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ECONOMÍA POLÍTICA GLOBAL. UNA INTRODUCCIÓN

Antonio Luis Hidalgo Capitán (Coord.)




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CAPÍTULO 4

LA GOBERNANZA DE LA ECONOMÍA MUNDIAL

Antonio Luis Hidalgo Capitán

4.1. La gobernanza global como regulación de la economía mundial

Antes de que el proceso de globalización diese como resultado la aparición del sistema económico mundial, los sistemas económicos capitalistas nacionales que ahora lo integran eran sistemas autónomos, es decir, eran sistemas con capacidad para autorregularse; siendo los mecanismos de regulación una parte de los propios sistemas. Y de todos los mecanismos que contribuían a la regulación de los sistemas económicos capitalistas nacionales, los más importantes eran, sin duda, los gobiernos nacionales.

Sin embargo, con la integración de los sistemas económicos capitalistas nacionales en el sistema económico mundial, aquéllos han ido perdiendo autonomía en la medida en que los gobiernos nacionales han ido perdiendo, a su vez, capacidad para regularlos; lo cual se debe al hecho de que dicha capacidad ha sido transferida hacia mecanismos de regulación transnacionales durante el proceso de globalización.

Pero, a diferencia de los sistemas económicos capitalistas nacionales, entre los mecanismos de regulación del sistema económico mundial no existe ninguno que tenga una capacidad de regulación sobre este sistema similar a la que tenían los gobiernos nacionales sobre los sistemas económicos capitalistas nacionales; es decir, no existe un gobierno mundial. No obstante, ello no significa que no existan otros mecanismos que permitan la regulación del sistema económico mundial.

De hecho la regulación del sistema económico mundial, aún con esta peculiaridad de ausencia de gobierno, es muy similar a la de cualquier sistema económico autónomo e incluso a la de cualquier sistema social que goce de autonomía.

4.1.1. La regulación de los sistemas sociales autónomos

La regulación de un sistema social autónomo, o autorregulación de un sistema social, consiste en la permanente neutralización de las perturbaciones que sacuden a dicho sistema procedentes del exterior del mismo (de su ambiente o de su entorno) o de su propio interior (de los seres humanos).

Tanto este último tipo de perturbaciones como la regulación misma del sistema nos conducen al concepto de agente (o actor), que podemos definir como aquel ser humano, o grupo de seres humanos, con relaciones sociales y con capacidad para tomar decisiones; por lo que podemos hablar de agente individual (un ser humano) y agente colectivo (un grupo de seres humanos: familia, empresa, asociación, gobierno, partido político, sindicato, organismo supranacional…).

En la medida en que todos los sistemas sociales están formado por agentes, éstos son los responsables últimos tanto de las perturbaciones internas como de la regulación de dicho sistema; por tanto, por lo que a la regulación se refiere, si un sistema social puede ser regulado por los seres humanos que lo forman en virtud de su capacidad de tomar decisiones, estaremos ante un sistema autónomo o autorregulado. La autorregulación de los sistemas sociales descansa, por tanto, en la voluntad de los agentes (la causa no causada); por ello, la autorregulación de un sistema social resulta, a priori, indeterminada.

No obstante, dicha indeterminación es sólo parcial, debido a que podemos observar unas ciertas regularidades en las decisiones de los distintos agentes; siguiendo el principio de indeterminación parcial, no hay posibilidad de que en un momento dado pueda ocurrir literalmente cualquier cosa, sino que existe la posibilidad de que ocurran varias cosas y al final ocurre una de ellas.

Las regularidades de las decisiones de los distintos agentes reposan en el hecho de que los mismos viven en sociedad y, como consecuencia, presentan conductas culturales ; dicho de otro modo, las decisiones de los agentes vienen condicionadas por la cultura en la que se encuentran inmersos; luego, desde la perspectiva del observador, las acciones de los agentes estarán parcialmente determinadas, por su cultura, y parcialmente indeterminadas, por su voluntad. El comportamiento de los agentes tiene así facetas deliberadas (decisiones) y facetas no deliberadas (hábitos).

Las decisiones de los agentes suponen que éstos pueden actuar en función de una variedad de formas posibles y que pueden cambiar de objetivos sin que exista un estímulo externo, por lo que la decisión es real y en ella se manifiesta la voluntad de los mismos. Sin embargo, los agentes tienen poderes de imaginación y de creatividad limitados por su propia experiencia y por los hábitos de pensamiento propios de la cultura a la que pertenecen. Por tanto, la indeterminación real, fruto de la voluntad, queda restringida por la cultura y el conjunto de posibilidades de decisión de los agentes queda limitado.

Dichas limitaciones vienen marcadas por las instituciones, que son aquellas normas y pautas de comportamiento comúnmente aceptados por los agentes del sistema social. Dichas instituciones son el resultado de decisiones pasadas de los agentes y constituyen decisiones a priori frente a las decisiones ipso facto ante un dilema; por ello, desde esta perspectiva, las instituciones son limitaciones para dichos agentes. Si la institución es una norma estaríamos ante una limitación formal, mientras que si la institución es una pauta de comportamiento estaríamos ante una limitación informal de los agentes.

Pero no todas las decisiones de los agentes que forman parte de un sistema social, ni todas las instituciones del mismo tienen la finalidad de regularlo. Los motivos que generan las diferentes decisiones de los agentes, y que generaron en el pasado las instituciones que existen en un momento dado en un sistema social, son de naturaleza muy diferente y sólo algunas de las innumerables decisiones e instituciones van dirigidas a la regulación del mismo; serían las decisiones reguladoras y las instituciones reguladoras. Y los agentes que toman decisiones reguladoras serían los agentes reguladores.

Tanto las instituciones reguladoras como los agentes reguladores constituyen los mecanismos de autorregulación del sistema social; las primeras serían mecanismos de autorregulación automática del sistema y los segundos mecanismos de autorregulación deliberada del sistema.

Pero como ya hemos afirmado, las decisiones de los agentes reguladores se encuentran condicionadas por la cultura en la que éstos se encuentran inmersos; en concreto, lo que condiciona dichas decisiones es una manifestación específica de la cultura, la ideología. Y por ideología entendemos el conjunto coherente de ideas y valores referidos a la regulación del sistema social y cuya función es guiar los comportamientos (decisiones y hábitos) de los agentes.

La manera que tienen los diferentes agentes de participar en la regulación de un sistema social es ejerciendo el poder; entendiendo por ejercicio del poder la ejecución de determinadas acciones por parte de un agente de forma tal que otros agentes se comporten por sí mismos de un modo distinto de como lo hubiesen hecho de otra forma; dichas acciones pueden ser deliberadas (decisiones) o no deliberadas (hábitos). Un agente será así más poderoso cuanto mayor sea la capacidad para que la regulación del sistema social al que pertenece se aproxime a sus intereses por medio de la modificación de las conductas de otros agentes.

Teniendo todo esto en cuenta, la autorregulación de un sistema social tiene lugar cuando una perturbación procedente del exterior o del interior del propio sistema es neutralizada, impidiendo con ello que el sistema se vuelva inestable. Si la perturbación ha sido prevista, lo habitual es que los agentes reguladores hayan creado una institución para responder a ella, por medio de una decisión a priori; de esta manera, ante la citada perturbación, los diferentes agentes reaccionan de manera adaptativa automáticamente con un comportamiento preestablecido (institución) que tratará de evitar la inestabilidad del sistema. Si la perturbación no ha sido prevista, lo habitual es que los agentes reguladores reaccionen tomando decisiones ipso facto para que el comportamiento de los diferentes agentes se adapte a la nueva situación sin poner en peligro la estabilidad del sistema.

