Revista: CCCSS Contribuciones a las Ciencias Sociales
ISSN: 1988-7833


INSTITUCIONES, LEYES Y PROGRAMAS EN EL SECTOR AGROPECUARIO EN MÉXICO

Autores e infomación del artículo

Joaquín Zagoya Martínez

Universidad del Desarrollo del Estado de Puebla

joaquin.zagoya@colpos.mx

RESUMEN

Sin duda, México ha sufrido grandes cambios en sus instituciones y leyes relacionadas al sector agropecuario desde principios del siglo XX hasta nuestras fechas, a consecuencia de diferentes fenómenos de índole social y económico. El conocer dichos cambios, resulta relevante para generar y reformular políticas orientadas a un real fortalecimiento del sector rural y agropecuario del país. El objetivo del presente trabajo fue conocer los cambios y consecuencias de las principales políticas, planes y programas institucionales adoptadas por el gobierno mexicano de los años 1900 hasta principio de los años 2000 en el sector agropecuario. Los resultados muestran que la aplicación de la política neoliberal, se ha reflejado en el retiro del apoyo estatal casi en la totalidad del proceso productivo. Lo anterior se traduce en la nula participación del gobierno en materia de asistencia técnica, capacitación y crédito, lo que ha engrandecido los problemas del intermediarismo y del clientelismo. Las modificaciones al marco legal han permitido el dominio de los capitales extranjeros en la actividad agropecuaria; el desaseo en la ejecución de los instrumentos de política económica del gobierno, posibilita el control de los mercados nacionales y de la producción de alimentos desde el exterior, en gran medida debido al financiamiento con dinero público.

PALABRAS CLAVE: desarrollo agrícola, desarrollo rural, institucionalización, política publica, neoliberalismo, sector agrario.



Para citar este artículo puede uitlizar el siguiente formato:

Joaquín Zagoya Martínez (2015): “Instituciones, leyes y programas en el sector agropecuario en México”, Revista Contribuciones a las Ciencias Sociales, n. 27 (enero-febrero 2015). En línea: http://www.eumed.net/rev/cccss/2015/01/sector-agrario.html




ANTECEDENTES DEL SECTOR AGROPECUARIO

El territorio mexicano comprende 198 millones de hectáreas, donde 15% son tierras agrícolas, 58% terrenos de agostadero y apacentamiento, 23% bosques y selvas y; el restante 4% son cuerpos de agua y asentamientos humanos. La actividad agropecuaria se realiza en aproximadamente 145 millones de hectáreas en diversos ecosistemas del país, lo cual posibilita la diversidad de la producción agrícola y pecuaria (SAGARPA, 2007). 31 millones de hectáreas son tierra de labor, de las cuales más de 6 millones son de riego y casi 25 millones de temporal. El uso de la tierra de labor (riego y temporal) es mayormente extractivo y el país acumula ya una gran inversión diferida para el uso racional del recurso (Turrent, 2008).

El recurso anual de agua dulce es 1530 km3 de los que 147 km3 son retenidos en las presas, 410 km3 escurren al mar. El 67% del escurrimiento ocurre en el sureste, con mínimo aprovechamiento en el riego, con un monto casi dos veces superior a lo que se retiene actualmente para riego en el país (Turrent, 2008). Existen 653 acuíferos en el país, de los cuales 451 son considerados de libre alumbramiento y 202 con disponibilidad publicada. De éstos últimos, solo 98 se encuentran en situación sustentable, en tanto que 104 se encuentran sobreexplotados, agravándose esta condición en 17 acuíferos que presentan intrusión salina (SAGARPA, 2007).

Estadísticas de la población rural y tenencia de la tierra

La población rural en México asciende a más de 24 millones de habitantes; equivalente al 23.5% de la población. Respecto a la tenencia de la tierra, es mayormente propiedad social (53%), seguido de la propiedad privada (Figura 1). En el caso de la propiedad social, la mayoría corresponden al núcleo agrario, que abarcan casi 102 millones de hectáreas, dividiéndose en ejidos y comunidades (Figura 2) (SRA, 2007).

Importancia del sector primario en la economía nacional

El Producto Interno Bruto (PIB), correspondiente al sector primario asciende al 4.5% en términos reales (SIAP, 2011). Dentro del PIB sectorial, las actividades agrícolas participan con 70%, las pecuarias con 23% y el resto a la silvicultura y pesca. Actualmente, el valor de las exportaciones agroalimentarias de México representan cerca de 14 mil millones de dólares, cifra tres veces superior a la registrada en el año de 1994, lo que significa divisas equivalentes a 1.6 veces a las aportadas por el sector turístico, así como, ser el 6.6% del total de las exportaciones no petroleras (SAGARPA, 2007).

INTRODUCCIÓN

En las tres décadas posteriores a la segunda guerra mundial, el estudio de las instituciones políticas estatales no tuvo un impulso favorable. En cambio, las instituciones del sector económico presentaron un estudio consistente, que las colocaba a la vanguardia de la época. Sin embargo, desde la penúltima década del siglo pasado, las instituciones del sector público, recobraron interés dentro de la ciencia política. En este escenario, emergieron enfoques tales como: el institucionalismo histórico, el institucionalismo de elección racional, el institucionalismo sociológico y el institucionalismo normativo, que enfatizaron en la comprensión de las administraciones políticas. La prioridad, en este sentido fue conocer a cabalidad el papel de las instituciones políticas y su proceso de transformación (Caballero, 2007).

Para efectos de este trabajo, se precisa en la propuesta de March y Olsen (1989), quienes sostienen que en el institucionalismo normativo, los actores políticos no son individuos aislados sino que actúan motivados por valores establecidos previamente por las instituciones con las que están relacionados. De ahí que el individuo, esta inserto en un entramado institucional que condiciona la toma de decisiones particulares, que finalmente modela la acción respecto de las normas vigentes.

