Tesis doctorales de Economía


COMPETITIVIDAD SOSTENIBLE DE LOS ESPACIOS NATURALES PROTEGIDOS COMO DESTINOS TURÍSTICOS. UN ANÁLISIS COMPARATIVO DE LOS PARQUES NATURALES SIERRA DE ARACENA Y PICOS DE AROCHE Y SIERRAS DE CAZORLA, SEGURA Y LAS VILLAS

David Flores Ruiz


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4.2.2.3. Figuras de protección

No obstante, estas declaraciones de las áreas naturales protegidas han seguido distintos criterios, los cuales han ido cambiando a lo largo de la historia de la conservación. Así, en base a estos criterios se pueden identificar varias etapas en la declaración de los espacios naturales en función a los objetivos a alcanzar con la protección de los mismos. De esta forma, entre los criterios que se han ido considerando a la hora de declarar determinados territorios como espacios naturales protegidos nos encontramos los siguientes:

- Los primeros criterios se centraban en valores paisajísticos y museísticos -concepción conservacionista-. Estos criterios consideraban a los espacios naturales protegidos como auténticas islas dentro del territorio ocupado por la comunidad, suponiendo, por tanto, un enfrentamiento entre las funciones de protección y las actividades económicas de estas comunidades .

- Posteriormente, se pasó a valorar más aquellos criterios que hacían referencia al interés científico de determinados espacios -conservacionismo científico-, de tal forma que a partir de este momento ya no se le concede tanta importancia a los valores paisajísticos y estéticos de estos espacios.

- Por último, y muy relacionado con el paradigma de relaciones de complementariedad entre Economía y Naturaleza, comentadas anteriormente, a partir de las décadas de los setenta y ochenta comienzan a adquirir importancia aquellos criterios fundamentados en la necesidad de compatibilizar el buen estado de conservación natural de determinadas áreas con el desarrollo socioeconómico de sus habitantes -concepción del desarrollo sostenible-.

En este sentido, y muy relacionado con estas tres etapas, Marchena et al (1992) consideran que la historia de la protección de los espacios naturales ha estado dominada por ideas y criterios “E”, es decir, Estéticos, Económicos y Ecológicos. De tal forma que este cambio de criterios se ha ido produciendo de acuerdo con factores de distinta naturaleza, tales como la evolución del conocimiento científico, los intereses políticos o, incluso, ciertas ideas considerables de moda en algún momento. Así pues, el paradigma en el que se han encontrado en cada momento las relaciones entre Economía y Medioambiente ha sido decisivo a la hora de influir en la protección legal de determinadas áreas naturales.

Y como consecuencia de estos múltiples criterios se han ido creando una gran diversidad de figuras de protección, por lo que aún hoy en día prevalece una cierta confusión terminológica y un uso indiscriminado de la misma o de distintas figuras de protección. Por lo que, consciente de ello, buscando la homogeneización, la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (UICN) ha creado un sistema de seis categorías de áreas protegidas que se definen en función de su objetivo primordial, tal y como aparece recogido a continuación (UICN, 1994):

- Categoría I (Reserva Natural Estricta/Área Natural Silvestre): Área protegida manejada principalmente con fines científicos o con fines de protección de la naturaleza.

- Categoría II (Parque Nacional): Área protegida manejada principalmente para la conservación de ecosistemas y con fines de recreación.

- Categoría III (Monumento Natural): Área protegida manejada fundamentalmente para la conservación de características naturales específicas.

- Categoría IV (Área de manejo de Hábitats/Especies): Áreas protegidas manejadas principalmente para la conservación, con intervención a nivel de gestión.

- Categoría V (Paisaje Terrestre y Marino Protegido): Área protegida manejada principalmente para la conservación de paisajes terrestres y marinos con fines recreativos.

- Categoría VI (Área Protegida con Recursos Manejados): Área protegida manejada principalmente para la utilización sostenible de los ecosistemas naturales.

Esta categorización que realiza la UICN (1994) se ajusta a los siguientes objetivos de gestión: investigación científica, protección de zonas silvestres, preservación de especies y diversidad genética, protección de características naturales y culturales específicas, turismo y recreación, educación y, por último, utilización sostenible de los recursos derivados de ecosistemas naturales y mantenimiento de atributos culturales y tradicionales. En este sentido, durante el V Congreso Mundial de Parques, celebrado en Durban, en 2003, se considera la necesidad de reconocer las diferentes formas de gestión existentes para cada una de estas categorías.

Por su parte, las categorías de espacios naturales protegidos que establece la Ley 4/1989, de 27 de marzo, de conservación de los Espacios Naturales y de la Flora y Fauna Silvestres, para el caso español, son: Parques Nacionales, Parques Naturales, Reservas Naturales, Monumentos Naturales y Paisajes Protegidos. Si bien, las Comunidades Autónomas tienen competencias para establecer nuevas figuras de protección, lo que ha dado lugar, al igual que ocurre a nivel internacional, a una gran diversidad de éstas. No obstante, más del 70% de la superficie protegida en España lo está bajo la figura de Parque Natural, por lo que el desarrollo de la misma es la que mayor atención y esfuerzo está recibiendo por parte de las administraciones públicas.

A partir de la clasificación que hace la UICN podemos concluir que el turismo y la recreación son objetivos de manejo en buena parte de los tipos de áreas protegidas consideradas. Así, Paul et al (2003:9) recogen que en la evolución que puede observarse en el sistema de gestión de áreas protegidas de la UICN, la conservación de la biodiversidad se sitúa como punto de partida, si bien, este sistema, reconoce a la vez la importancia de otros objetivos de esas zonas como pueden ser el esparcimiento y el turismo. También la Ley 4/1989, de 27 de marzo, de conservación de los Espacios Naturales y de la Flora y Fauna Silvestres, para el caso español, establece como uno de los fines de los espacios naturales protegidos conservar aquellas áreas y elementos naturales que ofrezcan un interés singular desde el punto de vista científico, cultural, educativo, estético, paisajístico y recreativo.

En este sentido, debe decirse que, si bien las administraciones comenzaron a utilizar la ecología como concepto coordinador para la creación de nuevos parques, cuando los parajes más interesantes desde el punto de vista natural o cultural de un país se enmarcan en un área protegida, se produce una tendencia natural a que la gente desee visitar esos entornos. De esta forma, el turismo comienza a crecer en buena parte de los espacios naturales protegidos, convirtiéndose en un elemento importante de la cultura de nuestra sociedad.

Así pues, es probable que en los próximos decenios la evolución de la comprensión de la incidencia económica del turismo en los espacios naturales protegidos conduzca a un tratamiento más sistemático del mismo. De tal forma que llegue un día en que el sistema de parques se entienda dentro del marco de un sistema de turismo de parques, además de en el sistema ecológico (Paul et al, 2003). Por consiguiente, teniendo en cuenta las estrechas relaciones que se establece entre la actividad turística y las declaraciones de determinadas categoría de espacios naturales protegidos, se hace necesario profundizar en las implicaciones que puede tener esta actividad en la gestión de los mismos, en general, así como en la gestión turística, en particular, atendiendo a los criterios de sostenibilidad y competitividad. No obstante, antes de profundizar en ello nos aproximamos al concepto de turismo de naturaleza, sobre el cual gira el desarrollo de esta actividad en este tipo de destinos.


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