El propósito, por tanto, de la autorregulación de un sistema social es garantizar la estabilidad del mismo adaptándose a los cambios. Ahora bien si los mecanismos de autorregulación fallan y el sistema social no es capaz de adaptarse a los cambios, éste entrará en un período de inestabilidad, denominado crisis, caracterizado por una gran incertidumbre sobre el devenir futuro de dicho sistema, y que podría desembocar, en peor de los casos, en la pérdida de identidad del sistema y en su desintegración como entidad.

4.1.2. La regulación del sistema económico mundial: la gobernanza global

El sistema económico mundial, como sistema social autónomo, tiene la capacidad de autorregularse siguiendo las mismas pautas que el resto de los sistemas sociales; es decir, trata de garantizar su propia estabilidad neutralizando las perturbaciones que procedan del medio ambiente (por ejemplo, el cambio climático), de los sistemas de su entorno (por ejemplo, las migraciones de balseros cubanos) o del propio interior del sistema mundial (por ejemplo, la depreciación del dólar).

Para ello se ponen en funcionamiento, en primer lugar, los mecanismos de autorregulación automática, es decir, las instituciones (por ejemplo, el Protocolo de Kyoto, las leyes migratorias y la solidaridad de la sociedad civil de Estados Unidos o el aumento de las exportaciones de Estados Unidos y los sistemas económicos nacionales vinculados al dólar, por seguir con los ejemplos anteriores) que tratarán que las perturbaciones no afecten a la estabilidad del sistema. Si dichas instituciones no tienen éxito, entonces entrarán en funcionamiento los mecanismos de autorregulación deliberada del sistema económico mundial, es decir, los agentes, que tomarán decisiones con intención de neutralizar las perturbaciones (por ejemplo, los grupos ecologistas que presionan para que se cumpla el Protocolo de Kyoto, la Secretaría de Estado de Estados Unidos que presiona al gobierno cubano para que impida la salida de más balseros o los gobernadores de los bancos centrales del G-8 que se reúnen para determinar si deben comprar dólares en los mercados de divisas, por seguir con los ejemplos anteriores).

Al no existir un agente regulador principal, como podría ser un gobierno mundial, el poder es ejercido por innumerables agentes, que serán más poderosos en la medida en que sus acciones (deliberadas y no deliberadas) sean capaces de condicionar las acciones de otros agentes, consiguiendo con ello que la regulación del sistema económico mundial se aproxime a sus intereses; es decir, el poder en el sistema económico mundial es un poder difuso que no se concentra en un agente en concreto.

Así, en función del ejercicio del poder, podemos identificar dos tipos de agentes reguladores: los directos, cuyas acciones deliberadas condicionan las acciones reguladoras de la mayoría de los agentes; y los indirectos, cuyas acciones deliberadas condicionan las acciones de los agentes reguladores directos. Así, las acciones deliberadas de un agente regulador indirecto condicionan las acciones deliberadas de un agente regulador directo, cuyas acciones, a su vez, condicionan las acciones reguladoras de la mayoría de los agentes, incluido el agente regulador indirecto cuyas acciones deliberadas condicionaron las acciones deliberadas del agente regulador directo; con lo que tenemos que el ejercicio del poder no solamente se encuentra difuso, sino que también tiene un carácter recursivo .

Entre los agentes reguladores directos del sistema económico mundial podríamos destacar todos los organismos internacionales del Sistema de Naciones Unidas, el G-8 (o Grupo de los Ocho) y los gobiernos de las grandes potencias económicas. Mientras que entre los agentes reguladores indirectos tendríamos todo tipo de organizaciones trasnacionales (OPEP, OCDE, Comisión Trilateral, Foro Económico Mundial, Foro Social Mundial, movimientos sociales alternativos, empresas transnacionales…), los gobiernos del resto de los sistemas económicos nacionales, todo tipo de organizaciones de ámbito nacional, regional o local, e incluso individuos concretos (líderes de opinión, votantes…).

La interacción de todos estos agentes reguladores directos e indirectos es la que permite la regulación del sistema económico mundial. Pero, tal vez, lo más significativo de ello sea que los gobiernos no son claramente los únicos agentes que se preocupan por la citada regulación, sino que dicha interacción tiene una dimensión gubernamental (o pública), una dimensión empresarial (o privada) y una dimensión social (o civil).

Este hecho supone un cambio significativo respecto de la regulación de las relaciones económicas internacionales, es decir, entre sistemas económicos capitalistas nacionales previas a la aparición del sistema económico mundial; en este caso, al tratarse de relaciones entre naciones, los gobiernos nacionales como agentes reguladores principales de dichos sistemas jugaban un papel protagonista en la citada regulación, a la que se denominaban Orden Económico Internacional. Sin embargo, al pasar las relaciones económicas internacionales a ser relaciones endógenas o internas del sistema económico mundial, éstas son ahora reguladas por los mecanismos de regulación de dicho sistema, en los que los gobiernos nacionales comparten el protagonismo con otros agentes públicos, privados y civiles; esto ha hecho surgir un nuevo término para referirse a la regulación del sistema económico mundial, la gobernanza global o más estrictamente la gobernanza económica global o gobernanza de la economía mundial . Por tanto, podemos entender la gobernanza global, en su dimensión económica, como sinónimo de la autorregulación del sistema económico mundial.

4.1.3. La ideología dominante en la regulación del sistema económico mundial: el neoliberalismo

La ideología dominante entre los agentes reguladores del sistema económico mundial ha sido, desde principios de los años ochenta hasta la crisis global de finales de la década del 2000, el neoliberalismo; ideología que vino a sustituir al keynesianismo imperante entre los agentes reguladores de los sistemas económicos capitalistas nacionales entre la Segunda Guerra Mundial y la crisis de dichos sistemas de los años setenta.

El neoliberalismo puede definirse como aquella ideología que tiene como fundamento la mínima intervención del Estado y la máxima libertad de los agentes que intervienen en los mercados. Dicha ideología ha inspirado no sólo la mayoría de las decisiones de los agentes reguladores, sino que también la mayoría de las instituciones reguladoras del sistema económico mundial; luego la regulación del sistema económico mundial desde su emergencia hasta la reciente crisis ha reposado en el neoliberalismo.

El neoliberalismo, como ideología, consiste en una serie de ideas y valores concernientes a la regulación de los sistemas económicos capitalistas y, por tanto, a la del sistema económico mundial.

Para los neoliberales, el fin último del funcionamiento del sistema económico mundial (como el de todo sistema económico capitalista), ha de ser la satisfacción de las necesidades del individuo singular y no la satisfacción de las necesidades de la abstracción que es la sociedad; por ello, lo individual no debe ser sacrificado en aras de lo colectivo.

