Nuevas Resoluciones y Consensos de la ONU
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ISLAS MALVINAS, SU HISTORIA, LA GUERRA Y LA ECONOMÍA, Y LOS ASPECTOS JURÍDICOS SU VINCULACIÓN CON EL DERECHO HUMANITARIO

Bruno Tondini

 

 

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III.7.- Nuevas Resoluciones y Consensos de la ONU.

El 18 de marzo de 1966, una circular informativa de la Secretaría General de las Naciones Unidas, comunicó a los estados miembros que de acuerdo con lo acordado por la Asamblea General, a partir de esa fecha, la denominación de las Islas en los documentos oficiales del organismo sería, "Falkland (Malvinas)" en los documentos en inglés y "Malvinas (Falkland)" para los documentos en castellano.

En una carta fechada 22 de agosto, el representante permanente de la Argentina informó al Secretario General sobre la continuidad de las conversaciones entre su país y el Reino Unido los días 19 y 20 de julio, de acuerdo con lo resuelto por la Resolución 2065 (XX), e hizo conocer el texto del comunicado conjunto firmado por ambos países en esa oportunidad.

Por esas fechas aparece por primera vez en la escena de la disputa por la Malvinas un actor que más tarde será una figura central en el drama que se desatará en 1982, Nicanor Costa Méndez.

En el discurso pronunciado ante la Asamblea General el 22 de septiembre de 1966, como Canciller argentino, Costa Méndez, agradeció a las Naciones Unidas el apoyo brindado a la posición argentina e informó sobre la marcha de las negociaciones bilaterales. Respecto del futuro de las negociaciones sostuvo:

“Mi país confía en que esta disputa sea resuelta en forma definitiva y a la brevedad posible y en que podamos comunicar próximamente a la Asamblea General que se ha alcanzado la solución pacífica y permanente que prevé la Resolución 2065 de la vigésima Asamblea. La cuestión de las Islas Malvinas tiene para mi país carácter substancial; ella afecta la soberanía de una parte de su territorio, y es ésta la explicación de algunas actitudes individuales que tienen repercusión en los medios de información. Pero no obstante todo ello, la Argentina, fiel a su tradición histórica, procura su solución en forma pacífica y a través de negociaciones.”

Conforme se desarrollaron la negociaciones bilaterales, el 15 de diciembre de 1966, los representantes de ambos países ante las Naciones Unidas enviaron, una vez más, al Secretario General notas separadas pero con idéntico texto donde se anunciaba que se habían efectuado nuevas reuniones en Londres con el objeto de resolver el tema de la soberanía sobre las Islas.

Dos días más tarde, la IV Comisión que tenía en su agenda de trabajo el tema de las Malvinas, consideró y aceptó un proyecto de Consenso que luego fue sometido a la Asamblea plenaria. Esta aprobó por unanimidad el Consenso de la Cuarta Comisión el 20 de septiembre. El mismo reitera el pedido a las partes de continuar con las negociaciones y a mantener informada a la Comisión Especial sobre su marcha:

Con referencia a la Resolución 2065 (XX) de la Asamblea General, de 16 de diciembre de 1965, relativa a la cuestión de las Islas Malvinas (Falkland Islands), la Cuarta Comisión tomó nota de las comunicaciones de fecha 15 de diciembre de 1966, enviadas por la Argentina y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte...En relación con este tema la Comisión llegó a un consenso en favor de que se instara a ambas partes a que continuaran las negociaciones con el objeto de lograr lo antes posible una solución pacífica del problema y a que mantuvieran debidamente informados al Comité Especial encargado de examinar la situación con respecto a la aplicación de la Declaración sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales y a la Asamblea General acerca de la marcha de las negociaciones sobre esta situación colonial, cuya eliminación interesa a las Naciones Unidas dentro del marco de la Resolución 1514 (XV) de la Asamblea General, de fecha 14 de diciembre de 1960 .

Debe destacarse que el resultado de la votación muestra que, por primera, vez el gobierno británico aceptó apoyar una iniciativa sobre la cuestión de las Islas Malvinas en las Naciones Unidas. En este caso, el Reino Unido reconocía que la cuestión de las islas era una "situación colonial" .

Durante 1967 continuaron las negociaciones bilaterales reservadas y el 27 de septiembre, el Canciller argentino, Nicanor Costa Méndez, se dirigió una vez más a la Asamblea General reunida en Nueva York. En es oportunidad afirmó que la prioridad permanente e indiscutida de la política argentina era lograr la soberanía sobre las Islas Malvinas:

“No hay tema que tenga para nuestro país mayor importancia, no hay propósito que conmueva más a nuestro pueblo ni tarea que lo disponga a mayores sacrificios. La reunificación del territorio de la República es un imperativo nacional y el actual gobierno argentino está dispuesto a cumplirlo cabalmente.

