GESTIÓN LOGÍSTICA DE LOS NEGOCIOS INTERNACIONALES

GESTIÓN LOGÍSTICA DE LOS NEGOCIOS INTERNACIONALES

Octavio Reyes Lopez (CV)
Universidad Virtual del Estado de Guanajuato

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Formas de Pago Internacional.

Los INCOTERMS son parte fundamental para poder determinar cual es para la empresa las formas de pago internacional que vaya aplicar, ya que dichos INCOTERMS definen cuales son las obligaciones y derechos de los importadores y exportadores.

El GANI deberá conocer cuales son las diferentes formas de pago internacionales, ya que sin duda alguna, son uno de los puntos clave para el éxito de las operaciones de comercio exterior, tanto para recibir o efectuar los pagos en transacciones internacionales.

El departamento de Tráfico, dirigido por el GANI es la persona que lleva a cabo los documentos de embarque, dentro de las formas de pago internacional, muchos de los documentos que son negociados en las formas de pago internacionales son los que maneja el departamento de tráfico, por esta razón es importante que el Licenciado en Comercio Internacional conozca dichas formas y más aún, pueda decidir cual es la mejor forma de pago para la empresa y cual le convenga a los intereses de la empresa.

Dentro de una negociación internacional la forma y el pago es uno de los varios acuerdos que se deberán negociar para concretar una venta o compra en los mercados internacionales. Por esto las empresas o el GANI deben evaluar la forma de pago que más le convenga para asegurarse de que recibirán o realizarán el pago con toda oportunidad.

En el comercio internacional se cuenta con varias formas para realizar o recibir los pagos internacionales de las mercancías. A continuación se describen las principales formas de pago internacional:

  • Cheque
  • Giros Bancarios
  • Ordenes de Pago
  • Cobranza Documentaria
  • Cartas de Crédito

Estas modalidades que a continuación describo, son las más comunes dentro del Comercio Internacional, pero, es importante desatacar que aunque éstas formas de pago internacionales son las más aplicadas, las empresas “idean” sus propias formas de pago, como es contra aceptación de documentos de embarque u otros documentos, que de igual manera mencionaré:

CHEQUE
Es un documento en forma de orden de pago para que una persona cobre la cantidad asignada de los fondos que el expedidor tiene en una cuenta bancaria.

Es muy común que en el comercio internacional las transacciones internacionales sea realizadas a través de el cheque, aunque esta forma de pago tiene sus inconvenientes tales como que la empresa reciba un cheque sin fondos, o que la persona que firma el cheque no está autorizada para hacerlo.

Por lo general cuando se toma esta forma de pago, es cuando entre el importador y el exportador tienen la suficiente confianza para hacerlo.
Es importante que el exportador tome en cuenta los siguientes puntos cuando utilice esta forma de pago:

  • Que el nombre del beneficiario sea anotado correctamente.
  • Que las cantidades anotadas con número y letras coincidan.
  • Que el cheque no contenga o presente tachaduras, enmendadoras o alteraciones.

GIRO BANCARIO
Es un título de crédito nominal, en virtud de que debe expedirse invariablemente a nombre de una persona física o moral, pues no debe tenerse giros al portador.

Esta forma de pago tiene una gran aceptación en el comercio internacional, ya que se puede emitir giros en la mayoría de las divisas existentes en los mercados internacionales, a demás de que no debe tenerse cuenta con ningún banco.

En México esta forma de pago se tramita en cualquier banco. Así, el importador debe solicitar la venta de un giro internacional donde se indique el importe, la divisa y la plaza donde radica el beneficiario.

Este documento se caracteriza por su negociabilidad restringida, esto significa que solo los bancos la recibe para ser abonados en cuenta, por esto el beneficiario del giro no recibe el pago en efectivo sino en una cuenta será abonada la cantidad que en dicho giro sea mencionada y el banco solicitará al beneficiario que se identifique a satisfacción de la institución bancaria para realizar dicho trámite.

Las empresas que pretendan utilizar esta modalidad de pago deberán investigar que el banco del importador, con los cuales pretendas realizar las transacciones, pueda emitir los giros con cargo del banco acreedor (del exportador), para que de esta forma dicha transacción sea más ágil para ambas partes.

ORDEN DE PAGO
Esta forma de pago es muy utilizada dentro del comercio internacional, en la cual es necesario que el exportador tenga una cuenta bancaria a fin de que los recursos sean abonados a dicha cuenta.