Dicho fin viene garantizado por tres valores considerados como derechos naturales del individuo: la libertad de elegir, la justicia social y la propiedad privada.

a) La libertad de elegir. Todo individuo tiene derecho a poder elegir en todo aquello relacionado con la satisfacción de sus necesidades, y no debe ser privado de este derecho por ninguna creencia, ya sea religiosa o ideológica, que le obligue a actuar en contra de sus propios intereses. Pero un individuo no tendrá libertad de elegir si no existen ni la igualdad de oportunidades que garantiza la justicia social, ni el derecho a la propiedad privada.

b) La igualdad de oportunidades. Todo individuo tiene derecho a recibir un trato socialmente justo en todo aquello relacionado con la satisfacción de sus necesidades, entendiendo por justicia social la igualdad de oportunidades y no el igualitarismo; es decir, todo individuo tiene derecho a que se le garantice el mismo punto de partida en su tarea de satisfacer sus necesidades, pero no el mismo punto de llegada (la misma renta, la misma riqueza o la misma posición social), dado que lo que obtenga un individuo ha de ser el resultado de su esfuerzo y sacrificio elegido en libertad. Pero no habrá justicia social si el individuo no tiene libertad para elegir ni derecho a la propiedad privada.

c) La propiedad privada. Todo individuo tiene derecho a poseer en exclusiva aquellos bienes materiales que haya conseguido con su esfuerzo como medio para satisfacer sus necesidades, sin que pueda ser privado de ello por la acción de otros individuos o de los Estados. Pero para que un individuo pueda ejercer plenamente el derecho de propiedad privada, es preciso que él mismo tenga libertad de elegir y disfrute de justicia social.

Mientras el derecho de propiedad privada se sustenta en el imperio de la ley y en el funcionamiento de la justicia, los otros dos valores, la libertad de elegir y la justicia social, están sustentados por dos ideas-fuerza:

a) El libre mercado con Estados mínimos. La libertad de elegir de un individuo se materializa en un mercado libre en el que los Estados de los sistemas económicos nacionales tengan la menor intervención posible. Siempre que no esté intervenido, el mercado es el mejor mecanismo para asignar eficientemente los recursos escasos entre usos alternativos al objeto de satisfacer las necesidades de los individuos; y ningún agente, por sofisticado que sea, incluido el Estado de un sistema económico nacional, puede sustituir la voluntad colectiva de los individuos que se manifiesta en el mercado. Si los Estados intervienen en los mercados con intención de variar los resultados de los mismos, falsean la voluntad de los individuos y ello desencadena reacciones individuales que terminan por bloquear la acción estatal, además de generar una asignación no eficiente de los recursos, con el resultado de un menor crecimiento económico. Además, cuanto más grandes son los Estados de los sistemas económicos nacionales más débiles, más corruptos y menos eficaces son; lo cual no significa que éstos no deban existir; sino todo lo contrario; los Estados han de ser fuertes, pero pequeños, encargados de hacer cumplir las leyes y de prestar los servicios que les son inherentes, como el de justicia y el de orden público. Los Estados de los sistemas económicos nacionales deben adelgazar, ya que ésta es la vía más rápida para tecnificarlos y moralizarlos, lo que al mismo tiempo permite devolver a la iniciativa privada responsabilidades y tareas como la creación de riqueza o la provisión de seguridad social. Los individuos deben aprender a vivir sin el paternalismo de los Estados, haciendo uso de su libertad y responsabilizándose de sus propios futuros.

b) El crecimiento económico con efecto goteo. La igualdad de oportunidades a la hora de satisfacer las necesidades de los individuos viene respaldada por derramamiento de los frutos del crecimiento económico sobre los individuos. Las políticas que favorecen el crecimiento, generalmente, benefician más a los pobres que aquellas políticas que favorecen la distribución. Cuando la intervención del Estado trata de modificar la distribución de la renta originada por el mercado, además de ir en contra de la justicia social, genera una serie de distorsiones en el mercado que impiden que éste asigne eficientemente los recursos, por lo que a medio plazo la economía deja de crecer y los sectores populares terminan por ser los más perjudicados. Sin embargo, si el Estado se limita a favorecer que la iniciativa privada pueda crear riqueza, generando así un crecimiento económico significativo, los propios mecanismos del mercado derramarán esa riqueza entre todos los agentes económicos (efecto trickle-down o goteo), tanto por la vía del aumento del empleo y de los beneficios empresariales, como por la del abaratamiento del consumo gracias a la libre competencia; y esto termina beneficiando a todos los individuos.

Ambas ideas-fuerza aparecen vinculadas por la tesis de la competitividad, según la cual el crecimiento económico es el resultado del afán de empresas y sistemas económicos nacionales por ser competitivos. Se entiende por competitividad la capacidad que tienen los productos de un sistema económico nacional para ser demandados con preferencia frente a productos similares de otros sistemas económicos nacionales . Un producto sólo puede ser competitivo si está sometido a las condiciones del libre mercado; si los Estados no intervienen protegiendo o beneficiando los productos de ciertos sistemas económicos nacionales, o ciertos sectores, mediante regulaciones, entonces sólo aquellos productos que satisfagan las necesidades de calidad y precio exigidas por el mercado podrán sobrevivir. Por tanto, el primer requisito para que la producción de un sistema económico nacional sea competitiva es que no existan distorsiones que impidan el funcionamiento del libre mercado, ya sean estas distorsiones barreras proteccionistas o regulaciones internas, o ya afecten a los mercados de productos o a los mercados de factores.

La bondad de esta tesis reposa en la aplicación de una serie de políticas económicas articuladas en cuatro ejes: la estabilización macroeconómica y la liberalización de los mercados de productos (liberalización comercial) y de factores (liberalización financiera y laboral).

a) La estabilización macroeconómica. El primer paso para que los productos de un sistema económico nacional puedan competir en los mercados es que éstos funcionen con el menor grado de incertidumbre posible. El crecimiento económico basado en la iniciativa privada está muy influido por las expectativas de los distintos agentes económicos, que deben tomar decisiones de consumo, ahorro, inversión, contratación, etc. Cuanto mayor sea la estabilidad macroeconómica menor será la incertidumbre, las decisiones podrán tomarse con mayor seguridad y las expectativas serán favorables a la expansión de los negocios y, consecuentemente, de la producción y del empleo. Variables como la inflación, el tipo de interés, el tipo de cambio, los déficits público y de la balanza por cuenta corriente, las deudas interna y externa, se convierten en variables estratégicas que deben ser controladas por los Estados de forma que se garantice su estabilidad para que así los agentes económicos tomen decisiones en entornos de incertidumbre baja.

b) La liberalización comercial. El segundo paso para que los productos de un sistema económico nacional puedan competir en los mercados es que éstos tengan el menor grado de intervención posible, lo que significa la eliminación tanto de las regulaciones de los mercados nacionales como de las barreras proteccionistas que puedan existir. Para que los productos de un sistema económico nacional sean demandados por agentes de otros sistemas económicos nacionales es preciso que dichos productos sean competitivos, y ello no es posible si las empresas de dicho sistema económico nacional tienen su producción defendida por una estructura arancelaria proteccionista, que termina generando un sesgo anti-exportador; por ello, si se eliminan todas aquellas trabas que dificultan el libre comercio, las empresas del sistema económico nacional liberalizado tendrán que enfrentar el reto de la competitividad y especializarse en aquellas actividades para las que dispongan de ventajas competitivas, abandonando así las actividades para las que no existen dichas ventajas. La demanda exterior se concentrará en aquellas producciones competitivas, estimulando así el crecimiento económico, mientras que los productos competitivos procedentes del exterior entrarán en el mercado interno, con los consecuentes beneficios en menores precios y mayor variedad de productos para elegir.

