ANÁLISIS DE LA ESTRUCTURA CONCEPTUAL DEL MODELO INTERNACIONAL DE CONTABILIDAD SECTOR PÚBLICO

Daniela Lucia Molina Sánchez
Victoria Eugenia Rincón Alzate

4.2.2 historia de la contabilidad pública.

“La contabilidad gubernamental provino primero de España, que como Estado conquistador fue consciente de su importancia y por ello vinculó como partícipes indispensables de toda expedición, junto a los militares, al geógrafo, el cura doctrinero y el contador, organizando las cuentas de la Colonia desde sus inicios. España consolidó la organización contable sobre criterios de la cultura latina, consecuencia de su actitud abierta al arte y el conocimiento europeo de la época. En 1263 Alfonso el Sabio ordenó la organización de las cuentas reales e impuso a los funcionarios encargados de la administración,  la obligación de rendir cuentas, practica regulada totalmente en 1436, cuando la función de vigilancia se asigno a los Oidores de la Real Audiencia; en 1476 se emiten ordenanzas reales estableciendo la forma de rendir las cuentas. Todas las prácticas fueron trasplantadas a la Nueva España (América española), con la designación de contadores reales, quienes junto con su nombramiento recibían una cédula de instrucciones con elaborados reglamentos de contabilidad fiscal y forma de llevar los libros.
A partir de 1551 el rey Felipe II ordena llevar contabilidad por partida doble, procedimiento retractado en 1923, cuando se retornó a la partida simple y los sistemas de caja. Estas normas contables se mantienen y mejoran durante toda la Colonia y después de ella en la vida republicana, caracterizada ésta última por el tránsito del caos informativo a la racionalidad, permitiendo identificar grandes etapas de la información gubernamental.
Durante este siglo largo de historia, la contabilidad se caracteriza por la incertidumbre de su quehacer y la responsabilidad de su construcción. El objetivo que enlaza la pródiga legislación contable es el control de la actividad estatal en su aspecto financiero y administrativo, con muy poco desarrollo del control de sus derechos sobre los contribuyentes, porque sus rentas se originan en tributos aduaneros y de consumo.
La responsabilidad de la elaboración de información contable se desplazó reiteradamente de las ramas ejecutiva, a legislativa y judicial del poder público, sin establecer un criterio acertado sobre la importancia administrativa de la contabilidad, cuya práctica fue accidentada e intermitente, siendo normal su abandono en épocas de guerra, constituyendo los eventos bélicos, tan rutinarios en el pasado siglo, el argumento justificativo ante el parlamento para no informar las cuentas de la Nación. Las principales normas que se presentaron en esta etapa fueron:
1819. Se determina la vigencia de las normas contables del gobierno español, restableciendo el Tribunal de Cuentas y creando una Dirección y Superintendencia General de la Hacienda.
1821. Por Ley del 6 de octubre se organiza la Contaduría General, disponiendo el funcionamiento de la Oficina de Contaduría de la Hacienda, integrada por cinco contadores nombrados por el gobierno.
1824. Por Ley del 3 de agosto se suprime la Contaduría General de la Hacienda, se crea la Dirección General de Hacienda, con Contadurías Seccionales, formada por cinco directores. Se reglamenta el pago de la deuda pública y el libro de la deuda nacional.
1825. Por Decreto de noviembre 23 se crean Contadurías Provinciales investidas de jurisdicción coactiva para el cobro de acreencias a favor del Estado.
1832. Por Ley del 20 de marzo se suprime la Dirección General de la Hacienda, restableciendo la Contaduría General de la Hacienda, dependiente del ejecutivo, asignándole funciones de examen y fenecimiento de cuentas.
1838. La Ley del 26 de mayo integra la Comisión Legislativa de Cuentas por tres miembros de cada cámara, para evaluar las cuentas del presupuesto y del tesoro.
1843. Se incluye la organización contable en la Constitución Nacional.
1846. La Ley del 9 de junio reglamenta el funcionamiento de la Contaduría General de la Hacienda y determina trámites para el fenecimiento de cuentas. La Ley del cuatro de mayo establece la obligación de la Contaduría General de la Hacienda de examinar y fenecer las cuentas de la administración y de sus oficinas subalternas.
