GUIA PRÁCTICA PARA DESARROLLAR MODELOS PRESUPUESTARIOS EN LAS PYMES MEXICANAS DE TIPO INDUSTRIAL

Rafael Espinosa Mosqueda
Asesorneg@yahoo.com.mx

3. 5. 15. Hojas para determinar el costo de los recursos humanos.

En la formulación de un presupuesto maestro se debe de incluir el costo de los recursos humanos, para ello se debe de contar con una plantilla de personal, con la idea de poder determinar el costo de las prestaciones básicas, extraordinarias y de seguridad social que conforman el costo integral de este recurso.

3. 5. 15. 1. Costo de la plantilla de personal.

El desarrollo de esta cédula tiene la finalidad de conocer el costo y número de trabajadores con los que cuenta la organización. Una vez identificados los puestos, se valoran únicamente aquéllos que permanecen constantes independientemente de la producción o ventas que se realicen (costos fijos por salarios mensuales).

3. 5. 15. 2. Hoja para determinar las prestaciones básicas a los trabajadores (aguinaldos).

Las prestaciones laborales son  beneficios complementarios que las empresas ofrecen a sus empleados además del salario. Se clasifican en pagos en efectivo, en especie y contingentes; algunas se otorgan con base en la LFT y otras tantas dependen de la estructura de la compañía. Incluyen desde aguinaldo, vacaciones y prima vacacional, hasta apoyo por nacimiento de hijos y ayuda para renta, entre otras.

Las prestaciones laborales básicas de acuerdo con LFT son el aguinaldo, vacaciones y la prima correspondiente, para la obtención del costo del primer elemento se debe de tomar los importes de la plantilla de personal de acuerdo a las áreas de administración, producción y ventas, multiplicando el salario diario por el número de días que otorgue la empresa por este concepto; los resultados anteriores están representados en forma anual, por lo tanto, se deben de dividir cada uno de ellos entre el número de meses del año y transferir dichos costos a la hoja para determinar los costos fijos departamentales.

3. 5. 15. 3. Hoja para determinar las prestaciones básicas a los trabajadores (vacaciones y la prima vacacional).

La segunda y tercera prestación básica que reciben los trabajadores  son las vacaciones y la prima vacacional,  para su cuantificación se procede a multiplicar el salario diario por el número de días que tenga derecho a disfrutar como vacaciones, el resultado obtenido se debe multiplicar por el porcentaje que la empresa maneje como prima vacacional; al igual que el aguinaldo los resultados se encuentran representados en cifras anuales, por lo que deben de ser divididos entre el número de meses del año, para conseguir el costo mensual;  los valores anteriores se deben arrastrar a la hoja para determinar los costos fijos departamentales.

3. 5. 15. 4. Hoja para determinar las prestaciones extraordinarias a los trabajadores (vales de despensa, fondo de ahorro, premios y bono de productividad).

Las prestaciones extraordinarias son beneficios complementarios que las empresas ofrecen a sus empleados además del salario y las prestaciones de LFT, como se mencionó anteriormente. Este tipo de ayudas, conocidos en el ambiente laboral como paquete de prestaciones, representan un soporte para los empleados debido a que son apoyos de tipo económico y de servicios; el objetivo principal de las organizaciones al ofrecerlos es consentir y respaldar a sus empleados. Además, tienen como propósito desarrollar en éstos el sentido de pertenencia a la organización, protegerlos de riesgos y mejorar su calidad de vida familiar y social; a manera de ejemplo se pueden ubicar a los vales de despensa, fondo de ahorro, premios de puntualidad y asistencia, así como a los premios de productividad.  Para la determinación del costo de éstas se deben de establecer los porcentajes que se desean otorgar a los trabajadores, una vez seleccionados se deben de multiplicar por el salario que perciban  los trabajadores en atención a su respectiva área de trabajo; los resultados obtenidos se deben de  transferir a la hoja para determinar los costos fijos departamentales.

3. 5. 16. Hojas para determinar las partes que integran y a las que no integran para efectos de la base gravable para efectos de seguro social.

Para la determinación de las percepciones de los trabajadores que integran la base gravable para efectos del pago de las cuotas patronales al IMSS, es necesario obtener el salario diario integrado,  se debe atender al ordenamiento  del artículo 27 de la LIMSS (2008) que indica lo que no se incluye como salario, y por lo tanto todas las demás percepciones que tengan los trabajadores, sí estarán  consideradas para determinar las mencionadas cuotas; lo que se debe identificar es, si los conceptos son fijos (es la percepción conocida y que se puede cuantificar desde que ingresa el trabajador) o variables (se entiende como la percepción conocida o no, pero que no se puede cuantificar; tiene que ser determinada y pagada para ser integrada como parte del salario).

3. 5. 16. 1. Hoja para la determinación de las partidas de cuantía previamente conocidas para efectos de integración de salario.

Con la finalidad de hacer una adecuada integración de los salarios se debe de preparar una tabla donde se analicen los conceptos más comunes de percepción que tienen los trabajadores, iniciando con las retribuciones periódicas de cuantía previamente conocida (conceptos fijos), tal como lo marca el artículo 30, fracción I de la LIMSS (2008),  las remuneraciones en cuestión son el aguinaldo y la prima vacacional. Conociendo el salario diario de un trabajador se multiplicará por el número de días que la empresa otorgue como aguinaldo, el resultado debe de ser dividido entre los días del año para obtener el importe a integrar. Para la prima vacacional, primeramente se obtiene el valor de las vacaciones y a su resultado se le aplica el porcentaje que se otorga como prima; como paso subsiguiente se divide entre el número de días del año y así cuantificar el importe integrar por ésta.  