La propuesta del Institucionalismo normativo, esta soportado en tres principios fundamentales:

  • La relativa autonomía de las instituciones políticas. Es decir, la correspondencia que existe entre la sociedad y el estado, las cuales, tienden a afectarse mutuamente. Las instituciones, en este sentido, se manifiestan como actores políticos y como una consecuencia de la acción social.
  • La complejidad causal y las posibilidades de ineficiencia en la historia política. Es decir, en el transcurso del tiempo, la estructura política, entendida como el conjunto de instituciones, normas y otros fundamentos, presenta una alteración casi invariable frente a la rotación de individuos que ocurre con mayor frecuencia. En este contexto, las preferencias y demás argumentos personales son adaptados al bagaje institucional, en el que no están exentas dificultades que afecten la eficiencia histórica.
  • La importancia de la acción simbólica para la comprensión de la política. Es decir, se asume a la política como una forma de interpretación de la vida. En este sentido, la comprensión del significado institucional y su construcción normativa, resulta decisiva para orientar la acción simbólica.

Derivado de lo anterior y tomando como referencia los fundamentos de la teoría normativa, el presente trabajo tiene como objetivo conocer los cambios y consecuencias de las principales políticas, planes y programas institucionales adoptadas por el gobierno mexicano de los años 1900 hasta principio de los años 2000 en el sector agropecuario.
 
LAS INSTITUCIONES

Según North (1991), las instituciones son “las restricciones creadas por los humanos que estructuran la interacción política, económica y social. Consisten tanto en restricciones informales (sanciones, tabúes, costumbres, tradiciones y códigos de conducta), como en restricciones formales (constituciones, leyes, derechos de propiedad)”. La relevancia de éstas es que a través de ellas se estructura no sólo la democracia y el sistema político; sino además nuestras prácticas políticas, conductas, reglas, normas, rutinas, códigos, y procesos de socialización, participación e interacción social y política. Pues bien estas instituciones políticas nos permiten explicar la estabilidad, el cambio e incluso la inestabilidad de un determinado sistema político y de la propia política, respectivamente (Rivas, 2003).

Las instituciones políticas son consideradas por March y Olsen (1989) citados por Caballero (2007), como construcciones normativas que orientan la acción, en términos de prácticas correctas. Definidas estas a partir de relaciones dinámicas entre roles y diversos contextos situacionales.

A decir de Peters (1999), las instituciones políticas presentan las siguientes características:

  • Una institución constituye un rasgo estructural de la sociedad y/o la forma de gobierno.
  • La institución muestra cierta estabilidad a través del tiempo.
  • Una institución debe afectar al comportamiento individual.
  • Entre los miembros de la institución debe haber cierto sentido de valores compartidos.

Las instituciones son necesarias para la adopción de decisiones colectivas vinculantes acerca de como regular intereses comunes. Son importantes para la ejecución de las decisiones colectivas vinculantes acerca de como regular intereses comunes, vigilan los conflictos entre individuos, vigila y castiga a aquellas personas que vulneren las normas (Goodin y Dieter, 2001). Las instituciones permiten, la consignación a nivel constitucional de una gama de derechos que abarcan desde los civiles y económicos hasta los sociales. Estos derechos permiten que los ciudadanos tengan acceso a la salud, la justicia, el trabajo, la educación, la libertad de expresión y de organización y al libre tránsito, a fin de que todos y cada uno de ellos puedan gozar de una vida plena (Díaz, 2009).

Rello (2001), menciona que las instituciones, constituyen el sistema de incentivos para los agentes económicos y sociales y un conjunto de normas que presenten restricciones para dichos agentes. Para que estas sean eficaces debe realizarse un cambio institucional desde abajo a través de la descentralización, donde se apoye el proceso de obtención de bienes públicos y las decisiones descentralizadas sean adoptadas autónomamente sobre la base del aporte local. Richards (1985), así mismo menciona que, para beneficiar a la población rural pobre se debe operar el sistema de abajo hacia arriba, usando y aprovechando los recursos ya disponibles (población local, conocimientos y recursos naturales autóctonos), a través de enfoques participativos, necesidades, aspiraciones de los pequeños agricultores. Pues en la actualidad todo es autónomo y los ciudadanos no participan en las decisiones (Ranis y Stewart, 2002; y Goodin y Dieter, 2001).

LAS LEYES, PROGRAMAS Y SUS FUNDAMENTOS

El concepto de ley se puede abordar desde dos perspectivas, el material y de forma. El punto de vista material, menciona que “ley es toda regla social obligatoria, emanada de autoridad competente”. Con lo que se determina que no sólo son leyes, las que dicta el poder legislativo; sino también la constitución, los decretos y las ordenanzas municipales. Desde el punto de vista forma, se llama ley a “toda disposición sancionada por el poder legislativo”, de acuerdo con el mecanismo constitucional (Arrau, 2008).

En este sentido Zúñiga (1997), señala que las leyes tienen las siguientes características:

  • Socialidad: se dicta para el hombre en cuanto miembro de la sociedad y se dirige a gobernar las relaciones interindividuales;
  • Obligatoriedad: esto se supone que una voluntad superior manda a una voluntad inferior que obedece;
  • Origen público: la ley emana de la autoridad pública y por ello actúa en línea de la soberanía política diferenciándose de las reglas impuestas por poderes privados;
  • Coactividad: esta característica propia de todo derecho positivo luce eminentemente en la ley que es su medio de expresión típico y privilegiado en tanto que aparece velada en las otras fuentes del derecho; y
  • Normatividad: abarca un número indeterminado de hechos y rige a quienquiera quede comprendido en el ámbito de su aplicación, lo que distingue a la ley de otras expresiones del poder público, tales como los actos administrativos.

Una vez abordado lo anterior se desglosaran a continuación las leyes, programas y fundamentos de acuerdo a etapas históricas, relevantes en la pauta de la institucionalización en México.

