Tesis doctorales de Ciencias Sociales

EL IMPACTO TRIBUTARIO DE LA ECONOMÍA INFORMAL EN MÉXICO. EN BUSCA DE UNA PROPUESTA ESTRUCTURAL

Emigdio Archundia Fernández




 

Esta página muestra parte del texto pero sin formato.
Puede bajarse la tesis completa en PDF comprimido ZIP (336 páginas, 1.66 Mb) pulsando aquí

 

 

 

 

Qué son los Impuestos

Un impuesto o tributo es un pago al Estado, de carácter obligatorio, que consiste en el retiro monetario que realiza el Gobierno sobre los recursos de las personas y empresas.

La forma de gravar ha evolucionado a lo largo del tiempo y los sistemas fiscales se han hecho cada vez más complejos. En parte, esto se explica porque los impuestos cambian la asignación de recursos, lo cual genera efectos sociales y económicos importantes. Por ejemplo, los impuestos reducen el nivel de ingresos de las personas y aumentan los precios de los bienes y servicios. Su existencia se justifica porque en principio, el Estado le devuelve a la sociedad esa extracción impositiva a través de bienes públicos, como la educación pública, los servicios como la energía eléctrica, la impartición de justicia y la seguridad. Sin embargo, obligados por la necesidad de tener recursos, el reto para los Gobiernos ha sido afinar sus políticas de impuestos, con objeto de no castigar demasiado el ingreso y la marcha de la economía.

Por ejemplo, para no perjudicar a los que menos ganan, el impuesto se retira en forma proporcional a la capacidad económica de quien paga dicho impuesto.

Esto se logra con un sistema de impuestos conocido como progresivo, donde quien más gana, paga proporcionalmente más impuestos.

Por el contrario, se dice que un sistema impositivo es regresivo si extrae proporcionalmente mayores recursos a quien menos ingresos generan.

Obviamente, un sistema regresivo no es deseable porque es desproporcional y genera injusticia. Además de proveer bienes y servicios, el Gobierno debe procurar igualdad de oportunidades (de educación, vivienda, cultura, etc.) entre los miembros de una sociedad.

Ahora bien, la progresividad o regresividad puede medirse no sólo en función de la existencia de una tarifa. Esas características atienden, de igual forma, al sistema de un impuesto o al sistema impositivo en su conjunto. Al pensar en una reforma fiscal, por ejemplo, hay que analizar y evaluar la progresividad o regresividad de un sistema impositivo como un todo, para saber qué tan justo, proporcional y equitativo resulta y hacia dónde deben dirigirse los cambios. En primera instancia, se puede apreciar la regresividad en ciertos impuestos, tal es el caso del IVA, actualmente la tasa del impuesto en el país es del 15%, en zonas fronterizas es del 10%, existe una tasa que atiende los actos o actividades señalados en el Artículo 2-A de la Ley del IVA, que aplica la tasa del 0% además de los exentos, todo ello deja ver que los sujetos que mayores ingresos obtienen, en ciertos productos básicos se les aplica la tasa del 0% que de igual forma se aplica a quien recibe un salario mínimo, este aspecto, en una reforma fiscal de fondo debe ser atendido de manera precisa y equitativa, buscando la progresividad mencionada.

Dentro de las probables sugerencias a los cambios fiscales pueden ser elevar las tasas en uno o dos porciento prevaleciendo las condiciones actuales, otra prospectiva de cambio que puede resultar y lograr una supuesta mayor progresividad, es la eliminación de la tasa 0%, pasando estos productos a exentos, esto agrava el problema actual ya que la regresividad del IVA resulta es mayor, ya que el contribuyente que tenga ingresos por actos o actividades exentos, será quien resulte directamente afectado, toda vez que, no podrá acreditar el IVA y deberá enviarlo a resultados con un impacto de ahorro fiscal solamente del 28 %, siendo que cuando estaba en tasa 0% podía acreditar el impuesto pagado o bien solicitar la devolución impacto esta posible reforma que dentro de la prospectiva que en el H. Congreso de la Unión pudiese darse como se comenta en los círculos fiscales, generando con ello un impacto inflacionario producto de incorporar el IVA al costo.