Conforme a una tradición de nuestra política exterior, nunca desmentida, hemos decidido agotar los medios pacíficos para lograr la solución de esta controversia con Gran Bretaña.”

Poco tiempo más tarde, el 14 de diciembre, los representantes de la Argentina y del Reino Unido ante las Naciones Unidas notifican por separado, pero con texto idéntico, al Secretario General del organismo. En ella reiteran que las negociaciones bilaterales continúan de acuerdo con lo aprobado por la Asamblea General y que

“… como resultado de ello, se han hecho progresos para reducir el área de divergencias existentes entre los dos Gobiernos. Ambos Gobiernos prosiguen con las conversaciones a fin de lograr lo antes posible una solución pacífica. “

El embajador de Uruguay propuso en el seno del Subcomité III que se reiterase a ambas partes los términos de la resolución 2065 (XX) y del consenso del 20 de diciembre de 1966. El documento fue aprobado por el Subcomité, luego por el Comité Especial y finalmente por la Asamblea General el 19 de diciembre .

En los años subsiguientes fueron aceptados consensos similares tanto por el Comité Especial como por la Cuarta Comisión . Otra actividad que se repitió a lo largo de todos esos años, de manera casi ritual, fue la presentación del informe del Comité Especial ante la Asamblea General sobre la situación de los territorios no autónomos según lo había establecido la resolución 1654 (XVI). Dicho informe contenía información suministrada por la potencia administradora y las novedades ocurridas en el año en cuanto a la marcha del proceso de descolonización .

En su último discurso ante la Asamblea General como canciller de la Argentina en ese período Costa Méndez sostuvo, el 16 de octubre de 1968, que:

“La Argentina demanda el reconocimiento de su incuestionable soberanía sobre las Islas Malvinas. Ha aceptado no obstante negociar con el Reino Unido ese reconocimiento conforme a lo dispuesto en la Resolución 2065 (XX) y al proceder así ha permanecido fiel a la tradición de la solución pacífica de controversias.

Fiel también a lo que tal resolución dispone, mi Gobierno ha afirmado que los intereses de la población de las Islas constituyen para él máxima preocupación...

Queremos sí señalar con toda claridad que, en el proceso de las negociaciones, no aceptamos ninguna solución que se aparte de los principios básicos señalados por las Naciones Unidas tanto en lo que se refiere a la protección de los intereses de los pobladores como en lo que hace a la integración del territorio nacional...” .

El 27 de septiembre de 1972, otro ministro de relaciones exteriores, brigadier Eduardo McLoughlin, informó a la Asamblea General que se estaban realizando negociaciones dentro del marco de la resolución 2065 (XX). Si bien expresó que esperaba la comprensión del problema por parte del Reino Unido, agregó que:

El Gobierno argentino, que ha evidenciado ponderación y mesura a lo largo de las negociaciones efectuadas en procura de una solución pacífica de esta cuestión, espera que la misma se alcance sin demoras injustificadas.

La demora en llegar a una solución para el tema de la soberanía fue generando, por parte de los argentinos, un tono cada vez más duro en los discursos . Al respecto, Gustafson señala que el embajador Ortiz de Rozas había afirmado que su país podría emplear la naciente doctrina de la "guerra justa", producida por las Naciones Unidas, si el propósito de esta organización de hallar soluciones justas a los problemas coloniales no se producía pacíficamente en el caso de las Malvinas .

También en el período que va entre 1966 y 1982 se votaron tres resoluciones sobre el tema de la descolonización de interés para el tema de las Malvinas. La primera fue con motivo de cumplirse el décimo aniversario de Resolución 1514 (XV), la Asamblea General aprobó la Resolución 2621 (XXV) el 12 de octubre de 1970. A pesar de que en ella no se hace mención explícita a las Islas Malvinas, el documento reafirma los principios expresados en aquella y urge a los estados miembros a intensificar "sus esfuerzos para promover la aplicación de las resoluciones de la Asamblea General y del Consejo de Seguridad relativas a los territorios bajo dominación colonial" .

El cambio en la política interna argentina, la salida a una nueva democracia y el retorno primero del justicialismo al poder y posteriormente de Peron a la presidencia, cambio el escenario.

En 1973 se lleva a cabo una reunión en Londres en donde Gran Bretaña se niega a tratar el tema de la soberanía. A partir de esta detención de las negociaciones, el reclamo Argentino fue enérgicamente revivido ante la ONU en Julio de ese año y planteaba que "La situación de las islas constituye un intolerable anacronismo".

