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FUNDAMENTOS DE ACTUACIÓN POLICIAL

Arturo Mansilla Olivares



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OBJETO DE LA LEY DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DEL DISTRITO FEDERAL

¿Qué objeto tiene la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal? (Art. 1 de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal).

.. Instituir y regular los mecanismos e instrumentos de participación y las figuras de representación ciudadana; a través de los cuales las y los habitantes pueden organizarse para relacionarse entre sí y con los distintos órganos de gobierno del Distrito Federal.

¿Cuáles son los Órganos de Representación Ciudadana en las Unidades Territoriales del Distrito Federal? (Art. 3 de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal).

.. Los órganos de Representación Ciudadana en las Unidades Territoriales, son: 1. El Comité Ciudadano; y 2. El Consejo Ciudadano.

¿Cuáles son los instrumentos de la participación ciudadana? (Art. 2 de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal).

.. Los instrumentos de la participación ciudadana, son: 1. Plebiscito; 2. Referéndum; 3. Iniciativa Popular; 4. Consulta Ciudadana; 5. Colaboración Ciudadana; 6. Rendición de Cuentas; 7. Difusión Pública; 8. Red de Contralorías Ciudadanas; 9. Audiencia Pública; 10. Recorridos del Jefe Delegacional; y 11. Asamblea Ciudadana.

¿Qué es el Plebiscito? (Art.12 de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal).

.. Es el instrumento a través del cual os electores son consultados por el Jefe de Gobierno para que expresen su aprobación o rechazo previo a actos o decisiones tomadas por él y que a su juicio son trascendentes para la vida pública del Distrito Federal.

¿Quiénes pueden solicitar al Jefe de Gobierno que convoque a Plebiscito? (Art.13 de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal).

.. El 0.5 % de los ciudadanos inscritos en el padrón electoral.

¿Qué actos o decisiones del jefe de Gobierno no pueden someterse a plebiscito? (Art.15 de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal).

.. Los siguientes: 1. Asuntos de carácter tributario o fiscal, así como de egresos del Distrito Federal; 2. Régimen interno de la Administración Pública del Distrito Federal; y 3. Los actos cuya realización sea obligatoria en los términos de las leyes aplicables.

¿Cuándo existe impedimento legal para realizar un plebiscito? (Art.18 de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal).

.. En el año en que tengan verificativo elecciones de representantes populares: 1. Durante el proceso electoral; o 2. Durante los sesenta días posteriores a la conclusión del proceso electoral ¿Qué es el referéndum? (Art. 23 de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal).

.. Es un mecanismo mediante el cual la ciudadanía manifiesta su aprobación o rechazo previo a una decisión de la Asamblea Legislativa sobre la creación, modificación, derogación o abrogación de leyes.

¿A quién corresponde decidir si se somete o no a referéndum la creación, modificación, abrogación o derogación de las leyes? (Art. 24 de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal).

.. A la asamblea Legislativa por acuerdo de las dos terceras partes de sus integrantes.

¿Quiénes pueden solicitar a la Asamblea Legislativa la realización de un referéndum? (Art. 25 de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal).

.. Pueden solicitar la realización del referéndum: 1. Uno o varios diputados a la Asamblea Legislativa; y 2. El 0.5 % de los ciudadanos inscritos en el padrón electoral.

¿Qué leyes o artículos de ley no pueden someterse a referéndum? (Art.29 de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal).

.. Los que traten sobre las siguientes materias: 1. Tributaria o fiscal así como de egresos del Distrito Federal; 2. Régimen interno de la Administración Pública del Distrito Federal; 3. Regulación interna de la Asamblea Legislativa y de su Contaduría Mayor de Hacienda; 4. Regulación interna de los órganos de la función judicial del Distrito Federal.

¿Cuándo existe impedimento legal para llevar a cabo un referéndum? (Art.30 de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal).

.. En el año en que tengan verificativo elecciones de representantes populares: 59 1. Durante el proceso electoral: 2. Durante los sesenta días posteriores a la conclusión del Proceso Electoral. ¿Cuántos referéndum se pueden llevar a cabo durante un año? (Art. 30 de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal).

.. Solo uno.

¿En qué consiste la iniciativa popular? (Art. 34 de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal).

.. Es un mecanismo mediante el cual los ciudadanos pueden presentar a la Asamblea Legislativa proyectos de creación, modificación, reforma, derogación o abrogación de leyes.

¿Qué materias no pueden ser objeto de iniciativa popular? (Art. 35 de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal).

.. Las siguientes: 1. Tributaria o fiscal así como de egresos del Distrito Federal; 2. Régimen interno de la Administración Pública del Distrito Federal; 3. Regulación interna de la Asamblea Legislativa y de su Contaduría Mayor de Hacienda; y 4. Regulación interna de los órganos encargados de la función judicial del Distrito Federal.

¿Qué objeto tiene la consulta ciudadana? (Art. 45 de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal).