Reforma agraria

La reforma agraria tuvo su origen en la revolución mexicana, donde en 1911 con el Plan de Ayala, propuesta por Emiliano Zapata, exige la devolución de las tierras a los pueblos, las cuales habían sido concentradas por las haciendas (Warman, 2001), las cuales fueron creación de la política española de colonización y control sobre la América Hispana que dominaría el paisaje mexicano por más de cuatro siglos (Martínez, 1983). En 1915 las tres fuerzas revolucionarias más importantes, el constitucionalismo, el villismo y el zapatismo, promulgaron las leyes agrarias. La atención al pedido generalizado de tierras se convirtió en condición de la pacificación y del restablecimiento de un gobierno nacional hegemónico: la constitución de 1917 incluyó el reparto de tierras en su artículo 27 (Warman, 2001).

Ley Agraria

El seis de enero de 1915 es promulgada la Ley Agraria, que consagra el derecho irrenunciable al acceso a la tierra para los campesinos que la trabajaban, dicha ley se baso fundamentalmente en los postulados magonistas y zapatistas (Martínez, 1983). Para hacer efectivas estas disposiciones se expidió un decreto con los siguientes puntos:

  • Artículo 1. Se declaran nulas: Todas las enajenaciones de tierras, aguas y montes pertenecientes a los pueblos, rancherías, congregaciones o comunidades […].
  • Artículo 2. La división o reparto que se hubiera hecho legítimamente […] solamente podrá ser nulificado cuando así lo soliciten las dos terceras partes de aquellos vecinos o de sus causahabientes.
  • Artículo 3. Los pueblos que necesitándolos, carezcan de ejidos o que no pudieren lograr su restitución por falta de títulos, por imposibilidad de identificarlos o porque legalmente hubieren sido enajenados, podrán obtener que se les dote del terreno suficiente para reconstituirlos conforme a las necesidades de su población […].
  • Artículo 4. Para los efectos de esta ley y demás leyes agrarias que se expidieren, de acuerdo con el programa político de la Revolución, se crearán: I. Una Comisión Nacional Agraria […]; II. Una comisión local agraria […].

Los anteriores artículos consideraban los casos de solicitud de restitución y las resoluciones emitidas por las respectivas autoridades, en cada uno de ellos. Se establecía además la creación de una ley reglamentaria, que “determinaría la condición en que han de quedar los terrenos que se devuelvan o se adjudiquen a los pueblos y la manera y ocasión de dividirlos”. Esta Ley, atribuida a Luis Cabrera, consigna parte de las demandas revolucionarias de los zapatistas, aunque el reconocimiento no es explícito. Es por cierto la primera disposición jurídica en torno a la cuestión agraria y el precedente de las instituciones de este carácter en México (Ley Agraria, 1915).

En marzo de 1934 entró en vigor el Código Agrario, que fijó la extensión de la parcela ejidal o unidad de dotación en cuatro hectáreas de riego u 8 de temporal, además de las superficies necesarias de tierra de agostadero o de monte. Los límites para la propiedad privada inafectable se ampliaron considerablemente, al fijarse en 150 hectáreas de riego o 300 de temporal, condicionadas a que, cuando en un radio de siete kilómetros a la redonda el poblado solicitante no hubiera tierras suficientes para dotar al núcleo, la extensión señalada podría reducirse a 100 y 200 hectáreas, respectivamente. Asimismo, el nuevo ordenamiento aceptó que los peones acasillados de las haciendas pudieran ser considerados sujetos de derecho agrario, pues hasta entonces habían estado marginados de los procesos de dotación y restitución (SRA, 2010).

Constitución Política de 1917

La Constitución Política de 1917 establece, que todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos y de los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse. De acuerdo al tema objetivo de este trabajo, el artículo 27, establecía que la propiedad de las tierras y aguas comprendidas dentro de los límites del territorio nacional, corresponde originariamente a la Nación, la cual ha tenido y tiene el derecho de transmitir el dominio de ellas a los particulares, constituyendo la propiedad privada. Se dictarán las medidas necesarias para ordenar los asentamientos humanos y establecer adecuadas provisiones, usos, reservas y destinos de tierras, aguas y bosques, a efecto de ejecutar obras públicas y de planear y regular la fundación, conservación, mejoramiento y crecimiento de los centros de población; para preservar y restaurar el equilibrio ecológico; para el fraccionamiento de los latifundios; para disponer, en los términos de la ley reglamentaria, la organización y explotación colectiva de los ejidos y comunidades; para el desarrollo de la pequeña propiedad rural; para el fomento de la agricultura, de la ganadería, de la silvicultura y de las demás actividades económicas en el medio rural, y para evitar la destrucción de los elementos naturales y los daños que la propiedad pueda sufrir en perjuicio de la sociedad (DOF, 1917).

El Cardenismo

El agrarismo cardenista destruyó grandes privilegios y drenó sus beneficios a la auténtica pequeña propiedad, a la formación de ejidos y a restituirles sus derechos a las comunidades indígenas. El ejido fue la base de la producción agrícola, y la estrategia para apoyar su constitución y consolidación fue la colectivización; cerca de la mitad de la superficie de labor perteneció a los ejidos (Díaz, 2012). En el sexenio de Cárdenas, la tenencia de la tierra sufrió una transformación, mediante las resoluciones presidenciales pues, se entregó casi 18 millones de hectáreas. El reparto efectivo, sin embargo, fue de 20 millones hectáreas, lo que significó el doble de las tierras repartidas en los 19 años anteriores. Asimismo, mientras de 1917 hasta 1934 se había beneficiado casi 950 mil campesinos, durante los seis años de la administración cardenista se dotó a más de 770 mil. En relación con el total de las áreas de cultivo, la proporción de las tierras ejidales tuvo un crecimiento significativo; de 1934 hasta 1940 el sector ejidal incrementó de 6.3 a 22.5% su participación en las tierras agrícolas, y en las tierras de labor de 13.3 a 47.4%. Además, el área bajo riego que quedó en manos del sector ejidal llegó a 57.4%, mientras que en 1930 esa cifra fue de 13%. En las áreas de temporal pasó de 14.2 a 46.5% (SRA, 2010).