Las partes que por lo general intervienen en esta forma de pago son las siguientes:

  • Ordenante: Persona o empresa que compra la orden de pago. (importador)
  • Beneficiario: Persona o empresa que recibirá en la cuenta previamente establecida el importe de la operación.(exportador)
  • Banco Ordenante: Es el banco que recibe en sus ventanillas el importe de la operación por parte del importador.
  • Banco Pagador: Es el banco que acepta efectuar el pago mediante depósito a uno de sus cuenta-habiente. (exportador)

El procedimiento para tramitar esta forma de pago es la siguiente:

El importador es quien inicia los trámites en un banco de su localidad, requisita un formato previamente ya establecido por la institución bancaria, en el cual anota el nombre y domicilio completo del beneficiario, la cantidad y la divisa de la orden de pago establecida por las partes (importador – exportador), así como los datos completos del banco pagador y el número de cuenta en la cual deberá abonar los fondos. Con esta información, el banco ordenante transmitirá el mensaje respectivo para que el giro se abone al beneficiario.
Es importante que tanto el exportador como el importador negocien como van a cubrir los gastos y/o comisiones que cobrarán los bancos, es recomendable que cada uno cubra dichos gastos generados en su país.

COBRANZA DOCUMENTARIA INTERNACIONAL
Los exportadores pueden emplear el servicio de cobranza documentaria internacional el cual ofrecen las instituciones financieras para gestionar aquéllas a su nombre.

El procedimiento es el siguiente:
El GANI (exportador) acude a su banco y solicita el servicio de cobranza documentaria, en caso de que acuda a un nuevo banco, deberá ir personalmente, en caso de que la realice con el banco que ya ha trabajado, deberá solicitarle a su ejecutivo de cuenta, para que, en ambos casos, lo remitan al área internacional y deberá instruir al área internacional por escrito qué gestiones deberá realizar, cabe señalar que las instrucciones que dé el exportador al banco (área internacional) deberán ser muy exactas para no caer en malas interpretaciones o ambigüedades, aunque por lo general no existen ya que al área internacional deberá asesorar al exportador o lo recomendará en cómo realizar dicha cobranza.

El GANI como exportador deberá entregar al área internacional del banco los documentos representativos al embarque, de la mercancía y en alguno de los casos algún título de crédito, estos pueden ser una letra de cambio o un pagaré, a fin de que el banco y a través de su banco corresponsal en el país del importador, presente o entregue a este último los documentos contra el pago del importe de la factura o la aceptación de los títulos de crédito.

La Cobranza Bancaria Internacional se dividen en:

  • Cobranza Simple: en la cual se manejan exclusivamente documentos financieros, como cheques, letras de cambio y pagarés.
  • Cobranza Documentaria: que es la más usual en el comercio internacional, y la más recomendada para el GANI dentro del área de tráfico, y en la que acompañan, además de los documentos financieros, los documentos comerciales, factura(s), conocimiento de embarque, etc., o la aceptación de un título de crédito, cuya fecha de vencimiento sea diferida.

El GANI al estar manejando cualquiera de las dos formas de cobranzas documentarias contra aceptación de documentos, con fechas de vencimiento diferidas (crédito), podrá negociar un interés por morosidad de pago con el importador. El GANI también puede dar instrucciones a los bancos para que ellos elaboren el título de crédito, lo mantengan bajo custodia y en su oportunidad lo presenten para su pago, incluso pueden realizar el protesto en caso de no obtener la aceptación o el pago del importador.

Es importante destacar que la desventaja con la que cuenta esta forma de pago, es que el importador puede o no puede aceptar la cobranza documentaria, en caso de que se aplique el protesto, llevará consigo un litigio internacional y por consecuencia tiempo y dinero, y el importador puede deslindarse de toda responsabilidad si justifica tardanza en los documentos o en el embarque, así mismo no es recomendable utilizar la cobranza documentaria cuando el tránsito del transporte es muy corto, 3 a 10 días, ya que la cobranza documentaria podría tardarse más de esos días y pondría al importador en una situación desventajosa, por que deberá pagar multas para liberar el embarque por no contar con los documentos originales del embarque, o a menos que la coordinación entre la empresa, los bancos y la línea transportista sean muy exactas, a la falla de alguna de las partes perjudicaría al importador; como ejemplo mencionaré una embarque a el país de El Salvador:

