IMPLICACIONES CONSTITUCIONALES Y SOCIO-JURÍDICAS DE LA PROHIBICIÓN Y DESTRUCCIÓN DE LOS CULTIVOS DE CÁÑAMO EN COLOMBIA

IMPLICACIONES CONSTITUCIONALES Y SOCIO-JUR?DICAS DE LA PROHIBICI?N Y DESTRUCCI?N DE LOS CULTIVOS DE C??AMO EN COLOMBIA

Juan Carlos Sánchez Gómez

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3.1 RECONOCIMIENTO DE LA DIVERSIDAD ÉTNICA Y CULTURAL DEL PUEBLO COLOMBIANO

La Constitución de 1991, garantiza el reconocimiento de la diversidad étnica y cultural del pueblo colombiano y la acción positiva a favor de las comunidades indígenas. Así mismo, su derecho a la propiedad, sobre los territorios ancestralmente ocupados, a preservar sus creencias, formas de gobierno y administrar justicia, y a la obtención de una educación respetuosa de sus costumbres, lengua y tradiciones.

Este proceso se inició hacia 1891, por vía legislativa, pero se ha concretado mediante la aplicación de las disposiciones establecidas en la Constitución de 1991, en especial en el reconocimiento de la multiculturalidad en Colombia.

Sin embargo, en cuanto a los pueblos indígenas colombianos, queda en inmensa evidencia que el respeto constitucional que se predica, para con los mismos, se queda simplemente en un contenido literal, es decir, sin alcances, en tratándose de aplicación de políticas criminales que establecen la destrucción de cultivos ilícitos, y la criminalización de sus cultivadores, entre ellos, lo relacionado a la planta objeto de estudio en esta tesis, el cáñamo. La represión de los cultivos de cáñamo, a falta de amparo legal, tiene consecuencias de incremento de la violencia, de invasión de territorios indígenas por colonos cocaleros y de pérdida de identidad cultural y deterioro de la organización y autoridad propias.

Ese impacto se acentúa en Colombia porque los cultivos ilícitos en este país, no son una extensión de prácticas comerciales indígenas ancestrales, si no un fenómeno relativamente nuevo para ellos.

El territorio indígena reconocido por la ley, el cual se localiza en resguardos o reservas indígenas, es decir, al interior de los territorios indígenas legalizados —Valga la redundancia—: se tiene que sobre la existencia de cultivos ilícitos, concretamente, el cáñamo, seguido por la coca y la amapola, es el de mayor extensión territorial. Por lo menos así lo establece el referente en el cual se apoya esta teoría, que dice que el porcentaje de cultivos ilícitos que ocupan el territorio, en los mencionados resguardos, se establece de la siguiente manera:

• 71,43% de los de marihuana *

• 18,95% de los cultivos de amapola *

• 10,8% de los de coca *

El Estado colombiano tiene pleno derecho a combatir la producción y el tráfico de drogas. Sin embargo, este hecho ha venido afectando negativamente a la población indígena colombiana. Se indica el recibo de denuncias según las cuales la fumigación con químicos de cosechas ilícitas ha causado daños a la salud de la población indígena y de sus animales y cosechas legítimas. Se alega, además, que los aviones utilizados para la fumigación disparan indiscriminadamente antes de bajar al nivel necesario para dispersar los químicos. Por otro lado, los indígenas han denunciado la falta de programas y asistencia que permitirían el desarrollo de cultivos alternativos a los ilícitos.

Los indígenas también han denunciado que la lucha contra las drogas ha resultado en la militarización de muchas zonas de cultivo ilícito que también tienen poblaciones indígenas importantes. Dicha militarización crea un ambiente propicio para violaciones a los derechos humanos de los pueblos indígenas ya señalados.

Este problema se agudiza si se toma en cuenta el hecho de que el Gobierno colombiano y sus fuerzas militares asocian la producción y tráfico de las drogas con la guerrilla, sin evaluar la gran diferencia entre los cultivos de cáñamo, respecto de los de coca y amapola, siendo estos dos últimos, la verdadera fuente que fortalece el narcotráfico y en consecuencia a los grupos armados al margen de la ley, que se financian a través de los mismos y que afectan en todo sentido las comunidades indígenas y campesinas.

De esta manera, las zonas de cultivo de cosechas ilícitas se han convertido en escenarios de guerra, afectando negativamente a los indígenas que residen en dichas zonas, productores de drogas o no, quienes frecuentemente son acusados de colaborar con la guerrilla.

Lo anterior, vale decir no está lejos de la realidad, en el sentido de que la exportación de cáñamo, para efectos de narcotráfico, ya no es rentable, otros países se autoabastecen, casos ejemplares los de Estados Unidos, que se apunta como el primer productor de marihuana en el mundo, y España el primer productor en Europa.

Este análisis permite comprobar la profunda incertidumbre y riesgo en la que viven los indígenas en zonas de cultivos ilícitos, la mayoría de cáñamo; debido a la invasión de sus tierras, generada por los efectos de las fumigaciones aéreas para erradicar esos cultivos, por la violencia imperante e incontrolada que acarrea ese tipo de economías y también por la penetración paralela de guerrillas y paramilitares que persiguen fines propios, aprovechándose de la situación especial que rige en esas comunidades.

Estas circunstancias, tanto los derechos especiales de los indígenas, como los derechos humanos básicos a la vida y la integridad física, no están garantizados plenamente .