso original es que, frente a los filósofos y teólogos medievales que pretendían fundar el poder en fuentes divinas, Hobbes le encuentra un arraigo terreno en la necesidad y en la fuerza de ese pacto social. El análisis del fenómeno del poder adquiere así una clara connotación contractual y jurídica que permeará el debate filosófico moderno .

Es evidente que desde esta posición, el poder es una propiedad, donde implícitamente la tenencia de los instrumentos implica, a su vez, la posesión del mismo. Se pueden hallar fundamentos a esta postura en una variante empirista de la filosofía social desde donde se piensa que los conceptos deben reproducir, isomórficamente, la realidad. “Entonces se busca el poder “cosa”; elemento externo, nítido, evidente. Las indagaciones se dirigen hacia los lugares donde el poder aparece de la manera más rotunda. La paternidad de esta reflexión podemos remontarla a Durkhein…” . Una definición que se encuadra perfectamente en este que se constituyó por mucho tiempo en el paradigma dominante es la de Bertrand Russell cuando dice “el poder puede ser definido como la producción de efectos deseados” .

El esfuerzo teórico de Max Weber dará en cierta forma continuidad a esa reflexión y romperá, al mismo tiempo, con algunos de esos presupuestos clásicos. Según Weber, el fundamento para poder forzar una aceptación, la vigencia de una orden, es el poder. En su definición, poder es “toda oportuni¬dad para, dentro de una relación social, imponer la propia voluntad aún contra la resistencia de la voluntad del otro” . Aparecen aquí algunos rasgos contenidos en la definición de Hobbes, como el carácter intencional y voluntario de esas acciones de poder, pero además, destaca otros elementos a los que no se había prestado igual atención: la probabilidad efectiva de hacer valer esa voluntad a pesar de las resistencias reales o potenciales del más variado orden y el ejercicio de ese poder que puede tener un fundamento muy diverso (puede ser material, monetario, nacer de una situación de monopolio, o surgir de una depen¬dencia o superioridad de género, deportiva o argumen¬tativa) y no parte, en modo alguno, de una legitimación de orden contractual como lo supuso Hobbes.

En Weber, el concepto de poder se encuentra íntimamente relacionado al de dominio o autoridad, estos son para Weber conceptos más precisos: implican la oportunidad de que una determinada orden o mandato encuentre obediencia en la persona o grupo que la recibe. Es decir, debe existir alguien que logre que otros obedezcan sus mandatos. Interpretó a la dominación como la autoridad que permite la imposición de mandatos legítimos al conjunto de la sociedad y que se compone de poder de mando y poder de obediencia.

La dominación restringe el campo de análisis del fenómeno del poder a su ejercicio efectivo. Obediencia es un concepto que indica que la acción del obediente transcu¬rre en lo esencial en conformidad al contenido de la orden, como si el sujeto obedien¬te siguiera internamente dicho contenido tomándolo como "máxima" que debe orientar su acción, y sólo por dicha razón, no por consi¬derar él mismo como aceptable o deseable la acción ordenada o su valor. En el extremo de la obediencia acrítica y masiva se encuentra la disciplina con la que se puede llegar, por "ejercitación" a desencadenar reacciones cuasi automáti¬cas de obediencia ante cualquier orden.

Weber conceptualiza precisamente como autoridad el ejercicio legítimo del poder. Los motivos, sin embargo, para fundar esa obediencia de los dominados pueden ser de diversa índole. Distingue tres tipos básicos de dominación legítima: 1) la dominación tradicional fundada en la fuerza de la costumbre que conduce a aceptar el mando de quienes la costumbre señala; 2) la dominación carismática que descansa más bien en el reconocimiento o la atribución de condiciones o cualidades extraordinarias a algunos individuos a quienes se está dispuesto a seguir u obedecer y 3) la dominación legal que se fundamenta en las regulaciones y reglamentaciones formalmente instituidas y en los derechos a ejercer el mando que esas regulaciones establecen… “Sin embargo, para Weber, el poder no se reduce al poder legítimo. Como él mismo lo afirma, no habría por qué suponer “que la obediencia a una dominación esté orientada primariamente (ni siquiera siempre) por la creencia en su legitimidad” .

