Sedan, en Ecuador, independientes financieramente los Departamentos propuestos?
BIBLIOTECA VIRTUAL de Derecho, Economía y Ciencias Sociales

 

LA DIVISIÓN TERRITORIAL POLÍTICO-ADMINISTRATIVA CON BASE EN LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA
 

Fabricio Zanzzi

 

 

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19. Sedan, en Ecuador, independientes financieramente los Departamentos propuestos?

Existe una gran falacia en relación a la independencia financiera o autosuficiencia de los gobiernos seccionales en Ecuador, se dice que no es posible medir si pueden o no serlo. Pero, sí se puede: comparando lo que el gobierno central entrega a cada Gobierno Seccional contra lo que se recauda en sus territorios por parte del Servicio de Rentas Internas el Ecuador.

Lo óptimo fuera que los Gobiernos Seccionales sean independientes, es decir que puedan generar sus propios recursos para la inversión pública que deban hacer, pero eso no ocurre en muchos países del mundo.

Ya Finot 89 en el año 2002 había, sensatamente, deducido sobre América Latina que "La descentralización política, entendida como la capacidad de las comunidades locales para proveerse de bienes públicos sobre la base de iniciativas y aportes propios, aún es escasa en la región. Tales condiciones sólo se dan en algunos territorios relativamente "ricos" —en la medida en que no requieren de transferencias—.".

Los ingresos del estado, para el caso ecuatoriano provienen de las fuentes detalladas en el siguiente cuadro90:

De ellos, únicamente los que se encuentran sombreados pueden ser recaudados por los gobiernos seccionales (Municipios cantonales, Departamentos y Distritos Metropolitanos) y utilizados, directamente, de manera inmediata. Sin embargo, los gobiernos seccionales reciben dineros por conceptos -como ya se dijo antes- de los fondos FODESEC y Ley del 15%, con los que cubren la mayor cantidad de sus presupuestos de egresos.

Por ello, para establecer qué Departamentos y Distritos Metropolitanos serian independientes, financieramente (O sea que sólo dependiera de ellos la ejecución de las obras en sus territorios y no del gobierno central), aunque también existen otros métodos más técnicos pero que necesitan de más información de la que se dispone91, se procederá a comparar aquella cantidad de dinero que reciben por conceptos de FODESEC mas Ley 15% contra las recaudaciones de impuestos del Servicio de Rentas Internas (SRI) en cada Departamento y Distrito Metropolitano propuesto. ¿Por qué sólo se considera el dinero que llega del Gobierno Central? Por que todos los gobiernos seccionales reciben dinero del Gobierno Central y muchas de las autoridades seccionales preferirían evitar que ésos dineros (Las recaudaciones del SRI) suban al nivel nacional para luego bajar al nivel seccional si esas recaudaciones pueden quedarse en el nivel seccional al momento de ser recaudadas.

Ya que las estadísticas actuales se encuentran por provincias y se está proponiendo una división territorial administrativa en Departamentos y Distritos Metropolitanos, para volver objetivo este análisis comparativo bastante forzado92 (Caso contrario no se pudiera comparar "peras" con "papas") y poder determinar qué Departamentos y Dist. Metr. fueran independientes se procederá a - únicamente en aquellas Provincias actuales que se debieran dividir en varios Departamentos- calcular la proporción correspondientes a cada uno de acuerdo al número de electores (Debido a que casi todos los contribuyentes personas naturales son mayores de edad y todos los electores son, también, mayores de edad, entonces la variable "electores", una vez más, es más eficiente que la variable "población en general") con la finalidad de establecer cuánto sería la recaudación de cada Departamento. De la misma manera se procederá para establecer cuánto sería lo que recibiria cada Departamento y Distrito Metropolitano por FODESEC y Ley del 15%, debido a que no se pudo encontrar la información relacionada con las parroquias, lo cual sí fuera necesario pues hay que recordar que la división territorial político-administrativa propuesta parte de la base territorial parroquial existente en la actualidad.