Desde 1936, el poder ejecutivo organizó a los campesinos del sector reformado, primero en una central única, y después en una central mayoritaria: la Confederación Nacional Campesina (CNC). La CNC se movilizaba para respaldar las decisiones presidenciales. La incorporación del sector reformado al poder presidencial implicaba una sumisión a éste, pero a cambio aquél recibía concesiones. Dicha sumisión daba acceso a la tierra, pero también abría una vía a la participación política y al ejercicio de la ciudadanía en el marco del partido de gobierno. Los cuadros dirigentes de la CNC, que no siempre eran de origen campesino, establecían con la base relaciones de obligación y fortalecían un vínculo de dependencia clientelista. En estas relaciones, las concesiones o privilegios encubrían los derechos (Warman, 2001).

La obra legislativa que caracterizó este periodo estuvo orientada a fomentar el nacionalismo y la soberanía a fin de establecer un sólido principio de independencia económica en favor de los trabajadores. En este sentido, el Congreso de la Unión concedió facultades extraordinarias al Ejecutivo para legislar en lo que a bienes de propiedad federal se refiere, por lo que el 31 de agosto de 1935 se publicó, en el Diario Oficial, la Ley de Nacionalización de Bienes cuyo objetivo fue asegurar que todos los bienes que nacionalizaba el artículo 27 constitucional quedaran bajo el dominio efectivo del gobierno. También por iniciativa presidencial, y a pesar de la oposición de los líderes patronales, se aprobó el 22 de septiembre de 1936 la Ley de Expropiación, aclarando que este precepto se aplicaría no sólo por causa de utilidad pública sino por razones de interés social (Cámara de Diputados, 2005).

La industrialización del campo y la revolución verde

En 1942 se modificó el Código Agrario que favoreció el desarrollo de la pequeña propiedad en detrimento del sistema ejidal, principalmente del ejido colectivo tan apoyado durante el cardenismo; al mismo tiempo se redujo en forma importante el apoyo a las organizaciones de masas. Las aspiraciones de miles de campesinos por obtener tierras, créditos accesibles, o de legalizar su propiedad, se toparon con la lentitud de un aparato burocrático que pronto enfriaba las esperanzas de obtener una solución satisfactoria. El período de Manuel Ávila Camacho, consistió en estabilizar el sistema social y político, puesto en peligro por las intensas reformas cardenistas, eliminar los resabios de radicalismo y conducir al país por la vía de un mayor crecimiento industrial, y para ello aprovechó la coyuntura económica creada por la Segunda Guerra Mundial, iniciada en 1939 (Cámara de Diputados, 2005).

Entre 1940 y 1965 el crecimiento de la producción agropecuaria superó al crecimiento de la población nacional debido principalmente a la incorporación al cultivo y al uso agropecuario de las tierras que habían sido repartidas. El riego, el crédito, la mecanización, el uso de insumos agroquímicos, y en especial los precios administrados y la compra de las cosechas por el Gobierno, pesaron menos que el esfuerzo de los campesinos por extender los cultivos hasta las fronteras de las tierras reformadas. Las tierras aptas para el cultivo fueron escaseando y cada vez daban rendimientos más bajos; ello se debía a la falta de humedad, al excesivo número de tierras en pendiente, a la vulnerabilidad a las plagas, y a riesgos relacionados con la incorporación de tierras marginales. En el presupuesto de los productores campesinos, la proporción de los alimentos de autoconsumo descendió respecto al gasto monetario. Se integraron a la lista de consumos fertilizantes e insecticidas que compensaban la pérdida de fertilidad de las tierras; herramientas, gastos en concepto de transportes, medicinas y otros bienes y servicios que se adquirían en el mercado (Warman, 2001).

Derivado de lo anterior, durante los años de 1940 a 1970 en México se adopta el modelo de la Revolución Verde el cual fue implementado en la agricultura a fin de obtener mayores rendimientos, este modelo nace en Estados Unidos tras las investigaciones para la creación de semillas híbridas (Pichardo, 2006), este movimiento fue secundado por el Centro Internacional de Mejoramiento de Maíz y Trigo (CIMMYT) en 1962 que difundía los avances de la revolución verde en los cultivos de maíz y trigo (Romero, 2002).

El Desarrollo compartido y la crisis en México

Según SPP (1988), con el modelo económico del Desarrollo Compartido se dan fuertes cambios en el panorama  económico mundial, con lo cual se pretendía:

  • Estimular las inversiones para generar empleos
  • Impulsar proyectos que elevaran el bienestar social
  • Promover el desarrollo regional y la integración nacional
  • Disminuir el déficit en cuenta corriente

Con lo anterior se dan una gran cantidad de organismos, ordenamientos legales y planes tales como, Ley Federal de Reforma Agraria, Ley Federal de Aguas, Programa Integral de Desarrollo Rural (PIDER), Secretaría de la Reforma Agraria, Comisión Nacional de Desarrollo Regional, Plan Agrícola Nacional y el Banco Nacional de Crédito Rural. Es hacia 1980, cuando se pretende alcanzar la autosuficiencia alimentaria; sin embargo un año después, se desmorona el precio internacional del petróleo, con lo que el país entro en recesión económica. Con ello México adopta la política Neoliberal y se da una mayor apertura a las importaciones   Los programas y planes logrados en esta etapa fueron, Ley de Planeación, Plan Nacional de Desarrollo y la Nueva Ley Agraria (García, 2010).

Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN)

El TLCAN, firmado por los gobiernos de México, Estados Unidos de América y Canadá, entró en vigor a partir del uno de enero de 1994, con objeto de establecer una zona de libre comercio en la región para beneficiar el libre comercio de bienes y servicios. Con la firma de este tratado se buscaba que las mercancías gozarán de un trato arancelario preferencial, siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos en el propio tratado; esto se refleja en una reducción progresiva de aranceles aplicada a bienes originarios, según se establezcan en los listas acordadas por cada una de las partes (ADUANA México, 2006). Uno de los puntos que se pretendía revertir con este tratado, era la caída productiva del sector primario mexicano; sin embargo, aceleró la privatización del ejido, perpetuando la dualidad productiva del campo mexicano, sin que esto se haya reflejado en incrementos de las condiciones de producción y vida en el sector (Bravo, 2011). Con la firma de éste, se incrementaron los precios internacionales de los principales granos y oleaginosas, además de una disminución sustancial en los precios domésticos (SAGARPA, 2007).

Entre 1993 y 2006, el comercio agroalimentario y pesquero creció a una tasa media de crecimiento anual (TMCA) de 9.1%, incremento superior al de la economía. A pesar de lo anterior, la participación del comercio agroalimentario en el comercio total de nuestro país, ha disminuido de 8.2% en 1990 a 5.9% en 2006, principalmente en el sector manufacturero (SAGARPA, 2007). El TLCAN, marco el inicio del proceso de desmantelamiento de la infraestructura productiva del campo, situación que de igual modo continúo en el sexenio de Vicente Fox Quesada (periodo 2000 – 2006); manteniendo el esquema de trabajo utilizado en el programa de Alianza para el Campo (“Alianza Contigo”); incurriendo de igual forma, en el asistencialismo burocrático, perdiendo todo el concepto filosófico del agente de desarrollo, dejando de lado al productor como espectador y no involucrándolo en la toma de decisiones para la resolución de su problemática (Colin, 2012).

En congruencia con la ideología neoliberal, era lógico que se pretendiera crear el tejido suficiente para que el país entrara de lleno en el contexto de la competitividad económica internacional. La realidad era que el país difícilmente podría competir con cierto grado de éxito con el exterior, y en especial con Estados Unidos, sobre todo porque la base industrial, tecnológica y también en lo referente a las cuestiones administrativas, eran completamente distintos. La mayor parte del sector productivo, compuesto por pequeños y micro-empresarios, no pudo modernizarse, lo que conllevó a que durante el primer año de funcionamiento del tratado quebraran cientos de unidades económicas (Huerta, 1994).

Ley de Desarrollo Rural Sustentable (LDRS)

La LDRS fue aprobada el 18 de octubre del 2001 por la Cámara de Diputados, y a partir de su publicación en el Diario Oficial de la Federación el siete de diciembre del mismo año (en octubre de 2004 se incluye su reglamentación), orienta y norma las actividades económicas en el medio rural y fija las políticas públicas para el campo mexicano bajo un enfoque de “integralidad”, que es diferente al de integridad, (Westra, 2003). Esta ley tiene como antecedente la Ley de Desarrollo Rural, aprobada por el Congreso en el año 2000 (Torres, 2008). La única política de empleo fijada en el Plan Nacional de Desarrollo 1989-1994, era el crecimiento económico que fue mucho más lento que el proyectado. Esto representó un incremento explosivo del empleo informal y la emigración masiva a los Estados Unidos. Por otra parte, la política agraria que legalizó la reprivatización de tierras comunales y ejidales, eliminó los precios de garantía de los productos agrícolas y debilitó los mecanismos públicos de crédito, acopio y comercialización, teniendo como panorama, resultados destructores sobre la ocupación y el trabajo campesino (Calva, 1993).

La ley de Desarrollo Rural Sustentable contempla los siguientes objetivos (DOF, 2001):

  • Promover el bienestar social y económico de los productores, de sus comunidades, de los trabajadores del campo y, en general, de los agentes de la sociedad rural, mediante la diversificación y la generación de empleo, incluyendo el no agropecuario en el medio rural, así como el incremento del ingreso;
  •  Corregir disparidades de desarrollo regional a través de la atención diferenciada a las regiones de mayor rezago, mediante una acción integral del Estado que impulse su transformación y la reconversión productiva y económica, con un enfoque productivo de desarrollo rural sustentable;
  •  Contribuir a la soberanía y seguridad alimentaria de la nación mediante el impulso de la producción agropecuaria del país;
  • Fomentar la conservación de la biodiversidad y el mejoramiento de la calidad de los recursos naturales, mediante su aprovechamiento sustentable; y
  • Valorar las diversas funciones económicas, ambientales, sociales y culturales de las diferentes manifestaciones de la agricultura nacional.

Para impulsar el Desarrollo Rural Sustentable, el Estado promoverá la capitalización del sector mediante obras de infraestructura básica y productiva. Y de servicios a la producción; así como de apoyos directos a los productores, que les permitan eficientar las unidades de producción, mejorar sus ingresos y ser más competitivos. Las acciones deben estar orientadas a las zonas con mayor rezago económico  y social, mediante el impulso a las actividades del medio rural, inversión productiva, diversificación del empleo y servicios para el bienestar de los agentes de la sociedad (DOF, 2001).

Programa especial concurrente para el Desarrollo Rural Sustentable (PEC)

El PEC, se deriva de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable y consiste en la aplicación de los recursos a los diferentes programas que instrumentan las dependencias, para fomentar el desarrollo agrícola y el bienestar social en el sector rural (CEDRSSA, 2006).