3. 5. 16. 2. Hoja para conocer los elementos que integran el salario para efectos de cotización en materia de seguro social.

La LIMSS (2008) en su artículo 30, fracción II sustenta que si por la naturaleza del trabajo, el salario se integra con elementos variables que no puedan ser previamente conocidos, deben de ser sumados a los ingresos totales, por lo tanto se debe de preparar una cédula de trabajo donde se especifiquen cada uno de los conceptos variables en su parte exenta y en su parte de integración.

3. 5. 17. Hojas para determinar el costo de IMSS y de INFONAVIT.

Generar un empleo formal y permanente en México tiene un costo para las empresas  y siempre tiene un por ciento más que el valor del salario que pagará a su trabajador.

Esto, debido a que, con la contratación, es necesario cubrir las cuotas al IMSS, INFONAVIT y Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR), entre otras prestaciones de ley, como vacaciones pagadas, prima vacacional y aguinaldo, por citar algunas, estar al tanto de las partidas que integran su costo, permite determinar el valor de las aportaciones a cada una de las ramas que integran la seguridad social que regulan  nuestras leyes.

3. 5. 17. 1. Ejemplo de un salario diario integrado base de cotización para el cálculo de las cuotas obrero-patronales del seguro social.

Con la finalidad de desarrollar el cálculo de la cuota patronal se mostrará un ejemplo de un salario diario base de cotización.

3. 5. 17. 2. Hoja para determinar las aportaciones de las ramas de seguridad social a cubrir mensualmente.

De forma general las cuotas obrero patronales se causan por mensualidades vencidas y el patrón está obligado a determinar sus importes, así lo describe el artículo 39, I  párrafo de la LIMSS (2008). Las ramas del IMSS a pagar mensualmente son:

I. Enfermedad y maternidad, integrada de una cuota fija, una en especie, otra en dinero y una reserva técnica; se fundamenta en los artículos 106, fracciones I y II; 107, fracciones I y II y el 25, II párrafo de la LIMSS (2008). Al salario base de cotización se le debe de aplicar los porcentajes y bajo el procedimiento descritos en los artículos antes mencionados.

II  Invalidez y vida, el sustento jurídico para esta rama de seguridad social se  encuentra en el artículo 147 de la LIMSS (2008); para el cálculo de la aportación se multiplica el salario base de cotización por el porcentaje que marca el artículo antes mencionado.

III.  Guarderías y prestaciones sociales, los artículos 211 y 212 de la LIMSS (2008) al igual que la rama anterior se debe de seguir el mismo procedimiento aplicando el porcentaje descrito por la ley.

IV.  Riesgo de trabajo, para su determinación se realiza multiplicando el salario base de cotización por el porcentaje de aportación, tal como lo describe el artículo 75 de la LIMSS (2008).

Una vez cuantificadas las cantidades de cada rama de seguridad, deben de ser sumadas para obtener el importe de la cuota mensual.

3. 5. 17. 3. Hoja para determinar las aportaciones de las ramas de seguridad social a cubrir bimestralmente.

En atención al artículo transitorio vigésimo séptimo de la LIMSS (2008) el pago de los cuotas obrero-patronales de las ramas de retiro,  cesantía en edad avanzada y vejez se harán bimestralmente. La LINFONAVIT (2008) en sus transitorios publicados en el Diario Oficial de la Federación (DOF) del 6 de enero de 1997, específicamente en el sexto permite el pago de la aportación en forma bimestral; por lo tanto para fijar los costos de las ramas de retito, cesantía en edad avanzada y vejez se debe de aplicar los porcentajes descritos en articulo 168, fracciones I y II de la LIMSS (2008) al salario base de cotización; en lo que respecta   al costo de la aportación al  INFONAVIT se aplica lo regulado por el articulo 29, fracción II de la INFONAVIT utilizando el mismo procedimiento de la rama antes mencionada. Una vez obtenidos los costos anteriores se adicionan para considerar el importe de pago bimestral.

3. 5. 17. 4. Hoja para determinar el porcentaje de costo con relación al pago de la cuota patronal de seguro.

Como ya se conocen los costos de las aportaciones mensual y bimestral deben de sumarse para obtener el importe a pagar, si  se divide el importe a pagar, entre el salario base de cotización, se obtendrá como resultado el porcentaje de la aportación patronal de prevención social. 

Volver al índice

Enciclopedia Virtual
Tienda
Libros Recomendados


1647 - Investigaciones socioambientales, educativas y humanísticas para el medio rural
Por: Miguel Ángel Sámano Rentería y Ramón Rivera Espinosa. (Coordinadores)

Este libro es producto del trabajo desarrollado por un grupo interdisciplinario de investigadores integrantes del Instituto de Investigaciones Socioambientales, Educativas y Humanísticas para el Medio Rural (IISEHMER).
Libro gratis
Congresos

15 al 28 de febrero
III Congreso Virtual Internacional sobre

Desafíos de las empresas del siglo XXI

15 al 29 de marzo
III Congreso Virtual Internacional sobre

La Educación en el siglo XXI

Fundación Inca Garcilaso
Enciclopedia y Biblioteca virtual sobre economía
Universidad de Málaga