LA JUSTICIA AGRARIA Y SUS DESAFÍOS.

Rolando Pavó Acosta.

   Introducción.

    No resulta ocioso señalar lo extremadamente complejas y polémicas  que resultan las indagaciones acerca de la eficacia de las leyes. En el  caso  del  Derecho Agrario,  ello resulta de mayor dificultad, si se tiene  en cuenta la mixtura de factores concurrentes, entre ellos, dos a modo de ilustración: la estrecha relación entre el Derecho Agrario y la política; y  el hecho de  que  tales normas no están caracterizadas por la misma precisión y rigidez que son típicas en otras, como por ejemplo en las civiles, siendo así que a los preceptos agrarios les son inherentes  cierta flexibilidad y amplitud  en la búsqueda de mayores posibilidades de atender a razones de necesidad política y de justicia.
   

A primera vista resalta que las hipótesis de las normas agrarias contienen frecuentemente términos abiertos, concebidos para ampliar las posibilidades de arbitrio e incluso permitir una interpretación extensiva y progresiva, ello  aunque se justifica, obviamente hace difícil la indagación teleológica de los preceptos y supone notables dificultades metodológicas a la hora de evaluar el ejercicio de tal arbitrio y el arribar a conclusiones  sobre la  eficacia de dichas  normas.
   

No obstante esa dificultad, todo proceso de cambio normativo -si el objetivo final es perfeccionar las normas-debe pasar inexorablemente por: el examen de las soluciones intentadas en otros sistemas de Derecho, la caracterización del ordenamiento vigente señalando sus deficiencias y la identificación de los problemas más acuciantes de su aplicación. Así se lograría el perfeccionamiento de la legislación que rige en esta materia, dotándola de una mayor claridad, precisión, armonía y eficacia, en beneficio de los intérpretes y operadores de dichas normas, de la población en general y de la  dirección del país, con vistas a lograr mayores niveles de cumplimiento de los fines del Derecho.
   

El Decreto- Ley 125/91, "Régimen de Posesión, Propiedad y  Herencia de  la  Tierra  y Bienes Agropecuarios", constituye un texto legal que ha quedado como un intento de lograr cierta unidad sistemática y para  mostrar la solidez alcanzada en la evolución de Derecho Agrario cubano al cerrarse la década del 80 del pasado siglo; sin embargo, los problemas que se advierten en los niveles de realización de la justicia agraria, han están indicando que las innovaciones que introdujo, o no han sido suficientes, o que se han producido cambios socioeconómicos que aconsejan la  revisión de la normativa  vigente en la materia.
   

Carlos Marx en 1958 señalaba críticamente el error que consiste en abordar de manera primaria e independiente los datos de la realidad, las circunstancias o actitudes particulares de los hombres, al tiempo que formulaba la necesidad de integrar el empirismo sociológico con el análisis teórico.
   

Partiendo de esa premisa, confirmada como un importante principio metodológico para toda la investigación social, este estudio no se ha limitado al análisis empírico de las disfuncionalidades del mecanismo jurídico establecido en Cuba para la solución de los conflictos agrarios, pues ello hubiera significado una visión demasiado simplificada del problema, cuyos resultados tendrían escasa relevancia científica, si ello no se aborda a partir de una reflexión sobre el debate doctrinal en torno a los pilares fundamentales que sostienen la existencia del Derecho Agrario y especialmente el Derecho Procesal Agrario, incursionando  además en la experiencia histórica nacional  y en el examen de las disyuntivas apreciadas en la legislación de otros países.
    

 En consecuencia, la investigación se  propuso los  siguientes Objetivos:
1) Partiendo del estudio  teórico, histórico  y del desarrollo evolutivo de las normas jurídicas  procesales agrarias, explicar los factores económicos, políticos, sociales y jurídicos, así como los fundamentos teóricos que argumentan la necesidad del establecimiento de mecanismos y procedimientos jurídicos propios para la solución de los conflictos agrarios. 2) Evaluar la efica­cia de las normas vigentes en Cuba que regulan el mecanismo y los procedimientos de solución de los conflictos agrarios,  valorando las posibles deficiencias en su calidad técnica jurídica y en su aplicación. 3) Identificar los principales desafíos que fundamentan la necesidad de introducir modificaciones legislativas en torno al ejercicio de la impartición de la justicia agraria en Cuba 4) Formular  propuestas que sirvan de fundamento para la elaboración de futuras legislaciones que perfeccionen el ejercicio de la impartición de la justicia agraria en Cuba, haciendo énfasis en la proposición de tribunales agrarios.
   

