CIENTÍFICO - TEÓRICO - ESTADÍSTICO - COMERCIAL JURÍDICO - SOCIOLÓGICO
 
RECOPILADO POR EL PROFESOR MANUEL SERRA MORET

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RENDICIÓN DE CUENTAS

Relación de gastos e ingresos hecha por un administrador o mandatario a la persona que le ha confiado alguna misión. Según el Código de Comercio argentino, toda cuenta debe ser conforme a los asientos en los libros de quien rinde la cuenta, y debe ir acompañada de los respectivos comprobantes (artículo 68). Los comerciantes corresponsales están obligados a rendir cuentas periódicamente (artículo 69). Todo comerciante que contrate por cuenta ajena debe rendir cuenta al comitente, y en la rendición, cada uno de los obligados a. ello, responde únicamente por la parte que le cupo en la administración. El que pasado un mes de haber recibido la cuenta no la rechaza formalmente, se entiende que está. legalmente conforme con ella (artículo 70 al 74).

 

RENGLÓN

Conjunto de cosas que por su naturaleza específica o por razón de circunstancias .forman un grupo en una clasificación determinada de carácter económico o de tipo industrial o comercial.

RENTA

En términos generales, se considera renta a todo ingreso regular y constante producido por una inversión, un trabajo, un derecho o un privilegio. En algunos países, como en España, renta y utilidad son sinónimos, aunque nunca se confunden con los beneficios derivados de una especulación o un riesgo de capital. La renta puede producirse por el dividendo o rédito del capital o por el aumento de valor de la riqueza que se posee. Se llama renta del Estado al producto de los impuestos internos; rentas de aduana, a la recaudación de los derechos sobre salidas y entradas de mercancías por las fronteras nacionales; rentas del trabajo, a los sueldos y salarios, comisiones y gratificaciones; a los retiros, pensiones, dotaciones y percepciones regulares se las llama también rentas, y a lo que produce regularmente el patrimonio de una! persona se le llama su renta.

Sin embargo, en forma más específica, se entiende por renta el ingreso o beneficio derivado de la posesión de la tierra, como los arrendamientos, alquileres y regalías. La idea insólita de Adam Smith de que lo indispensable para la subsistencia del trabajador constituye el "salario natural", y que la tierra tiene ordinariamente el poder de "producir rendimiento superior al necesario para colocar sus productos al mercado", complicada con su división del producto de la tierra en una parte para retribución del trabajo, otra para renta' y otra para beneficio del capital invertido, produjo la consiguiente confusión en el campo de las especulaciones económicas, confusión que aún no se ha disipado totalmente. Ello sumado a la unicidad de la tierra, a la noción de que su propiedad constituía un monopolio y a la obsesión de los fisiócratas de considerar a la tierra como un agente providencial, único capaz de producir rendimiento espontáneo y lo que ellos llamaron produit net, todo ello más o menos justificable en la era precapitalista, dieron lugar a la teoría maltusiana sobre el crecimiento de la población y a la teoría ricardíana de la renta, formulada independientemente por West, Malthus, Torrens y otros, entre 1313 y 1315, cuando los precios de los granos se hallaban en su período álgido. Según Ricardo, "la renta es aquella parte del producto de la tierra que se abona al propietario de la misma por el uso de su poder original e indestructible de producir". No existe renta cuando hay tierra suficiente de igualo aproximada fertilidad para ,satisfacer las necesidades humanas; pero, cuando el aumento de la población obliga a poner bajo cultivo tierra de inferior calidad, entonces aparece la renta. Admitiendo tres calidades de tierra, un aumento de población implica someter a cultivo tierra de la segunda calidad con el consiguiente aumento de costo de trabajo y de transportes e incrementación de precio del producto. Es evidente que ese aumento beneficia al que posee tierra de superior calidad dejando un margen de beneficio que constituye la renta. Si la población sigue creciendo, se cultivan las tierras de tercera calidad y los precios de los productos aumentan, aumentando consiguiente mente el margen de renta producido por las tierras de calidad superior. Como dice Ricardo: "No es que los precios de los granos sean altos porque se paga renta, sino que se paga renta porque aquellos precios son altos".