El ministro de relaciones exteriores de ese entonces, embajador Vignes, bregó por una resolución enérgica. El resultado fue el dictado de la segunda resolución, es el resultado de que luego de ocho años de negociaciones, las Naciones Unidas veían con preocupación que no se hubiera hallado una solución a la disputa entre la Argentina y el Reino Unido por la soberanía de las Islas Malvinas.

El 14 de diciembre de 1973, la Asamblea General aprobó la resolución 3160 (XXVIII). Esta declaró la necesidad de acelerar las negociaciones previstas en la Resolución 2065 (XX) para arribar a una solución pacífica reconociendo los continuos esfuerzos realizados por el Gobierno de la Argentina para facilitar el proceso de descolonización y promover el bienestar de las población de las islas:

“aprueba los capítulos del informe del Comité Especial encargado de examinar la situación con respecto a la aplicación de la Declaración sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales concernientes a las Islas Malvinas;

declara la necesidad de que se aceleren las negociaciones previstas en la resolución 2065 entre los gobiernos de la Argentina y del Reino Unido para arribar a una solución pacifica de la disputa de soberanía existente entre ambos sobre las islas Malvinas ; e insta a los Gobiernos a que de acuerdo con las prescripciones de las resoluciones pertinentes de la Asamblea General, prosigan sin demoras las negociaciones para poner termino a la situación colonial.”

El Reino Unido había insistido, infructuosamente, en incorporar a su delegación ante la AG de NU una representación de isleños.

En 1974, acompañando a su Informe al Comité Especial, Gran Bretaña incorporó un proyecto de reforma de la Constitución de Malvinas y una moción aprobada por el Consejo Legislativo del Archipiélago el 4 de enero de 1974 .

Asimismo, frente a la presión que ponía sobre Gran Bretaña la Resolución 3160, en Enero, el Comité de Defensa británico, considerando también los riegos de una acción económica y militar contra las islas, decidió discutir con el gobernador la posibilidad de un condominio con alternativa de una transferencia de soberanía. Sin embargo los isleños se negaron a participar en las conversaciones y el tema quedó estancado.

En consecuencia el 11 de junio de 1974 el embajador británico en Buenos Aires reasumió conversaciones sobre el futuro de las Malvinas, explicando la iniciativa británica que “...el objeto principal del gobierno de Su Majestad al iniciar negociaciones sobre la base de un condominio sería el de solucionar la disputa sobre la soberanía aceptando la co-soberanía argentina sobre las Islas”. Agregando que ello se concretaría a través de un tratado en el cual “... los isleños pudieran desarrollarse conforme a sus intereses”.

Esta propuesta fue la mejor oportunidad que tuvo la Argentina. Fracasó por dos causas: la muerte del presidente Perón que dejó la decisión a una presidenta débil, mal aconsejada, que exigía una solución de todo o nada y que hizo que no se considerara la propuesta, y la negativa de los isleños, no preparados al respecto, a participar de la misma. En agosto de 1974 el gobierno británico retiró su propuesta .

Sin embargo tras la presentación argentina en la ONU en Setiembre de este año, en la cual el canciller reiteró una vez más la postura argentina sobre la soberanía de las Islas Malvinas, un mes más tarde, el representante británico comunicó al Secretario general que "no existen a juicio de Gran Bretaña dudas respecto a la soberanía de las islas y que la solución debe estar en consecuencia de los deseos de la población". Una vez más Argentina tendría que poner en claro ante la Asamblea General que deben tenerse en cuenta los intereses de la población y no los deseos.

En Diciembre de ese mismo año, el canciller argentino afirmó que se debía continuar con las negociaciones acerca de la soberanía, pues en caso contrario Argentina debería tomar otro camino.

En 1975, las negociaciones nuevamente se interrumpen tras la negativa británica a considerar el tema de las negociaciones.

Por último, la Resolución 31/49 (XXXI) fue aprobada por la Asamblea General el 1 de diciembre de 1976. La misma reconoció "los continuos esfuerzos realizados por el Gobierno de la Argentina, conforme a las decisiones pertinentes de la Asamblea General, para facilitar el proceso de descolonización y promover el bienestar de la población de las Islas" e instó a las dos partes a que se abstuvieran "de adoptar decisiones que entrañen la introducción de modificaciones unilaterales en la situación mientras las Islas están atravesando por el proceso recomendado en las resoluciones arriba mencionadas (2065 y 3160) " . Por último, pidió a las partes que aceleraran las negociaciones .

Para estas fechas es claro que la Asamblea General había tomado partido por la posición argentina, con la excepción de la gran mayoría de los países occidentales y otros periféricos.

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