1847. Por Ley séptima se establece la Corte de Cuentas, compuesta por un juez y sus jueces auxiliares nombrados por el ejecutivo, con funciones de examen y fenecimiento de cuentas en primera instancia. Se impone al contador general, normas sobre el manejo de las cuentas.
1850. La Ley 20 crea la Oficina General de Cuentas sustituyendo a la Corte de Cuentas, dirigida por un Contador Mayor Presidente. El personal de esta dependencia debe ser nombrado por el presidente.
1857. Por Ley del 19 de febrero los contadores de la Oficina General de Cuentas pasan a ser nombrados por el Congreso. Se define el concepto de responsabilidad fiscal de los funcionarios ordenadores, determinando que las apelaciones se surten en salas distintas de la Corte Suprema de Justicia.
1866. La Ley 68 mantiene como entidad fiscalizadora a la Oficina General de Cuentas, integrada por cinco contadores nombrados por el Congreso y reglamenta su funcionamiento.
1873. Se elabora el primer Código Fiscal, en el cual se ratifica el funcionamiento de las oficinas generales de cuentas, la rendición mensual y el recurso de apelación ante la Corte Suprema de Justicia, incluyendo en las normas contables.
1881. La Constitución fija pautas de derecho presupuestal.
1892. Por Ley 33 se determina la obligación del ejecutivo de presentar proyecto equilibrado de presupuesto.
1898. La Ley 62 restablece la Corte de Cuentas, designada por el Congreso de la República.
1904. Se reglamenta por Decreto la formación de las cuentas del presupuesto y del tesoro.
1912. Se deroga el Código Fiscal de 1873 determinando que la Corte de Cuentas tendrá diez magistrados, nombrados por el Tribunal Supremo de lo Contencioso Administrativo para períodos de cuatro años y se reglamenta su funcionamiento. La Ley 110 del mismo año determina procedimientos para el cálculo de rentas.
1918. Se eleva el número de magistrados a trece, los cuales son nombrados seis por la Cámara de Representantes y siete por el Senado para períodos de cuatro años. La simple enunciación de estas normas evidencia de manera clara, la continua variación de la regulación en sus aspectos de organización del trabajo, proceso contable y proceso de control, en un ambiente de incertidumbre donde lo predominante es el ensayo-error de aspectos eminentemente funcionales, pragmáticos
Esta etapa tiene su origen en la aplicación de las recomendaciones de la Misión Kemmerer, que visitó con fines de monitoreo económico a nuestro país en el año de 1923 a instancias del gobierno de Pedro Nel Ospina. Colombia llegó por entonces a un punto crítico de su desarrollo Económico, consolidándose como República agro exportadora, requiriendo de manera inaplazable una reconversión de su estructura para los fines del comercio exterior.
La necesidad de obras de Infraestructura que dieran integración a las zonas de producción con las vías a la exportación no aceptaban aplazamientos y requerían una financiación, por política monetaria considerada imposible a nivel interno, encontrando como alternativa recursos externos. El mayor oferente internacional de crédito era el triunfador de la primera guerra mundial, Estados Unidos, país con significativos desarrollos del saber administrativo, financiero y económico; en virtud de tal conocimiento no arriesgaba sus recursos. Por eso hizo exigencias a Colombia para que organizara sus finanzas y demostrara tener la capacidad de pago suficiente para responder por sus acreencias, enviando a sus consultores encabezados por Edwin Walter Kemmerer, especialista en moneda y banca, quien se acompañó del experto en presupuesto y contabilidad, Joseph T. Byne, el experto en aduanas, W. W. Renwick, el experto en crédito público, Walter E. Laguerquist, y el experto en impuestos y rentas Kossuth Williamson, además de personal auxiliar, apoyados por contables colombianos como Leopoldo Lascarro, Regulo Domínguez y Rafael Caballero. La misión abordó todos los tópicos e hizo recomendaciones como la creación de instituciones como la Contraloría General de la República, las Superintendencias Bancaria y de Sociedades y la Banca Central, la organización de la contabilidad, el presupuesto y la reforma de los programas educativos de la Escuela Nacional de Comercio”1.


1 CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN.      Evolución del proceso de planificación contable en Colombia (en línea).  http://www.contaduria.gov.co/dmdocuments/bibliotecacontable/textosc/EvolucionPlanesContables.pdf.   Pp. 63-66  (consultado el 29 de septiembre de 2010)

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