Revista: CCCSS Contribuciones a las Ciencias Sociales
ISSN: 1988-7833


EL DESCONOCIMIENTO DEL SISTEMA DE PENSIONES VIGENTE DE LA POBLACIÓN ECONÓMICAMENTE ACTIVA EN CIUDAD VALLES, S.L.P.

Autores e infomación del artículo

Mónica Garza Márquez
Estudiante

Agustín Hernández Félix
Estudiante

Avelardo López Fuentes
Docente

Universidad Autónoma de San Luis Potosí, México

monika11_gm@hotmail.com

RESUMEN
Con el presente trabajo de investigación se pretende explicar a grandes rasgos el sistema de pensiones vigente, así como también dar a  conocer que proporción de la Población Económicamente Activa de la zona urbana de Ciudad Valles conoce el sistema de pensiones vigente.
Este documento va dirigida a la población económicamente activa, pero más que nada a los jóvenes trabajadores, a quienes van iniciando o están por iniciar su cotización en el IMSS para concientizar la importancia del conocimiento sobre el sistema de pensiones y las aportaciones individuales para que al fin de su vida laboral puedan tener una vida cómoda y sin preocupaciones por su estabilidad económica.
Para esto se realizó un trabajo de campo, el cual consistió en la aplicación de una encuesta a la población económicamente activa de la zona urbana de Ciudad Valles.
Lo cual nos permitió darnos cuenta de que Más del 50% de la P.E.A conoce el nuevo sistema de pensiones vigente.
Palabras clave: Pensión, aportación, voluntaria, ganancia, calidad de vida.
Clasificación JEL: G23, JEL: D14, JEL: D83, JEL: D31, JEL: D61.

ABSTRACT
This research aims to explain in general the current pension system, as well as to inform that the proportion of the economically active population of the urban area of ​​Ciudad Valles knows the current pension system.
This document is aimed at the economically active population, but above all the young workers, who are starting or are about to start their contribution in the IMSS to raise awareness about the importance of knowledge about the pension system and individual contributions so that the End of their working life can have a comfortable life and no worries about their economic stability.
For this, a field work was carried out, which consisted of the application of a survey to the economically active population of the urban area of ​​Ciudad Valles.
This allowed us to realize that more than 50% of the EAP knows the new pension system in force.
Key words: Pension - contribution - voluntary - profit - quality of life.
JEL classification: G23, JEL: D14, JEL: D83, JEL: D31, JEL: D61.



Para citar este artículo puede utilizar el siguiente formato:

Mónica Garza Márquez, Agustín Hernández Félix y Avelardo López Fuentes (2017): “El desconocimiento del sistema de pensiones vigente de la población económicamente activa en Ciudad Valles, S.L.P.”, Revista Contribuciones a las Ciencias Sociales, (enero-marzo 2017). En línea:
http://www.eumed.net/rev/cccss/2017/01/pension.html

http://hdl.handle.net/20.500.11763/cccss1701pension


1. Descripción del problema

Durante las últimas décadas el país ha realizado reformas a los sistemas de pensiones, dejando de lado al esquema de beneficios no definidos para implementar un esquema de contribución individual.
Es importante tener presente que la pensión derivada de una Administradora de Fondos para el Retiro (AFORE) establecida por alguna institución, empresa o por el mismo estado, es un ahorro a futuro que culminará con un retiro digno, para que se asegure una buena calidad de vida en la vejez.
Para tener derecho al goce de las prestaciones del seguro de vejez, la nueva ley del seguro social exige que el asegurado haya cumplido por lo menos 65 años de edad y tenga reconocidas por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) un mínimo de 1250 semanas cotizadas, ahora mucha gente desconoce la estructura de este sistema de pensiones, las características las ventajas y viabilidad que este posee, también no sabe que las aportaciones que hace a las AFORES son invertidas para obtener una utilidad y así incrementar el capital. Los trabajadores tienen incertidumbre en cuanto a la implementación de los fondos recaudados por parte de las AFORES.
Existen varios factores que dificultan a los trabajadores realizar aportaciones para su pensión los cuales son: niveles de ingresos, la estructura del sistema de pensiones; ya que la mayor carga es para el patrón y actualmente está establecido fiscalmente un tope para la deducción de las aportaciones que hace, lo cual es poco atractivo y por último la educación financiera.