.. Que el Jefe de Gobierno, las instancias de la Administración Pública del Distrito Federal, la Asamblea Legislativa, la Asamblea Ciudadana y/o el Comité Ciudadano, por sí o en colaboración, sometan a consideración de la ciudadanía por medio de preguntas directas, foros, o cualquier otro instrumento de consulta, cualquier tema que tenga impacto trascendental en los distintos ámbitos temáticos y territoriales en el Distrito Federal.

¿A quién se puede dirigir la consulta ciudadana? (Art. 43 de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal).

.. La consulta vecinal puede ser dirigida a: 1. Las y los habitantes del Distrito Federal; 2. Las y los habitantes de una o varias demarcaciones territoriales; 3. Las y los habitantes de una o varias Unidades Territoriales; 4. Las y los habitantes en cualquiera de los ámbitos territoriales antes mencionados, organizados por su actividad económica, profesional, u otra razón (sectores sindical, cooperativista, ejidal, comunal, agrario, agrícola, productivo, industrial, comercial, prestación de servicios, etc.); 60 5. Las Asambleas Ciudadanas, Comités Ciudadanos de una o varias Unidades o Demarcaciones Territoriales; y 6. Al Consejo Ciudadano.

¿Quién puede convocar a consulta ciudadana? (Art. 44 de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal).

.. Se encuentran facultados para convocar a consulta ciudadana: 1. El Jefe de Gobierno; 2. La Asamblea Legislativa, 3. El Jefe Delegacional de la Demarcación correspondiente; 4. La Asamblea Ciudadana y/o el Comité Ciudadano; y 5. Cualquier combinación de los anteriores.

¿Qué objeto tiene la colaboración ciudadana? (Art. 46 de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal).

.. Que las y los habitantes en el Distrito Federal colaboren con las dependencias y delegaciones de la administración pública del Distrito Federal, en la ejecución de una obra o la prestación de un servicio público, colectivo o comunitario, aportando para su realización recursos económicos, materiales o trabajo personal.

¿En qué consiste la rendición de cuentas? (Art. 49 de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal).

.. En el derecho que tienen las y los habitantes de la Ciudad de recibir de sus autoridades locales informes generales y específicos acerca de la gestión de éstas, para que a partir de ellos, queden en posibilidad de evaluar su actuación.

¿Qué es la difusión pública? (Art. 51 de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal).

.. Es la obligación a cargo de las autoridades locales del Gobierno del Distrito Federal para establecer un programa permanente de difusión pública acerca de las acciones y funciones a su cargo en los términos que establezca la legislación aplicable. ¿Qué es la red de contraloría ciudadana? (Art. 57 de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal).

.. Es el instrumento de participación de las y los ciudadanos que voluntaria e individualmente, asumen el compromiso de colaborar de manera honorífica con la administración pública del Distrito Federal, para garantizar la transparencia, la eficacia y la eficiencia del gasto público.

¿Qué carácter se les otorga a las y los ciudadanos que participan en los Órganos Colegiados de la Administración Pública del Distrito Federal? (Art. 58 de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal).

.. El carácter de contralores ciudadanos.

¿Cuántos contralores ciudadanos existen por cada órgano colegiado de la administración pública del Distrito Federal? (Art. 60 de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal).

.. Dos.

¿Quién designa a los contralores ciudadanos? (Art. 60 de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal).

.. La Contraloría General del Distrito Federal.

¿Qué facultades les son inherentes a los contralores ciudadanos? (Art. 61 de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal).

.. Las siguientes: 1. Integrar la red de contraloría ciudadana y participar en sus grupos de trabajo; 2. Recibir formación, capacitación, información y asesoría para el desempeño de su encargo; 3. Ser convocados a las sesiones de los órganos colegiados en que hayan sido designados.

4. Participar con voz y voto en las decisiones de los órganos colegiados de la administración pública del Distrito Federal; 5. En caso de tener conocimiento de actos que contravengan las normas que rigen la administración o de actos que afecten el presupuesto, hacer las denuncias ante las autoridades correspondientes.

¿A qué obligaciones se encuentran sujetos los contralores ciudadanos? (Art. 62 de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal).

.. Los contralores ciudadanos están obligados a: 1. Asistir puntualmente a las sesiones ordinarias y extraordinarias del órgano colegiado en el que hayan sido asignados; 2. Conducirse con respeto y veracidad durante las sesiones del órgano colegiado y al expresar sus puntos de vista, sugerencias o propuestas sobre los asuntos tratados; 3. Vigilar el cumplimiento de las leyes, reglamentos y demás disposiciones legales aplicables en los casos que tenga conocimiento por motivo de su encargo; 4. Emitir su voto en los asuntos que se presenten durante las sesiones del órgano colegiado; y 5. Las que expresamente se le asignen a través del Programa de Contraloría Ciudadana de la Contraloría General.

¿Qué es la audiencia pública? (Art. 63 de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal).

