IMPLICACIONES CONSTITUCIONALES Y SOCIO-JURÍDICAS DE LA PROHIBICIÓN Y DESTRUCCIÓN DE LOS CULTIVOS DE CÁÑAMO EN COLOMBIA

IMPLICACIONES CONSTITUCIONALES Y SOCIO-JUR?DICAS DE LA PROHIBICI?N Y DESTRUCCI?N DE LOS CULTIVOS DE C??AMO EN COLOMBIA

Juan Carlos Sánchez Gómez

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EL ISLAM

A partir de siglo V, el cáñamo forma parte de las prescripciones de los médicos árabes y, en el siglo XII, empieza a ejercer influencias en algunas órdenes místicas de Persia. En el año 1155 aparece el hachís. En particular a los “sufís” (sacerdotes místicos musulmanes), que la utilizaban en sus complicadas danzas rituales para alcanzar el éxtasis (para conseguir la revelación divina e interior y la comunicación con Alá). Muchos estudios revelan que el misticismo de los sacerdotes sufíes procede de los seguidores de —Zaratustra— que sobrevivieron a la conquista musulmana que tuvieron lugar entre los siglos VII y VIII d. C. Que sufrieron la conversión al Islam.

El cáñamo era llamado por los árabes “hashish”, que significa hierba y fue precisamente dicha hierba la que dio nombre a una de las sectas más famosas y sanguinarias de los “hashishins”, de la que se deriva el término de asesino. Marco Polo habla en sus relatos de los "haschi-chinos".

En el siglo XI el jeque —Djebel Hassan Ibn Al-Sabbah— funda la orden de los “haschischins”, de filiación islamita y con profundas influencias “sufíes” que subsistirá hasta ser exterminada por los mongoles.

En los siglos XII-XIII cuando surgió el imperio de los tártaros; penetró por Persia y se desplazó a Bagdag.

El cáñamo era una droga de grupos muy determinados por fe religiosa (sufies) y de condición social (de pequeños campesinos, jornaleros, siervos urbanos y demás clase baja).

Según —Takiy Eddin Makrizy—, historiador árabe de la primera mitad del siglo XV, —Haider— (caudillo de los esceicas) probó la denominada “Kounab” y dio de comer a sus discípulos para que "…disipen los pensamientos que enturbian vuestras almas y libere vuestros espíritus".

Los musulmanes circunscribían la consideración de que el consumo de hachís era permisible en cinco supuestos:

1- Ingestión en pequeñas dosis

2- Cuando el que lo toma es inmune a sus efectos embriagadores

3- Cuando se usa con fines terapéuticos

4- Si se consume al amputar una mano gangrenada

5- Para remediar el hambre

"Su venta es permisible porque sirve, al igual que la escamonea y el opio, para la elaboración de medicinas, con la condición de que se emplee una pequeña cantidad. Se prohíbe venderlo a aquel de quien se sepa con seguridad que lo toma habitualmente para embriagarse, como sucede con la venta de zumo de uva a aquel que hace vino" "Está prohibido su cultivo con el fin de utilizarlo para provocar la embriaguez, no cuando se hace con fines terapéuticos".

En el Qam`Al-Wasin fi Damm, —Al-Barrasin de Nur Al-Din Ibn Al-Yazzar—, hacia 1580 escribe un tratado admitiendo extender a cierta triaca o electuario, trata del consumo de “bars” localizado fundamentalmente en Egipto. Era utilizado con fines lúdicos . La composición del “bars” es de pimienta, opio, azafrán, pelitre, beleño, euforbio y nardo, sin especificar las medidas que deben utilizarse en la receta y sin mencionar la miel que se utilizaría para darle consistencia al y corregir su sabor, nauseabundo en opinión de —Russell—. Es muy posible que en la receta del “bars” hubiese formado parte el cannabis. El bernavi tenía como base de su composición las hojas de cáñamo recadas y reducidas a polvo. Su receta incluía normalmente hachís en polvo, pimienta negra y blanca, pelitre, azafrán, rosa aromática, galanga, miel espuma y vino aromático. En el capítulo primero "No ha llegado hasta nosotros testimonio alguno del Profeta acerca del hachís, ni se ha demostrado que se lo mencione en ningún dicho, digno de crédito, atribuido a los cuatro Imanes u otras gentes de honor. Así pues, ¿En qué pruebas os basáis para declarar ilícitos el hachís y sus derivados, y qué argumentos aducís para afirmar que ambos son abominables? ”Pero luego "se sabe que daña al cuerpo y el hígado, causa males externos e internos. Embriaga, narcotiza, embarga la mente y causa pereza. Quien lo toma, sugestionado por sus execrables propiedades, confunde un mosquito con un búfalo, y en él produce indolencia, apatía y embotamiento. Si le hablas no oye, si come no se sacia y se le dan no se contenta " Los escritos de —Al-Yazzar— no se convirtieron en ley islámica general, aunque fueron atendidos por distintos regentes. Su principal valor, desde el punto de vista histórico es marcar una inflexión en el concepto de ebriedad. Cualquier ebriedad es un signo de persona que gusta de placeres prohibidos, opuestos a la salud y de la razón. Los posteriores argumentos de la inquisición europea en materia de drogas no desaprovecharán esta línea, aunque exculpando a las bebidas alcohólicas.

En Egipto estaba el llamado Sira, que son hojas de cáñamo hembra, se reducían las hojas a polvo, se ponían en un papel húmedo y se recubrían con cenizas calientes hasta que formaba una pasta. Se prensa y se hace una torta delgada, se corta en pequeñas pastillas y se dejaban secar para luego ser fumadas en narguile.

Salvo en órdenes místicas ligadas al sufismo (que gracias al cannabis se puede conseguir la revelación divina e interior y la comunión con Alá) el cáñamo no tuvo connotaciones religiosas en el mundo árabe. El Islam es una fe monoteísta demasiado perfecta para admitir instituciones de comunión, y ningún fármaco puede servir de vehículo místico. La autoridad política- religiosa nada dice a favor o en contra, como acontece al opio. La única excepción conocida a esta regla se produjo en 1378 a 1393, cuando el emir Soudum Sheikoumi de Yoneima decretó que los comedores de haschisch fuesen castigados con la extracción de un diente cada vez que se les sorprendiera comiéndolo o fumándolo.

El “Makhzan-el-Adwiya”, texto médico musulmán del siglo XVI, subraya sus virtudes medicinales: “…Las hojas reducidas a polvo y aspiradas purifican el cerebro. El jugo de las hojas aplicado en la cabeza elimina la caspa y los parásitos. Algunas gotas del jugo introducidas en la oreja alivian el dolor y destruyen los gusanos y los insectos. Es útil para la diarrea y la gonorrea, limita la emisión seminal y es diurética. El polvo es recomendable para las aplicaciones externas sobre las heridas. Los empachos de raíces hervidas y hojas óptimas para las inflamaciones, las erisipelas y los dolores neurálgicos”.

El placer de la ebriedad era culpable siempre; estaba incluso prohibido embriagar a los animales (excepto darles cáñamo a los animales para que engordasen).