2. METODO
Abordar el tema de las pensiones es de suma importancia debido a que gran parte de la sociedad desconoce la estructura del sistema de pensiones vigente, y cabe mencionar que es la razón por la cual la población económicamente activa tiene incertidumbre sobre el destino que se les da a sus aportaciones, por lo que prefieren no aportar a la cuenta de retiro.
Es por eso que el presente estudio de investigación pretende dar a conocer cómo funciona el sistema de pensiones, así como las ventajas y desventajas que este tiene. También se hablará acerca de las AFORES, de los rendimientos que se obtienen, las comisiones y los servicios que otorgan.
El crecimiento demográfico se incrementa incontrolablemente y las oportunidades de empleo se reducen, debido a que el mercado laboral cada vez se vuelve más competitivo y para subsistir es necesario realizar algún tipo de actividad que genere ingresos; nos encontramos con un problema que debe atenderse lo más pronto posible y que es de gran importancia para los jóvenes y toda la sociedad. Inculcar la educación financiera desde la temprana edad sería una buena estrategia para concientizar a los niños y generar una cultura del ahorro.
El objetivo de esta investigación es determinar la proporción de la población económicamente activa de la zona urbana de Cd. Valles que tiene conocimiento acerca del sistema de pensiones actual, así mismo ampliar el panorama de la perspectiva que tiene el trabajador con respecto a la aportación que realiza a la AFORE en  que está inscrito.
Se aplicaron encuestas con forme a una formula muestral para responder a la pregunta de investigación siguiente ¿La sociedad vallense económicamente activa de la zona urbana, conoce el esquema de pensiones vigente?, con esta pregunta se crearon hipótesis que nos fueron permitiendo cumplir con el objetivo de la investigación.
Entre un 49% y 50% conoce el sistema de pensiones vigente
Más del 50% conoce el nuevo sistema de pensiones vigente.
Menos de un 40% conoce el sistema de pensiones vigente.

Esta investigación está limitada a la población económicamente activa de la zona urbana de ciudad Valles, S.L.P. Y se llevara cabo durante el periodo marzo-diciembre 2016.

3. Antecedentes históricos del tema

La reforma en México inicia en 1992 con la creación del Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR), programa complementario a los ya existentes que in­volucraba una aportación de 2 por ciento del salario base de cotización (SBC) para retiro y 5 por ciento para vivienda, recursos que se registraban de manera individual y se acumulaban en el Banco Central. Sin embargo, el paso decisivo fue la aprobación, en 1995, de la reforma al programa del IMSS, que cubre a trabajadores del sector privado formal y que entró en vi­gor el 1º de julio de 1997. Esta reforma significó la sustitución del esquema de reparto y beneficios definidos por uno de capitalización total, basado en cuentas individuales.
La reforma solamente incluye el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) obligatorio principalmente para los trabajadores del sector privado.
Tienen derecho al aseguramiento en el régimen obligatorio del IMSS las personas físicas                     bajo dos esquemas:
a) Sujetos de aseguramiento obligatorio, definidos como: las personas que se encuentren vinculadas a otras, de manera permanente o eventual, por una relación de trabajo; los miembros de sociedades cooperativas de producción, y las personas que determine el Ejecutivo Federal a través del Decreto respectivo, bajo los términos y condiciones que señala esta Ley.1                                     
b) Sujetos de aseguramiento voluntario al régimen obligatorio, pudiendo optar por dicha incorporación: los trabajadores en industrias familiares y los independientes, como profesionales, comerciantes en pequeño, artesanos y demás trabajadores no asalariados; los trabajadores domésticos; los ejidatarios, comuneros, colonos y pequeños propietarios; los patrones personas físicas con trabajadores asegurados a su servicio, y los trabajadores al servicio de las administraciones públicas de la Federación, entidades federativas y municipios que estén excluidas o no comprendidas en otras leyes o decretos como sujetos de seguridad social.2

4. Marco teórico

4.1. Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR)

El sistema de horro para el retiro se integra a partir del ahorro individual de cada trabajador, para unificarlo en un ahorro nacional. Con base a este ahorro se pretende garantizar a la P.E.A. un ingreso proporcional al aportado durante toda una vida laboral activa, para que cuando llegue el momento de su retiro o etapa pasiva los asegurados reciban un ingreso equivalente a las aportaciones que acumularon en sus cuentas individuales.
El sistema de pensiones vigente es muy claro y dice que el trabajador durante la vida laboral habrá de prever su retiro, por lo cual se puede decir que quien más cotice y realice aportaciones voluntarias, más acumulara en su cuenta individual, como consecuencia el trabajador obtendrá un mejor retiro, por lo que se puede afirmar que el sistema de pensiones vigente tiene sus ventajas porque cada trabajador conoce los fondos que ha recaudado, ya que la AFORE en la que este afiliado tiene la obligación de proporcionarle por lo menos 2 estados de cuenta al año.
Aspectos positivos de este sistema de capitalización son que aumenta la responsabilidad individual de cada trabajador, ya que lo que recibirá como pensionista depende de sus aportaciones individuales siendo cotizante. Muy importante es resaltar que los cambios demográficos no afectan este sistema.