.. La Audiencia Pública es un instrumento de Participación Ciudadana por medio del cual las y los habitantes en el Distrito Federal podrán: 62 1. Proponer al Jefe de Gobierno, al Jefe Delegacional y a los titulares de las dependencias de la Administración Pública del Distrito Federal, la adopción de determinados acuerdos o la realización de ciertos actos; 2. Recibir información de los órganos que integran la Administración Pública sobre sus actuaciones; 3. Recibir por parte del Jefe de Gobierno o del Jefe Delegacional las peticiones, propuestas o quejas de las y los habitantes del Distrito Federal en todo lo relacionado con la Administración Pública a su cargo; y, 4. Evaluar junto con las autoridades el cumplimiento de los programas y actos de gobierno.

¿Quiénes pueden convocar a la celebración de las audiencias públicas? (Art. 64 de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal).

.. Las audiencias públicas pueden ser convocadas por: 1. El Jefe de Gobierno; 2. Los titulares de los órganos político administrativos; y 3. Los titulares de las dependencias de la Administración Pública.

¿A solicitud de quién pueden celebrarse las audiencias públicas? (Art. 64 de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal).

.. Las audiencias públicas, se celebran a solicitud de: 1. Las y los ciudadanos; 2. El o los Comités Ciudadanos; 3. La Asamblea Ciudadana o el Consejo Ciudadano, interesados en los problemas de la ciudad, de la delegación o de la Unidad Territorial a la que pertenezcan; 4. Los Representantes de los sectores que concurran en el desarrollo de actividades industriales, comerciales, de prestación de servicios, de bienestar social, ecológicos y demás grupos sociales organizados; y 5. Los representantes populares electos en el Distrito Federal.

¿Cómo se llevan a cabo las audiencias públicas? (Art. 67 de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal).

.. En un solo acto y pueden ser verbales o escritas.

¿Quiénes deben asistir a las audiencias públicas? (Art. 67 de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal).

.. Las siguientes personas: 1. Las y los solicitantes; 2. Las y los habitantes y vecinos del lugar, dándose preferencia a los interesados en la agenda; 3. El Jefe de Gobierno, o quien lo represente; 4. El Jefe Delegacional o quien lo represente; 63 5. El o los Comités Ciudadanos interesados en el tema de la Audiencia; 6. En su caso, los servidores públicos de la demarcación territorial de que se trate, de otras demarcaciones, de las Dependencias de la Administración del Distrito Federal, o de otras Dependencias Federales e incluso de otras entidades federativas vinculados con los asuntos de la Audiencia Pública.

¿En qué deben concluir las audiencias públicas? (Art. 68 de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal).

.. En el planteamiento por parte del Jefe de Gobierno, los titulares de las Dependencias de la administración Pública del Distrito Federal o los Jefes Delegacionales o quien los represente de: 1. Los plazos en que el asunto será analizado; 2. Las facultades, competencias, procedimientos existentes, por parte de la autoridad, para resolver las cuestiones planteadas; 3. Determinar si los asuntos tratados son competencia de las Dependencias o de las Delegaciones de la Administración Central, de entidades descentralizadas, de Gobiernos de otras entidades, o de la Federación; y 4. Los compromisos mínimos que puede asumirse para enfrentar la problemática planteada.

¿Qué objeto tienen los recorridos del Jefe Delegacional? (Art. 70 de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal).

.. Verificar la forma y las condiciones en que se prestan los servicios públicos y el estado en que se encuentran los sitios, obras e instalaciones en que la comunidad tiene interés.

¿Quién puede solicitar al Jefe Delegacional la realización de un recorrido? (Art. 71 de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal).

.. Las siguientes personas: 1. La Asamblea Ciudadana; 2. El o los Comités Ciudadanos; 3. Los Consejos Ciudadanos interesados; 4. Los Representantes de los sectores que concurran en la demarcación territorial en el desarrollo de actividades industriales, comerciales, de prestación de servicios y de bienestar social; y 5. Los representantes de elección popular.

¿Qué es una asamblea ciudadana? (Art. 74 de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal).

.. Es el instrumento permanente de: 1. Información, análisis, consulta, deliberación y decisión de los asuntos de carácter social, colectivo o comunitario; y 64 2. Revisión y seguimiento de los programas y políticas públicas a desarrollarse en las Unidades Territoriales de cada Órgano Político Administrativo.

¿Cuántas asambleas ciudadanas deben realizarse anualmente? (Art. 75 de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal).

.. Por lo menos tres ¿Quienes pueden participar en las asambleas ciudadanas deben realizarse anualmente? (Art. 75 de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal).

Todos los vecinos del lugar en el que se lleve a cabo, incluyendo niños y jóvenes quienes solo tendrán derecho a voz.

¿Quiénes pueden convocar a la realización de las asambleas ciudadanas deben realizarse anualmente? (Art. 84 de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal).

.. Las asambleas ciudadanas pueden ser convocadas por: 1. El Jefe de Gobierno; 2. El Jefe Delegacional correspondiente; 3. La mayoría calificada del Comité Ciudadano; o 4. El 0.5% de las y los ciudadanos residentes en la Unidad Territorial


 

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