LAS SERVIDUMBRES Y EL DERECHO CIVIL EN CUBA
Beatríz Figueras González
CONCLUSIONES.
1.- Las Servidumbres, en relación a su objeto y contenido pueden consistir en las cosas más diversas, pero es posible dar una definición de ellas como derechos reales en cosa ajena y diferenciarlas de las limitaciones derivadas de las relaciones de vecindad y otros derechos limitativos del dominio, por lo que no es adecuado que se confundan en un mismo título instituciones distintas.
2.- Es línea en la actualidad de las legislaciones foráneas, al sistematizar las materias a que se hace referencia, tratarlas de manera distinta a como se encuentra regulado en Cuba. Conclusión a la que se arriba después de comprobar la legislación civil de diferentes naciones de Latinoamérica y de Europa.
3.- Que existen conflictos en la actualidad que no encuentran su solución en la vía civil debido a la omisión de las Servidumbres en la ley sustantiva, y su confusión con las limitaciones derivadas de las relaciones de vecindad.
4.-. Que la ausencia de las Servidumbres en la sistemática del Código Civil cubano no puede ser remediada con la extrapolación de esta institución hacia otras normas civiles pero de distinta naturaleza ó normas estrictamente administrativas. Las Servidumbres, como derechos reales que afectan el estatuto básico de la propiedad, pertenecen por naturaleza y esencia, estrictamente, a la materia civil.
5.- Que se pone en crisis la seguridad jurídica de nuestra Ley Civil al incurrirse en dilaciones de los procesos, debido al uso frecuente de los medios de impugnación para reclamar sentencias dictadas por los tribunales de menor jerarquía sobre la base de cuestiones técnicas- legislativas y a las disímiles interpretaciones diferentes que de las normas jurídicas hacen los operadores del derecho, debido a la inadecuada regulación de estas normas.
RECOMENDACIONES.
- .- Que los especialistas de la Dirección Nacional de Legislación y Asesoría del Ministerio de Justicia y demás órganos responsabilizados con la creación y aplicación de las normas jurídicas encomienden a quienes determinen , la necesidad de que sea subsanada la omisión de las Servidumbres y su tratamiento legal en el Código Civil Cubano limitando así la posibilidad de tutela jurídica para muchos asuntos en la práctica, a pesar de ser este un texto legal de trascendencia en la vida de cualquier país, partiendo para ello de las consecuencias negativas que la regulación actual está generando.
- .- Que se tenga en cuenta para posteriores revisiones de las leyes relacionadas con esta materia, el resultado de esta tesis, así como para la impartición en las universidades de cursos de pregrado y postgrado.
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