Supongamos que la empresa tiene un embarque vía marítima para el día lunes a El Salvador la mercancía ya se encuentra en puerto y despachada y listos todos los documentos internos de la empresa, tales como la factura, lista de empaque, carta de instrucciones, pagarés o letras de cambio, instrucciones al banco, etc., tomando en cuenta que el transito del buque es de tres días saliendo del puerto de Manzanillo, Col., a el puerto de Acajutla; la línea naviera expide el conocimiento de embarque (B/L) dentro de las próximas 24 o 48 horas, después de la salida del buque del puerto, supongamos que se entregan los B/Ls 24 horas después; ya serían dos días (martes) ese mismo día se entregan los documentos al banco, en el caso de que se entreguen los documentos al banco en Celaya, Gto., y tomando como banco Bancrecer, por tener más bancos corresponsales en Centroamérica, enviaría el banco de Celaya los documentos en la valija de las 12:00 hrs. o de las 18:00 hrs. a la matriz del área internacional a la ciudad de León, Gto. y verificarían los documentos hasta el siguiente día miércoles, o en su caso se envía directamente con un chofer de la empresa a dejar los documentos a León, Gto., y se revisa la documentación y se envía ese mismo día (martes) vía mensajería a el banco corresponsal, se tomaría como empresa de mensajería a DHL por entregar los documentos más rápido en otros países, el tiempo de entrega va desde los 2 a los 4 días, para cuando el banco recibe los documentos ya pasaron 1 o 2 días (jueves o viernes) después de la llegada del Buque al puerto de Acajutla, el banco corresponsal deberá revisar y notificar al importador de la cobranza documentaria en la cual podría pasa un día más (sábado), entonces el importador recogería la mercancía hasta el sábado, en caso de que trabaje el banco el sábado o sino hasta el próximo día lunes o martes.

En dicho ejemplo se tomo que la coordinación y los tiempos fueron los más exactos posibles, pero como lo mencione anteriormente, si falla alguno de los involucrados serían más días de tardanza, lo mismo sucede en caso de ser el embarque vía terrestre y cabe destacar que este tipo de problemas, que a menudo se puede encontrar el GANI, no esta es sus manos poder resolver; por esta razón, no recomiendo utilizar la cobranza documentaria para tránsitos menores a 10 días.

CARTAS DE CREDITO:
Las cartas de crédito son ya muy utilizadas en el comercio internacional, tanto que las instituciones financieras aceptan y expiden dichas cartas y se especializan en éstas, aunque la ausencia de normas ante importante materia, la Cámara de Internacional de Comercio, organización no gubernamental al servicio del comercio mundial, cuyo países integrantes son más de 120 representan a millares de compañías y organismos comerciales trabajan para hacer una compilación de reglas conocidas mundialmente como “Reglas y Usos Uniformes Relativos a los Créditos Documentarios” (Uniforms Customs and Practice for Documentary Credits) UCP-500.

Las UCP-500 rigen las relaciones entre exportadores e importadores y banqueros en todos los aspectos de créditos documentarios.

Las Cartas de Crédito son, por su naturaleza, operaciones independientes de los contratos en los que pueden estar basadas y a los bancos no les afecta ni están vinculados por tales contratos, pero es muy importante que en una cláusula del contrato se estipulen los acuerdos a que hallan llegado las partes para el manejo de las cartas de crédito.

Es importante destacar que los bancos, y todas las partes que intervengas en el manejo de una carta de crédito, se vinculan solamente con los documentos que se tramitan con base a esa operación, pero no con las mercancías; también hay que considerar que los bancos son muy cuidadosos al revisar la documentación de una carta de crédito, y aplican un criterio de estricta literalidad al texto y los términos y condiciones previstas en la carta de crédito, una falta de ortografía, un acento, una coma de más o la omisión de la coma o hasta incluso un espacio de menos y corregir una palabra mal escrita o la falta de una copia fotostática de un documento original entregado es considerada como una discrepancia.

Los participantes para una carta de crédito son los siguientes:

  1. Exportador o “beneficiario”, el cual su intervención inicia cuando negocia en un contrato los términos y condiciones de la carta de crédito.
  2. Importador o “ordenante”, quien es el que pone en marcha los trámites para establecer la carta de crédito.
  3. Banco Emisor, es el banco que emite o abre la carta de crédito a petición del ordenante o importador.
  4. Banco Intermediario, este se divide en: Notificador, si únicamente avisa del crédito y Confirmador: si entrega la confirmación del crédito a su cliente (exportador o beneficiario)

Las modalidades de las cartas de crédito son las siguientes:

