CIENTÍFICO - TEÓRICO - ESTADÍSTICO - COMERCIAL JURÍDICO - SOCIOLÓGICO
 
RECOPILADO POR EL PROFESOR MANUEL SERRA MORET

 

U

 

ULLÓA, Bernardo de

Economista español, autor del Restablecimiento de las fábricas y comercio español (Madrid, 1740), libro de trazos mercantilistas en el que recomendaba la abolición de todas las aduanas interiores, la rebaja de los aranceles para la importación de materias primas y el fomento de las industrias nacionales para no tener que importar géneros manufacturados. Murió en 1740.

 Ulloa , Bernardo de (1682-1740)
Bernardo de Ulloa:  Restablecimiento de las Fábricas y Comercio español

ULTIMÁTUM

Última condición propuesta en una causa o querella por una de las partes para llegar a una solución y que, de ser rechazada por la otra, conduce a una ruptura. Aplicase especialmente en asuntos de relaciones internacionales y, generalmente, el ultimátum es el preludio de la guerra.

 

ÚLTIMO PAGO

última mensualidad o anualidad en la compra de un objeto o propiedad adquirida a plazos y en virtud de la cual el comprador adquiere la plena pertenencia del objeto o propiedad.

 

ULYANOV, Vladimir Ilich (Nikolay Lenin)

Famoso revolucionario y reformador social ruso (1870-1924). Uno de los pocos hombres que ha conseguido producir un cambio fundamental en la estructura económica y social de un país. Es el creador de la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas, un agitador incansable y un escritor genial. Trató innumerables problemas económicos desde el ángulo de su ideología marxista, a la cual se mostró fiel hasta su muerte, dándole una interpretación radical. (Sus obras están reunidas en la colección titulada Bochiveniya (30 vols. Moscu, 1926-32).

Lenin, Vladímir Ilich (1870-1924)

 

UNDERWRITING SYSTEM

Método de emisión de títulos de un empréstito o de colocación de acciones de una empresa que empezó a usarse en Inglaterra y se extendió a los demás países. Consiste en la aceptación de la garantía de éxito de dicha emisión. por grupos bancarios o capitalistas o por consorcios financieros que se hacen cargo de los títulos y los colocan en el mercado a cambio de una comisión.

 

UNIDAD

Calidad de único. Cantidad elegida convencionalmente para medir las demás de una misma especie. Por razones de conveniencia, las unidades tienden a ser universales o de adopción universal. Es además aconsejable que sean naturales o basadas en entes reales a.- fin de que sea posible contrastarlas con el modelo de que se derivan. En la mayoría de los países las unidades mercantiles suelen ser las adoptadas en el sistema métrico decimal. Las unidades físicas se derivan de tres fundamentales, que son el centímetro (de longitud), el gramo (de masa) y el segundo (de tiempo). El conjunto de estas unidades y las derivadas de las mismas, como fuerza, trabajo, calor, etc., forman el sistema cegesimal, así llamado por ser c. g. s. las iniciales del centímetro, gramo y segundo, respectivamente. A veces, una misma cantidad se mide en unidades distintas. Así, los ángulos pueden medirse en grados centesimales, en grados sexagesimales y en radianes, según convenga a cada caso.

La unidad monetaria es privativa de cada país y, además de un valor intrínseco fijo, inherente a los materiales de que está compuesta, tiene un valor de cotización variable, dependiente de circunstancias económicas, financieras, sociales, políticas, etc. El peso, el dólar y la libra esterlina son unidades de ese tipo.

 

UNIFORME

Dícese de un carácter común a varios casos como talla, color, peso, forma y otros. Aplícase a un movimiento caracterizado por el hecho de que el móvil recorre, en tiempos iguales (por pequeños que sean) espacios iguales. Dícese de un proceso que no presenta cambios bruscos o de una producción igual. (V. ESTANDARDIZACIÓN)

 

UNWIN, George

Historiador de economía inglés, profesor de la Universidad de Manchester (1870-1925). Es autor de Industrial Organization in the Sixteenth and Seventeenth Centuries (1904); Gilds and Companies of London (1908); Finance and Trade under Edward III (1918), Y Studies in Economic History (1927).

 

URTARIZ, Jerónimo de

Economista español (1670-1732). Fué miembro de la Real Junta de Comercio y de Moneda del Consejo de las Indias. Publicó Theórica y práctica de comercio y marina (Madrid, 1724), donde sostenía el principio mercantilista de que era ventajoso vender mucho y comprar poco a los extranjeros.

Nota del editor: el nombre correcto del economista es Uztariz. El nombre aparece en ocasiones como Gerónimo o Geronymo.

 

USINA

Galicismo con que se designan las fábricas de gas y las generadoras de energía eléctrica, principalmente, pero que es también aplicable a las funciones y, en general, a los talleres de metalurgia.

 

uso

Empleo de una cosa con carácter habitual. Norma de obrar nacida de la práctica y consagrada por la costumbre y hasta por la ley en ciertos casos. El derecho de uso, según el Código Civil argentino, "es un derecho real que consiste en la facultad de servirse de la cosa de otro, independiente de la posesión de heredad alguna, con el cargo de conservar la substancia de ella; o de tomar de las partes de un fondo ajeno, lo que sea preciso para las necesidades del usuario y de su familia. Si se refiere a una casa y a la utilidad de morar en ella, se llama en este Código derecho de habitación". (Artículo 2982).

Por "usos y costumbres" se entienden aquellas prácticas habituales consagradas por la tradición en una comarca o un país a las que se da fuerza de ley cuando la legislación no las ha expresamente consagrado en sus códigos. Por "valor en uso" se entiende el que se da a un objeto por la utilidad práctica que presta, aparte sus cualidades intrínsecas y su "valor en cambio".

 

USO DE MARCA

El uso de una marca es un derecho protegido por la ley en todos los países. En la Argentina se regula por la ley Nº 3975 de 23 de noviembre de 1900. (V. MARCA).

 

USUFRUCTO

Derecho de usar una cosa ajena y obtener provecho de sus beneficios y frutos, sin deterioraría. El Código Civil argentino define el usufructo como "el derecho real de usar y gozar de una cosa, cuya propiedad pertenece a otro, con tal que no se altere su substancia". Distingue dos especies de usufructo: el perfecto y el imperfecto o "cuasi usufructo". El usufructo perfecto es el de las cosas que el usufructuario puede gozar, sin cambiar la substancia de ellas, aunque puedan deteriorarse por el tiempo o por el uso. El cuasi usufructo es el de las cosas que serían inútiles al usufructuario si no las consumiese, o cambiase su substancia, como los granos, el dinero, etc. (Título X, artículos 2481 y siguientes).

 

USURA

Llámase usura a la percepción de un elevado tipo de interés por el capital que se presta. El tipo de interés suele estar regulado en cada país por la ley o por la costumbre o se considera tipo legal el que aplica el banco central o nacional. Se considera usura todo lo que excede de ese tipo y está penado por la ley. Por extensión se llama usura a las utilidades excesivas y al atesoramiento de capitales.


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