Por otro lado, una de las principales funciones del Estado en las sociedades modernas, es la de procurar el bienestar entre el conjunto de sus ciudadanos mediante los impuestos y, sobre todo, mediante el gasto, los Gobiernos pueden hacer transferencias entre los grupos de mayores ingresos y los grupos pobres, en aras de fomentar la igualdad de oportunidades entre los miembros de la sociedad.

En México, las condiciones para lograr un desarrollo armónico dentro de la sociedad, es ciertamente cuestionado, la captación de recursos vía impuestos ha ido mermando derivado de la presencia de la economía informal, la corrupción y la evasión de impuestos, éstos, han ido decayendo por la constante presencia de sujetos que omiten la obligación de contribuir al gasto público y el Estado no ha sido capaz de incorporarlos, toda vez que, una reforma fiscal de fondo no ha operado como consecuencia de falta- a nuestro juicio-, de un estudio debidamente soportado con argumentos suficientes que alejen el riesgo de ser politizado por falta de sentido social y una justificación de sustento, ya que hasta ahora, ha sido una propuesta unilateral del Estado, dejando ver que solo es con el fin de lograr captar recursos de quienes han contribuido hasta la fecha para alcanzar unas finanzas sanas del Gobierno y no una urgente necesidad de atender equitativamente el desarrollo del país de manera responsable, justa, progresiva y con una base de contribuyentes no suficientemente amplia que permita salir del rezago económico que en términos tributarios se encuentra el país.

Una reforma fiscal verdadera se verá manejada de manera amplia al momento de que la propuesta fiscal que genere el resultado de la presente tesis doctoral, permita posicionar en términos de propuesta, un diseño inicial de trabajo en pro de una reforma fiscal integral, es decir, que dentro de los trabajos que se puedan realizar en torno a una innovadora propuesta debe de reunir los siguientes elementos básicos pero sencillos:

1. Debe de reconocerse el problema grave de desfasamiento fiscal del país.

2. Debe dejarse de lado los intereses políticos partidistas toda vez que, el Gobierno incluye a los Diputados y Senadores; es por ello que el interés es de todos, ya que el manejo del Gobierno lo realizan todos; al quedar al frente del mismo el partido que sea –ya se vio en la práctica con el PAN-, se opuso siempre a las reformas estructurales de impuestos generalizados como oposición, ahora, es él quien propone lo mismo y se opone el entonces partido en el poder PRI - un círculo vicioso-.

3. Realizar los trabajos con rigor científico, es decir, mediante el aporte de investigaciones metodológicamente soportadas, que sustenten las propuestas, los datos, las referencias, las encuestas, los estudios, diagnósticos, estadísticas y sensibilidad social, entre otros.

4. Una gran cruzada nacional que permita reunir los grandes líderes del tema tributario, los Gremios, Colegios, Autoridades, Centros de Estudios e Investigación y Universidades. En este evento, el objetivo es determinar una meta única que arroje un trabajo serio, compacto, con estudios que argumenten fehacientemente la realidad del país, con estadísticas científicamente comprobadas donde se reflejen los aspectos fundamentales de alcances, soportes, sectores, regiones, tasas, exenciones y cualquier otro elemento que coadyuve a determinar un modelo fiscal sustentable.

5. La temporalidad a realizar el trabajo deberá definirse en conjunto, con todos los elementos, recursos, honorarios, presupuestos y en un año deberá entregarse al H. Congreso de la Unión, un documento único en el mundo, fundamentado y motivado con respaldo jurídico.

6. La oposición realizada por intereses partidistas deberá argumentar de manera sólida el rechazo y de igual manera la consecuencia de los mandantes –en este caso son los ciudadanos-, quienes postularon a los políticos quienes deben llevar los intereses de la sociedad y para la sociedad.