4.2. Estructura del SAR

El órgano rector del SAR, es la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el retiro (CONSAR), y los intermediarios financieros encargadas de administrar los recursos recaudados a nivel nacional son las siguientes:
Las Administradoras de Fondos para el Retiro (AFORE), estas organizaciones se dedican exclusivamente a administrar las cuentas individuales del SAR correspondientes a los asegurados del IMSS e INFONAVIT.
Las Sociedades de Inversión Especializadas de Fondos para el Retiro (SIEFORE), son empresas que serán administradas y operadas por las AFORE, y su objetivo es la inversión de los recursos provenientes de la recaudación de las cuentas individuales para obtener una ganancia o rendimiento.
Las Empresas Operadoras de la Base de Datos Nacional SAR (BDNSAR), son las encargadas de administrar los datos del sistema, propiedad del gobierno federal.
La base de datos está conformada por la información procedente de los sistemas de ahorro para el retiro, conteniendo la información individual de cada trabajador y el registro de la administradora o institución de crédito en que cada uno de éstos se encuentra registrado.
Los objetivos que tiene el sistema de pensiones vigente son los siguientes:

  1. Que los trabajadores obtengan una mejor pensión en el momento de su retiro del campo laboral.
  2. Que en base al ahorro voluntario que hagan los asegurados en el SAR, incremente el ahorro interno del país.

4.3 Órganos que regulan el buen funcionamiento del sistema de pensiones

Para prever cualquier anomalía que se presente en el proceso de administración Los órganos que regulan el buen funcionamiento del sistema de pensiones son los siguientes:

4.4 La Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (CONSAR)

Es la que tiene la facultad de coordinar, regular, supervisar, organizar, operar y vigilar el sistema de ahorro y pensiones, para proteger los ahorros para el retiro de los trabajadores, desarrollando un entorno de competencia que permita el ejercicio informado de sus derechos, para que obtengan pensiones dignas, establecido en el artículo 2° de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.
La CONSAR tiene la facultad de ejercer control ante el SAR, desde la integración de los recursos, el manejo de las transacciones y operaciones que llevan a cabo las AFORES y SIEFORES, también supervisa las funciones y correspondencia de las aperadora de la Base de Datos Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro.
La Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro (LSAR) en el artículo 100 menciona las multas que van desde cien hasta veinte mil días de salario mínimo vigente en el Distrito Federal aplicables a las infracciones que  sean cometidos por los participantes del SAR, contralores normativos, consejeros independientes, consejeros, directores, administradores, funcionarios, apoderados, agentes, empleados y demás personas. Para los delitos estipulado en el artículo 103 de la LSAR con sanciones de tres a quince años de prisión con multa de doscientos a doce mil días de salario mínimo vigente del D.F.

4.5 Las Administradoras de Fondos para el Retiro (AFORE)

Son entidades financieras que se dedican a administrar las cuentas individuales de los trabajadores asegurados y a guiar los recursos de las subcuentas que la integran, las cuales son las siguientes: la subcuenta de seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez; la subcuenta de vivienda; y la subcuenta de aportaciones voluntarias. Se debe tener en cuenta que las AFORE están al mismo margen que las SIEFORES debido a que responderán solidariamente de todos los actos, operaciones y omisiones que realice con los recursos recaudados de los cotizantes en el SAR.

4.6 Las Sociedades de Inversión Especializada en Fondos para el Retiro (SIEFORE)

Como se mencionó anteriormente son intermediarias financieras las cuales están  administradas y operadas por las AFORE, estas tienen como principal objetivo la inversión de los recursos que se recaudan en las cuentas individuales SAR, la inversión de estos recursos se realiza por medio de acciones para generar rendimientos netos o ganancias netas en un periodo de tiempo determinado.
Fundamento legal Artículo 3° LSAR:
V bis. Rendimiento Neto, en singular o en plural, a los indicadores que reflejan los rendimientos menos las comisiones, que hayan obtenido los trabajadores por la inversión de sus recursos en las Sociedades de Inversión.”

