CIENTÍFICO - TEÓRICO - ESTADÍSTICO - COMERCIAL JURÍDICO - SOCIOLÓGICO
 
RECOPILADO POR EL PROFESOR MANUEL SERRA MORET

C 

 

CONANT, Charles Arthur

Economista, periodista y banquero norteamericano, uno de los abogados del sistema de los bancos centrales (1861-1915). Autor de un libro titulado A History of Modern Banks of Issue (1896) .

 

CONCENTRACIÓN

Algunos economistas modernos, especialmente Marx, han previsto la concentración de industrias y de la riqueza, fenómeno confirmado por los hechos, aunque no en la extensión y en la forma anunciadas. Las tendencias nacionalistas en el campo de la economía han modificado y, en algunos casos, impedido el proceso, pero la marcha general de la producción y del acrecentamiento de la riqueza sigue inclinándose hacia la concentración, como lo demuestra la potencialidad económica de los Estados Unidos, de la Unión Soviética y de algunos países europeos que son, en muchos aspectos de la producción y el consumo, los árbitros del comercio mundial.

 

CONCESIÓN

Cesión de un derecho o una propiedad por un tiempo y bajo condiciones específicas. Las otorgan los Estados o las municipalidades a las empresas privadas para la explotación de minas, saltos de agua, ferrocarriles, teléfonos y otros servicios públicos. Cada una de esas concesiones suele ser objeto de una ley o de una ordenanza municipal, excepto .las de minas que vienen reguladas en el Código de Minería, el cual, en el caso de,la Argentina; presupone la explotación por tiempo ilimitado (artículo 18), el derecho de adquisición del suelo donde está enclavada la mina (artículos 42 al 47) Y lo relacionado con la concesión de pertenencias en los artículos del 72 al 84.

 

CONCIENCIA DE CLASE

Entre los que aceptan la doctrina de que la lucha de Clases representa el proceso histórico del desarrollo económico-jurídico social, la conciencia de clase es un factor importante para el progreso humano; Entienden por ello que los trabajadores deben considerarse unidos por su actual condición y su destino de árbitros del futuro de la sociedad, y que deben comprender que su insolidaridad con los fines que persigue el proletariado representa una verdadera traición humana. Conciencia de clase significa la visión clara de un futuro de justicia social que han de traer los desposeídos, obreros manuales o intelectuales, y cuya realización descansa precisamente en la solidaridad proletaria y en su capacidad para la lucha.

 

CONCIERTO ECONÓMICO

Término usado en la administración pública para significar un convenio entre el Gobierno central o una provincia o región, mediante el cual aquél recibe una cantidad anual fija en concepto de contribuciones o impuestos directos y las autoridades regionales recaudan aquella suma y un suplemento para los gastos propios por los medios que consideran más convenientes o más adecuados a la economía de su demarcación.

 

CONCURRENCIA

La teoría de la libre concurrencia, llamada también libre competencia, tiene mucha importancia en la economía política clásica. Según ella, la concurrencia actúa a la vez como motor y freno del hombre en sus relaciones sociales; como motor, puesto que le impulsa a desarrollar sus propios intereses personales; como freno, al imponer al individuo un criterio selectivo, ya que en la sociedad, aquel que no emplea sus energías en una sola actividad que domine a la perfección, está llamado al fracaso. La libre concurrencia implica la aceptación de la llamada ley de la oferta y la demanda, ley que repugna toda intervención estatal o de otra naturaleza en la producción, pues entiende que su mejor regulador es el precio, que no es más que el resultado del libre juego de la cantidad de oferta y demanda a que la producción se halla sujeta.

 

CONClLIAClÓN

Arreglo de los conflictos mediante la intervención de terceros y, en su caso, de las autoridades administrativas o judiciales. Los Consejos de Conciliación Industrial son organismos creados en muchos países para resolver los conflictos entre el capital y el trabajo. Se componen de una representación patronal, otra obrera, y un presidente nombrado por las autoridades. En España se llaman Jurados Mixtos. Su origen arranca de los Conseils de prud'hommes instituidos en Francia antes de la Revolución de 1789 para mediar en las luchas entre obreros y patronos o entre arrendatarios y propietarios para la fijación de jornales, horas de trabajo, explotación de la tierra, etc.

 

CONCURSO

 Selección, mediante títulos y pruebas, de los aspirantes a un puesto o empleo públicos. Selección de los mejores artículos en una prueba o exposición convocada al efecto y selección de las mejores propuestas para efectuar una obra o un trabajo determinados. En legislación mercantil, es la presentación de un deudor no comerciante ante los tribunaÍes para hacer 'cesión de sus bienes a los acreedores. En tal caso, el juez nombra un síndico a cuyo poder pasan los bienes y quien estudia los créditos para proceder a su verificación en una junta de acreedores. Pasados quince días, y cumplidas las formalidades de la ley, el producto de dichos bienes se reparte a prorrateo entre los acreedores.