En el 2006, la CEDRSSA hace una evaluación para conocer si se han cumplido los objetivos del PEC, sus principales resultados muestran que:

  • Existe poca o nula coordinación entre las entidades, duplicación programática y complejidad normativa.
  • Los pagos directos decrecen rápidamente a medida que aumenta la marginalidad de las localidades. Los apoyos para el bienestar social siguen un patrón a la inversa de la marginalidad.
  • El apoyo a productores de bajos ingresos en pobreza alimentaria es muy bajo, cuando debería ser el más alto, si se está combatiendo la pobreza.
  • Los productores en el estrato de edad media son los que reciben apoyos más significativos. Los de mayor edad reciben apoyos más reducidos.

Como conclusiones de esta evaluación se tuvo que:

  • Los impactos del PEC en los aspectos técnico-productivos, económicos, sociales y ambientales son mínimos.
  • No existe un impacto real, porque los programas no concurrieron en tiempo y oportunidad a los diferentes tipos de productores y regiones del país.
  • Los programas y acciones del PEC, se han concentrado en las regiones menos aisladas y de mayor potencial productivo y en los grupos de mediano y alto desarrollo, predominando en las regiones marginadas programas asistencialistas, que no inducen el desarrollo.

Derivado de lo anterior, se da una restructuración del PEC, como respuesta al mandato establecido en el artículo 14 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable. El 19 de febrero del 2007, la Comisión Intersecretarial para el Desarrollo Rural Sustentable (CIDRS), preparó el nuevo Programa Especial Concurrente para el Desarrollo Rural Sustentable, PEC, 2007-2012 (CIDRS, 2007).

El PEC se integro de conformidad con lo establecido en la Ley de Desarrollo Rural Sustentable (LDRS), en la Ley de Planeación y en el marco del Sistema Nacional de Planeación Democrática (SNPD). Contiene programas sectoriales en materia del desarrollo rural, cuyo objetivo es favorecer las condiciones de vida del sector rural, garantizando la rectoría del estado y la promoción de la equidad en apego a lo ordenado en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, tal como lo señala el artículo primero de la LDRS (CEFP, 2007).

Programa sectorial de desarrollo agrario 2007-2012

El Programa Sectorial Agrario 2007 - 2012, toma como punto de partida la Visión México 2030 y el Plan Nacional de Desarrollo, así como los resultados de una amplia consulta con actores relevantes del sector que han aportado elementos de diagnóstico y de acción. En él se expresan los objetivos, las estrategias y las líneas de acción que determinaran el actuar de las dependencias y de los organismos federales que pertenecen a este sector (SRA, 2007).

La Secretaría de la Reforma Agraria, a través de este programa, propone alternativas de solución a los problemas de los ejidos y comunidades del país para convertirlos en una opción de desarrollo y bienestar para las familias campesinas que los habitan (SRA, 2007).

En donde considera que el Sector Agrario nacional esta integrado por los siguientes organismos:

• Secretaría de la Reforma Agraria (Cabeza de Sector).
• Procuraduría Agraria (Organismo descentralizado).
• Registro Agrario Nacional (Órgano desconcentrado).
• Fideicomiso Fondo Nacional de Fomento Ejidal (Fideicomiso público paraestatal) y,
• Delegaciones Estatales, Representaciones Regionales, Estatales y Especiales.

Así como de los siguientes actores:

  • El universo de sujetos agrarios, mujeres y hombres (ejidatarios,  posesionarios, avecindados, colonos, comuneros, nacionaleros minifundistas, campesinos, pequeños propietarios) a todos aquellos a quienes aplique la Ley Agraria.
  • Las organizaciones agrarias y campesinas.
  • Grupos Independientes organizados dentro de los Núcleos Agrarios.
  • Las y los habitantes de la propiedad social en el medio rural a quienes pueda beneficiarse con las políticas de desarrollo rural integral y sustentable.
  • Organizaciones de la sociedad civil e instituciones académicas.
  • Organismos multilaterales.
  • Representantes populares, autoridades estatales y municipales.
  • Dependencias Federales afines.
  • Localidades rurales vinculadas.

Según la SRA (2007), los problemas prioritarios en el sector agrario en el periodo 2007 – 2012 son:

  • La incertidumbre en la tenencia de la tierra;
  • Falta de sistematización de la información agraria, la complejidad en el manejo e interpretación de los indicadores y variables empleados para la medición de avances programáticos;
  • Desactualización en el ordenamiento y regularización de la propiedad social;
  • Desaparición del patrimonio cultural, social, productivo y natural del sector rural (la migración, el envejecimiento de los titulares de la tierra y la falta de incentivos económicos para permanecer en sus comunidades, provocan la pérdida del capital humano y social fragmentando el tejido social en los Núcleos Agrarios);
  • Insuficiente capacidad de gestión local (falta de visión, habilidades, capacidades y experiencia para la organización colectiva).

Programa sectorial de desarrollo agropecuario y pesquero 2007-2012

Es el instrumento rector de las políticas, objetivos, estrategias, programas, proyectos y acciones que se ejecuten para detonar el desarrollo económico y social que permita a la sociedad rural elevar su ingreso y la calidad de vida. El enfoque del programa es hacia los productores del sector, invitándolos a que produzcan alimentos suficientes y de calidad para las familias mexicanas, alcancen niveles competitivos y posicionen sus productos en los mercados nacional e internacional, enfrenten los retos y oportunidades que implican los cambios tecnológicos, la biotecnología y la tendencia mundial hacia la producción de bioenergéticos, generen empleos bien remunerados que propicien el arraigo de las familias rurales en sus comunidades, aprovechar y preservar la biodiversidad y los ecosistemas bajo los principios de sustentabilidad. El objetivo que se persigue es, el desarrollo armónico, equilibrado y sustentable del sector agropecuario y pesquero de las comunidades rurales (SAGARPA, 2007).