Los apologistas de Ricardo, particularmente J. E. Cairnes y J. S. Mill, no llegaron a vencer las dificultades que presentaba la teoría de Ricardo cuando la población de Inglaterra seguía creciendo vertiginosamente y en lugar de someterse a cultivo nuevas porciones de tierra se iban abandonando las existentes. La teoría no tenía aplicación en una Europa capitalista, industrializada y expansiva. La tierra era una mercancía como otra cualquiera y en la mayoría de los casos era la menos fértil de todas las inversiones de capital. Los propietarios se arruinaban y la mayoría se desplazaban hacia las industrias. La formación de grandes núcleos urbanos producía especulación en tierras en las ciudades y ella fue la base de muchas fortunas, pero también ahí se produjo un equilibrio de valores y hubo declinación de precios en muchas grandes ciudades. La tierra apenas si es hoy un agente natural en la producción y se ha convertido en un elemento industrial como otro cualquiera. La teoría de que la tierra absorbe el valor social y lo monopoliza en manos de sus propietarios tiene escasos adeptos por cuanto el valor de la tierra en el cuadro general de valores y la importancia de la renta como proceso cumulativo se desvirtúan con solo un ligero examen de la dinámica social y de su capacidad para crear constantemente nueva riqueza. Las nociones de los fisiócratas son un recuerdo histórico y las ideas de Henry George perdieron su validez cuando, los Estados Unidos pasaron a ser un país desarrollado como Europa.

Etimológicamente la palabra renta significa ingreso o rendimiento de un agente económico cualquiera y parece arbitrario limitar su sentido al beneficio que produce la tierra cuando se presta a otro para su explotación. Sin embargo, tanto en economía como en legislación y jurisprudencia, ésta ha sido su aplicación concreta, al punto de que la definición que le da el Corpus juris británico es la de "compensación, en dinero o en frutos, que recibe el señor de la tierra por permitir el uso de la misma". La definición de Alfred Marshall es la de "todo ingreso derivado de la posesión de la tierra y otros dones de la naturaleza". Ello proviene de aplicar a la tierra una teoria del valor fundada en que sus cualidades de fertilidad y producción son inherentes, permanentes y hasta independientes del trabajo humano, con lo cual se llega a la noción de que la tierra da de por sí un residuo de valor que no dan las demás cosas. Además, la tierra ha sido el único de los agentes económicos sometido a la ley de disminución de rendimiento, doctrina que confundió a la idea de proporcionalidad entre dos o más agentes complementarios con la idea de la dirección histórica hacia una menor productividad y un menor uso de la tierra. La absoluta o completa industrialización de la agricultura, el haber convertido su propiedad en un valor líquido como el de las demás mercancías, y la progresiva tendencia a la socialización de las cosas, terminará con el mito de la renta como entidad providencial y de naturaleza metafísica que algunos le asignaron y que otros se obstinan en conservar.

 

RENTA NACIONAL

Se entiende por renta nacional la suma de todos los ingresos netos de los habitantes de un país. Con esta sola enunciación quedan planteados numerosos problemas respecto a cómo pueden particularizarse tales ingresos netos, si hay que considerar la producción y el consumo, de si pueden desintegrarse los ingresos de los aumentos de capital, de si deben restarse las mermas de recursos, como en el caso de los yacimientos minerales, de si deben incluirse los ingresos no productivos, como las pensiones, dádivas, etc., etc. Para. algunos, la renta nacional es el valor del total de mercancías y servicios producidos en un país en un período dado; para otros, es el total de los ingresos individuales percibidos en compensación de los bienes producidos o los servicios prestados; para otros, es el total de bienes consumidos por todos los individuos a cuenta de sus ingresos, y finalmente, para otros, es el total neto de bienes que disfrutan aquellos individuos en su doble capacidad de productores y consumidores. En cualquiera de estas definiciones, la renta nacional resulta ser el substrato de las actividades económicas de un país que permita conocer el grado de bienestar en términos estadísticos o sea el rendimiento global de dichas actividades. Para ello, suelen incluirse en los cálculos el monto de los sueldos y salarios, intereses y dividendos, rentas y derechos reales, rendimientos netos de empresas y servicios públicos y personales y todo cuanto es fruto de actividades legítimas; ingresos percibido s por los agricultores y ganaderos, de, la minería, los forestales y demás industrias de materias primas o artículos de consumo; los hoteles, pensiones, turismo, transporte, seguros, y otras actividades secundarias y terciarias.