La complejidad de la investigación que ha servido de base a la presente obra ha implicado el empleo de varios Métodos: 1) Teórico Jurídico, 2) Análisis Exegético-Jurídico de las normas, 3) Análisis Jurídico Comparado, 4) Análisis Histórico jurídico de las normas, 5)) Análisis de Documentos 6) Observación, y 7) Medición Sociológica.
     

  Este autor quiere dejar constancia de su agradecimiento por la inapreciable contribución de algunas instituciones, sin la colaboración de los cuales no hubiera sido posible ver esta obra terminada; particularmente a la Dirección Jurídica de varios organismos y organizaciones: la ANAP, el MINAGRI y el MINAZ, también al Instituto de Historia de Cuba, al Archivo Histórico Municipal de Santiago de Cuba y  a la Dirección Provincial de la Organización de Bufetes Colectivos de Santiago de Cuba.
Igualmente a determinadas personas y personalidades:
   

Al Dr. Ricardo Zeledón Zeledón, Presidente Honorario de la Unión Mundial de Agraristas Universitarios y al Dr. Román José Duque Corredor, Vicepresidente del Comité Americano de Derecho Agrario, no solo por sus inconmensurables aportes científicos a desarrollo del Derecho Agrario y en lo particular en cuanto a los temas referidos al Derecho Procesal Agrario, que me sirvieron como el punto de partida imprescindible de esta investigación, sino también porque a través de la comunicación que hemos mantenido en estos años, me aportaron sus obras, sus apreciaciones sobre mis escritos y sobre todo porque me alentaron a continuar dedicándome a la investigación   y la docencia del Derecho Agrario, en algunos de los momentos en que las incomprensiones y contradicciones me hicieron dudar si valía la pena este continuar con este esfuerzo.
   

Al Dr. Juan Antonio Mir Pérez, fundador del INRA, profesor de la Universidad de Oriente, por su valioso testimonio,  sus útiles sugerencias para el mejor conocimiento sobre la aplicación de la Reforma Agraria cubana.
    A Juan Taquechel López, por sus informaciones y valoraciones que me posibilitaron una mejor comprensión histórica de los sucesos y los factores sociopolíticos condicionantes de la evolución del sector agrario cubano durante el siglo XX, que explican la posición de las diferentes personas y organizaciones ante ello.
    A Marvelis, amiga durante más de 20 años, por su inestimable compañía, solidaridad y paciencia, al tratar de refrenar a veces mis excesos.
    

A mi esposa Gledys, por su contribución a esta obra, aunque sólo breve, simbólica y húmeda, pero muy apreciable  en aquel duro instante, y por su resignación por los tantos momentos robados para escribir esta obra.
    A aquellos colegas de mi Facultad de Derecho por su solidaridad y sus opiniones y aún a  los que significaron un obstáculo o un voto desfavorable, pues de todos se puede aprender, al menos, a conocer mejor las cualidades humanas.
   

Al Dr. Oscar Pino Santos,  Historiador y uno de los redactores de la Ley de Reforma Agraria de 17 de mayo de 1959, al Dr. Luís Maria Buch, Secretario del Consejo de Ministros y Magistrado del Tribunal Supremo Popular, al Dr. Juan Valdés Paz y a la Dra. Carmen María Díaz, Investigadores del Instituto de Historia de Cuba, al Dr. José Garea Alonso, Asesor del Ministerio de la Agricultura y Profesor de la Universidad de La Habana, al Lic. Cratilio Navarrete y al Dr. Vicente Rapa, Profesores de la Universidad de La Habana, al Lic. Mario La O Sosa, Director Jurídico de la Asociación Nacional de Agricultores Pequeños, al Lic. Roy Ramón Philipòn, Asesor de la Dirección Jurídica del Ministerio del Azúcar, al Lic. Jorge Aldana, Profesor de la Universidad de Oriente, a la Dra. Eloina Miyares, Investigadora del Instituto de Lingüística Aplicada, a la Dra. Olga Portuondo, Historiadora y Profesora de la Universidad de Oriente, a la Dra. Laritza Zamora, Profesora de Matemática de la Universidad de Oriente,  al Dr. Víctor Téllez, Profesor de Sociología Rural, Universidad de Oriente,  al Dr. Wigberto Ávila, Profesor de Ciencias Económicas,  Universidad de Oriente, al Dr. Pedro Rodríguez, Profesor de Ciencias Agrícolas, Universidad de Oriente, al Msc. Roberto Peña Mulet, Profesor de Derecho Procesal Civil, Universidad de Oriente, al Msc. Héctor Suárez Granda, Profesor de la Universidad de Oriente, al Dr. José Antonio Casas, Especialista de

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