Los recursos recaudados durante un periodo de tiempo estarán en una SIEFORE, estas empresas especiales manejan los recursos que pertenecen a los trabajadores, es decir que las aportaciones que hacen los trabajadores al SAR son las principales acciones que trabajan las AFORE, por lo que los trabajadores son los principales accionistas de las SIEFORE. La SIEFORE elegida invertirá todo el dinero en instrumentos financieros, tales pueden ser títulos o valores que son recibos o contratos que amparan dinero, en los contratos se definen las condiciones en que se presta el dinero. Los instrumentos financieros pueden ser vendidos en cualquier momento a un precio razonable, el cual estará determinado por las siguientes condiciones: rentabilidad, seguridad y riesgo, lo anterior mencionado es el proceso que lleva a cabo las SIEFORE al recibir los recursos económicos de los asegurados por parte de las AFORE.
La LSAR en el artículo 43 menciona lo siguiente:
“El régimen de inversión deberá tener como principal objetivo otorgar la mayor seguridad y rentabilidad de los recursos de los trabajadores. Asimismo, el régimen de inversión tenderá a incrementar el ahorro interno y el desarrollo de un mercado de instrumentos de largo plazo acorde con el sistema de pensiones. A tal efecto, proveerá que las inversiones se canalicen preponderantemente, a través de su colocación en valores, a fomentar:
a) La actividad productiva nacional;
b) La mayor generación de empleo;
c) La construcción de vivienda;
d) El desarrollo de infraestructura estratégica del país, y
e) El desarrollo regional.
Las sociedades de inversión deberán operar con valores, documentos, efectivo y los demás instrumentos que se establezcan en el régimen de inversión que mediante reglas de carácter general establezca la Comisión, oyendo previamente la opinión del Banco de México, de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores y del Comité Consultivo y de Vigilancia, debiendo ser favorable esta última. ” (Artículo reformado DOF 10-12-2002)
Lo anterior se refiere a que las inversiones realizadas por las SIEFORE deben otorgar la mayor seguridad y rentabilidad de los recursos económicos de los trabajadores asegurados.
La Bolsa Mexicana de Valores uno de los elementos del sistema financiero que opera en México, es un mercado nacional, que como en cualquier mercado, se venden, compran, revenden y recompran las mercancías, pero en este caso de la Bolsa de Valores se comercia con los valores bursátiles.

4.7 La Base de Datos Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (BDNSAR)

 El propietario de esta empresa es el Gobierno Federal, es la encargada de concentrar la información recabada del SAR a través del cómputo y sistematización.
La BDSAR trabaja a través de concesiones, y que en la actualidad la PROCESAR es la empresa que la opera.
El fundamento legal que se encuentra en la LSAR se muestra a continuación:
“Artículo 58.- Se declara de interés público la operación de la Base de Datos Nacional SAR que tiene por finalidad la identificación de las cuentas individuales en las administradoras e instituciones de crédito, la certificación de los registros de trabajadores en las mismas, el control de los procesos de traspasos, así como instruir al operador de la cuenta concentradora, sobre la distribución de los fondos de las cuotas recibidas a las administradoras correspondientes.
La prestación del servicio público a que se refiere este artículo se llevará a cabo por empresas operadoras que gocen de la concesión del Gobierno Federal, la que se otorgará discrecionalmente por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público oyendo la opinión de la Comisión para obtener la concesión, las empresas operadoras deberán, entre otros requisitos, constituirse como sociedades anónimas de capital variable, sólo podrán participar en su capital social las personas físicas o morales de nacionalidad mexicana y deberán tener íntegramente suscrito y pagado su capital mínimo exigido de conformidad con lo dispuesto por esta ley, así como por las bases de licitación y por las disposiciones de carácter general que para tal efecto se expidan.”