c) La liberalización financiera. El tercer paso para que los productos de un sistema económico nacional puedan competir en los mercados es que los productores tengan acceso a los capitales necesarios para producirlos. Los mercados financieros habrán de ser igualmente libres, ya que así la asignación de los recursos financieros será más eficiente; dicha libertad supondría también la apertura de la cuenta de capitales de las balanzas de pago, de manera que pueda entrar y salir ahorro de los diferentes sistemas económicos nacionales en busca de las mejores oportunidades de inversión. Así, la libertad de movimientos de capitales entre sistemas económicos nacionales permite la entrada del capital extranjero allí donde es necesario, en forma de inversión extranjera directa o en forma de inversión extranjera de cartera.

d) La liberalización laboral. El cuarto paso para que los productos de un sistema económico nacional puedan competir en los mercados es que los productores tengan acceso a toda la mano de obra necesaria para producirlos. Las decisiones productivas de los productores también están influidas por las condiciones de la contratación laboral, siendo el mercado de trabajo uno de los que concentra mayores distorsiones. La actuación paternalista de los Estados, en unas ocasiones, y la acción corporativa de los sindicatos, en otras, han llenado dicho mercado de rigideces que impiden una rápida y poco costosa adaptación de la contratación a las necesidades de la producción. El reto de la competitividad exige, por un lado, moderación salarial para poder competir vía precios y, por otro, plantillas flexibles que permitan adaptar la producción a las fluctuaciones de la demanda. Además los movimientos migratorios entre sistemas económicos nacionales permiten la entrada de mano de obra extranjera allí donde es necesaria.

Así, el neoliberalismo como ideología ha inspirado las decisiones reguladoras de los agentes y las instituciones reguladoras del sistema económico mundial desde su emergencia hasta la crisis de finales de la década del 2000; y lo ha sido en la medida en que dichos agentes e instituciones han sido capaces de permitir la adaptación del sistema económico mundial a los cambios ambientales, los cambios de los sistemas de su entorno o los cambios internos, y de mantener así la identidad capitalista de dicho sistema.

Sin embargo, los citados mecanismos de autorregulación han fracasado en la adaptación del sistema económico mundial a la nueva situación derivada de la inestabilidad originada por la crisis de la hipotecas subprimes en Estados Unidos, del tal manera que el sistema económico mundial atraviesa a finales de la década del 2000 la primera crisis estructural de su historia, lo que podríamos denominar la primera crisis económica global. Y la superación de dicha crisis implicará que se ha producido un cambio ideológico en los agentes reguladores del sistema económico mundial, ya que de no ser así dicho sistema perderá su identidad capitalista y se desintegrará como tal.

4.2. Los agentes reguladores de la economía mundial

Los agentes juegan un papel fundamental en la regulación del sistema económico mundial en la medida en que la voluntad de los mismos es la responsable última de la regulación de dicho sistema.

En la mayor parte de los casos, la capacidad de regulación de estos agentes es indirecta y se basa en su capacidad de condicionar las acciones de unos pocos agentes reguladores directos, como son los gobiernos de las grandes potencias económicas, el G-8, el Sistema de Naciones Unidas, etc.

4.2.1. Tipología de agentes reguladores de la economía mundial

Además de la clasificación en agentes reguladores directos e indirectos, los agentes reguladores del sistema económico mundial pueden clasificarse, atendiendo a su composición, en agentes individuales y agentes colectivos.

Los agentes reguladores individuales podemos subdividirlos en dos grandes grupos:

a) Los ciudadanos. Son agentes reguladores los ciudadanos particulares preocupados por el funcionamiento del sistema económico mundial y que tienen esto presente a la hora de emitir su voto o participar políticamente con manifestaciones públicas de diversa naturaleza; el ejercicio del poder por parte de cada ciudadano individual es poco relevante de cara a la regulación del sistema económico mundial, pero la coordinación de las decisiones individuales de los ciudadanos sí puede llegar a ser muy relevante, por ejemplo, alterando la composición de un gobierno en unas elecciones, en una revolución popular o sembrando el terror con acciones violentas.

b) Los líderes de opinión. Algunos individuos pueden condicionar las acciones reguladoras de otros agentes por la mera acción de emitir opiniones en los medios de comunicación de masas, amparadas en su autoridad o en su capacidad de persuasión; son los llamados líderes de opinión; entre ellos destacarían los gobernantes y ex gobernantes de las grandes potencias económicas, los dirigentes y ex dirigentes de organizaciones supranacionales, los dirigentes y ex dirigentes de organizaciones transnacionales de diferente naturaleza, los empresarios y financieros de éxito, los líderes religiosos, guerrilleros y terroristas, los artistas, deportistas e intelectuales de prestigio internacional, etc.

Los agentes reguladores colectivos podemos subdividirlos en cuatro grupos según el ámbito territorial de los mismos:

a) Los agentes reguladores subnacionales. Son aquellos agentes colectivos cuyos miembros pertenecen a un mismo ámbito territorial inferior al nacional (local, regional...), como, por ejemplo, gobiernos, partidos políticos, asociaciones empresariales, sindicatos, organizaciones no gubernamentales, think tanks, medios de comunicación de masa, etc. de ámbito territorial subnacional. La capacidad de influir en la regulación del sistema económico mundial depende, fundamentalmente, de su capacidad de acción deliberada sobre las acciones deliberadas de los gobiernos de las naciones de los que forman parte, y de la capacidad de éstos, a su vez, de actuar sobre la mayoría de las acciones reguladoras de dicho sistema.

b) Los agentes reguladores nacionales. Son aquellos agentes colectivos cuyos miembros pertenecen a un mismo ámbito territorial nacional; de entre ellos, los que tienen más capacidad para actuar deliberadamente sobre las acciones reguladoras de la mayoría de los agentes son los gobiernos nacionales, en la medida en que sean agentes reguladores directos (los gobiernos de las grandes potencias económicas mundiales) o capaces de condicionar las acciones de éstos; el resto de los agentes reguladores nacionales (partidos políticos, asociaciones empresariales, sindicatos, organizaciones no gubernamentales, think tanks, medios de comunicación de masa...) tratan de condicionar, con sus acciones deliberadas, las acciones deliberadas de los gobiernos nacionales o de otros agentes reguladores directos.

c) Los agentes reguladores transnacionales. Son aquellos agentes colectivos cuyos miembros pertenecen a ámbitos territoriales de diferentes naciones sin ser representativos de la voluntad colectiva de los agentes de dichos ámbitos; de entre ellos destacan las federaciones internacionales de partidos políticos, de sindicatos y de asociaciones empresariales, las empresas transnacionales, las organizaciones no gubernamentales transnacionales, las federaciones internacionales de movimientos sociales alternativos, los think tanks transnacionales, los medios de comunicación de masa transnacionales y otras organizaciones transnacionales como la Comisión Trilateral, el Foro Económico Mundial y el Foro Social Mundial. Éstos tratan de condicionar, con sus acciones deliberadas, las acciones deliberadas de los agentes reguladores directos.

d) Los agentes reguladores supranacionales . Son aquellos agentes colectivos cuyos miembros pertenecen a ámbitos territoriales de diferentes naciones y que son representativos de la voluntad colectiva de los agentes de dichos ámbitos territoriales; es decir, organismos internacionales en los que participan los gobiernos de las distintas naciones. Aquí podemos distinguir cuatro subgrupos:

- Organismos internacionales universales: todos los pertenecientes al Sistema de Naciones Unidas.

