POLÍTICA Y DERECHO. ESTUDIOS PARA LA CONSTRUCCIÓN DE LA DIVERSIDAD DEMOCRÁTICA

Mario Jesús Aguilar Camacho

18.- Fundamentos legales de la declaración de procedencia en el Estado de Guanajuato.

En la Ley Orgánica del Poder Legislativo en el Estado de Guanajuato, encontramos los fundamentos en relación a la Declaración de Procedencia, en el título octavo, del jurado de procedencia, capítulo primero, de la substanciación de las acusaciones contra funcionarios que gozan de fuero constitucional,  siendo los artículos 189 a 209.

19.- Problemática actual de la declaración de procedencia en el Estado.

Como ya se vio durante el desarrollo del presente trabajo, el tema de la Declaración de Procedencia tiene varios aspectos que deben ser necesariamente renovados para una mejor aplicación de dicho procedimiento.

Primeramente es importante mencionar que el nombre de esta figura algunos autores lo mencionan de manera indistinta como Juicio de Procedencia o Declaración de Procedencia, pero no es un juicio en virtud de que no cuenta con las características de un juicio;   para solicitar la Declaración de Procedencia: Sólo está facultado el Procurador General de Justicia, lo cual no permite que alguien más legalmente pueda hacer., dentro del procedimiento los términos para realizar las diligencias necesarias son demasiado largos, lo cual provoca que un procedimiento relativamente sencillo se vuelva complicado y en la práctica largo o en algunos casos  quedan inconclusos; lo que a su vez provoca que el servidor público que está sujeto al Procedimiento, por cuestiones de tiempo y por haber concluido su cargo público, queda en total libertad para retomar su vida como cualquier ciudadano común, lo cual crea impunidad total para el servidor público, la seguridad jurídica de los ciudadanos se ve en completa desventaja en comparación con los citados servidores públicos,  así como  una total desconfianza para la ciudadanía,  ya que a todas luces el mensaje enviado y recibido, es que los servidores públicos que gozan de fuero constitucional pueden violentar el orden jurídico sin problema alguno,  toda vez hay un porcentaje muy alto de que jamás van a ser sancionados por los ilícitos que hayan cometido durante el desempeño de sus funciones.
Bajo tal tesitura la Declaración de Procedencia no tendría razón de ser, ya que lejos de realmente un mecanismo de legalidad y control, se vuelve el medio idóneo para obtener beneficios personales y  poder realizar conductas ilícitas sin llegar a tener responsabilidad alguna en ningún momento, de igual forma se observa que el procedimiento de la Declaración de Procedencia, en algunas ocasiones queda inconcluso sin saber la causa de ello. Así las cosas tal vez la mejor opción sería desaparecer dicha figura jurídica y se les procese de manera inmediata a los servidores públicos que realicen conductas ilícitas.

20.- Propuestas de reforma al procedimiento de la declaración de procedencia en el estado de Guanajuato.

De  manera general propongo acotar tiempos durante el desarrollo del procedimiento,  lo anterior para una verdadera seguridad jurídica y un procedimiento eficiente, así como  la creación de un consejo ciudadano, el cual este facultado para  poder seguir investigando que resultado tuvo la averiguación previa en los casos en concretos, así como el resultado final en los casos que hubiere la consignación al juez competente.

21.- Conclusiones.

Durante el desarrollo del presente trabajo, se llego a varias conclusiones de vital importancia. Primeramente no se debe de hablar de manera indistinta al  decir el Juicio de Procedencia o Declaración de Procedencia,  la denominación correcta es Declaración de Procedencia, en virtud de que ya se explico que no es un juicio como tal; es fundamental que se adecue el procedimiento para una verdadera aplicación del mismo, que sea eficaz y tenga seguridad jurídica, ante tales circunstancias se señaló que  se debía de acotar algunos términos para evitar que el procedimiento se hiciera ineficaz y largo. En cuanto  a la creación del consejo ciudadano y su función son una muy buena opción para saber cuál fue el resultado final obtenido, pero cabe señalar que el procedimiento de creación de este consejo ciudadano que se propone, es otra línea de trabajo, ello por lo que representa y su adecuada conformación debe estar bien definida.

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