4.8 Cuenta individual del sistema de ahorro para el retiro:

Respecto a esta cuenta, es importante mencionar que la NLSS establece como un derecho irrenunciable de todo trabajador el contar con una cuenta individual, la cual se denomina “cuenta individual SAR”.
La cuenta individual SAR es aquella que se abrirá en las AFORE para cada asegurado que se encuentre afiliado al régimen obligatorio de seguridad social; esta estará compuesta por tres subcuentas ya mencionadas anteriormente:

  1. La subcuenta de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, en la que se depositarán las cuotas obrero-patronales así como las aportaciones estatales.
  2. La subcuenta de vivienda, en la cual se deberá depositar la aportación patronal hecha al INFONAVIT, limitándose las AFORE a efectuar solo el registro y control de estos recursos y sus dividendos.
  3. La subcuenta de aportaciones voluntarias, en la cual se depositarán las aportaciones voluntarias que realicen los patrones y los trabajadores.

Las AFORE están obligadas a abrir la cuenta individual del asegurado y a aceptar su traspaso; los trabajadores no pueden renunciar a la apertura de esta cuenta.
Un ejemplo procesado de aportaciones de seguridad social a la cuenta individual del SAR, se describe de la siguiente manera.

  1. El patrón paga al SAR que incluye los porcentajes previstos NLSS y la aportación al INFONAVIT, a través de las entidades receptoras o recaudadoras del sistema que son instituciones bancarias.
  2. La empresa receptora de información y recaudadora de las contribuciones, enviará el dinero al Banco de México para ser depositado en la cuenta concentradora que el IMSS tendrá abierta a su nombre para dichos efectos.
  3. Mediante las instituciones de crédito liquidadoras, se recibirán los recursos de cuota concentradora, para transferirlos a las AFORE correspondientes de ser el caso, de lo contrario permanecerá en la cuenta concentradora.
  4. Este proceso estará supervisado por la CONSAR, y quedará registrado internamente en la contabilidad de cada institución al igual que en los registros de la BDNSAR (Base de Datos Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro).
  5. Una vez recopilado el dinero por la AFORE, esta destinará los recursos a la SIFORE correspondiente a fin de que los invierta en valores conforme a las a las atribuciones que le son propias.
  6. Las aportaciones voluntarias que el patrón otorgue a su trabajador o bien la que este desee realizar libremente, bajo la cuenta de aportaciones voluntarias de la cuneta individual del SAR, se harán directamente a la AFORE que el asegurado haya seleccionado.

Una vez analizado este proceso de aportaciones de recursos obligatorios y voluntarios, es importante precisar que recursos económicos se acumulan en la cuenta individual SAR de un trabajador asegurado en el IMSS e INFONAVIT:

  1. En la subcuenta de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez:
  1. La aportación patronal del 2% sobre el salario base de cotización, por el llamado seguro de retiro.
  2. La contribución obrero-patronal del 4.275% sobre el salario base de cotización del asegurado, entendiendo que el 3.150% corresponde a la aportación del patrón y el resto 1.125% le corresponde al trabajador.
  3. La contribución estatal en este ramo equivale al 7.143% del total de las cuotas patronales, no sobre el salario de base de cotización, por lo que se considera una aportación gubernamental casi simbólica.
  4. La cuota que le compete aportar al estado, equivalente al 5.5% calculado sobre el salario mínimo general para el Distrito Federal actualizado trimestralmente conforme al INPC.
  1. En la subcuenta de vivienda:

La aportación patronal prevista en el artículo 136 de la LFT, que obliga a los patrones a aportar al INFONAVIT el 5% sobre el salario del trabajador, estos recursos no serán manejados por la AFORE ni invertidos en la SIEFORE, si no por dicho instituto.

  1. En la subcuenta de aportaciones voluntarias:

Todo trabajador podrá solicitar en cualquier tiempo información sobre su estado de cuenta, con independencia de la que están obligadas periódicamente a rendir las AFORE.

Si el trabajador asegurado no elige AFORE, de cualquier manera los recursos acumulados en las cuentas individuales no sufrirán afectación alguna, para ello el IMSS tendrá abierta en el Banco de México una cuenta a su nombre que se denominará “concentradora”, en la cual se depositaran los recursos correspondientes a las cuotas obrero-patronales, contribución estatal y la cuota social del seguro de retiro, etc. Manteniéndose lo captado en dicha cuenta concentradora hasta que se lleven a cabo los procesos de individualización necesarios para transferir dichos recursos a las AFORE elegidas por los trabajadores. 

4.9 ¿Cómo tener acceso al pago de la pensión en la rama de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez?