El trabajo citado de Oscar Fernández plantea que si se ha presentado a Weber como un claro exponente de la tesis según la cual el poder es fundamentalmente una capacidad individual de lograr que los otros actúen en la forma deseada a pesar de su eventual resistencia, no se puede obviar el hecho de que el sociólogo alemán se ocupa asimismo, con particular interés, de aquellos fenómenos de poder fundados en el consentimiento de los dominados.

El consentimiento y más aún la legitimidad, serían componentes que, si bien modifican en cierta forma el concepto de poder, mantienen a éste en una primera esfera conceptual.

Una referencia a la filósofa Hannah Arendt puede ayudar a entender y en cierta forma a superar el pensamiento weberiano. Ella sostuvo que, en sentido estricto, el poder sólo puede ser realmente efectivo si incluye el consentimiento de los gobernados. Es decir que para ella la sobrevivencia del poder está estrechamente ligada al grado de adhesión que logre suscitar y mantener en la ciudadanía. Plantea en sus escritos que el poder corresponde a la aptitud humana no sólo de actuar, sino de actuar de manera concertada.

Un interesante trabajo sobre las mujeres, la política y el poder sostiene que Arendt retoma la idea de poder de Spinoza, del poder como potencia en acto. Esto último representa una de las tres actividades humanas fundamentales junto a la labor (procesos biológicos vinculados a las necesidades vitales) y el trabajo (el hombre modificando lo natural). La tercera actividad es la acción, esta es incapaz de ser pensada sin el discurso, ya que mientras que la labor y la fabricación se pueden ejercer en solitario, la acción requiere de la presencia de los otros, es decir, de un espacio público (en cuanto social e intersubjetiva) para su manifestación. Se puede decir entonces que Arendt pone la acción humana en relación con la parte pública de aquello que hacemos: con las palabras y los actos nos insertamos en el mundo humano, es la participación en los asuntos públicos, a través de las palabras y los actos. Esta inserción no viene obligada por la necesidad, como en el caso de la labor, ni dirigida por la utilidad, como en el trabajo, sino que su impulso surge con el nacimiento.

Es en la acción donde se desarrolla el poder; este surge entre los seres humanos cuando actúan juntos, mientras que la fuerza, ejercida por uno o unos pocos sobre muchos, está en manos de quienes poseen los medios de la violencia. El poder entonces, a diferencia de la fuerza, está basado en la pluralidad, es por eso que no se acumula, no es cuantificable y no se puede medir como la fuerza.

Mientras que Weber sostenía que el poder está referido siempre a la intencionalidad y a la voluntad del individuo que lo ejerce, para Arendt, el poder no es nunca la propiedad de un individuo; pertenece a un grupo y existe sólo mientras permanece unido el grupo. En el momento en que desaparece el grupo que dio origen al poder en un principio…., “su poder” se desvanece igualmente”. “Es el respaldo popular lo que confiere poder a las instituciones de un país, y tal respaldo no es sino la prosecución del consentimiento que dio origen a las leyes en un principio…” .

Como puede inferirse de sus expresiones, el poder aparece disociado de la relación mando-obediencia y de la “cuestión del dominio”; el poder es consensual: no necesita justificación, por ser inherente a la misma existencia de las comunidades políticas; lo que sí necesita es legitimación. El poder surge siempre del pueblo que se reúne y actúa concertadamente.

Es evidente que Arendt, filósofa del siglo XX, impone un viraje en la mirada sobre el concepto de poder incorporando lo colectivo y –por ende- un indicio de lo relacional. Queda pendiente, sin embargo, analizar el aporte a esta investigación pues en el contexto discursivo de esta autora el foco está puesto en el ámbito de la público; pero la escuela, que es sin duda un espacio público, alberga relaciones de poder que transitan permanentemente entre lo público, lo privado e, incluso, lo íntimo. La información periodística da cuenta permanentemente de este "tránsito" en las escuelas.


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