Tesis doctorales de Ciencias Sociales


ANÁLISIS DE LAS DIFICULTADES FINANCIERAS DE LAS EMPRESAS EN UNA ECONOMÍA EMERGENTE: LAS BASES DE DATOS Y LAS VARIABLES INDEPENDIENTES EN EL SECTOR HOTELERO DE LA BOLSA MEXICANA DE VALORES

Alberto Ibarra Mares



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6.3.2. RENTABILIDAD DE LA EXPLOTACION (Ratios 1 y 2 del modelo)

La primera magnitud sobre la rentabilidad es una cantidad absoluta que se denomina Rentabilidad o Beneficio Bruto (ingresos totales menos coste de ventas). Posteriormente, la rentabilidad de la explotación resulta de deducir al beneficio bruto, los gastos de operación (de ventas y administrativos). Esto nos da como resultado el primer criterio denominado: rentabilidad de la explotación. Si a este tipo de rentabilidad sumamos o restamos, según sea el caso, los resultados extraordinarios y los resultados ajenos a la explotación normal de la empresa, obtendremos un segundo criterio denominado: rentabilidad de la explotación total de la empresa.

Para Vergés (1997) la rentabilidad de la explotación tiene un sentido técnico- económico de actividad principal, básica o propia de la empresa, y su diferencia con respecto a la rentabilidad de la empresa (cuyo sentido es jurídico) está marcada por la magnitud de aquellas actividades extraordinarias o ajenas al giro principal de la empresa y de sus correspondientes inversiones en activos que se destinaron para ésta. Sin embargo, cuando esas actividades e inversiones se vuelven cíclicas y continuas, entonces se debe de reconsiderar su carácter extraordinario. Esto es importante porque si la rentabilidad en actividades extraordinarias a la explotación supera a la rentabilidad normal de la explotación, la tasa de rentabilidad de la empresa mejora con respecto a las dos tasas de explotación (la marginal y la total).

Es común que se considere a la rentabilidad de la explotación normal como la magnitud más representativa de la rentabilidad económica, pues esta tasa no incluye: resultados extraordinarios, activos ajenos a la marcha ordinaria del negocio o importes por concepto de ingresos financieros. Este último componente, que forma parte de la rentabilidad financiera, funciona por lo regular de forma secundaria como condicionante de la rentabilidad final. Además, se puede ver que de los dos criterios para la determinación del beneficio de la explotación, prevalece el de la rentabilidad normal de la explotación, pues esta magnitud no está influida por la política financiera ni por otros resultados extraordinarios que distorsiona significativamente al ratio.

6.3.3. RENTABILIDAD DE LA EMPRESA (Ratios 4 y 5 del modelo)

El cálculo para estimar la rentabilidad de la empresa se obtiene sumando o restando, según sea el caso, al beneficio normal de explotación, el resultado extraordinario de la explotación. Pero además, se deducen los intereses (1º criterio) o los impuestos (2º criterio).

Aunque esta magnitud no es de uso común, a través del cálculo de diferentes criterios de rentabilidad, y donde el numerador está representado por el beneficio de la empresa, es posible sustituirlo por otras magnitudes más innovadoras como por ejemplo, el cash flow tradicional de la empresa (beneficios netos + amortizaciones). Esto consiste en sumar al numerador todos los gastos de amortización del período. A esta magnitud se le conoce como: tasa de rentabilidad bruta o tasa de rentabilidad financiera de la inversión total.

Siguiendo este criterio, Vergés nos dice que cuando una empresa está autofinanciada y sólo tiene exigible comercial proveniente principalmente de los proveedores, la rentabilidad de la empresa coincide con la rentabilidad de los recursos propios. Esto se debe a que en ciertos países, el pasivo comercial (pasivo a corto plazo) no genera intereses durante el período de contratación, que normalmente va de los treinta hasta los noventa días. En cambio, el exigible o pasivo financiero, que normalmente no incluye a proveedores, siempre genera intereses independientemente del período que comprenda la liquidación del principal y el coste de financiación.

La anterior situación puede llevar a que se prescinda de la práctica clásica de clasificar a los pasivos como circulantes o fijos (largo plazo), y en cambio, se sustituyan por los conceptos de exigible comercial y exigible financiero. Según este último criterio, si se utilizan los recursos financieros ajenos, entonces surge una diferencia entre la rentabilidad de la empresa y la rentabilidad de los capitales propios. Esto se da porque los costes financieros de los créditos contratados al ser inferiores a la rentabilidad real obtenida por la empresa, originan un aumento en la tasa de rendimiento obtenida sobre la inversión propia ya que existe un apalancamiento financiero. Por otra parte, si la rentabilidad de la empresa es mayor al coste de financiación ajeno, la mejora de esa rentabilidad sobre los recursos propios dependerá de la diferencia y de la importancia relativa de la financiación ajena.

Aunque lo anterior es muy común en economías industrializadas y con variables macroeconómicas sanas y estables, no hay que olvidar que su contexto se inscribe sólo en economías donde el pasivo comercial no genera intereses durante el período de contratación, ya que la existencia del componente exigible comercial no opera de igual forma en todas las economías, pues en ciertos casos, tanto el exigible comercial como el exigible financiero sí generan intereses normalmente a partir de transcurridos treinta días de contratado el pasivo.

La rentabilidad de los recursos propios depende de forma inmediata de tres factores que son: a) la rentabilidad de la empresa como unidad de producción; b) el coste de capital ajeno; y ; c) de la importancia relativa del coste ajeno con respecto a los recursos propios.


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