 Los recursos de los cuales proviene esta pensión serán los que se encuentren en la cuneta individual del SAR que el trabajador asegurado tenga en la AFORE correspondiente.
Esta pensión se pagará bajo dos sistemas, a elección del asegurado: el primero denominado renta vitalicia, y el segundo retiro programado.
La renta vitalicia: es el contrato por el cual la empresa aseguradora privada que el trabajador elija, se obliga a pagar mensualmente una pensión durante lo que le reste de vida al pensionado, esto a cambio de recibir los recursos acumulados en la cuenta individual del trabajador. Dentro de este contrato se debe considerar el seguro de sobrevivencia; que es el que se contrata para cualquier tipo de pensionado, por la AFORE que administre su cuenta individual SAR, con una empresa aseguradora privada autorizada para brindar este tipo de seguros.
Al contratar cualquiera de estos dos sistemas, el asegurado debe solicitar al IMSS que proceda a realizar el cálculo del monto constituido, el cual es definido por la ley como “la cantidad de dinero que se requiere para contratar los seguros de renta vitalicia con una institución de seguros” este cálculo será determinante para fijar el importe de la pensión a recibir en todo el sistema pensionario.

5. NÁLISIS DE RESULTADOS
Con base a las encuestas realizadas a la PEA se determinó que menos del 50% sabe lo que es una pensión.
El 47% de los trabajadores encuestados sabe que una pensión es un ahorro y el cual en un futuro podrá disponer de él. El 6% lo relaciona a un gasto puesto que ellos consideran que las aportaciones hechas a la cuenta de retiro  (pensiones) no son recuperables. El 9% considera que es una inversión que al cabo de un tiempo el monto invertido generara ganancias y podrá disponer de sus aportaciones realizadas más la ganancia que género y el 36% no sabe que es una pensión saben que existe pero no tienen una definición correcta de lo que es realmente.
Con respecto a la edad que debe tener el trabajador para poder pensionarse el 5% de las personas encuestadas dijo que se puede pensionar a los 30 años, el 46% dijo que a los 60 años, el 45% dijo que a los 65 años y el 4% no tiene conocimiento acerca de la edad que debe tener una persona para poder pensionarse.
La mayoría de la PEA desconoce las semanas que debe tener cotizadas ante el IMSS para poder pensionarse, por lo que los resultados quedaron de la siguiente manera; el 31% de las personas encuestadas afirmo que es necesario cotizar 1250 semanas ante el IMSS, el 48% dijo que es necesario cotizar 1200 semanas, el 15% afirmo que es necesario cotizar 1300 semanas y el 6% no sabe cuántas semanas cotizadas ante el IMSS son necesarias para poder pensionarse.

Cabe destacar que la mayor parte de la PEA si tiene conocimiento de las Afore y sabe que es la responsable de administrar las cuentas individuales de retiro.
El 51% de los trabajadores tiene conocimiento acerca de las administradoras de fondo para el retiro, el 40% afirmo que las Sociedades de Inversión Especializada de Fondos para el Retiro son las responsables de administrar las cuentas individuales de fondo para el retiro. El 1% dijo que la responsable es la Base de Datos del Sistema de Ahorro para el Retiro, el 3% dijo que la responsable es la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro y el 5% de los encuestados no sabía quién es la responsable de administrar las cuentas individuales.
Las cuotas del seguro social y las aportaciones a la cuenta individual de retiro son pagadas por el trabajador el patrón y el gobierno federal como se explicó anteriormente.

El 23.4% de los trabajadores está de acuerdo en que el patrón cubre las cuotas del seguro, el 28.1% considera que es el mismo trabajador quien cubre estas cuotas, el 29.8% concuerda con que el gobierno es quien debe cubrir las cuotas del seguro social, el 17.95 piensa que es el estado el encargado de cubrir las cuotas y solo el .9% cree que los empresarios cubren dichas cuotas.      
Para que se maneje correctamente las aportaciones realizadas por los trabajadores a la cuenta de retiro existen órganos encargados de administrar y supervisar que los recursos.

El 29.8% tiene conocimiento acerca de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, el 23.3% afirmo que las Administradoras de Fondos para el Retiros son quienes regulan el buen funcionamiento del sistema de pensiones, el 21.2% dijo que la Sociedad de Inversión Especializada de Fondos para el Retiro es quien se encarga de este buen funcionamiento, 12.2% dijo que quien se encarga de esto es la Base de Datos del Sistema de Ahorro para el Retiro, el 10.2% de los encuestados considera que la Secretaria de Hacienda y Crédito Público es quien regula el buen funcionamiento del sistema de pensiones y el 3.3% estuvo de acuerdo en que el gobierno federal es quien se encarga de este funcionamiento.
Cabe resaltar que el órgano encargado de la generación de ganancias es la SIEFORE, existen diferentes tipos de SIEFORES conforme a la edad del trabajador es asignada y tiene diferentes tasas de rendimientos y comisiones.