- Organismos internacionales de integración regional: como la Unión Europea, la Asociación Europea de Libre Comercio, el Área de Libre Comercio de América del Norte, el Mercado Común del Sur, la Zona de Libre Comercio de la Asociación de Naciones del Asia Sudoriental, el Mercado Común del África Oriental y Meridional…

- Organismos internacionales sectoriales: la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico, los bancos regionales de desarrollo, la Organización de Países Exportadores de Petróleo, la Unión de Países Exportadores de Banana, la Liga Árabe, la Organización del Tratado del Atlántico Norte...

- Organismos internacionales grupales: el G-8 o Grupo de los Ocho, el G-20 o Grupo de los Veinte…

4.2.2. Algunos importantes agentes reguladores

Lo más característico de la regulación del sistema económico mundial, a diferencia de los sistemas económicos nacionales, es la ausencia de un agente regulador principal como sería un gobierno mundial; no existe una especie de cerebro del sistema económico mundial, por lo que se percibe más claramente el carácter difuso, reticular y recursivo del ejercicio del poder, siendo la regulación de dicho sistema el resultado de la interacción más o menos coordinada de innumerables agentes. Sin embargo, aunque no podemos hablar de un gobierno mundial, sí hay dos organismos reguladores supranacionales que se parecen bastante a un gobierno mundial. Nos referimos al G-8 y al Sistema de Naciones Unidas.

Junto a ellos hay una serie de importantes agentes reguladores entre los que destacan la OCDE, la Comisión Trilateral, el Foro Económico Mundial y el Foro Social Mundial.

a) El Grupo de los Ocho (G-8)

El G-8 es un agente supranacional sin personalidad jurídica, una especie de “club de gobiernos ricos” que realiza encuentros informales de sus mandatarios (Jefes de Estado y de Gobierno) y que estaría formado por los gobernantes de Estados Unidos, Canadá, Reino Unido, Francia, Alemania, Italia, Rusia y Japón, más el Presidente de la Comisión Europea y el Presidente de Turno del Consejo Europeo. También hablamos de reuniones del G-8 cuando se reúnen los ministros de economía y los gobernadores de los bancos centrales, los ministros de comercio, los ministros de asuntos exteriores, los ministros de trabajo o los ministros de medio ambiente, entre otros; cuando el G-8 se reúne sin Rusia, en particular cuando lo hacen los ministros de economía y los gobernadores de los bancos centrales (Reserva Federal Estadounidense, Banco Central Europeo, Banco de Inglaterra, Banco de Canadá y Banco de Japón) para tratar temas económicos y monetarios, exclusivamente, dicho colectivo recibe el nombre de G-7 o Grupo de los Siete.

El G-8 nació en 1974, a iniciativa de la Comisión Trilateral, cuando se reunieron en Washington los mandatarios de Estados Unidos, Reino Unido, Francia, Alemania Federal y Japón para tratar de manera informal sobre el impacto de la subida de los precios del petróleo en la economía mundial; en 1975 se sumó Italia, en 1976 Canadá, en 1977 la Comunidad Económica Europea (hoy Unión Europea) y en 1997 Rusia. En la actualidad, los temas tratados en las cumbres y en las reuniones ministeriales trascienden los asuntos económicos e incluyen cuestiones referentes a la seguridad, la lucha contra el terrorismo, las crisis humanitarias, etc.

En teoría en un simple foro de discusión, pero en realidad ha sido, hasta la crisis económica global de finales de la década del 2000, el centro de diseño de la regulación neoliberal de la economía mundial, en la medida en que en sus reuniones no sólo se ha hablado de la evolución de la economía, sino que además se han acordado líneas comunes de actuación en materia de liberalización comercial y financiera, privatizaciones, flexibilidad de los mercados de trabajo, políticas cambiarias y de estabilización y políticas macroeconómicas deflacionarias (déficit cero y altos tipos de interés).

El G-8 tiene una gran importancia económica en la medida en que, agrupando sólo 13,3 % de la población mundial, representa el 60,4% de la producción mundial. Sin embargo, es casi más relevante su peso político por la capacidad de influencia que poseen en los principales organismos del Sistema de Naciones Unidas; cuatro de los cinco miembros permanentes y con derecho a veto del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas pertenecen al G-8; en el FMI y en el Banco Mundial los gobiernos del G-8 poseen conjuntamente el 44% de los votos (y, en el caso de FMI, Estados Unidos por sí sólo o agrupaciones de dos o tres miembros del G-8 poseen una minoría de bloqueo del 15% en determinadas decisiones); y en la OMC, donde los votos están repartidos a razón de uno por gobierno, los gobiernos del G-8 suelen negociar en bloque (junto con el resto de gobiernos de la Unión Europea), además de representar el 40,8% del comercio mundial. Así se entiende que muchas de las decisiones adoptadas por estos organismos vengan “prefabricadas” desde fuera de los mismos.

El G-8 es lo que podemos denominar un seudo-gobierno mundial (o falso gobierno mundial); es un agente cuyas acciones deliberadas son eficaces y semejantes a las de un gobierno mundial, pero que carece tanto de la forma como de la legitimidad de un gobierno mundial; y ello es así en la medida en que se trata de un club de gobiernos de grandes potencias económicas, que toma decisiones sobre la regulación del sistema económico mundial teniendo en cuenta los intereses de los agentes que forman parte de los sistemas económicos nacionales que representan y no los intereses del conjunto de los agentes que forman parte del sistema económico mundial. Además, las discusiones del G8 son secretas, no existe trascripción de las cumbres y los documentos preparatorios son igualmente secretos, siendo los únicos documentos públicos las declaraciones finales.

Por tanto, la regulación neoliberal del sistema económico mundial ha estado siempre muy mediatizada por las decisiones del G-8, lo que ha hecho que se cuestione la legitimidad de dicho agente para tomar dichas decisiones en la medida en que sólo representa el 13,3% de la población mundial. Muchas son las voces que reclaman una modificación en la composición de dicho agente, dando cabida a gobiernos con los de China, India, Brasil, México y Sudáfrica, todos representantes de economías emergentes y con un gran volumen de población, habiéndose ya constituido el G-8 +5, como foro de discusión de algunas cuestiones estratégicas como la lucha contra el cambio climático. Aunque todo apunta a que será el G-20 el agente encargado de superar la escasa legitimidad del G-8.

En la medida en que el G-8 reúne a los gobiernos de las grandes potencias económicas mundiales, sus decisiones han derivado en acciones reguladoras deliberadas dentro de las competencias nacionales que poseen dichos gobiernos y acciones sobre las acciones deliberadas de otros gobiernos nacionales, y sobre los organismos del Sistema de Naciones Unidas, para que realicen las mismas acciones reguladoras, condicionado así las acciones de muchos otros agentes reguladores del sistema económico mundial. Así, el G-8 ha sido, y sigue siendo, uno de los más importantes, si no el más importe, de los agentes reguladores del sistema económico mundial.

b) El Sistema de Naciones Unidas

El Sistema de Naciones Unidas es agente regulador supranacional formado por un entramado burocrático internacional integrado por diversos órganos administrativos cuya fisonomía recuerda a la de la administración pública de un Estado, de forma que constituiría lo que podemos denominar un proto-gobierno mundial (o embrión de gobierno mundial), del que formarían parte, a modo de ministerios sectoriales, los organismos especializados, los órganos conexos, las diferentes comisiones y los diversos programas y fondos.