Clasificación de los Impuestos.

Como resultado del análisis en la presente tesis y de igual forma, marco que permita abordar el contexto de una posible propuesta de impacto, a continuación se presenta una clasificación abordada desde diferentes enfoques tales como:

Si los impuestos son reales o son impuestos personales.

Se consideran impuestos reales aquellos en que se prescinde de las condiciones personales del contribuyente y del total de su patrimonio o renta, aplicándose el impuesto solo sobre una manifestación objetiva y aislada de riqueza o capacidad contributiva; como ejemplo podemos mencionar el impuesto predial, la tenencia o traslado de dominio en caso de impuestos municipales.

En contrasentido, los impuestos personales, el impacto tributario recaen, sobre el total de la capacidad tributaria del sujeto, teniendo en consideración su especial situación, como ejemplo preciso podemos mencionar el impuesto sobre la renta que grava el incremento de patrimonio de la persona en particular.

Impuestos Generales e Impuestos Especiales.

Esta clasificación está fundada en enfrentar los impuestos que recaen sobre un valor determinado o una situación estimada globalmente a los que, por el contrario, no gravan más que un elemento de la misma. Los primeros se llaman sintéticos, impuestos generales o impuestos universales; los segundos se llaman analíticos, particulares o especiales.

El caso del Impuesto al Valor Agregado es un claro ejemplo de impuesto general, ya que grava genéricamente los actos o actividades en la enajenación de bienes y servicios, es un impuesto universal en el contexto mexicano, en contraparte un impuesto especial, analítico o particular resulta como ejemplo el Impuesto Especial sobre Producción y Servicios ya que grava entre otros productos, la enajenación de gasolina, tabaco, bebidas alcohólicas y de igual forma, el Impuesto Sobre Automóviles Nuevos, todos ellos son impuestos especiales, analíticos o particulares en nuestra legislación.

Impuesto sobre el Capital, la Renta y el Consumo.

Los recursos económicos gravados por el Impuesto, son la base fundamental como criterio general distinguiendo tres clases, entre ellas podemos mencionar al Impuesto Sobre la Renta, Impuesto Sobre el Capital y el Impuesto sobre el gasto o consumo.

El Impuesto Sobre la Renta.

El ISR como mejor se conoce, se propone gravar la riqueza generada, la renta está constituida esencialmente por los ingresos del contribuyente, el incremento de su patrimonio, ya sea que provenga de su trabajo, del rendimiento de su capital o de la conjunción de ambos.

Existen diferentes clases de renta, la primera que se considera pertinente citar es la renta bruta, que es aquella que se razona sin deducciones de las erogaciones que requiere la producción de esa renta, por citar algún ejemplo es el caso de los sujetos del Régimen de Pequeños Contribuyentes (Título IV, Capítulo II Secc. II de la LISR), donde el ingreso que perciben sirve de base para el cálculo del Impuesto Sobre la Renta, sin considerar las deducciones estrictamente indispensables para la obtención del ingreso o bien el ejemplo de las personas que obtienen sus ingresos por sueldos y salarios, quienes contribuyen al gasto público aplicando la tarifa de impuestos directamente a su salario (Título IV Capítulo I de la LISR:2009).

La renta neta como se llama, es aquella que resulta de que a la renta bruta se le deduzcan los gastos y costos respectivos de esa renta. A este tipo de renta se aproxima el ingreso gravable del impuesto sobre la renta de las personas morales con fines lucrativos gravados por el Título II de la Ley del Impuesto Sobre la Renta y de las personas físicas con actividad empresarial señalados en el Título IV Capítulo II Sección I y II, del mencionado ordenamiento llamada también utilidad fiscal.