El 76% de los encuestados dijo que el órgano encargado de la generación de ganancias para incrementar el fondo para el retiro de los trabajadores es la Sociedad de Inversión Especializada de Fondos para el Retiro y solo el 24% afirmo que el órgano encargado son las Administradoras de Fondos para el Retiro.
6. Conclusiones y sugerencias
El presente trabajo de investigación tiene por objetivo determinar la proporción de la Población Económicamente Activa de la zona urbana de Ciudad Valles que conoce sistema de pensiones vigente, así como también ampliar el panorama de la perspectiva que tienen los trabajadores con respecto a la aportación que realiza en la afore en el cual cotiza.
Tomando como base las encuestas hechas a la PEA de la zona urbana de Ciudad Valles el 56% de los encuestados saben que la pensión es un ahorro o inversión, el 94% conoce el derecho de estar asegurado ante el IMSS, el 45% tiene conocimiento acerca de la edad para poder pensionarse que son los 65 años, el 31% de los encuestados sabe que para pensionarse debe tener como mínimo 1250 semanas cotizadas ante el IMSS, el 91% de los trabajadores encuestados sabe que la obligación de registrar a los trabajadores ante el IMSS es del patrón, el 51 % reconoce que las encargadas de administrar las cuentas individuales para el retiro son las Administradoras de Fondos para el Retiro, El 23% de los encuestados sabe que las cuotas del seguro social son cubiertas por los trabajadores, patrones y el gobierno federal, el 12% de los encuestados tiene conocimiento acerca de los órganos que regulan el buen funcionamiento del sistema de pensiones vigente, el 76% de los encuestados afirmo que sabe que la sociedad de Inversión Especializada de Fondos para el Retiro es el órgano encargado de la generación de ganancias para incrementar el fondo para el retiro y solamente un 33% sabe que es posible retirar el saldo de su cuenta individual de fondo para el retiro en una sola exhibición cuando cumpla los 65 años o no reúna los 1250 semanas cotizadas ante el IMSS.              
Con base al párrafo anterior y realizando cálculos matemáticos hemos determinado que la proporción de la PEA que conoce el sistema de pensiones vigente es de 51% por lo que se cumple la hipótesis alternativa, se rechaza la hipótesis nula y la hipótesis de estimación.
Solo cumplimos la segunda  parte del objetivo específico el cual consistía en explicar las ventajas y desventajas del sistema de pensiones vigentes así como la eficiencia del mismo. Se aplicaron las encuestas que nos arrojó la formula muestral. La  elaboración de folletos no se pudo realizar debido a la falta de tiempo e imprevistos que se presentaron en el tiempo en que realizábamos las encuesta.
Bibliografía
CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN, Secretaría General, Secretaría de Servicios Parlamentarios. Ley del Seguro Social. Disponible en: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/92_121115.pdf . Consultado en  20/02/2016 a las 14:42.

F. Alejandro Villagómez y Juan Ignacio Hernández (2010). Impacto de la reforma al sistema de pensiones en México sobre el ahorro. Disponible en: http://www.scielo.org.mx/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S1665-20452010000200003. Consultado en 15/04/2016 a las 20:15.
German Agency for Technical Cooperation (2001), NU. CEPAL. Unidad de Estudios Especiales. Políticas para promover una ampliación de la cobertura de los sistemas de pensiones: el caso de México. Disponible en: http://repositorio.cepal.org/handle/11362/5084. Consultado en 18/ 04/ 2016 a las 15:38.
Paper Provided by RAND Corporation Publications Departament in its series Working Papers with number 642 (2010). Cobertura del Sistema Privado de Capitalizacion en Chile, Colombia y Mexico. Disponible en: https://ideas.repec.org/p/ran/wpaper/642.html#author. Consultado en 23/04/ 2016 a las 16:48.

1 Nueva Ley del Seguro Social.- Artículo 12.

2  Nueva Ley del Seguro Social.- Artículo 13.


Recibido: 29/11/2016 Aceptado: 23/02/2017 Publicado: Febrero de 2017

Nota Importante a Leer:

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