Las Naciones Unidas fueron creadas en 1945 en San Francisco, tras la Segunda Guerra Mundial, reemplazando a la Sociedad de Naciones, con la misión de resolver los problemas de carácter internacional. Actualmente, es la mayor organización internacional del mundo y constituye el foro más importante de la diplomacia multilateral, además de proporcionar los medios necesarios para encontrar soluciones a los conflictos internacionales y formular políticas sobre asuntos mundiales.

El complejo organigrama del Sistema de Naciones identifica seis órganos principales: la Secretaría General, la Asamblea General, el Consejo de Seguridad, el Consejo Económico y Social, la Corte Internacional de Justicia y el Consejo de Administración Fiduciaria.

- La Secretaría General de las Naciones Unidas. Es un órgano administrativo dirigido el Secretario General de las Naciones Unidas, que es propuesto por el Consejo de Seguridad y nombrado por la Asamblea General; el Secretario General es la máxima representación diplomática de la ONU y entre sus competencias está la de convocar el Consejo de Seguridad; su mandato tiene una duración de cinco años, pudiendo ser reelegido al finalizar éste; desde 1946 los Secretario Generales ha sido Trygve Lie (Noruega, 1946-1953), Dag Hammarskjöld (Suecia, 1953-1961), Sithu U Thant (Myanmar, 1961-1971), Kurt Waldheim (Austria, 1972-1981), Javier Pérez de Cuéllar Guerra (Perú, 1982-1991), Boutros Boutros-Ghali (Egipto, 1992-1996), Kofi Annan (Ghana, 1997-2006) y Ban Ki-moon (Corea del Sur, 2007-2011).

- La Asamblea de las Naciones Unidas. Es el órgano principal de las Naciones Unidas, que funciona como una especie de "Parlamento de Naciones" y que se reúne para examinar los problemas más apremiantes del mundo; en ella están representados todos los Estados miembros, cada uno con un voto; las votaciones sobre cuestiones importantes (las de paz y seguridad, ingreso de nuevos miembros y cuestiones presupuestarias) se deciden por mayoría de dos tercios, mientras que las demás se deciden por mayoría simple; el período ordinario de sesiones de la Asamblea General va de septiembre a diciembre de cada año.

- El Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas. Es el órgano encargado de asegurar la paz y la seguridad internacional y el “verdadero corazón” de las Naciones Unidas); está constituido por 15 miembros (cada uno con un voto), 5 permanentes (China, Estados Unidos, Rusia, Francia y Reino Unido, con derecho de veto) y 10 no permanentes (3 europeos, 3 africanos, 2 americanos y 2 asiático-pacíficos, elegidos por la Asamblea General por mayoría de dos tercios por períodos de dos años, de forma que cada año se renuevan 5); las decisiones sobre cuestiones de procedimiento y las de mayor importancia requieren el voto afirmativo de, al menos, nueve miembros; dispone de dos procedimientos de actuación, instar al uso de la actividad diplomática para negociar las diferencias y adoptar medidas coercitivas mediante el envío de tropas internacionales; además recomienda a la Asamblea General su candidato para el cargo de Secretario General y propone la admisión de nuevos miembros de la ONU.

- El Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas. Es el órgano que coordina la labor económica y social y los esfuerzos de cooperación de los organismos especializados y conexos que están bajo la autoridad de la Asamblea General y abarca más del 70% de los recursos humanos y financieros de la ONU; sus funciones son promover niveles de vida más elevados, pleno empleo y progreso económico y social, identificar soluciones para los problemas internacionales de salud, económicos y sociales, facilitar la cooperación cultural y educativa y fomentar el respeto universal de los derechos humanos y las libertades fundamentales; está integrado por 54 miembros, elegidos por la Asamblea General por tres años (14 de África, 11 de Asia, 10 de América Latina y el Caribe, 6 de Europa Oriental y 13 de Europa Occidental y de otros sistemas económicos nacionales); los organismos que coordina son autónomos (con sus propios órganos), es decir, que su reparto interno de votos es proporcional a las cuotas financieras aportadas por sus miembros.

- La Corte Internacional de Justicia. Es el principal órgano judicial de la ONU; está integrado por 15 magistrados elegidos conjuntamente por la Asamblea General y el Consejo de Seguridad; y entre sus funciones están dirimir controversias entre los gobiernos (la participación de los gobiernos en un proceso es voluntaria, pero si un gobierno acepta participar, queda obligado a acatar su decisión) y emitir opiniones consultivas para la Asamblea General y el Consejo de Seguridad a solicitud de éstos.

- El Consejo de Administración Fiduciaria. Es un órgano, actualmente sin funcionamiento, cuya función original fue la de supervisar la administración de 11 territorios controlados por 7 Estados miembros y puestos bajo el fideicomiso de la ONU, así como la de promover el desarrollo progresivo de sus poblaciones hacia el autogobierno o la independencia; está constituido por los cinco miembros permanentes del Consejo de Seguridad.

Además de dichos órganos, el Sistema de Naciones Unidas posee un importante número de organismos especializados, órganos conexos, comisiones, programas y fondos, la mayoría de los cuales poseen funciones económicas; entre ellos destacan:

- En materia productiva: la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO; 1945); la Organización de la Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial (ONUDI; 1966); la Organización Mundial del Turismo (OMT; 1925); la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI; 1967); el Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola (FIDA; 1977); el Programa Mundial de Alimentos (PMA; 1962); y la Agencia Internacional de la Energía Atómica (AIEA; 1972).

- En materia comercial: la Organización Mundial del Comercio (OMC; 1994); y la Conferencia de las Naciones Unidas para el Comercio y el Desarrollo (UNCTAD; 1964).

- En materia financiera: el Fondo Monetario Internacional (FMI; 1945); y el Grupo Banco Mundial (GBM; 1945), formado por el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF; 1945), la Asociación Internacional de Fomento (AIF; 1960), la Corporación Financiera Internacional (CFI; 1956), el Organismo Multilateral de Garantía de Inversiones (OMGI; 1988) y el Centro Internacional de Arreglos de Diferencias relativas a Inversiones (CIADI; 1966).

- En materia laboral: la Organización Internacional del Trabajo (OIT; 1919).

- En materia de desarrollo: el Grupo Banco Mundial (GBM; 1945); la Conferencia de las Naciones Unidas para el Comercio y el Desarrollo (UNCTAD; 1964); el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD; 1965); la Comisión de Población y Desarrollo (CPD; 1946); y la Comisión para el Desarrollo Social (CDS; 1995).

- Y en materia ambiental: el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA; 1972); y la Comisión sobre Desarrollo Sostenible (CDS; 1992).