  • Revocables: El banco emisor puede en cualquier momento modificar o cancelar las cartas de crédito revocables, sin que sea necesario avisar en forma anticipada al beneficiario, Sin embargo el banco emisor está obligado a reembolsar a cualquier otro banco que haya intervenido, entes de la modificación o cancelación de la carta de crédito, en la transacción para cualquier pago, aceptación o compromiso contraído por pago diferido, siempre que los documentos estuvieran conformes con las condiciones de la carta de crédito original.
  • Irrevocables: Tiene como característica principal que el banco emisor se compromete en forma total y definitiva a pagar, aceptar, negociar o cumplir con los pagos diferidos a su vencimiento, siempre que los documentos respectivos cumplan con los términos y condiciones. La única forma de cancelarlos o modificarlos es cuando todas las partes que intervienen en la operación expresan su consentimiento para ese efecto.
  • Notificada: Es la carta de crédito que exime a los bancos distintos al emisor de todo compromiso de pago ante el beneficiario, ya que solo se limitan a notificar al beneficiario los términos y las condiciones de la operación; el único banco que se compromete a pagar es el emisor.
  • Confirmada: Esta carta de crédito proporciona al exportador o beneficiario la seguridad absoluta del pago.
  • Por su disponibilidad de pago: Todos los créditos deben indicar claramente si se utiliza para pago a la vista, para pago diferido, aceptación o negociación, un gran número de cartas de crédito se clasifican como a la vista, lo cual significa que el beneficiario obtendrá el pago tan pronto como presente la documentación en orden y el banco pagador los haya revisado en su entera satisfacción.
  • Revolventes: Una carta de crédito expira cuando se ha cumplido el acuerdo establecido en la carta de crédito, en el caso de que tanto el importador como el exportador, por sus relaciones comerciales, tienen operaciones continuamente desean restablecerlas, es recomendable utilizar este tipo de carta de crédito.
  • Transferibles: Es aquel que da derecho al beneficiario total o parcialmente a uno o más segundos beneficiarios; normalmente el beneficiario del crédito es el vendedor de las mercancías; sin embargo, por convenio entre las partes el crédito puede estar a favor de un tercero.
  • Stand by: Son utilizadas para garantizar el pago a un acreedor, si su deudor incumple sus obligaciones contractuales; el único requisito para que el beneficiario pueda cobrarle es el que compruebe, normalmente con un documento certificado por un tercero, que su deudor no le pagó en su oportunidad.

Cuando el GANI, por alguna circunstancia, envía mal los documentos a su banco y por consecuencia hay una discrepancia, no podrá modificarla, salvo que este se entere antes de que los documentos sean abiertos por el banco y solicite la devolución de los mismos, hay que tomar en cuenta que también en las cartas de crédito, para la presentación de los documentos, se manejan tiempos de entrega, por lo general entre 24 y 48 hrs de la salida del embarque, ya sea de planta o puerto, en caso de que se exceda de ese tiempo, también es una discrepancia a la carta de crédito.

Por cada discrepancia que se encuentre el banco del exportador cobrará una multa que varía entre los USD $50.00 y USD $100.00. Supongamos que en la carta de crédito hay varios errores, uno por omitir una palabra, otro no poner una coma y falta una copia de la factura, en este caso la carta de crédito va con tres discrepancias y la multa oscilará entre los USD $150.00 y USD $300.00, pero ahí no acaba el problema, el banco intermediario o confirmador (del exportador) informa al banco emisor que la carta de crédito va con discrepancias, entonces la carta de crédito pasa a ser una cobranza documentaria, por los errores que se encuentran en ella, con la incertidumbre de que el importador acepte o no las discrepancias y ordene a su banco que proceda al pago. Es importante señalar que cuando hay discrepancias y toma la forma la carta de crédito en cobranza documentaria el banco intermediario o confirmador le pedirá al exportador una letra de cambio o un pagaré con el monto de la carta de crédito.

También es importante señalar que al banco intermediario o confirmador, el exportador deberá entregar copia de cada uno de los documentos para su archivo, en caso que de también falte algún documento es discrepancia, aunque se puede negociar esta discrepancia con el banco.

Para que el GANI escoja cuál es la mejor carta de crédito para la empresa se deberá asesorar con la institución bancaria y forzosamente con el director general de la empresa a la cual trabaja para que haya malos entendidos.

Al estar negociando la carta de crédito con el cliente (importador), al estipularse las cláusulas sería recomendable que una persona del área de tráfico este presente (siempre y cuando el departamento de tráfico no realice la negociación) ya que es recurrente que en el puerto de salida manifiestan el puerto, por ejemplo el puerto de Altamira, esto deja que solamente por ese puerto tendrá que salir la mercancía, lo más recomendable es dejar clara la instrucción de “cualquier puerto mexicano” (Best Mexican Port).

Otra de las dificultades que se puede encontrar el GANI cuando este no negocie las cartas de crédito es el que se estipulan fechas de salidas de puerto mexicano al igual que líneas marítimas, pero el itinerario de la línea no corresponde a la estipulada en la carta de crédito y para poder cumplir se deberá utilizar otra línea marítima diferente a la estipulada y se caerá en discrepancia, es recomendable informarle al cliente y que autorice la discrepancia.