De allí, hay tres posibilidades:
a.- Altas probabilidades de ser independiente.- Si en un departamento o Distrito Metropolitano el SRI recauda más del 10% de lo que dicho gobierno seccional recibe por FODESEC y Ley del 15%.
b.- Medias probabilidades de ser independiente.- Si en un departamento o Distrito Metropolitano el SRI recauda entre el 90% y el 110% de lo que dicho gobierno seccional recibe por FODESEC y Ley del 15%.
c.- Baja probabilidad de ser independiente.- Si en un departamento o Distrito Metropolitano el SRI recauda menos del 90% de lo que dicho gobierno seccional recibe por FODESEC y Ley del 15%.

Entonces, una vez realizados los cálculos los resultados son, utilizando fuentes del 2006:

Notas:
1.- No se ha considerado ni al INGALA (USD186294,10) ni al CONCOPE (USD127905,00).
No se consideró las parroquias, pero si a municipios, departamentos.
Alguien pudiera pensar % Si no son autosuficientes, entonces para qué hacerlos departamentos?". En primer lugar, las provincias tampoco eran autosuficientes, con excepción de cinco; en segundo lugar, es necesario convertirlas en departamentos para poder hacer uso de los recursos de acuerdo a las necesidades de la población, para tener representación política ante el Congreso y para no tener que viajar a lejanas ciudades capitalinas para realizar trámites públicos, como ya se ha sostenido a lo largo de toda esta propuesta. Hay que recordar que a nivel mundial no existe país alguno cuya división territorial se haya realizado en base a la posible independencia financiera de sus habitantes, sino a la posibilidad de tomar los derechos que les corresponden como ciudadanos. A continuación se facilita la tabla en la que se muestra cuán (Poco) independientes eran las provincias en el sistema actual, con datos fuente de 2006.

Notas:
1.- No se ha considerado ni al INGALA (USD186294,10) ni al CONCOPE (USD127905,00).
No se consideró las parroquias.

Nótense que, bajo lo propuesto, 11 de las 27 divisiones administrativas pudieran ser independientes. Obviamente, habría que buscar el mecanismo para incrementar las recaudaciones en los otros, además se pudiera otorgar la competencia para encargarse de la recaudación de impuestos a los departamentos que sí son independientes financieramente hablando. Por otro lado, hay que reconocer que algunos territorios son menos favorecidos que otros, por lo que la solidaridad no es un bien que se puede despreciar en estos casos. Lo que sí se sugiere hacer es condicionar el gasto de esos dineros (Los fondos que el Gob. Central transfiere a Gob. Seccionales), ya que si el político no tiene responsabilidad en su recaudación, pero sí en su gasto hay que tratar de evitar que lo utilice para incrementar los gastos corrientes. A este respecto, en otros países de América Latina este tipo de controles está bastante arraigado, como en Chile, en donde, según Valenzuela93, "...en el nivel municipal también se aprecia una escasa participación de sus ingresos en relación a los ingresos públicos totales, así como una fuerte dependencia de transferencias condicionadas.", a lo que Finot (2005)94 pareciera complementar a la perfección "...since if such conditions were imposed, this would make it possible to introduce controls like those of operational decentralization." [... si las condiciones fueran impuestas, fuera posible introducir controles para una descentralización operacional].

Hay que cuidar de no cometer demasiados errores a nivel de gobiernos seccionales, por cuanto las competencias concedidas a los gobiernos seccionales, por situaciones emergentes, en el futuro pudieran regresar a manos del gobierno central, más en ese nivel es más dificil encontrar soluciones puntuales según las características propias de cada micro territorio. No hay que olvidar que eso pasó en Ecuador hace mucho tiempo con la educación, y en no pocos países  latinoamericanos, que antes estaba en manos municipales, pero que tuvieron las escuelas y colegios que volverse fiscales. El agua potable y el alcantarillado están apenas en la víspera. Al respecto, Finot (2001) 95 razona que en las naciones latinoamericanas "Los municipios habían heredado de la Iglesia la prestación de servicios gratuitos de educación y salud pero la exigüidad de sus recursos y la importancia de los objetivos justificaron una intervención creciente de los poderes centrales en dicha prestación.".

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