 

CONCORDATO 

Convenio que se establece entre los acreedores y el deudor en quiebra para liquidar la deuda, en parte o en su totalidad. Se llama concordato preventivo a la declaración que el quebrado presenta ante el juez competente para que éste convoque a los acreedores a una reunión y estudiar la posibilidad de llegar a un concordato (artículos 1368 al 1390 del Código de Comercio argentino). La admisión del recurso da derecho al deudor a continuar en la administración de sus bienes bajo la vigilancia del síndico y los acreedores no pueden ejercer acción contra el deudor hasta que la homologación del concordato quede ejecutada (artículos 1398 y 1399). Una vez hecha la declaración de acreedores, éstos aceptan o rechazan el concordato por los votos que representen el 75 por ciento de los créditos. En virtud del concordato se extingue el derecho de los acreedores por la parte que ha sido anulada por el mismo. Si el deudor no cumple sus obligaciones, cualquier acreedor puede pedir la declaración de quiebra y sólo se puede anular el concordato en caso de fraude o dolo comprobados (artículos 1420 al 1429).

 

CONDICIÓN

Es lo que forma parte de las estipulaciones de los contratos y la circunstancia prevista para su cumplimiento. Condición sine qua, non es la imperativa e imprescindible; condición u obligación condicional es la que depende de ciertas circunstancias; condición contraria a las leyes es la que da vicio de nulidad a un contrato cualquiera. Condición resolutoria es la que se entiende como estipulada siempre' que se compran cosas que no están a la vista y que deben ser remitidas o entregadas por el vendedor al comprador. Si la cosa resulta ser distinta o de otra calidad a la convenida, el comprador queda en libertad de no aceptarla como comprada.


 

CONDOMINIO

El Código Civil argentino, en su artículo 2707, lo define como "el derecho real de propiedad que pertenece a varias personas por una parte indivisa sobre una cosa mueble e inmueble". No puede haber condominio sino sobre cosas y se establece tal derecho por contrato, en actos de última voluntad o bienes sucesorios abintestato. Cada condómino tiene derecho al goce del objeto de condominio, sin que pueda enajenarlo, modificarlo o gravarlo sin el consentimiento de todos los demás. (Véanse los artículos del 2707 al 2732 del Código Civil argentino).

 

CONDONAR

     Anular, perdonar o remitir una deuda en todo o en parte. Dar por extinguida una obligación por voluntad del beneficiario.

 

CONFISCACIÓN

Pena consistente en apoderarse de los bienes del reo o acusado. El derecho penal moderno había abolido esta pena por razón de que no afectaba al reo cuando éste era condenado a pena de muerte y casi siempre recaía contra personas inocentes o no complicadas con el supuesto delito. Sin embargo, la corrupción de prácticas y costumbres en estos últimos años ha dado lugar a la confiscación de bienes de personas que no habían cometido delito alguno y que ni siquiera habían sido juzgadas.

 

CONGELAR

Conservar a bajas temperaturas materias susceptibles de putrefacción, como las carnes en los frigoríficos. En sentido figurado se dice congelar tandas, congelar créditos o congelar divisas cuando los gobiernos, por causas de guerra u otras circunstancias graves, toman medidas contra ciertos titulares de bienes o depósitos impidiendo su uso y su transferencia. También se llama capital congelado al que por embargo judicial, interdicción gubernativa, litigios u otras causas análogas no está en situación de ser utilizado por sus titulares.

 

CONOCIMIENTO

En derecho mercantil se llama conocimiento a la afirmación hecha por una persona acreditada; en el sentido de garantizar a otra, haciéndose responsable por ella en el caso que no pague. Cuando una persona acredita la firma de otra en un banco u otro establecimiento comercial, lo hace por conocimiento. Conocimiento de embarque es el documento acreditativo de lo que se carga en un buque y está firmado por el capitán y cada uno de los cargadores. El Código de Comercio argentino en el titulo VII, sección II, artículos del 1028 al 1046, trata de fletamentos, en general y de los conocimientos, en particular.

 

 

CONRAD, Johannes

Notable economista y estadístico alemán, uno de los coautores del monumental Handworterbuch der Staatswissenschatten (1839-1915). Su posición se destaca entre los partidarios de la intervención del Estado en la dirección de la economía. Es autor de Leittaden zum Studium der NationalOkonomie (1901) y de Grundriss zum Studium der politischen okonomie (4 vols. 1896-1910).

 

 

 

 


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