CONTABILIDAD PARA NO ECONOMISTAS
Luis Rodríguez Domínguez y otros
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La cuenta de pérdidas y ganancias contiene el resultado del ejercicio hasta el momento de su aplicación.
En caso de que el resultado del ejercicio se corresponda con una pérdida, esté debe traspasarse a la cuenta Resultados negativos de ejercicios anteriores.
Si la compañía ha obtenido un beneficio, esté puede ser redistribuido total o parcialmente a los propietarios (dividendos). El resultado retenido formaría parte de los fondos propios de la empresa (autofinanciación).
Mientras que el empresario individual puede decidir libremente sobre la distribución del resultado, las personas jurídicas están sujetas a restricciones legales y estatutarias con el fin de asegurar el mantenimiento del capital (evitar la descapitalización y ofrecer garantías a terceros). Estas restricciones obligan a las compañías a:
- Retener un porcentaje de sus beneficios como reservas (legales, estatutarias, por fondo de comercio).
- Compensar pérdidas de ejercicios anteriores, no pudiendo repartir dividendos si el valor del Patrimonio Neto es inferior a la cifra de Capital.
- Los fondos excedentarios puede distribuirse con el límite que su reparto no provoque que el valor del Patrimonio Neto sea inferior a la cifra de Capital y las reservas disponibles superen el importe de I+D. También pueden ser destinados a reservas voluntarias o dejarlos pendiente de aplicación (Remanente).
En la Tabla 3.4. se sintetiza la información que la empresa debe indicar en la memoria en relación con la distribución del resultado del ejercicio. Como puede verse, además del beneficio, pueden repartirse el remanente y las reservas de libre disposición.
Tabla 3.4. Distribución del Resultado del Ejercicio
Base de reparto
Importe
Saldo de la cuenta de pérdidas y ganancias …..
Remanente . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . …
Reservas voluntarias . . . . . . . . . . . . . . . . . . …
Otras reservas de libre disposición . . . . . . …..
Total . . . . . . . . . . . . . ………….
Aplicación
Importe
A reserva legal . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ….
A reserva por fondo de comercio . . . . . . . …….
A reservas especiales . . . . . . . . . . . . . . . . . ……
A reservas voluntarias . . . . . . . . . . . . . . . . ……
A . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ….
A dividendos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . …..
A . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ….
A compensación de pérdidas de ejercicios anteriores
Total . . . . . . . . . . . . . ……………