En el caso de la renta libre, es la que resulta al contribuyente después de deducir no solo los gastos y costos originados por la renta, sino también las cargas de toda clase que pudiesen recaer sobre ella. Como ejemplo se señala la renta obtenida por las personas físicas cuando realizan las llamadas deducciones personales que se efectúan al término del ejercicio y que tienen la función de enfrentar las deducciones de carácter estricto en la vida de la persona física que no tiene relación directa con la renta, como ejemplo de ellas podemos mencionar los gastos médicos y hospitalarios, los gastos funerales, entre otros.

Impuesto sobre el Capital.

El impuesto sobre el capital es aquel que grava la riqueza ya adquirida por los contribuyentes; será necesario distinguir entre el capital como materia imponible y el capital como base y fuente de impuestos, siendo el primero la materia de algunos impuestos tal es el caso del impuesto predial y el impuesto sobre la tenencia o uso de automóviles.

El capital puede ser la base de un impuesto que puede tener como fuente el propio capital o la renta que produce éste. Esto se puede apreciar en la potestad que tiene el fisco federal al determinar la base del impuesto, basando su presunción en las rentas cobradas por los arrendadores de inmuebles.

Impuesto sobre el Gasto o Consumo.

En este rubro se perciben los impuestos indirectos sobre el consumo, como es el caso del impuesto al valor agregado y el impuesto especial sobre producción y servicios.

Impuestos según los sujetos del gravamen.

1. Sujeto Activo

De acuerdo a esta clasificación el sujeto activo de los impuestos puede ser federal, estatal o municipal, en función a que el acreedor de la prestación tributaria sea cualquiera de los tres niveles de gobierno de acuerdo a la exigencia según el sujeto y objeto del impuesto.

2. Clasificación de acuerdo al sujeto pasivo.

El sujeto pasivo en los impuestos son aquellos determinados por la Ley tributaria donde el sujeto obligado al pago de las contribuciones está debidamente determinado por su condición y su situación jurídica o de hecho.

Clasificación según el período de tiempo en que se desarrollan.

Comúnmente se les llama impuestos periódicos a aquellos cuyo presupuesto es un estado de cosas que se repite en el tiempo, un estado permanente o de cierta duración. En contrario, los impuestos instantáneos son aquellos cuyo presupuesto de hecho es una acción, es decir, un acto aislado y único que se agota en sí mismo como puede ser el Impuesto Estatal sobre adquisición de bienes muebles no afectos al pago del Impuesto al Valor Agregado o bien el impuesto por honorarios esporádicos.

Clasificación según la elasticidad y estabilidad del impuesto.

El impuesto es estable si no sigue éste los vaivenes de la articulación, su rendimiento no aumenta cuando la renta o producción aumente o en períodos de auge, y de igual manera no cambia cuando existe déficit. Un caso preciso es el impuesto predial que es asignado al valor catastral del bien base del impuesto Predial.

El impuesto es elástico cuando una elevación de la alícuota impositiva no provoca una contracción de la materia imponible que anule los efectos del aumento producido, tal es el caso del impuesto que grava la producción de tabaco.

Clasificación según la proporción con la base.

En esta clasificación se señala que los impuestos pueden ser proporcionales o progresivos, según que la tasa del impuesto sea proporcional o progresiva existiendo varias clases de progresividad.

En el caso de la proporcionalidad es aquel en el que se mantiene una relación entre su cuantía y el valor de la riqueza gravada, es el caso del Impuesto Sobre la Renta, donde una tasa permanente afecta de manera fija la riqueza o aumento de patrimonio obtenido siendo un 28% actualmente. En el caso del impuesto progresivo, es aquel en que la relación de la cuantía del impuesto con relación al valor de la riqueza gravada, aumenta a medida que aumenta el valor de ésta, como es el caso del impuesto sobre la renta para las personas físicas donde quien más gana, más paga impuesto.


Grupo EUMEDNET de la Universidad de Málaga Mensajes cristianos

Venta, Reparación y Liberación de Teléfonos Móviles
Enciclopedia Virtual
Biblioteca Virtual
Servicios