?>
alt="" class="" />

Charles Alexander Sablich Huamani (CV)
Universidad Privada Alas Peruanas
' . $nRegistro; ?>

Volver al índice

 

2.4 Ramas del Derecho Financiero. Para comprender mejor el contenido de esta disciplina jurídica se hace necesario conocer las ramas que lo conforman y el objeto de estudio de cada una de ellas de manera tal que podamos tener una idea completa del campo de acción de esta rama del derecho.

Las ramas del derecho financiero son:

Para el Profesor Héctor Villegas1 , esta rama del derecho tiene la función de “prever los aspectos sustanciales de la futura relación jurídica que se trabará entre el Estado y los sujetos pasivos de la relación tributaria con motivo del tributo”.

Esta rama disciplina el reclamo tributario, los procedimientos no contenciosos vinculados a la determinación tributaria, los medios impugnativos de los actos de la Administración Tributaria, la competencia la Administración Tributaria y la del Tribuna Fiscal, así como la relacionada la queja tributaria.

Para el profesor Valdés Acosta, el objeto del derecho tributario internacional es “la regulación de los hechos tributarios de carácter internacional, ya sea por la nacionalidad, domicilio o residencia de los contribuyentes, ya por el lugar donde estos celebran sus negocios, ya por el legar en que los hechos concurren” (“Instituciones del Derecho Tributario” Edit. Depalma, Bs.As. 1992, pág. 27)

Compartimos este último criterio pues la sanción no es exclusividad del fuero penal, sino que la encontramos en otras disciplinas jurídicas como lo es el derecho administrativo, el derecho tributario y todo aquel que tenga capacidad sancionadora, inclusive el derecho procesal civil, pues siendo el derecho como lo expone Hans Kelsen “ un orden coactivo” resulta pues que tiene la capacidad de sancionar “toda conducta contraria a la norma legal o lo que es lo mismo a la conducta prohibida por dicha norma” ( Kelsen, Hans “ Teoría Pura del Derecho” Edit. Temas, Lima 1989 Pag.87 ) además el derecho penal comprende la sanción para los delitos, las faltas y las contravenciones, solo que esta última el ordenamiento legal lo encarga a las diversas ramas del derecho porque son pasibles de penas menores como multas, comisos Etc. 3

1 B. VILLEGAS, Héctor (1992): Curso de Finanzas, Derecho Financiero y Tributario, Edit. Depalma, Bs.As., P. 245.

2 FLORES POLO, Pedro (1988): Derecho Financiero y Tributario Peruano, Edit.J.V. Lima, P. 411.

Volver al índice