Las Naciones Unidas poseen una cierta legitimidad por representar, aunque sea de manera defectuosa, la voluntad colectiva de la mayoría de los gobiernos del mundo (192 miembros) , a su vez representativos de la voluntad colectiva de los agentes de cada sistemas económico nacional, lo que le permite que sus acciones deliberadas condicionen las acciones de muchos otros agentes reguladores del sistema económico mundial; no obstante, la eficacia de dichas acciones reguladoras deliberadas dependerá de que no entren en conflicto con las del G-8.

c) La Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico

La Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) es agente regulador supranacional, un organismo internacional, ajeno al Sistema de Naciones Unidas, creado en 1961 a partir de los gobiernos que participaban en el Plan Marshall desde 1947, que eran Estados Unidos, por un lado, y los gobiernos de la Europa Occidental (menos España y Finlandia) que formaban desde 1948 la Organización Europea de Cooperación Económica (OECE), por otro, a los que se sumó el de Canadá.

Actualmente está formada por 30 gobiernos, 23 de Europa, 4 de Asia y el Pacífico y 3 de América del Norte; aunque han iniciado su proceso de incorporación 5 gobiernos más y mecanismos de cooperación reforzada con otros 5.

La OCDE es un organismo intergubernamental que funciona como un foro de gobiernos ricos, todos ellos comprometidos en promover la democracia y la economía de mercado; en dicho foro se toman decisiones que afectan a las economías de sus miembros y se hacen recomendaciones de la políticas económicas neoliberales que éstos deben aplicar, en especial en materia de comercio, finanzas, empleo, educación, medio ambiente y cooperación internacional para el desarrollo.

d) La Comisión Trilateral

La Comisión Trilateral es un agente regulador transnacional, una asociación privada transnacional que agrupa a políticos, intelectuales, empresarios y financieros relevantes e influyentes de Norteamérica, Asia-Pacífico y Europa. De inspiración neoliberal, se constituyó en 1973, a iniciativa de David Rockefeller, para fomentar la cooperación económica entre los gobiernos de sistemas económicos capitalistas desarrollados (las democracias industrializadas), compartir las responsabilidades del liderazgo del mundo y ayudar a pensar sobre los retos comunes.

Actualmente, está formado por unos 380 miembros, 160 europeos (de Alemania, Austria, Bélgica, Chipre, Dinamarca, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Holanda, Hungría, Irlanda, Italia, Noruega, Polonia, Portugal, Suiza, Reino Unido y República Checa), 120 norteamericanos (de Canadá, Estados Unidos y México) y 100 pacífico-asiáticos (de Australia, China, Corea, Filipinas, Hong-Kong, Indonesia, Japón, Malasia, Nueva Zelanda, Singapur, Tailandia y Taiwán). La participación en esta asociación es por invitación y se sigue un mecanismo de renovación periódica de los miembros de un mismo sistema económico nacional.

El Foro Económico Mundial, también conocido como el Foro de Davos, es un agente regulador transnacional, una asociación privada transnacional creada por un académico suizo que, en 1971, invitó a los principales ejecutivos europeos a un encuentro en la localidad alpino-suiza de Davos para discutir sobre estrategia comercial; desde dicha fecha, en enero de cada año, Davos reúne a intelectuales, políticos, empresarios y financieros relevantes de todos el mundo para debatir sobre temas económicos y políticos de interés global, concertar negocios importantes y conducir negociaciones políticas.

De orientación claramente neoliberal, sus miembros, pertenecientes a las 1.000 empresas más importantes del mundo, deben pagar importantes cuotas de membresía a cambio de poder entrar en contacto con los mandatarios invitados al Foro, así como con otras célebres personalidades que cobran por participar en los encuentros.

Entre los socios estratégicos que dan sustento financiero al Foro Económico Mundial destacan importantes empresas trasnacionales como AT&T, Audi, Barclays PLC, BP, Citi, Coca-Cola Company, Deloitte, Deutsche Bank, EDF, Ernst & Young, Forbes, Google, HP, HSBC, Intel Corporation, JP Morgan Chase, KPMG, Lenovo, Merrill Lynch, Microsoft Corporation, Morgan Stanley, Nestlé, Nike, PepsiCo, Renault-Nissan, Siemens, UPS o Volkswagen.

f) El Foro Social Mundial

El Foro Social Mundial es un agente regulador transnacional informal, un movimiento social transnacional por una globalización diferente, es decir, una agrupación no formal de organizaciones, colectivos e individuos procedentes de diferentes movimientos sociales tales como el feminista, el ecologista, el obrero, el pacifista, el campesino, el indigenista o el solidario, que tiene como finalidad provocar un cambio social que reconduzca el proceso de globalización para conseguir resultados socialmente justos y ambientalmente sostenibles.

Surgió en 2001 a iniciativa de la Asociación por la Tasa Tobin de Ayuda a los Ciudadanos (ATTAC) y el Partido de los Trabajadores de Brasil (PT) que organizaron en Porto Alegre (Brasil) un encuentro alternativo y simultáneo al Foro Económico Mundial de Davos con la presencia de unas 20.000 personas. Desde entonces se vienen celebrando encuentros similares en enero de cada año, al principio en América Latina (Porto Alegre, 2001, 2202, 2003 y 2005), para luego rotar por Asia y África (Bombay, 2004 y Nairobi, 2007), probar con la descentralización (Banako, Caracas y Karachi, 2006) e incluso con la convocatoria de un Día de Movilización y Acción Global (2008). La participación ha sido irregular desde los 10.000 participantes de Nairobi 2007 hasta los 200.000 de Porto Alegre 2005.

El Foro Social Mundial posee una estructura organizativa muy flexible, siendo su órgano principal de decisión el Comité Internacional, formado por delegados de casi 150 colectivos, tales como Amnistía Internacional, ATTAC (Asociación por la Tasa Tobin de Ayuda a los Ciudadanos), CADTM (Comité para la Anulación de la Deuda del Tercer Mundo), Focus on the Global South, Foro Internacional sobre la Globalización, Foro Mundial de las Alternativas, Greenpeace, Instituto Transnacional de Ámsterdam, Marcha Mundial de la Mujeres, MST (Movimiento de los Trabajadores Sin Tierra), OXFAM, Social Watch o Vía Campesina.

El Foro Social Mundial, de orientación ideológica opuesta al neoliberalismo, bajo es el eslogan “Otro Mundo es Posible”, constituye el grupo de presión alternativo más importante del mundo que, con sus campañas mundiales a favor de una globalización alternativa, pretende crear una conciencia critica global contra el neoliberalismo y propiciar así una regulación diferente del sistema económico mundial. Además, como Foro, se ha constituido en un espacio de debate democrático de ideas, profundización de la reflexión, formulación de propuestas, intercambio de experiencias y articulación de movimientos sociales, redes, ONGs y otras organizaciones de la sociedad civil que se oponen al neoliberalismo.

4.3. Las instituciones reguladoras de la economía mundial

Además de los agentes, las instituciones también son cruciales en la regulación del sistema económico mundial, en la medida en que son los primeros mecanismos de regulación que entran en funcionamiento ante las perturbaciones que sufre el sistema.

4.3.1. Clasificación de las instituciones reguladoras

Las instituciones reguladoras del sistema económico mundial, es decir, las pautas y normas de comportamiento que son aceptadas por la mayoría de los individuos o colectivos que operan en la economía mundial, derivan igualmente de la ideología dominante en dicho sistema, el neoliberalismo, por lo que son, en su mayoría, de carácter neoliberal.