PROBLEMÁTICA DE LAS INSTITUCIONES

De la diversidad de políticas de desarrollo rural aplicadas por los países latinoamericanos, entre ellos México, pueden ubicarse una serie de rasgos comunes que pueden clasificarse del siguiente modo: “Desarrollo  Comunal  (desde  los  40 hasta  mediados  de  los  50),  Generación  y  Transferencia  de  Tecnología,  la  llamada Revolución  Verde,  (desde  mediados  de  los  50  hasta  finales  de  los  70),  Reforma Agraria  (años  50,  60  y  70),  Sistemas  de  Producción  (años  60),  Desarrollo Rural Integrado (años 70) y Fondos de Inversión Social (años 80 y 90)” (Plaza, 2002).

En México a partir de la segunda mitad del siglo XX, la política se destacó por impulsar la sustitución de importaciones que dio pie a un importante desarrollo industrial. Con ello se pretendió favorecer los mercados internos a través de medidas de protección y una serie de políticas que buscaban equidad en la distribución del ingreso y mayor acceso de la población a servicios, frente a un recurrente estancamiento del sector agropecuario. Esto origino el surgimiento de políticas sectoriales que extendieron la cobertura de servicios básicamente de salud, educación, vivienda y acceso a la tierra, como respuesta para aminorar los conflictos sociales que presentaba el medio rural; también, se instrumentaron medidas de apoyo y subsidio a productores, transferencia de tecnología, apoyos a la comercialización, fijación de precios y otras políticas proteccionistas que finalmente repuntaron en la consolidación institucional del estado y el llamado estado de bienestar. Particularmente a finales de los setenta, las reformas estructurales internacionales, empezaron a tener los primeros efectos en toda Latinoamérica; en México, la estructura institucional lograda durante el estado de bienestar, vio su derrumbe por la privatización de las paraestatales, donde el sector agroindustrial fue el que sufrió mayores pérdidas y fue perfilando el agotamiento del modelo de sustitución de importaciones ante la crisis financiera de 1982, al tiempo que en el discurso oficial predominó la idea de incluir a los pobres a la modernidad, que aumentaban en número, igual que el desempleo (Mota, 2008). 
En las décadas de 1980 y 1990, se centró la atención en los procesos de desarrollo macroeconómico y se tomo como bandera el discurso de la modernidad y la competitividad para asegurar un régimen de distribución de la riqueza equitativa e igualitariamente, basada en las reformas estructurales, particularmente en las emanadas del consenso de Washington. No obstante, las estrategias de desarrollo rural quedaron al margen, especialmente en el medio rural, aumentando en consecuencia los índices de marginación y pobreza en este sector (Echeverri y Ribero, 2002; Mora y Sumpsi, 2004).

En México, como en el resto de Latinoamérica, tras el agotamiento del modelo proteccionista de intervención estatal en la primera mitad de 1980, no hubo ninguna estrategia de intervención que sustituyera la anterior, contrario a esto, se constató un vacío institucional que perjudicó profundamente el sector agropecuario, sobre todo, por la presencia de un sistema agrícola polarizado, por un lado se encontraban los productores agroindustriales con elevadas capacidades productivas para equilibrar los índices macroeconómicos, que fueron priorizados económicamente por el estado y por el otro, pequeños y medianos productores orientados, sobre todo, a la producción de subsistencia que tuvieron que sortear las desconsideraciones en el sistema de políticas públicas, al reducirse prácticamente las políticas de desarrollo rural a estrategias de lucha contra la pobreza (Mora y Sumpsi, 2004).

Un análisis sobre las circunstancias que han atravesado las políticas de desarrollo rural, permite considerar que los esfuerzos realizados a través de tales estrategias, han tenido desde siempre como punta de lanza la lucha contra la pobreza, sin haber formado hasta ahora, parte fundamental de una política integral y civilizatoria. En este sentido la magnitud de los cambios que han experimentado las entidades rurales latinoamericanas, hacen evidente la pérdida de vigencia de tales iniciativas que se manifiesta en una marcada desarticulación operativa de las políticas de desarrollo, en la falta de continuidad y seguimiento de corto, mediano y largo plazo, además de caracterizarse por la ausencia de métodos de evaluación apropiados (Mora y Sumpsi, 2004).

Tanto Schejtman y Berdegué (2004) como Mora y Sumpsien el mismo año, abordan algunas limitaciones de los enfoques tradicionales de desarrollo rural; con mayor o menor grado, coinciden en la magnitud de sus fallas estructurales relacionadas con sus alcances y sus objetivos, como en las consideraciones sobre el entorno global que condicionan actualmente tales estrategias. Las dificultades más destacadas pueden resumirse del modo siguiente:

  • Falta de articulación, de integralidad, de continuidad y de evaluación
  • Falta de consenso sobre una política nacional de desarrollo rural y civilizatoria donde se integre la participación de la sociedad civil en la planeación de estrategias de desarrollo participativo, donde aun predomina el sesgo tecnocrático, que dificulta además, la descentralización del poder público.
  • Desconocen y omiten las lógicas culturales y organizativas de los pequeños productores.
  • No tienen un mecanismo de acoplamiento que sirva de enlace entre los sistemas de mercado agroindustrial y los sistemas de producción rural que beneficie en términos de igualdad a los pequeños productores.
  • Están dirigidas a la producción agrícola, y muy poco favorecen la diversificación económica de los entornos rurales en su conjunto.

Tras el despliegue de estos nuevos enfoques de política sectorial a partir de una nueva institucionalidad rural, según la Ley de desarrollo rural sustentable (LDRS, 2001) y la formulación del Programa Especial y con apego al Acuerdo Nacional para el Campo, que refleja las nuevas dinámicas de interlocución entre sociedad y Estado. Las formulaciones de política agroalimentaria y de desarrollo rural, enfatizan cuatro conceptos fundamentales: a) desarrollo rural con visión territorial; b) integración de cadenas agroalimentarias y pesqueras, como vía para la competitividad; c) sustentabilidad en el uso de recursos naturales, y d) reconversión productiva para adecuar el aparato productivo a las nuevas realidades de los mercados y a las vocaciones productivas regionales (LDRS, 2002, GIADR, 2007, López, 2007).

