BIBLIOTECA VIRTUAL de Derecho, Economía y Ciencias Sociales

CONTABILIDAD INTERNACIONAL Y RESPONSABILIDAD SOCIAL DE LAS ORGANIZACIONES

Gustavo Mora Roa y otros




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4.2. Aspectos normativa internacional

Teniendo en cuenta que el Marco Conceptual para la Preparación y Presentación de Estados Financieros al igual que los Estándares Internacionales de Reportes Financieros IFRS son emitidos por el Consejo de Estándares Internacionales de Contabilidad IASB, la determinación del tipo de normalización se dará por las características de la entidad emisora en este caso el IASB:

IASB: International Accounting Standards Board (Consejo de Estándares Internacionales de Contabilidad). El Consejo de Estándares Internacionales de Contabilidad (International Accounting Standards Board) es un organismo independiente, del sector privado que desarrolla y aprueba los Estándares Internacionales de Información Financiera. El IASB funciona bajo la supervisión de la Fundación del Comité de Normas Internacionales de Contabilidad (IASCF). El IASB se constituyo en el año 2001 para sustituir al Comité de Estándares Internacionales de Contabilidad (International Accounting Standards Committee).

“La armonización mundial de carácter privado es liderada fundamentalmente por dos organismos, la International Accounting Standards Board IASB y la International Federation of Accountants IFAC.” (Mejía, Montes y Montilla, 2006, 47). Es por ello entonces que se afirma que la normativa internacional es de carácter privada, pues sus entes emisores tienen esta calidad.

El modelo internacional IASB desde sus inicios ha tenido una fuerte influencia del modelo anglosajón fundamentalmente por haber tenido como referente básico en su regulación a la Junta de estándares de contabilidad financiera FASB de los Estados Unidos, organismos privado encargado de la emisión de los estándares contables en el mencionado país.

Mejía, Montilla y Dìaz (2006) analizan la influencia norteamericana en la regulación internacional, a partir de dicho análisis se afirma que los cambios actuales en materia de autoridad efectiva en regulación contable en los constituye un parámetro de discusión mundial, si bien el sector público en Norteamérica siempre ha contado con la facultad de emisión y supervisión de la confección de estándares, en la realidad era el sector privado el encargado de tal función. A raíz de los escándalos que desataron la crisis de confianza la regulación contable cobra su carácter altamente público, en un país que era estudiado a nivel mundial con admiración por un sistema de regulación profesional.

Kaplan en la década del ochenta criticaba la autoridad que sobre el FASB ejercía la SEC, veinte años después puede afirmarse que contrario a lo que exponía éste autor, faltó mayor control gubernamental al proceso de emisión de estándares por parte del sector privado. A continuación se transcriben las consideraciones de Kaplan al respecto:

“La aceptación de las normas del FASB requiere el acuerdo voluntario del AICPA y la delegación benevolente de autoridad por parte de la SEC. Al carecer de una autoridad estatutaria verdadera, la entidad privada encargada de crear las normas siempre será susceptible a finalizar la carrera agravado por los componentes ya que ellos se sienten como el buey cuando va a ser degollado”.

Lo primero que debe entenderse es la tendencia que adopta en el presente siglo el proceso de regulación norteamericano, que constituye un cambio drástico al perder el estatus la autorregulación profesional o regulación privada, cediendo paso a la mayor vigilancia por parte del Estado.

A partir de la expedición de la Ley Sarbanes-Oxley (2002), la Securities and Exchange Commission SEC asume un mayor control del proceso de emisión de estándares contables. La SEC ha contado históricamente con tal facultad de forma potencial, pero después de los escándalos empresariales de finales del siglo pasado y principios del presente, éste organismo gubernamental estrechara sus controles y asumirá un mayor número de funciones con respecto a la legislación contable.

¿Puede la situación anterior, interpretarse como un fracaso de la autorregulación o regulación profesional y por ende, se demuestra la supremacía de la regulación pública o estatal? Una respuesta afirmativa a la pregunta anterior, puedo no corresponder necesariamente con la realidad, pero de igual forma debe tenerse en cuenta que el modelo contable norteamericano es calificado como el mejor del mundo. ¿O indica todo ello, que la contabilidad se encuentra en una crisis?