Algunas de ellas, en cuanto normas establecidas (limitaciones formales), son el resultado de acciones deliberadas previas de los agentes reguladores del sistema. Dichas normas no hacen más que limitar la capacidad de decisión de los agentes y simplificar el proceso de toma de decisiones de los mismos, ya que indican el comportamiento adecuado de los agentes ante un dilema en función de los valores ideológicos.

En otros casos, las instituciones, como pautas de comportamiento (limitaciones informales), no son el resultado de una decisión previa, sino que representan un comportamiento no deliberado de los agentes (al menos en lo referente a la regulación del sistema económico mundial), un comportamiento automático o hábito, derivado igualmente de la ideología, considerado adecuado y que ha sido interiorizado por los agentes sin ser cuestionado.

En la mayor parte de los casos, dichas instituciones no son más que la traslación al ámbito mundial de instituciones existentes en los ámbitos de los sistemas económicos capitalistas nacionales, una vez que éstos hubieron asumido el neoliberalismo como ideología dominante.

4.3.2. Algunas importantes instituciones reguladoras

Podemos identificar innumerables ejemplos de instituciones reguladoras mundiales, entre ellos los más relevantes son la libre determinación de los tipos de cambio de las monedas en los mercados de divisas, la libre circulación de capitales entre sistemas económicos nacionales, la libre circulación de mercancías y servicios entre sistemas económicos nacionales, la libre circulación de trabajadores entre sistemas económicos nacionales y la libertad de empresa (libertad de instalación en cualquier sistema económico nacional y libertad de contratación de factores productivos, insumos y productos).

a) La libertad de empresa

La libertad de empresa es una institución compleja que se puede considerar formada a su vez por distintas instituciones, tales como la libertad de establecimiento de actividades productivas en cualquier sistema económico nacional o la libertad para contratar sin trabas tanto los capitales (mercados financieros nacionales no intervenidos), como los trabajadores (mercados laborales nacionales flexibles) como los bienes y los servicios, ya sean insumos o productos de consumo (mercados de productos no intervenidos). Como institución, tiene un carácter formal al encontrarse recogida en las legislaciones nacionales, bien de forma expresa, bien por ausencia en las mismas de limitaciones a la libertad de empresa, en un marco de libre mercado en el que todo lo que no está prohibido está permitido.

Se considera que, para que el sistema económico mundial funcione adecuadamente, es esencial que las empresas puedan localizar sus producciones, total o parcialmente, en aquellos territorios donde los costes unitarios sean menores y donde cuenten con mercados libres, tanto para sus productos como para los insumos y los factores productivos; de esta forma se conseguiría una mayor producción mundial a un menor coste, con los consiguientes efectos sobre los beneficios empresariales y el abaratamiento del consumo mundial.

b) La libre circulación de mercancías y servicios

La libre circulación de mercancías y servicios entre sistemas económicos nacionales es otra institución formal que adopta la forma de norma y que toma cuerpo tanto en los acuerdos comerciales multilaterales, como el GATT, el AGCS o el ACPIC, como en tratados de libre comercio, como el NAFTA, en acuerdos de integración regional, como la UE, el MERCOSUR o la CAN, y en las legislaciones comerciales de los diferentes sistemas económicos nacionales.

Se considera, amparándose en la teoría de las ventajas comparativas, que el libre comercio favorece el buen funcionamiento del sistema económico mundial en la medida en que permite la especialización productiva de los diferentes territorios (sean o no sistemas económicos nacionales) con el consiguiente aumento de la producción mundial y del bienestar global.

c) La libre circulación de capitales

La libre circulación de capitales entre sistemas económicos nacionales es una norma que toma cuerpo en las legislaciones de los distintos sistemas económicos nacionales. Desde principios de los noventa, dichos sistemas han ido modificando sus marcos legislativos permitiendo la entrada y la salida de capitales de los mismos, tanto de capitales a largo plazo como de capitales a corto plazo.

Se considera que el sistema económico mundial funciona mejor si los capitales pueden acudir a aquellos mercados donde hay mejores oportunidades de inversión y que, por tanto, estas normas lo que permiten es que la intermediación financiera entre ahorradores e inversores transcienda las fronteras nacionales.

d) La libre circulación de trabajadores

La libre circulación de trabajadores entre sistemas económicos nacionales es una institución muy peculiar. Mientras las legislaciones de la mayoría de los sistemas económicos nacionales se oponen a ella con medidas disuasorias, lo cierto es que dicha institución tiene un carácter informal en la medida en que es una pauta de comportamiento aceptada por la mayoría de los agentes pertenecientes a sistemas económicos nacionales subdesarrollados y por algunos agentes pertenecientes a sistemas económicos nacionales desarrollados, como, por ejemplo, determinadas empresas que utilizan a los inmigrantes como mano de obra barata.

Todos estos agentes consideran que el desplazamiento de trabajadores desde sistemas económicos nacionales donde hay exceso de oferta de trabajo hacia sistemas económicos nacionales donde hay exceso de demanda de trabajo, contribuye a aumentar tanto la producción mundial como el nivel de vida de los trabajadores inmigrantes y sus familias, además de equilibrar los salarios entre sistemas económicos nacionales desarrollados y subdesarrollados.

e) La libre determinación de los tipos de cambio

La libre determinación de los tipos de cambio de las monedas en los mercados de divisas es una institución informal, en la medida es que es una pauta de comportamiento asumida como óptima por la mayoría de las autoridades monetarias de los distintos sistemas económicos nacionales.

Desde principios de los años setenta, tras la crisis del Sistema Monetario Internacional creado en 1944 en la Conferencia de Bretón Woods y basado en la existencia de un tipo de cambio fijo de todas las monedas con el dólar y de éste con el oro, la mayoría de los sistemas económicos nacionales optaron por eliminar en sus legislaciones la paridad fija de sus monedas con el dólar, dejando que los tipos de cambios se determinasen en función de la oferta y la demanda de divisas. No obstante, no todos los sistemas han mantenido siempre los tipos de cambio flotantes, en la medida en que en las últimas décadas han existido, y en algunos casos existen, tipos de cambio fijos (por ejemplo, la actual dolarización de El Salvador o Ecuador o la caja de conversión del peso argentino hasta 2001) y bandas de fluctuación (por ejemplo, las del Sistema Monetario Europeo antes del euro). También son excepcionales las intervenciones coordinadas de los bancos centrales del G-8 para acudir al rescate de alguna importante divisa (dólar, 1985; yen, 1999; euro; 2000).

Se considera que el sistema económico mundial funciona mejor con tipos de cambio flotantes y que el tipo de cambio de una moneda es un indicador del funcionamiento del sistema económico nacional del que forma parte, por lo que se entiende que las autoridades monetarias no deben intervenir en dichos mercados; y salvo contadas excepciones, las autoridades monetarias apenas intervienen en los mercados de divisas. Desde esta perspectiva, esta institución es fundamental para que pueda existir la libre circulación de capitales, ya que garantiza un sistema de cambios internacional ágil y sensible al funcionamiento de los sistemas económicos nacionales que, por ejemplo, orienta las decisiones de inversión a corto plazo.

Bibliografía

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Strange, S. (1996): La retirada del Estado: la difusión del poder en la economía mundial, Icaria – INTERMON, Barcelona, 2001.


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