He aquí algunos datos calculados para los Estados Unidos del tanto por ciento que corresponde a .las distintas actividades en el conjunto de la renta nacional:

 

En cuanto a la distribución de los ingresos, los cálculos ofrecían los siguientes resultados:

  

El Departamento de Comercio de los Estados Unidos calculaba la renta nacional en 119.791 millones de dólares en 1942 y en 143.000 millones en 1943. Ello daba un porcentaje de 43.52 dólares de ingresos semanales para cada trabajador, con un promedio de 45.1 horas de trabajo semanales y una retribución de 0.995 dólares por hora. Un cálculo hecho en Gran Bretaña de la población que percibía ingresos superiores a 2.000 libras esterlinas por año, daba en 1924 el resultado siguiente:

 

Uno de los mejores trabajos sobre la materia es el del profesor belga Baudhuin, calculando la renta nacional y su distribución en Bélgica. Los totales del primer cuadro son en millones de francos oro:

 

 Son pocos los países que hayan hecho un estudio completo y más o ,plenos exacto del monto de sus rentas nacionales. Los datos, en gran parte, se basan en las cifras recogidas por las oficinas del impuesto a los réditos, impuestos a las ventas, a las cifras de negocios, a beneficios extraordinarios, por cifras de empleados, contribución territorial y urbana, etc. En todo caso resultan siempre deficientes y quizás se acerquen más a la verdad los cálculos de los técnicos y los que se practican en institutos y seminarios económicos. Como simple demostración, damos a continuación unos datos que, en la actualidad, han de haber variado mucho en casi todos los países citados. Los cálculos están hechos en dólares norteamericanos y las cifras globales son en millones:

 

 

RENTABILIDAD

Es lo que se considera beneficio medio habitual que rinde una inversión, una propiedad o una industria. Así, por ejemplo, la deuda pública ofrece una rentabilidad del 4 por ciento del capital invertido, la propiedad urbana un 6 por ciento y las industrias en Sud América llegan a ofrecer hasta un 20 por ciento en la fabricación de bebidas fermentadas, 15 por ciento en la cerveza, 12.6 en la de gaseosas, 12 en la de cigarrillos y cigarros, en la de calzados, en la de la sal común, etc., hasta llegar al 7 por ciento en la fabricación de ladrillos y adobe, que es la industria menos remunerativa. Naturalmente que esa rentabilidad no es un rendimiento fijo y seguro, pero es lo que se deduce del balance de las empresas en distintos períodos. La rentabilidad de las industrias en Sud América es seguramente la más alta que se conoce.

 

RENTENMARK

Unidad monetaria transicional que se instituyó en Alemania para contener el vértigo de la inflación en 1923. Fue una emisión de billetes del Rentenbank de un valor nominal del marco oro de preguerra, no redimibles en especie, sino con bonos oro al 5 por ciento, representativos de una primera hipoteca sobre todas las tierras productivas del país (excepto las fincas que antes de la guerra tenían un valor de 2.000 marcos o menos) y sobre todas las empresas que ocupaban trabajo ajeno en 19 de septiembre de 1923. Su curso no era forzoso, pero los bancos e instituciones oficiales debían aceptarlo. El rentenmark no consiguió estabilizarse hasta el mes de abril de 1924, y entonces, al reorganizarse el Reichsbank de acuerdo con el Plan Dawes aceptado en 30 de agosto de aquel año, pudo ya ponerse en circulación el nuevo reichsmark y retirar gradualmente el rentenmark y los bonos que lo respaldaban. (V. MARCO)

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RENTISTA

La persona que vive de sus rentas. El economista inglés J. M. Keynes elaboró un índice estimativo como presagio del porvenir que espera al rentista en un futuro próximo. Se sirvió para ello del ejemplo del poseedor de títulos de la deuda británica, llamados comúnmente consols, desde 1815 a 1922. Tomando por base los valores de 1914 midió el ingreso real del tenedor de consols de distintas maneras. En 1924, Keynes estimaba que desde la guerra de 1914-18, las rentas fijas habían disminuido en la mitad en Gran Bretaña, siete octavos en Francia, once duodécimos en Italia, y habían quedado virtualmente extinguidas en Alemania, en los territorios de la antigua Austria-Hungría, y en la Unión Soviética. La crisis mundial de 1929 había acrecido el valor real de algunas rentas gracias a la caída de los precios, pero, al mismo tiempo, había barrido con todo el capital y réditos de muchísimos rentistas.

 

RENUNCIA

Dejación voluntaria de alguna cosa. Nadie está autorizado a renunciar a las leyes, y si alguien lo hace no surte efecto; pero si la ley, en ciertos casos, confiere algún derecho personal, éste puede renunciarse siempre que no sea de los que su renuncia está taxativamente prohibida por la ley (Código Civil argentino, artículo 191). Asimismo, toda persona legalmente capaz de dar o recibir algo a título gratuito, puede hacer o aceptar renuncia de una obligación, con lo que, siendo aceptada, queda extinguida (artículo 868) .


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