Además de la dicotomía regulación privada o regulación pública, se presentan otros elementos que no son fácilmente discernibles en la estructura regulativa de una nación, entre estos aspectos se citan:

1. Flexibilidad o Uniformidad de la normativa;

2. Normas generales o normas detalladas;

3. Sistema contable por principios, o sistema contable por reglas;

4. Organismo mono-regulador u múltiples organismos con tal función;

5. Normas rígidas o normas flexibles; y

6. Normas orientadas a confeccionar información con propósito general, o normas para sectores específicos;

Antes de iniciar un proceso de regulación contable, los encargados de la misma han tenido que decidir sobre varios aspectos entre los que se resaltan la orientación metodológica, finalidad, funciones, encargados, usuarios, y contenidos, entre otros.

Son dos teorías básicas las que explican los condicionantes y factores que impulsan la regulación contable:

Una de las teorías de la regulación, la denominada “Teoría del interés público” formula que la regulación es una respuesta a la exigencia del público para corregir las desigualdades y la ineficiencia del mercado.

La otra teoría denominada “Teoría de los grupos de interés”, sostiene que la regulación es una respuesta a grupos de interés especiales, que exigen y buscan encontrar en la normativa contable un instrumento para la maximización de sus intereses.

Esta segunda concepción se alcanza a través de la utilización del poder político, ejerciendo influencia sobre los organismos emisores, para que estos cedan a los fines y propuestas de los grupos sociales dominantes.

Debe exponerse como un deber ser, la articulación de un proceso de emisión de normas que cuente con bases conceptúales, como resultado de investigaciones contables empíricas y a priori, que busquen un punto de equilibrio donde los diferentes actores vean representados sus intereses, sin la existencia de sesgos que favorezcan la elite del vértice piramidal.

Una normatividad contable tendrá mayor aceptación y por ende su utilidad será también más alta, cuando los usuarios se sientan representados en ella. La confianza, la transparencia y el costo razonable de preparación, presentación y análisis de la información constituyen factores que contribuyen a la aplicación exitosa de un modelo contable.

Las necesidades que motivan un proceso de regulación contable dependen de la orientación de los grupos que participan en dicho proceso; donde pueden encontrarse intereses netamente económico-lucrativos hasta propósitos sociales, ambientales y humanísticos. Tales aspectos determinan los tipos de informes exigidos, las características de la información, la definición de capital y su mantenimiento entre otros aspectos.

Los demandantes de información están dispuestos a asumir los costos de información, siempre que el valor de acceder y generar la misma, sea inferior a los beneficios que ésta ofrece. Además de la relación costo-beneficio anterior, se hace necesario que un ente independiente garantice la calidad, transparencia e insesgabilidad de la información. La confianza constituye una columna soporte del capitalismo financiero en todas sus fases.

Es importante indicar que corresponde a cada país escribir su propia historia en materia de regulación contable. Si decide iniciar un proceso de construcción de estándares a través del impulso de proceso de investigación y participación colectiva por parte de los diferentes grupos afectados por el tema.

Si las autoridades nacionales consideran que el proceso anterior es muy costoso en tiempo y recursos, pueden optar por la implementación de un modelo extranjero (de otro país) o de uno internacional (aplicación supranacional) que se considere pertinente para la economía local. La opción de transferencia es justificada por sus defensores como una forma capitalizar las investigaciones y desarrollos de los organismos más avanzados en materia contable. Para qué descubrir lo que otros ya descubrieron afirman los defensores de la transferencia.

Otro sector argumenta a favor de la construcción de normas contables propias; o por lo menos en el caso de utilizar estándares internacionales su aplicación no puede hacerse integral, deben tenerse en cuenta factores específicos de la economía local.

Como gran conclusión se afirma que la contabilidad y por ende su regulación es un saber estratégico, que puede estar al servicio de los intereses generales o de unos grupos cerrados en particular. La regulación puede ser local o internacional. Cualquier decisión que se adopte deberá ser democrática, justa y participativa.


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