De acuerdo con GIADR (2007) y López (2007), el conjunto de programas e instrumentos actualmente en operación plantean los siguientes desafíos:

  • Lograr la armónica convergencia y consistencia entre ellos, en el marco de una política integral que oriente el uso eficiente de los recursos;
  • Fortalecer el papel estratégico del sector rural en la economía y la sociedad, y proyecte beneficios que incluyan el vasto tejido social de las zonas rurales del país;
  • La alineación entre incentivos privados y objetivos sociales;
  • El fomento a inversiones en bienes públicos y bienes privados, la diversificación y reconversión productiva;
  • El adecuado uso de transferencias compensatorias al ingreso y de pagos directos por deficiencia; y
  • La articulación y convergencia entre objetivos, políticas, programas e instrumentos entre distintos niveles de gestión pública (federal-estatal-municipal), que atienda consistentemente la fuerte heterogeneidad rural.

PERCEPCIÓN POLÍTICA Y LA ACCIÓN COLECTIVA

El proceso de transición política a la democracia en México, se logro en el año 2000 cuando, por vez primera desde la revolución mexicana, un partido distinto al oficial pudo acceder a la Presidencia de la República; pero, a pesar del histórico acontecimiento, el nuevo gobierno, no han logrado alcanzar ni mayores niveles de bienestar para los ciudadanos ni, mucho menos, disminuir la desigualdad social que padecen millones de mexicanos (Díaz, 2009). Un régimen democrático necesita de una cultura política que le sea congruente, que pueda promover la participación y fortalecer sus instituciones; en México la reciente democracia no va acompañada de una cultura política democrática. Tal situación de incongruencia puede conducir tanto a retrocesos en el ámbito institucional como a promover formas de participación verticales y no autónomas, las cuales dificultarían el éxito de la joven democracia mexicana (Hernández, 2008).

Las instituciones durante el tránsito hacia la democracia en México sufrieron grandes cambios, sin embargo, sus resultados, en términos de fortalecimiento de los derechos ciudadanos, han sido notablemente deficientes. Prueba de ello es el alto porcentaje de personas que piensa que el país no vive en una democracia o bien no sabe si es así. En el año 2001, 37% de la población opinó que el país no vivía en una democracia y 11% no lo sabía. La misma encuesta señala, en el 2003, que 22% de la población opinaba que no se vivía en democracia frente a  29% que no lo sabía. Finalmente, en 2005, 23% de la población encuestada opinó que no se vivía en una democracia al tiempo que 28% aseguró desconocerlo (SEGOB, 2001, 2003, 2005). Según lo muestran las diferentes encuestas que sobre cultura política y prácticas ciudadanas ha llevado a cabo Secretaría de Gobernación, la participación en organizaciones civiles ha ido en aumento pero sigue siendo porcentualmente baja. Por ejemplo: en el año 2001 solo 12% de los entrevistados dijo haber participado en una organización de ciudadanos, mientras que en el 2003 fue de 14% y 13% en 2005. Sumado a lo anterior, en la Encuesta Nacional sobre Capital Social 2006, realizada por la SEGOB, se observa que un bajo número de personas pertenecen a una organización y que la mayoría no contribuye a ellas con tiempo o dinero. Sólo 23.5% aseguró estar afiliado a alguna organización. De forma autónoma, la organización ciudadana es, por lo tanto, el tipo de participación más débil de la democracia mexicana (Díaz, 2009).

Cuando las instituciones son creadas, se piensa con frecuencia que encuentran sustento en ideas generadas por la propia sociedad lo que permite establecer determinados comportamientos e incluso papeles. Smith (2006) menciona que: “Los propósitos, las reglas, los roles y los patrones de comportamiento hallados en las instituciones, todos representan encarnaciones de ideas de quienes participan en la creación y mantenimiento de instituciones, que no pueden ser entendidas independientes de las ideas de los miembros”. Bajo esa premisa, y en relación con la evidencia que muestran las encuestas, la idea de la democracia no parece dotar del suficiente soporte a sus instituciones. Lo anterior muestra que la hibridación de instituciones informales provenientes del periodo autoritario y corporativo mexicano con las instituciones formales democráticas, genera distorsiones considerables en la forma como los ciudadanos participan en la toma de decisiones, en los incentivos de acceso y distribución del poder político (Díaz, 2009).

La importancia de la confianza que se tenga en las instituciones políticas es un tema fundamental en el éxito de la democracia. En primer lugar, porque si los ciudadanos confían en sus instituciones, se informarán más sobre lo que acontece en ellas; en segundo, si los ciudadanos creen que las instituciones responden a sus demandas, participarán más con ellas, sea esto para mejorarlas y demandarles mayor eficiencia; y, en tercer lugar, si los ciudadanos confían en ellas, jamás intentarán desprestigiarlas o desaparecerlas; al contrario: las apoyarán para su supervivencia, incluso en época de crisis (Hernández, 2008).

CONCLUSIONES

Los cambios en las instituciones y leyes en México relacionadas al sector agropecuario, han sido polarizados, sin embargo, en la actualidad la aplicación de la política neoliberal, se ha reflejado en el retiro del apoyo estatal en casi la totalidad del proceso productivo. Lo anterior se traduce en la nula participación del gobierno en materia de asistencia técnica, capacitación y crédito, lo que ha engrandecido problemas como el intermediarismo y el clientelismo. Las modificaciones al marco legal han hecho posible la actual política pública en México, permitiendo el dominio de los capitales extranjeros en todas las esferas de la actividad agropecuaria; el desaseo en la ejecución de los instrumentos de política económica del gobierno, posibilita el control de los mercados nacionales y de la producción de alimentos desde el exterior, en gran medida debido al financiamiento con dinero público.

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Recibido: 17/11/2014 Aceptado: 20/01/2015 Publicado: Enero de 2015

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